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viernes, 21 de enero de 2011

Republica Bolivariana de Venezuela de 1999

Antes de empezar a explicar hay que tener en cuenta los siguientes razones:
-Estudiar la biblia o por lo menos lo mas basico de ella basicas.
-Estudiar todas las religiones del mundo.
-Estudiar astrologia, tarot, magia blanca, santerismo, fen shui, y todo las revistas de predicciones.
-Tener fe y tener protecciones en las casas, aunque sea un cristo o el que sea de su religión respectiva.
-Orar y rezar.
-CONOCER DE CROMOTERAPIA.
-Conocer los conceptos de inteligencia emocional, Autoestima, liderazgo, etc.
-Saber el significado de los colores.
-Conocer sobre la teoría marxista Revolucionaria..
-Tener un diccionario.


Oraciones recomendadas:
Oración a dios:
Padre nuestro,
que estás en el cielo,
santificado sea tu Nombre;
venga a nosotros tu reino;
hágase tu voluntad
en la tierra como en el cielo.

Danos hoy nuestro pan de cada día;
perdona nuestras ofensas,
como también nosotros perdonamos
a los que nos ofenden;
no nos dejes caer en la tentación,
y líbranos del mal.
Amén. 

Oración a San miguel Arcangel:
San Miguel Arcangel, defiéndenos
en la lucha. Sé nuestro amparo contra
la perversidad y asechanzas del demonio.
Reprímale Dios, pedimos suplicantes,
y tú Príncipe de la Milicia Celestial,
arroja al infierno con el divino poder
a Satanás y a los otros espíritus
malignos que andan dispersos por el
mundo para la perdición de las almas.
Amén.

ORACION A SAN LAZARO:
Glorioso Patrón de los Pobres, que en tantos tormentos me veo,
con solo llamando tu espíritu me des lo que yo deseo,
y que encuentre que mis males sean remediados con solo decir esta oración:
En el Nombre de San Lázaro, que los buenos espíritus que me ayuden y que vengan en mi auxilio,
cuando yo padezca de algún mal o este en algún peligro que me los tedengas,
y que a mi no lleguen, y que esto me sirva de una prueba de vuestra protección para mi y haced,
San Lázaro que tu espíritu sea mi fe y todo el que a mi lado estuviere, y que en ti, patrón,
encuentre la fuerza que necesita mi materia para poder llevar estas pruebas de este planeta en
que habitamos y de este camino que hay que pasar, mandado por Dios, nuestro Padre,
pues en ti pongo mi fe para que me salves de esta y me des consuelo a mis grandes males y que por tu valor
tenga otro porvenir mejor a este que tengo, y que en el nombre de San Lázaro lo espíritus malos se alejen de mi con esta protección;
San Lázaro conmigo y con el; el delante, yo detrás de el, para que todos mis males los haga desaparecer,
la Gloria de todos. Amen.

El que esta oración tuviere, todos sus atrasos perdiere,
y a los veinte días vendrá el patrón en sueños a indicarle en lo que ha de tener su suerte.
Si fe tuviere en el, se salvara también.
ORACIÓN
DE LA MISERICORDIA DIVINA
Oh Dios de gran misericordia!, bondad infinita, desde el abismo de su abatimiento, toda la humanidad implora hoy Tu misericordia, Tu compasión, ¡Oh Dios!; y clama con la potente voz de la desdicha.

¡Dios de Benevolencia, no desoigas la oración de este exilio terrenal! ¡Oh señor!, Bondad que escapa nuestra comprensión, que conoces nuestra miseria a fondo y sabes que con nuestras fuerzas no podemos elevarnos a Ti, Te lo imploramos: Adelante con Tu gracia y continúa aumentando Tu misericordia en nosotros, para que podamos, fielmente, cumplir Tu santa voluntad, a lo largo de nuestra vida y a la hora de la muerte. Que la omnipotencia de tu misericordia nos escude de las flechas que arrojan los enemigos de nuestra salvación, para que con confianza, como hijos Tuyos, aguardemos la última venida (día que Tú solo sabes). Y esperamos obtener lo que Jesús nos prometió a pesar de nuestra mezquindad.

Porque Jesús es nuestra esperanza: Através de su Corazón misericordioso, como en el Reino de los Cielos.

Cura al marxismo revolucionario o comunismo, o socialismo (e concluido que son sinónimos):
- No estoy de acuerdo con matar animales, pero es cuestión del ciclo de la vida, ademas existe personas que son carnivoras, yo soy carnivoro, pero por eso es necesario rendirle culto a los animales y plantas.
-Conocer la sensibilidad extrema. Descripcion: ofensas y humillación se mata con cara seria.Tristeza se mata con alegria, soledad con la compañia de un buen amigo quien te reconforte, No ser rencoroso, saber perdonar a quienes te hacen daño,etc.
-Conocer el significado de los colores: Rojo atrae muerte, sangre. Azul atrae cosas positivas y muy frias,verde atrae equilibrio en la ecologia, amarillo es simbolo de justicia, negro es oscuro de magia negra o aveces para eliminar cosas negativas de tu cuerpo,rosa es senxualidad.
-Practican la inteligencia emocional a la perfeccion.
-Conocer la invocación al marxismo y eliminarla, por lo general ellos hacen invocaciones a figuras de dictadores militares que lo que hacen matar gente, Hitler, Sadan huseim, o regimenes militares como ellos.
- Compran mucho armamento para hacer guerra.
-No les importa el pais, para nada, son egoistas, amigueros,les gusta comprar a la gente con placer y riquezas.
- No ayudan a las personas pobres.
-Matan animales, no les importa la fauna, odian a los perros y gatos y quien sepa que mas.
-No solucionan el problemas de la excases de alimentos, no tienen empresa privada, puras nacionalizaciones, etc.
- Son chismosos, no tienen discresión, o no son reservado, buscan la pelea y el conflicto y la polarización de la población.
-No les importa la clase media, y quieren destruir a los oligarcas de derecha, no les importa el estudio, no invierten en tecnologia, bloquean el internet, bloquean el cable, controlan los medios de comunicación, etc.
-Mantienen al pueblo con baja autoestima, para controlar a la población en lo que quieran.
-Hay que tener una super higiene personal para salir del trance.
-No beber licor, ni fumar(bueno los que quieran y vean que el habito es imposible pueden hacerlo moderadamente).
-Resistir las alucinaciones del marxismo, hechos por los babalayos que asesoran a Chavez en Cuba:
1. Te mandan a fantasmas en la noche para asustarte.
2. Te manda los muertos de ultra tumba.
3. Escuchas Ruidos en la noche.
4.Te hacen querer tener placer, para darte ansias de hacer caso.
5.Empiezas alucinar cosas del futuro, pasado y presente referente a la situación del pais.
6. Experimentas sueños recordando a las mujeres que amaste que te rechazaron una y otra vez, para infundirte miedo.
7 Tienes sueños militares, en donde escuchas un ruido mortalmente aterrador, y te exclavisan.
       Estos sueños los experimentas en la noches despues de las medianoche y te mantiene sin dormir, con la intención de hacerte parecer un loco, y que nadie te crea.

Hay que saber el significado de los sentidos: derecha es de progreso, izquierda revolucionaria es de hambre, muerte, odio y guerra.  Izquierda no revolucionaria, es para solucionar los problemas de los pobres, centro es equilibrio para las clases, derecha es para traer riqueza y trabajo , progreso, alimentos, etc.


Detalles para eliminar la invocación al marxismo:
- Mantener limpio el pais, cuidar el ambiente, cuidar los animales, cuidar los insectos, ayudar a la gente pobre, tener abundacia de alimentos.
- Hay que evitar los olores putrefactos provenientes de los baños y las cloacas, corregir esos errores. Hacer tratamiento  a las aguas residuales, potabilizar el agua hasta al maximo extremo para consumo del ser humano.
- Tener la mejor medicina, tecnologia, cultura, etc.
- Se aprovechan de lo peor del mundo: muerte,odio, rencor,guerra, violaciones a mujeres o hombres, pedofilos, asesinatos,incesto, maltrato a niños o niñas, no cumplen con los 10 mandamientos de moises, creo que era el.
-Somenten a la gente con armas, represión, no ayudan al progreso de los estudios en escuelas, liceos o universidades.
-Generalmente los marxistas revolucionarios no aceptan criticas, no les gusta convenir nada y hacen los que se le da las gana.
-Objetivos de Chavez dominar el mundo, al estilo nacista, con una ideologia marxista revolucionaria, al igual que Fidel, Rusia y los paises comunistas. ( Me van a engañar a mi, al alguien del infierno y el cielo, por favor)
- Su principal caracteristica de estos paises comunista es que dominan la asamblea nacional, y de alli controlan los demas poderes, que se tiene que hacer el pueblo del pais, tiene que ir a prostetar civicamente, me van a decir que millones de personas no van a poder contra un numero reducido de personas que conforman una asamblea, y el poder ejecutivo, por favor. Y los militares tienen que reflexionar hacia donde quieren ir, dejarse manipular por una cantidad de codiciosos o protejer el pais, a menos que los diputados empienzen a tener conciencia y cambiar de opinion y abrir el paso a la democracia.
 -Las Reformas Constitucionales o referendun en un pais con un presidente de izquierda revolucionaria, que tiene relaciones con puros paises comunistas es una forma de transición para un pais de la democracia a dictadura o comunismo, no deberian de existir en la constitución de 1999.
Los politicos como Chavez con tendencia Revolucionaria se comportan como un angel y son tus amigos mas fieles y leales antes de una votaciones, pero despues de ellas y de comprar electores, empienzan a destruir el pais, asi que venezolanos lean la constitucion de 1999, y no se dejen pisotear sus derechos.
MI ORACIÓN PREFERIDA:
Soy el hueso de mi alma
Acero es mi cuerpo y fuego es mi sangre
e creado miles de espadas
desconocido para la muerte
tambien para la vida
...la mente a través de los agujeros de la montaña.
La espada se divide el río
aguanta el dolor para crear muchas armas
pues estas manos ya no volveran a coger nada mas
asi pues, yo rezo.

Constitución(La Constitución o carta magna (del latín cum, con, y statuere, establecer) es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades) de la Republica(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría.) Bolivariana( Simón José Antonio de la Santísima Trinidad Bolívar y Palacios Ponte y Blanco, mejor conocido como Simón Bolívar, (Caracas, 24 de julio[2] de 1783 — Santa Marta, Colombia, 17 de diciembre de 1830) fue un militar y político de la Gran Colombia, una de las figuras más destacadas de la Emancipación Americana frente al Imperio español. Contribuyó de manera decisiva a la independencia de las actuales Bolivia, Colombia, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela.
Le fue concedido el título honorífico de Libertador por el Cabildo de Mérida en Venezuela que, tras serle ratificado en Caracas, quedó asociado a su nombre. Los problemas para llevar adelante sus planes fueron tan frecuentes que llegó a afirmar de sí mismo que era "el hombre de las dificultades" en una carta dirigida al general Francisco de Paula Santander en 1825.
Participó en la fundación de la Gran Colombia, nación que intentó consolidar como una gran confederación política y militar en América, de la cual fue Presidente. Bolívar es considerado por sus acciones e ideas el "Hombre de América" y una destacada figura de la Historia Universal, ya que dejó un legado político en diversos países latinoamericanos, algunos de los cuales le han convertido en objeto de veneración nacionalista. Ha recibido honores en varias partes del mundo a través de estatuas o monumentos, parques, plazas, etc.Pueden extender la historia de nuestro Libertador en el siguiente Link:http://es.wikipedia.org/wiki/Simon_Bolivar)de Venezuela del año 1999
PREÁMBULO(Preámbulo puede referirse a: Preámbulo, en Derecho, es la parte expositiva que antecede a una normativa, otra definición es Lo que se dice antes de dar principio a la materia principal. pueden ver significado en http://www.wordreference.com/definicion/Preambulo).

El pueblo de Venezuela(todos los nacidos en Venezuela y an adquirido la nacionalidad de este hermoso pais), en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios( junto con su conocimiento registrado en la biblia y orando por el luego profundizaremos en el estudio de la biblia mezclado los conocimientos que e descubierto podremos decifrar los enigmas de nuestro Dios y Jesus misericordioso), el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes( ver la gran variedad de ellos aqui en el siguiente link:http://es.wikipedia.org/wiki/Pueblos_abor%C3%ADgenes_de_Venezuela) y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana(concepto de soberania:La soberanía, según la clásica definición de Jean Bodin en su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural. Pues, según añade Bodin, «si decimos que tiene poder absoluto quien no está sujeto a las leyes, no se hallará en el mundo príncipe soberano, puesto que todos los príncipes de la tierra están sujetos a las leyes de Dios y de la naturaleza y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos». ver concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADa);con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática( de democracia), participativa( de que se participa) y protagónica( del protagonismo como en una novelita), multiétnica(Las sociedades multiétnicas, a diferencia de las sociedades nacionalistas, integran diferentes grupos étnicos, sin importar diferencias de cultura, raza e historia, bajo una identidad social común mayor que la «nación» en el sentido convencional. Todas las grandes ciudades pueden ser consideradas sociedades multiétnicas, incluso aquéllas en las que el odio racial y la intolerancia étnica es frecuente.

También, muchas naciones que todavía hoy son consideradas monoétnicas tienen sus orígenes en un proceso más o menos violento de fusión o mezcla.

Hay una distinción entre una sociedad, una nación, un pueblo y un estado. Véase estado multinacional para los matices políticos y militares de dicha tipología estatal. Sin embargo, existe bastante solapamiento entre la cuestión de dirigir un estado, y la de encontrar una identidad común como nación. Las sociedades multiétnicas han existido en diversos contextos históricos, tales como la antigua China, el Imperio romano o el Imperio austrohúngaro. Más recientemente, los Estados Unidos, Yugoslavia y Checoslovaquia son otros ejemplos más o menos exitosos. Finalmente, la Unión Europea es otro experimento multiétnico que aún sigue desarrollándose y cuyo desenlace aún es incierto.

El paso definitivo hacia la integración multiétnica es la ONU, cuyo objetivo es asegurar en la medida de lo posible la coexistencia pacífica de los distintos países o grupos étnicos. ver concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Sociedad_multi%C3%A9tnica) y pluricultural( o multiculturalismo:La multiculturalidad es un término que está sujeto a diversas interpretaciones. Puede simplemente designar la coexistencia y cohesión social de diferentes culturas en el seno de un mismo conjunto (un país, por ejemplo). Puede, asimismo, designar diferentes políticas voluntaristas:

    * Antidiscriminatorias, que tienden a asegurar un estatuto social igual a los miembros de diversas culturas.
    * Identitarias, que tienden a favorecer la expresión de las particularidades de diversas culturas.
    * Comunitarias, que permiten la existencia de estatutos (legales, administrativos) específicos para los miembros de tal o cual comunidad cultural.

Con el adjetivo multicultural se suele aludir a la variedad que presentan las culturas en la sociedad humana para resolver las mismas necesidades individuales cuando todas ellas deberían poseer igualdad de posibilidades para desarrollarse social, económica y políticamente con armonía según sus tradiciones étnicas, religiosas e ideológicas. Un estado debería ser, pues, una comunidad multicultural.

Por otra parte, el multiculturalismo es también una teoría que busca comprender los fundamentos culturales de cada una de las naciones caracterizadas por su gran diversidad cultural.) en un Estado de justicia, federal(Una federación (del latín fœdus, "pacto") es una agrupación institucionalizada de entidades sociales relativamente autónomas. Generalmente asociado directamente a la conformación de Estados conformados a su vez por la reunión de varias entidades territoriales y políticas. También suele denominarse estado federal o república federal y, generalmente, tiene un sistema político republicano y excepcionalmente monárquico.) y descentralizado( en donde los poderes publicos nacionales son independientes), que consolide los valores de la libertad( libertad de expresión, con medios privados,publicos y mixtos totalmente libres de politica o parcializados), la independencia(si la independencia de nuestro estado federalizado), la paz(la paz mundial de la tierra), la solidaridad( el significado aqui: Adhesión circunstancial a la causa o a la empresa de otros el termino lo pueden consultar aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Solidaridad_%28sociolog%C3%ADa%29;http://es.wikipedia.org/wiki/Solidaridad; y aqui: http://www.wordreference.com/definicion/solidaridad), el bien común, la integridad( viene de integral que viene de unidad y no al polarismo social y luchas de clases) territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida( no muerte, totality vida), al trabajo(todos tienen derecho a un trabajo digno sin importar su tendencia ideologica), a la cultura( en su amplia variedad posible en internet, bibliotecas nacionales, librerias etc, para libre asceso por eso es importante que todos los venezonalanos tenga su buena pc, lapton o que se les de libros regalados para que lean), a la educación( educación publica,privada, mixta a un precio razonable, economico acorde al sueldo de la clase social y a la formacion academica), a la justicia social(que incluye todas las clases sociales) y a la igualdad sin discriminación ni subordinación( sin  dependencia politica a un solo hombre) alguna; promueva la cooperación pacífica( eso esta bien cooperar) entre las naciones( eso incluye todoas las naciones las de derecha y izquierda, centro y que se yo) e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención(ningun presidente en Venezuela puede intervenir en otro país, ninguno, never) y autodeterminación de los pueblos(El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad. La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas o los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, aunque no en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. También numerosas resoluciones de la Asamblea General de la ONU hacen referencia a este principio y lo desarrollan: por ejemplo, las resoluciones 1514 (XV), 1541 (XV) ó 2625 (XXV). Es un principio fundamental del Derecho internacional público y un derecho de los pueblos, que tiene carácter inalienable y genera obligaciones erga omnes[1] para los Estados. Incluso, de acuerdo con muchos autores, la libre determinación ha devenido norma de ius cogens. Ver significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Autodeterminaci%C3%B3n_de_los_pueblos), la garantía universal e indivisible de los derechos humanos(significa: Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.esto es algo muy integral), la democratización de la sociedad internacional(vaya vaya eso esta bien, democartizemos a Cuba,Nicaragua y cualquiera que sea maarxista revolucionario), el desarme nuclear(a ok, y no era tu que querias hacer una base militar,con los rusos, con China , etc. No esto en contra de que se cree una planta nuclear de energia para la producción de energia electrica, pero para eso se necesita de un sistema muy desarrollado de ingenieria de calidad, ambiente , seguridad y salud laboral, requeriria millones de dolares), el equilibrio ecológico(tiene como significado lo siguiente: El equilibrio ecológico se define como la estabilidad de un ecosistema, es decir, la formación de éste. La estabilidad de un ecosistema es el resultado de las interrelaciones entre el Ecosistema Biótico y el Ecosistema Abiótico(Un ecosistema abiótico ens en el que tienen lugar los factores abióticos (factores físicos):

* El sol reactor termonuclear. Luz y calor.

* La tierra se calienta y envía calor hacia el aire. La inclinación y cantidad de los rayos solares influyen en la temperatura de una zona geográfica determinada. La rotación y la forma de la superficie terrestre determinan la fuerza y dirección de los vientos y en consecuencia la cantidad de lluvias. En el ecuador el aire se calienta y asciende; en los polos se enfría y desciende y al rotar la tierra mueve estas masas de aire frío o caliente.

* La temperatura en la tierra disminuye al aumentar la latitud y la altitud. Zona tropical caliente, zonas templadas menos calientes porque los rayos solares llegan inclinados y polos fríos.

* El aire tiene nitrógeno (N) asimilado por las plantas, oxígeno (O) utilizado por todas las células en la respiración y dióxido de carbono (CO) utilizado por las plantas en la fotosíntesis.

* El agua es el 73% de la superficie de la tierra. Es utilizada por todos los organismos porque se necesita en las células para que allí ocurran las reacciones químicas. Además, sirve para que en la orina se expulsen los desechos celulares.

* El suelo es de donde las plantas toman los minerales. Las plantas son comidas por los animales para que lleguen los mismos minerales a sus células. Los minerales más importantes son: fósforo (P), nitrógeno (N), calcio (Ca), hierro (Fe) y magnesio (Mg)

Y un sistema biótico es en el que se encuentran los factores bióticos (seres vivos)

Son todas las poblaciones del Ecosistema y, por tanto, todos los seres vivos del Ecosistema.

En un ecosistema se distinguen un componente autótrofo y uno heterótrofo: en el primero tienen lugar la fijación de la energía luminosa, el consumo de sustancias inorgánicas de estructura simple y la constitución de moléculas cada vez más complejas; en el segundo prevalecen la utilización, la reestructuración y el consumo de materiales complejos.

Los factores BIÓTICOS y ABIÓTICOS funcionan juntos. Por ejemplo el agua (factor abiótico) es succionada por la raíz de las plantas (factor biótico) para luego subir por el tallo a las ramas y finalmente llegar a las células de las hojas, donde se necesita para que el cloroplasto pueda utilizarla en la fabricación del azúcar glucosa.

Espero haberte servido de ayuda.Bss
Fuente(s):
http://www.monografias.com/trabajos6/eco…); un ejemplo se da cuando la cantidad de plantas permiten alimentar a un herbívoro.

Este puede ser alterado por acciones que comete la persona en perjuicio del ambiente, cuando no se toma la debida importancia de protegerlo y respetarlo, también puede ser alterado por huracanes u otros fenómenos naturales; además hay otra alteración muy grave como lo es la sequía (un fenómeno que causa la escasez de alimentos en el mundo y afecta en gran parte a la agricultura; trabajo de campesinos), que causa varios problemas en el ecosistema como son la extinción de especies, destrucción del ecosistema; caídas en la economía por la exportación a otros países y el gran uso de herbicidas.proteger el ambiente y la fauna y flora) y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad;
en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático( estoy en contra de los referendo, no deberian de existir, es manejar el populismo y cambiar cosas),

Es deber, derecho y obligacion del PRESIDENTE VIGENTE O EL QUE LO SUSTITUYA, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando con el presidente anterior le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y propomer la libertad de expresión, y olvidate tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais del pais.

CONCLUSIONES

-No hay suboordinación, la unica  suboordinación es a los ideales de nuestros libertadores Simon Bolivar.
-Se promueve(invierte dinero y politicas a favor) a la integración latinoamericana.
-Promueve la paz mundial, el desarme nuclear, la integración latinoamericana, democracia, la libertad de expresión, la liberación de pueblos marxistas revolucionarios.
-El pensamiento de Dios esta en la santa biblia  en la santa biblia.
-Tolerancia, inclusion social, unidad nacional.
-Conservación de la ecologia.
-Ayudar al pobre.
-Respeto y solidaridad a los aborigenes indigenas.
-infinidad de felicidad.
-Buenas relaciones con los imperios sean de izquierda o derecha.


CONSTITUCIÓN(la mama de la leyes)
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Artículo 1. Venezuela se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente( pienso que no debemos tener dependencia de Fidel, ni de nadie que se comunismos) y fundamenta su patrimonio moral(Se considera patrimonio el conjunto de los bienes y derechos pertenecientes a una persona, física o jurídica. Históricamente la idea de patrimonio estaba ligada a la de Herencia. Así, por ejemplo, la RAE da como primera acepción del termino «Hacienda que alguien ha heredado de sus ascendientes».

La palabra es también utilizada para referirse a la propiedad de un individuo, independientemente como sea que la haya adquirido.[1] Desde este punto de vista, el individuo puede ser ya sea una persona natural o jurídica. Así se habla de Patrimonio empresarial: El conjunto de bienes, derechos y obligaciones, pertenecientes a una empresa -como persona jurídica- y que constituyen los medios económicos y financieros a través de los cuales ésta puede cumplir sus objetivos.[2] (ver "Patrimonio neto contable" y "Masas patrimoniales" en contabilidad.

En referencia a personas reales -y desde un punto de vista de uso amplio, menos preciso del termino- “lo heredado” generalmente se refiere a los bienes y derechos a los que los individuos acceden como miembros de alguna comunidad. Así por ejemplo, se suele hablar del patrimonio como la herencia debido a la pertenencia a una familia. Pero también hay “patrimonios” a los cuales los individuos tienen acceso como miembros de comunidades más amplias, tales como los patrimonios regionales y/o nacionales (por ejemplo: Patrimonio industrial; Patrimonio Nacional de España ; Patrimonio histórico (España))- pero además hay los denominados patrimonios culturales (ver también Patrimonio Cultural Inmaterial, Patrimonio arquitectónico, etc ); e incluso Patrimonio de la humanidad.

En el ámbito legal el concepto significa algo así como “el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona, que tienen una utilidad económica y por ello son susceptibles de estimación pecuniaria, y cuya relaciones jurídicas están constituidas por deberes y derechos (activos y pasivos).[3] Desde este punto de vista la consideración del valor de un bien patrimonial se descontará del mismo el valor de las cargas que se hallen gravando los bienes patrimoniales. pueden revisar mas sobre el significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio ) y sus valores de libertad(pienso que es libertad de expresión), igualdad(igualdad ante las clases sociales), justicia( justicia para todos, no para un solo sector parcializado politicamente) y paz internacional(escuchaste Presidente de la Republica de Venezuela, paz mucha paz, armonia y justicia), en la doctrina de Simón Bolívar( no otra solo nuestro Libertador, no se incluye teoria marxistas revolucionaria, no tiene razón de existir en nuestro pais en nuestro pais), el Libertador.

Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

CONCLUSIÓN:
Articulo 1. El pais de venezuela es independientes unidos en la filosofia de la libertad de expresión, amor y paz, atada en la ideologia de nuestro libertador Simon Bolivar,
y no es subordinada a nadie, ni tiene la dependencia hacia un individuo ni a la ideologia marxistas revolucionaria en la construcción del socialismo del siglo XXI.

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna(Defender, amparar) como valores superiores de su ordenamiento jurídico(El ordenamiento jurídico es el conjunto de normas jurídicas que rigen en un lugar determinado en una época concreta. En el caso de los estados democráticos, el ordenamiento jurídico está formado por la Constitución del Estado, que se rige como la norma suprema, por las leyes y del poder ejecutivo, tales como los reglamentos, y otras regulaciones tales como los tratados, convenciones, contratos y disposiciones particulares.

No se debe confundir el ordenamiento jurídico con el orden jurídico, que se traduce en el conjunto de normas que rigen una determinada área del ordenamiento jurídico. La relación entre estos dos conceptos es de género a especie. Extender  significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Ordenamiento_jur%C3%ADdico) y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social( e visto mucha gente irreponsable inconciente que no cuida el ambiente y tira basura, deberian de ser penalizados) y en general, la preeminencia(Privilegio,ventaja o preferencia de que goza una persona respecto de otra por razón o mérito especial, extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/preeminencia) de los derechos humanos, la ética(esto significa:La ética es una rama de la filosofía que abarca el estudio de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir. otro significado es Según una corriente “clásica”, la ética tiene como objeto los actos que el hombre realiza de modo consciente y libre (es decir, aquellos actos sobre los que ejerce de algún modo un control racional). No se limita sólo a ver cómo se realizan esos actos, sino que busca emitir un juicio sobre estos, que permite determinar si un acto ha sido éticamente bueno o éticamente malo.

Ello implica establecer una distinción entre lo que sea bueno y lo que sea malo desde el punto de vista ético, y si el bien y el mal éticos coincidan o no con lo que serían el bien y el mal en sí.pueden extender su amplio conocimiento: http://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89tica)  y el pluralismo político( esto significa lo siguiente: La teoría pluralista del estado (o pluralismo político) estipula que en la participación representativa existen varias elites compitiendo por obtener el poder político. Su principal ideólogo es Robert Dahl.

A diferencia de la teoría elitista, el pluralismo reconoce la participación de varios grupos que no necesariamente forman parte de la aristocracia. Las partes que compiten en el pluralismo se caracterizan por la heterogeneidad ideológica y social, independientemente de los recursos económicos que posean.

Según la definición aportada por Philippe C. Schmitter, el pluralismo puede definirse como un «sistema de representación de intereses en el que las unidades constitutivas están organizadas en un número no especificado de categorías múltiples, voluntarias, competitivas, no jerárquicamente ordenadas y autodeterminadas, que no están especialmente autorizadas, reconocidas, subsidiadas, creadas o de algún modo controladas por el Estado en la selección de dirigentes o la articulación de sus intereses, y que no ejercen un monopolio de la actividad representativa dentro de sus respectivas catergorías», ver concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Pluralismo_pol%C3%ADtico).

CONCLUSIÓN:
Articulo 2. El pais de Venezuela es un pais democratico con la tolerancia de todas las ideologias,que esta obligado a cumplir con todos los tratados internacionales, el derecho a la vida, el derecho al merito por sus trabajos en la sociedad sean de intelectualidad, etc.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad(esto significa La dignidad hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas mediante la toma de decisiones y el ejercicio de su libertad. La dignidad se explica en buena medida por la "autonomía" propia del ser humano, como vieron ya Platón, Pico della Mirandola y Kant, pues sólo el que sabe y puede gobernarse a sí mismo, según un principio racional, resulta "señor de sus acciones" y en consecuencia, al menos parcialmente, un sujeto libre; al regular su comportamiento según normas propias, según el significado etimológico de la voz griega 'auto-nomía', ya no es un mero súbdito, ya no está bajo el dictado de otro, sino que es un ciudadano. Entendemos que esa autonomía o dignidad es sólo un "potencial de emancipación" respecto a las necesidades e imposiciones naturales o sociales y en la historia universal del género humano. La dignidad debe ser intocable y respetada por los estados. ver concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Dignidad), el ejercicio democrático de la voluntad popular(solo voluntad, no existe los consejos comunal, comunas, ect o la que te inventes los marxistas revolucionarios), la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad(esto significa Bienestar,mejora de la situación económica o social.) y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

CONCLUSIÓN:
Articulo 3. Se asegura tener una buena seguridad en el pais, y tener una democracia con solo la voluntad popular ejercido mediante el sufragio o voto universal secreto, somos amantes de la paz, y no la lucha armada o revolucionaria en favor del bienestar, es considerable tener armas para defendernos ante una posible guerra,pero no tenemos enemigos que yo sepa,ademas se garantiza una economia de avanzada para las clases sociales.
Artículo 4. La República Bolivariana(creo que es obvio seguir los ideales de Bolivar) de Venezuela es un Estado Federal(tiene el siguiente concepto aqui Una federación (del latín fœdus, "pacto") es una agrupación institucionalizada de entidades sociales relativamente autónomas. Generalmente asociado directamente a la conformación de Estados conformados a su vez por la reunión de varias entidades territoriales y políticas. También suele denominarse estado federal o república federal y, generalmente, tiene un sistema político republicano y excepcionalmente monárquico(esto significa que La monarquía es una forma de gobierno de un estado (aunque en muchas ocasiones es definida como forma de Estado en contraposición a la República) en la que la jefatura del estado o cargo supremo es:

    * personal, y estrictamente unipersonal (en algunos casos históricos se han dado diarquías, triunviratos, tetrarquías, y en muchas ocasiones se establecen regencias formales en caso de minoría o incapacidad o valimientos informales por propia voluntad).
    * vitalicia (en algunos casos históricos existieron magistraturas temporales con funciones similares, como la dictadura romana, y en muchos casos se produce la abdicación voluntaria o el derrocamiento o destronamiento forzoso, que puede o no ir acompañado del regicidio).
    * y designada según un orden hereditario (monarquía hereditaria), aunque en algunos casos se elige, bien por cooptación del propio monarca, bien por un grupo selecto (monarquía electiva).

El término monarquía proviene del griego μονος (mónos): ‘uno’, y αρχειν (arjéin): ‘gobierno’, traducible por gobierno de uno solo. A ese único gobernante se le denomina monarca o rey (del latín rex) aunque las denominaciones utilizadas para este cargo y su tratamiento protocolario varían según la tradición local, la religión o la estructura jurídica o territorial del gobierno (véase sección correspondiente).

El estado regido por un monarca también recibe el nombre de monarquía o reino.

El poder del rey puede identificarse o no con la soberanía; ser absoluto o estar muy limitado (como es usual en la mayoría de los casos de las monarquías actuales, sometidas a regulación constitucional pueden ampliar el concepto aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Monarqu%C3%ADa).). ver concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Federaci%C3%B3n) descentralizado( con poderes publicos independientes, poder ejecutivo no parcializado cabe mencionar que el poder ejecutivo son los ministros, tambien voy a analizar a cada ministro de Venezuela, el poder judicial es que maneja la justicia del pais deben ser no politicos, el poder legislativo los que controlan las leyes, el poder ciudadano, la fiscalia(el que se encarga de que se cumpla la constitución, bueno tender que repetir el poder publico nacional) en los términos consagrados por esta Constitución( la carta magna, no puedo haber una ley organica, ley ordinaria,decreto,ordenanza etc, que contradiga la carta magna, sino es inscontitucional, no es aplicable en Venezuela y por lo cual es para ser enjuiciado despues por haber seguido este tipo de tendencia de ideologia marxista revolucionaria, voy hechale lupa a todas las leyes que a creado al asamblea nacional, deberiamos hacerlo, necesito ayuda), y se rige por los principios de integridad territorial( eso esta bien), cooperación(me parece bien), solidaridad( ver concepto aqui: En sociología, solidaridad se refiere al sentimiento de unidad basado en metas o intereses comunes(unidad de clases sociales). Asimismo, se refiere a los lazos sociales que unen a los miembros de una sociedad entre sí. Algunos sociólogos introdujeron definiciones específicas de este término. Entre ellos, uno de los más famosos fue Émile Durkheim pueden ampliar en el siguiente link:http://es.wikipedia.org/wiki/Solidaridad_%28sociolog%C3%ADa%29, concurrencia(esto significa que:Conjunto de personas que asisten a un acto, un espectáculo, una reunión u otra convocatoria, pueden ampliar conocimiento aqui: ver concepto aqui o ampliarlos aqui:http://www.wordreference.com/definicion/concurrencia) y corresponsabilidad( me imagino que se refiere al hecho de que si son responabls contigo, tu lo seras con ellos, o sera algo asi viceversa, es algo asi literalmente).

CONCLUSIÓN:
Articulo 4. La carta magna garantiza que el poder publico nacional sea descentralizado,estado federal o república federal, monarquico, no puede haber ley organica, ley ordinaria, decreto,ordenaza o cualquier otra ley que contradiga la carta magna, seria inscontitucional y amerita prisión todos los que la apoyen,  ademas hay promesas positivas de ayuda en todas las definiciones.
Artículo 5. La soberanía(esto significa que La soberanía, según la clásica definición de Jean Bodin en su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural.(el soberano es el pueblo segun mi entender) pueden extender en el significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Soberania) reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución(que me explique como, nada mas la ejerce con la votación en el CNE, de otra forma no e visto que en la asamblea se convoque en a los diferentes clases sociales para decidir la aprobación de una ley organica, ley ordinaria, o lo que sea, un decreto, ordenanza, todos los maneja son los marxistas revolucionarias, por el momento en el 2010) y en la ley(la asamblea nacional, poder legislativo, etc), e indirectamente, mediante el sufragio(votacion de los venezolanos), por los órganos que ejercen el Poder Público.
CONCLUSIÓN:
Articulo 5. Dice que el voto del venezolana y venezolano es el unico capaz de aportar para la toma de decisiones de la creación de toda ley, decreto, ordenanza,etc(cabe mencionar que no debe haber ideologia politica con tendencia marxista revolucionaria, porque eso va en contra de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela).
Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana(de ideologia de Bolivar, despues analizare su ideologia segun su vida) de Venezuela y de las entidades políticas( tiene  el siguiente significado:Las instituciones son mecanismos de orden social y cooperación que procuran normalizar el comportamiento de un grupo de individuos (que puede ser reducido o coincidir con una sociedad entera). Las instituciones en dicho sentido trascienden las voluntades individuales al identificarse con la imposición de un propósito en teoría considerado como un bien social, es decir: normal para ése grupo. Su mecanismo de funcionamiento varía ampliamente en cada caso, aunque se destaca la elaboración de numerosas reglas o normas que suelen ser poco flexibles.pueden ampliar aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Instituci%C3%B3n) que componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista( de participación de la amplia variedad de partidos politicos)
 y de mandatos revocables(no hay ningun lado donde diga que tiene que seguir la tendencia ideologica marxistas revolucionaria).
CONCLUSIÓN:
Articulo 6. Dice que las entidades politica son democrático, participativo, electivo(que tiene que ser elegidos democraticamente con participación de las clases sociales), descentralizado, alternativo, responsable, pluralista( de participación de la amplia variedad de partidos politicos)
 y de mandatos revocables(no hay ningun lado donde diga que tiene que seguir la tendencia ideologica marxistas revolucionaria).
Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico( la mama de las leyes). Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público( estos poderes publicos son:     * 1.1 Poder Legislativo
    * 1.2 Poder Ejecutivo
    * 1.3 Poder Judicial
    * 1.4 Poder Ciudadano
    * 1.5 Poder Electoral
pueden extender su estudio aqui en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_%28Venezuela%29) están sujetos a esta Constitución( Se tiene que cumplir la Constitución del año 1999, todos los venezolanos).
CONCLUSIÓN:
Articulo 7. La constitución De LA Republica Bolivariana de Venezuela es la mama de las leyes, nadie, que tenga nacionalidad venezolana la puede contradecir, no importa su tendencia ideologica. Ni nunguna ley organica, ley ordinaria, o lo que sea, ni tampoco la puede contradecir el poder publico nacional.
Artículo 8. La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo(los marxista revolucionarios evidentemente se exceden con el color rojo, hasta venezolana de televisión se excede con el color esta ideologizado  , menos mal que le di significados a los colores); el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria(sin incluir ideologia marxistas revolucionaria, voy a estudiar los simbolos que has cambiado, porque te crees dueño de la historia presidente Chavez).

segun mi teoria marxista revolucionaria(se exceden con el color rojo, e infinito) y el conocimiento que le di a los colores era el siguientes, de repente lo detalle mas dandonle mas significados.
Conocer el significado de los colores: Rojo atrae muerte, sangre. Azul atrae cosas positivas y muy frias,verde atrae equilibrio en la ecologia, amarillo es simbolo de justicia, negro es oscuro de magia negra o gotico,rosa es senxualidad, persona muy noble humilde.(tendre que detallar mas el significado de los colores)

Hasta cuando llego el presidente Chavez cambio los simbolos patrios de la cuarta a la quinta, irrespentando la historia, analizare eso despues, debe ser parte de un ritual de los babalayos, o una cuestion personal de el.

Ver en la web en el siguiente link: http://www.mipunto.com/venezuelavirtual/000/000/006.html (asi los conoci yo).


ver los simbolos patrios que cambiaste tu personalmente: http://www.gobiernoenlinea.ve/venezuela/perfil_simbolosp.html ( y las cambiaste a partir que dominaste la asamblea nacional)
otro link que detalla como ven los revolucionarios cuando cambiaron los simbolos patrios, todo es parte de una ideologización en la revolución. ver el siguiente link: http://www.simon-bolivar.org/Principal/bolivar/lsdvblodlrb.html
 CONCLUSIÓN:
Articulo 8. Se debe de respetar los simbolos patrios segun los que ha establecido la historia, y no cambiarlos y honrarlos como dia feriado segun la historia de Venezuela.

Artículo 9. El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad(no hay comentarios de este articulo y esta bien, aunque nose limita para hablar otro idioma como el ingles, frances, o cualquier otro que sea extranjero, pero mas sin embargo todos los ciudadanos deben hablar el idioma Español, obligatorio).
CONCLUSIÓN 
Articulo 09. Se asegura el idioma Español venezolano, y ademas se tiene que dar cursos y ayuda sea gratis o paga a los extranjeros para que hablen el idioma Español porque somos venezolanos.



TÍTULO II

DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA

Capítulo I

Del Territorio y demás Espacios Geográficos

Artículo 10. El territorio(esto significa: arte de la superficie terrestre delimitada geográfica, administrativa o políticamente, pueden extender territorio aqui: http://www.wordreference.com/definicion/territorio) y demás espacios geográficos de la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría. pueden ver la extensión del significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Rep%C3%BAblica ) son los que correspondían(corresponder:Tener proporción o relación una cosa con otra. pueden extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/corresponder)  a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados(es decir que tambien modifico los tratados internacionales en 1999, y no los ha cumplido en esta Constitución) y laudos(esto significa que: Decisión o fallo que dictan los árbitros en un conflicto, pueden extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/laudos)
 arbitrales(de arbitros de un juez legal) no viciados(es de vicio: Excesiva afición a algo, especialmente si es perjudicial, extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/vicio) de nulidad(es de nulidad, cero, que no vale).

CONCLUSIÓN:
Articulo 10. Este articulo esta hecho para desconocer la independecia que dio esa fecha patria y devolvernos al pasado, cuando el imperio Español dominaba Venezuela, es decir es una ley hecha, no solo para desconocer los tratados internacionales, sino para crear un imperio, uno nuevo, y esto fue propuesto por El Presidente Revolucionario Hugo Rafael Chavez Frias(o cualquier revolucionario que venga).

Artículo 11. La soberanía(es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural., ver significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADa) plena de la República se ejerce en los espacios continental(geografia del estado de venezuela en el continente involucrando guayana que estaba en reclamo y voy a veriguar el porque la cediste, o porque no esta en reclamo) e insular(La región natural insular es una de las nueve regiones naturales en la que es dividida Venezuela, comprende a todas las islas del país dentro del Mar Caribe siendo éstas agrupadas dentro de las Dependencias Federales Venezolanas y el estado Nueva Esparta. La región es la más pequeña del país, su característica principal es su condición de ser una región de islas de poco tamaño. El arco insular abarca un total de 311 islas que forman una línea paralela a la costa.
La mayoría se ubica entre 150 y 200 km al norte de tierra firme, otras como la de Puerto la Cruz están a solo 2 ó 3 km, mientras que la más lejana Isla de Aves con tan solo 30 hectáreas, esta a 500 km al norte de la costa. Sus suelos se formaron a partir de rocas ígneo-metamórficas, muy antiguas y erosionadas que afloran hasta la superficie entre ellas están el Archipiélago Los Monjes, Archipiélago Los Roques, Isla la Orchila, Isla la Blanquilla, Isla Los Hermanos, Archipiélago Los Frailes y Archipiélago los Testigos. Hay otras islas, como el Archipiélago Las Aves y parcialmente la Orchila y la Blanquilla, donde el basamento rocoso esta totalmente cubierto por una gruesa capa calcárea, fruto del crecimiento y la erosión de antiguos arrecifes coralinos.), lacustre(es un ambiente sedimentario de un lago.) y fluvial(El término fluvial se utiliza en geografía y en ciencias de la Tierra para referirse a los procesos asociados a los ríos y arroyos, y a los depósitos y relieves creados por ellos. Cuando los flujos o ríos están asociados a los glaciares, el término que se utiliza es glacio-fluviales o fluvio-glaciarios. extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Fluvial),
 mar territorial, áreas marinas interiores(se pondran mapas especificacos en facebook y un link donde pueden poner y extender el conocimiento aqui: http://www.mipunto.com/venezuelavirtual/mapas/mapa_limites_int.html), históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría. pueden ver el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Republica)
; el suelo(todo el suelito terrestre que pertenezca a Venezuela) y subsuelo(todo el subsuelo de la nación que este en la geografia del país) de éstos; el espacio aéreo continental(es lo mismo para la aviación de la fuerza bolivariana de Venezuela pero sobre el area COntinental que ocupa Venezuela en el país), insular( la misma definicón todo lo que vuele encima de lo que defini insular) y marítimo(todo lo que vuele encima del mar) y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos(La genética es el campo de la biología que busca comprender la herencia biológica que se transmite de generación en generación. Genética proviene de la palabra γένος (gen) que en griego significa "descendencia".

El estudio de la genética permite comprender qué es lo que exactamente ocurre en la reproducción de los seres vivos y cómo puede ser que, por ejemplo, entre seres humanos se transmitan características biológicas, físicas, de apariencia y hasta de personalidad.

El principal objeto de estudio de la genética son los genes, formados por segmentos de ADN, el ADN controla la estructura y funcionamiento de cada célula, con la capacidad de crear copias exactas de sí mismo.

Sin embargo, la ciencia moderna de la genética, que aspira a comprender el proceso de la herencia, sólo empezó con el trabajo de Gregor Mendel a mediados del siglo XIX. Aunque no conocía la base física de la herencia, Mendel observó que los organismos heredan caracteres de manera diferenciada. Estas unidades básicas de la herencia son actualmente denominadas genes.

En 1941 Edward Lawrie Tatum y George Wells Beadle demuestran que los genes codifican proteínas; luego en 1953 James D. Watson y Francis Crick determinan que la estructura del ADN es una doble hélice, para el año 1977 Fred Sanger, Walter Gilbert, y Allan Maxam secuencian ADN completo del genoma del bacteriófago y en 1990 se funda el Proyecto Genoma Humano. pueden extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Gen%C3%A9ticos), los de las especies migratorias(Son muchos los animales que realizan migraciones, es decir, desplazamientos periódicos de un hábitat a otro. El tipo de migración que efectúan es distinto en aves, peces como el salmón, anguilas, langostas y mamíferos. En el caso de los movimientos masivos de algunos animales, que se producen con intervalos de pocos años, suelen llamarse emigración o invasión

Toda migración implica un movimiento activo de parte del individuo migrante, a menudo durante muchos días. Los animales más pequeños, como los del plancton, los anfibios y las langostas, aprovechan las corrientes de agua o aire, mientras que las aves aprovechan los vientos alisios y las corrientes de aire ascendentes.

La migración cumple distintas finalidades. Hay especies que lo hacen para alejarse de inviernos en extremo rigurosos o veranos tórridos; otros lo hacen buscando un lugar apropiado para su reproducción, o para huir de sus depredadores; otras especies lo hacen para procurarse alimentos. Y en algunos casos, las migraciones masivas pueden deberse a la superpoblación, aunque es una presunción no demostrada: es el caso de los lemmings, que se lanzan en masa al océano, a un acantilado o a un río donde perecen en grandes cantidades. Desde luego, los animales, ni siquiera los más inteligentes, tienen conciencia de lo que es el suicidio, y lo que se ha interpretado como suicidio animal colectivo sólo parece ser un deseo compulsivo de emigrar sin tener idea de que esa migración puede terminar en muerte. extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Migraci%C3%B3n_animal), sus productos derivados( y de paso mas cosas que tiene la RePUBLICA bOLIVARIANA DE vENEZUELA) y
los componentes intangibles(de paso que no son tangibles, que no se pueden tocar, cuales son los componentes que no se puede tocar, el aire, el unico que puedo saber, que no se compra, ni se toca) SON  que por causas naturales allí se encuentren.
El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua(esto significa que:La Zona Contigua es la extensión de mar adyacente al Mar territorial, que abarca desde las 12 hasta las 24 millas marinas contadas desde la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial. En esta franja de agua, el Estado ribereño no tiene soberanía, sino que sus derechos están determinados solo en materia aduanera, sanitaria, fiscal y migratoria. ver el enlace aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Zona_contigua),

la plataforma continental(esto significa que:Esta es la prolongación natural del territorio de Venezuela hasta 200 millas ó hasta el borde exterior del margen continental (Plataforma + Talud y Emersión Continental), y en caso que se exceda de dicha distancia, tiene un límite máximo de 350 millas náuticas o de 100 millas marinas contadas a partir de los 2.500 metros de profundidad. Venezuela ejerce soberanía sobre aproximadamente 98.500 km. de plataforma continental. ver enlace aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Espacios_mar%C3%ADtimos_de_Venezuela#Plataforma_continental) y la zona económica exclusiva(el significado esta aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Espacios_mar%C3%ADtimos_de_Venezuela#Plataforma_continental ), la República(esta significa que:República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría. Pueden extender el enlace aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Rep%C3%BAblica ) ejerce derechos exclusivos de soberanía(esto significa,La soberanía, según la clásica definición de Jean Bodin en su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural. Pues, según añade Bodin, «si decimos que tiene poder absoluto quien no está sujeto a las leyes, no se hallará en el mundo príncipe soberano, puesto que todos los príncipes de la tierra están sujetos a las leyes de Dios y de la naturaleza y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos».

Esta definición muestra en síntesis la amplitud del concepto de soberanía, que, como tal, viene perdurando a través de los tiempos, aunque no exento de variaciones a lo largo de la historia en su intento de justificar el devenir del sujeto de la soberanía (el Pueblo, la Nación, el Estado, etc.). Pueden extender el significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADa  ) y jurisdicción(La jurisdicción (del latín iurisdictio, «decir o declarar el derecho») es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes. Pueden extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Jurisdicci%C3%B3n) en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público(El actual sistema de Derecho Internacional Público, puede caracterizarse como el conjunto de normas jurídicas y principios que las jerarquizan y coordinan coherentemente ; destinadas a regular las relaciones externas entre, sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos a los cuáles también se les confiere soberanía, cuándo actúan en el marco de una sociedad Internacional; con el propósito de armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de Justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.

Se trata de un conjunto de normas jurídicas con una estructura especialmente adecuada a los destinatarios del sistema y a las necesidades del mismo. La estructura del Derecho Internacional Público es de coordinación, lo que le diferencia de las estructuras de subordinación de los sistemas internos, dónde los sujetos están sometidos a poderes que los condicionan. Esta estructura de coordinación, responde a que sus principales sujetos, los Estados, son soberanos, razón por la cuál, por definición, no admiten sometimiento a poder material ajeno que les condicione, aunque si se subordinan, sin perder su atributo, a reglas jurídicas que le obligan sin excepción.

El derecho internacional está integrado por acuerdos entre estados –tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas, memorándum o memoranda (según el caso), intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos y protocolos de tratados, entre otros– como también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la práctica de los Estados, que éstos reconocen como obligatoria, y por los principios generales del derecho.

Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar.

En ambos casos, bilateral o multilateral, el nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas nacionales.

Tradicionalmente, se diferencia entre derecho internacional público y derecho internacional privado. Este artículo se basa fundamentalmente en el derecho internacional público. Pueden extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_p%C3%BAblico) y la ley(, la ley significa que:Conjunto de todas las leyes que rigen la vida social, política y económica de un país o una comunidad: pueden extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/ley)
 El poder legislativo , como se llama el congreso naciona, la asamblea naciona en el caso de Venezuela).
Corresponden a la República(esto tiene el significado que:República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría. pueden extender el significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Republica ) derechos(que son funciones de el gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela) en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional(se supone que deben de respetar esto segun los acuerdos internacions el poder legislativo).

Es deber, derecho y obligacion del presidente Hugo Rafael CHavez Frias o el presidente que lo sustituya si es posible lo hare yo mismo, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando El presidente Caldera le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y proponer la libertad de expresión, y olvidate de tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais y de los paises
dando vivienda digna y dando conseciones a los medios de comunicación que tu cerraste, por el bien del pluralismo social que es la participación de todos los partidos politicos en la unidad nacional .Y minimizar la seguridad del pais,con buena educación y completa, con un desempleo minimo, sin devaluaciones, mas bien al contrario aumentar el valor de la moneda nacional. Y con independencia de poderes y politicas positivas para el pais en las leyes organicas, leyes ordinarias,decretos,ordenanzas, etc. Sin ideologia marxista revolucionaria. El voto debe ser secreto, ademas de el, le da la capacidad para decidir y participar en la creación de leyes en el poder legislativo, sin participación politica partidiaria en un solo proyecto.  Y las entidades politicas son democraticas fuera de cualquier tendencia ideologica, la unica  tendencia ideologica que deben seguir es la de Simon Bolivar. Y una vez mas la Carta magna es la mama de las leyes, nadie , pero nadie puede contradecir la Constitución De la Republica Bolivaria de Venezuela, no importa su tendencia ideologica. Ademas los poderes publicos nacionales son los descritos alli, y no hay nombre de popular, ni comunas, ni consejo comunal, o la que te inventes porque no esta en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en ninguno de ellos para cualquier Presidente que vaya a ocupar los cargos de presidencia. Y respetar los simbolos patrios segun la historia de Venezuela. Y asegura a todos los extranjeros cursos gratis o pagados para que puedan hablar el Español Venezolano. Estoy en contra del articulo 10, es crear un imperio nuevo desconociendo nuestra indepencia, no coordino con el pensamiento en este articulo 10.El articulo 11 dice donde se ejerce el poder de las leyes en la Republica Bolivariana, y lo que domina y puede regalar, compartir y dar derecho de propiedad y permiso de explotación, importación la Republica  Bolivariana de Venezuela( que debe incluir el poder soberano,la Republica , etc).
 CONCLUSIÓN:
Articulo 11. Este articulo esta hecho para definir que es lo que domina segun las leyes que se crean en la asamblea, la Republica Bolivariana de Venezuela todo lo que esta en la geografia del pais, y lo que no esta, y la diversidad todo, y que supuestamente esto se debe de compartir y dar derecho y propiedad de utilización con los venezolanos, o el soberano.

Artículo 12. Los yacimientos mineros(Fue definido anteriormente, pero les doy el enlace aqui: http://pdf.rincondelvago.com/yacimientos-mineros-de-venezuela.html ) y de hidrocarburos(Los hidrocarburos son compuestos orgánicos formados únicamente por "átomos de carbono e hidrógeno". La estructura molecular consiste en un armazón de átomos de carbono a los que se unen los átomos de hidrógeno. Los hidrocarburos son los compuestos básicos de la Química Orgánica. Las cadenas de átomos de carbono pueden ser lineales o ramificadas y abiertas o cerradas.

Los hidrocarburos se pueden diferenciar en dos tipos que son alifáticos y aromáticos. Los alifáticos, a su vez se pueden clasificar en alcanos, alquenos y alquinos según los tipos de enlace que unen entre sí los átomos de carbono. Las fórmulas generales de los alcanos, alquenos y alquinos son CnH2n+2, CnH2n y CnH2n-2, respectivamente. extender su conocimientos aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Hidrocarburo), cualquiera que sea su naturaleza(es decir donde se origine y que el ambiente cree, con la mano poderosa de Dios), existentes en el territorio nacional, bajo el lecho del mar territorial(de paso incluye de la encuentre en las parte del mar), en la zona económica exclusiva(pueden ver significado aqui: La Zona económica exclusiva, también denominada mar patrimonial, es una franja marítima que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de doscientas millas marinas (370,4 km) contadas a partir de la línea de base desde la que se mide la anchura de éste.)
 y en la plataforma continental, pueden extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Zona_econ%C3%B3mica_exclusiva) , pertenecen a la República(Republica(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría. extender conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Republica) Bolivariana(de el Libertador Bolivar, no otro  que se marxista revolucionario) de Venezuela(no de Cuba, Nicaragua, Rusia ,China, o que sea comunistas)), son bienes del dominio público(esto significa que :Dominio público es un concepto utilizado en dos áreas del derecho: el derecho administrativo y el derecho de autor.  pueden extender el significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_p%C3%BAblico ) y, por tanto, inalienables( esto significa que Que no se puede enajenar, es decir, ni transmitir, ni ceder ni vender legalmente.ver definición aqui:http://www.wordreference.com/definicion/inalienables; otra definición es http://es.thefreedictionary.com/inalienables) e imprescriptibles(Que no se puede prescribir:
es decir Ordenar,determinar; otros conceptos lo definen en:Extinguirse un derecho,deuda,acción o responsabilidad por el transcurso del tiempo especificado para ello, y el termino de prescribir es:http://es.wikipedia.org/wiki/Prescripci%C3%B3n_%28Derecho%29; otro concepto lo puede ver aqui: http://www.wordreference.com/definicion/prescribir). Las costas marinas son bienes(muchos concepto de lo que es bienes lo puede ver aqui: http://www.wordreference.com/definicion/bienes) del dominio público ( ver concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_p%C3%BAblico).


Es deber, derecho y obligacion del presidente Hugo Rafael CHavez Frias o el presidente que lo sustituya si es posible lo hare yo mismo, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando El presidente Caldera le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y proponer la libertad de expresión, y olvidate de tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais y de los paises
dando vivienda digna y dando conseciones a los medios de comunicación que tu cerraste, por el bien del pluralismo social que es la participación de todos los partidos politicos en la unidad nacional .Y minimizar la seguridad del pais,con buena educación y completa, con un desempleo minimo, sin devaluaciones, mas bien al contrario aumentar el valor de la moneda nacional. Y con independencia de poderes y politicas positivas para el pais en las leyes organicas, leyes ordinarias,decretos,ordenanzas, etc. Sin ideologia marxista revolucionaria. El voto debe ser secreto, ademas de el, le da la capacidad para decidir y participar en la creación de leyes en el poder legislativo, sin participación politica partidiaria en un solo proyecto.  Y las entidades politicas son democraticas fuera de cualquier tendencia ideologica, la unica  tendencia ideologica que deben seguir es la de Simon Bolivar. Y una vez mas la Carta magna es la mama de las leyes, nadie , pero nadie puede contradecir la Constitución De la Republica Bolivaria de Venezuela, no importa su tendencia ideologica. Ademas los poderes publicos nacionales son los descritos alli, y no hay nombre de popular, ni comunas, ni consejo comunal, o la que te inventes porque no esta en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en ninguno de ellos para cualquier Presidente que vaya a ocupar los cargos de presidencia. Y respetar los simbolos patrios segun la historia de Venezuela. Y asegura a todos los extranjeros cursos gratis o pagados para que puedan hablar el Español Venezolano. Estoy en contra del articulo 10, es crear un imperio nuevo desconociendo nuestra indepencia, no coordino con el pensamiento en este articulo 10.El articulo 11 dice donde se ejerce el poder de las leyes en la Republica Bolivariana, y lo que domina y puede regalar, compartir y dar derecho de propiedad y permiso de explotación, importación la Republica  Bolivariana de Venezuela( que debe incluir el poder soberano,la Republica , etc). Segun el Articulo  12 El pais y quien maneja dicho pais esta forrado de billete, que puede ayudar al pobre.
 


CONCLUSIÓN:
Artículo 12. Este articulo da derecho de que no se puede regalar, vender, donar prestar para explotación, a otros paises estos yacimientos mineros y hidrocaburos que esten en el territorio nacional, mar territorial, en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental. En otras palabras la Republica Bolivariana de Venezuelas tiene mucho dinero en los 11 años, ya que lo a manejado y mas bien debes de compartirlos con los venezolanos de cualquier institución o ente privada en deber de salvar la producción del pais.


Artículo 13. El territorio(me imagino que es todo el territorio nacional que recibiste en 1999 el Presidente Electo de 1998) no podrá ser jamás cedido(a nadie, a ningun país extranjero no importa la tendencia ideologica) a, traspasado( esto significa que: Renunciar o ceder a favor de otro el derecho o dominio de una cosa:, pueden extender el significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/traspasado), arrendado(esto significa que:Ceder o adquirir el uso o aprovechamiento temporal de cosas, obras o servicios, a cambio de un precio y de su devolución en perfecto estado tras la extinción del contrato de arrendamiento, pueden extender el significado:http://www.wordreference.com/definicion/arrendado), ni en forma alguna enajenado(esto significa: Pasar a otro la propiedad u otro derecho sobre algo,ver significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Enajenaci%C3%B3n), ni aun temporal o parcialmente( a nadie se puede hacer esto no importa la tendencia ideologica), a Estados extranjeros
( sean de naturaleza comunista o imperial, sin importar su tendencia ideologica) u otros sujetos de derecho internacional.
El espacio geográfico venezolano es una zona de paz(sin guerra, conflictos, etc). No se podrán establecer en él bases militares extranjeras o instalaciones(de cualquier origen sean comunista o imperialistas) que tengan de alguna manera propósitos militares(es decir los unicos que deben de estar aqui son las fuerzas armadas Bolivariana de Venezuela, nada de grupos terroritas como la Eta Y LAS fARC O EL QUE ESTES DANDOLE APOYO AQUI EN venezuela), por parte de ninguna potencia o coalición(ver significado aqui:Confederación, alianza, unión; pueden extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/coalici%C3%B3n) de potencias(nada de tus grupitos del Alba, o con Rusia, con CHina, con Biolorusia,o que se yo que pais mas comunista haya en el mapa mundial, tendria que investigar).

Los Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional sólo podrán adquirir inmuebles(Bien que no se puede transportar, ver link, puede ser una casa o un edificio, para el significado: http://www.wordreference.com/definicion/inmuebles) para sedes de sus representaciones diplomáticas o consulares dentro del área que se determine y mediante garantías de reciprocidad(esto significado:Correspondencia mutua entre dos personas o cosas, bueno las embagadas, y las organizaciones internacionales que bajo acuerdo adopto la IV republica, Y que el presidente actual de la Republica desde el año de 1999), con las limitaciones que establezca la ley(el poder Legislativo, que no puede ir en contra de esto). En dicho caso quedará siempre a salvo la soberanía(esto significado aqui:La soberanía, según la clásica definición de Jean Bodin en su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural. Pues, según añade Bodin, «si decimos que tiene poder absoluto quien no está sujeto a las leyes, no se hallará en el mundo príncipe soberano, puesto que todos los príncipes de la tierra están sujetos a las leyes de Dios y de la naturaleza y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos».; pueden extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADa)  nacional.

Las tierras baldías(ver significado aqui:Las tierras baldías o badlands, son un tipo de paisaje runiforme de características áridas y de litología rica en arcillas, extensamente erosionado por el viento y el agua. Cañones, cárcavas, barrancos, canales, hoodoos (columnas de roca con formas en sus picos) y otras formas geológicas del estilo son comunes en las tierras baldías. A menudo es difícil caminar por ellas. Normalmente, estas tierras presentan una espectacular gama de color que alterna estrías que van del negro azulado oscuro, característico del carbón, al rojo brillante, característico de la arcilla, la escoria.ver significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Tierras_bald%C3%ADas)  existentes en las dependencias federales(esto significa que:Las Dependencias Federales, según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son las porciones de territorio de la República no comprendido dentro de Estados, Territorios Federales y del Distrito Capital, así como las islas que se formen en el mar territorial o en el que cubra la plataforma continental. Organizados en 12 grupos de islas, existen sin embargo otras 89 islas permanecen en control de otros Estados venezolanos dada su próximidad a las costas de Anzoátegui, Aragua, Carabobo, Falcón, Miranda, Nueva Esparta y Sucre. Todo esto comprende los espacios marítimos de Venezuela.

Generan para Venezuela un Mar Territorial, donde se ejerce la plena Soberanía Nacional[1] y de acuerdo con los Derechos del Mar de los países ribereños, este cordón de islas es punto de partida para establecer las delimitaciones de las 200 millas, generándose así la zona económica exclusiva, un espacio de áreas marinas y submarinas de aproximadamente 860 mil km cuadrados, según el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, denominado también mar patrimonial. Venezuela con base en sus territorios caribeños ha delimitado sus fronteras marítimas con 5 países Estados Unidos de América, Francia, Países Bajos, República Dominicana, y Trinidad y Tobago. El conjunto de islas dispersas en el mar Caribe y en menor medida en el atlántico venezolano poseen una temperatura media anual que se sitúa entre los 26 y 28°C, con una precipitación de entre 300 y 500 milímetros al año. pueden extender el significada aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Dependencias_Federales ) y en las islas fluviales(ver significado aqui:Una isla fluvial es cualquier masa de tierra o isla localizada en medio de un curso fluvial (río, arroyo, etc.). Junto con las islas lacustres pertenece al grupo de islas interiores. En español, se utiliza el término mejana, sobre todo, en la zona de la cuenca del Ebro. Etimológicamente, procede del latín mediana, que significa «que está en medio». este es el link:http://es.wikipedia.org/wiki/Isla_fluvial ) o lacustres( en ese mismo link se puede leer:http://es.wikipedia.org/wiki/Isla_fluvial) no podrán enajenarse(esto significa que:Pasar a otro la propiedad u otro derecho sobre algo.Puden extender link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/enajenarse  ), y su aprovechamiento sólo podrá concederse en forma que no implique(Envolver, enredar a alguien en algo; pueden extender el significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/implique), directa ni indirectamente, la transferencia(pasar de alguien que tiene propiedad privada a otro) de la propiedad de la tierra.

 CONCLUSIÓN:
Articulo 13. Este artículo, defiende la soberania contra cualquier fuerza militar extranjera sea de origen terrorista o narcotraficante, ademas defiende la propiedad privada y garantiza los derechos y garantiaz constitucionales a empresas extranjeras para que hagan inversión en el país, y a las diferentes embajadas extranjeras del pais, para quedarse en Venezuela no importa la tendencia ideologica.
Artículo 14. La ley(el poder legislativo) establecerá un régimen(hay una variedad de gama de regimen, incluyendo el de los oficialistas que es autoritario orientado al marxismo revolucionario, ver el siguiente link:http://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%A9gimen_totalitario, este otro: http://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%A9gimen_autoritario; y por ultimo mas bien se debe de cumplir este regimen que en que tiene vida en nuestro pais: La Constitución o carta magna (del latín cum, con, y statuere, establecer) es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano(que es decidido por el voto de sufragio y ejercido por el poder de la soberania), establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se
asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.)
; ) jurídico(significa Del Derecho o las leyes o que a ellos atañe o se ajusta, pueden ver el significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/jur%C3%ADdico) especial para aquellos territorios que por libre determinación de sus habitantes y con aceptación de la Asamblea Nacional(porque debe de tener la aceptación de la asamblea), se incorporen(sea incluidos como unida en las clases sociales) al de la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría., extender este link: http://es.wikipedia.org/wiki/Republica).
 CONCLUSIÓN:
Articulo 14. Este, articulo garantiza el poder del soberano es ejercido por el regimen constitucional, y no es valido por el regimen marxistas revolucionario provienente del marxismos revolucionario de origen extranjero. Ademas garantiza la democracia, libertad de expresión y los derechos constitucionales que estan vigente en la conastitución de la Republica Bolivariana de Venezuela,con poderes imparciales, descentralizados, e independiente de las decisiones del presidente de la R.B.D.V.

Artículo 15. El Estado(regimen partidistas) tiene la responsabilidad de establecer una política integral( una politica que sea como una ley organica, cuando hablan de una politica integral se refiere a es, una ley que abarque un largo alcance) en los espacios fronterizos terrestres(los limistes fornterizos que hay con colombia en los estados Zulia,Tarchira, Barinas, Amazonas,bolivar y Guyana) , insulares y marítimos(terminos definidos en articulos anteriores si as se ha leido), preservando la integridad territorial(independencia de Venezuela en toda su geografia terrestre), la soberanía(La soberanía, según la clásica definición de Jean Bodin en su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural. Pues, según añade Bodin, «si decimos que tiene poder absoluto quien no está sujeto a las leyes, no se hallará en el mundo príncipe soberano, puesto que todos los príncipes de la tierra están sujetos a las leyes de Dios y de la naturaleza y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos».

Esta definición muestra en síntesis la amplitud del concepto de soberanía, que, como tal, viene perdurando a través de los tiempos, aunque no exento de variaciones a lo largo de la historia en su intento de justificar el devenir del sujeto de la soberanía (el Pueblo, la Nación, el Estado, etc.), pueden extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADa ), la seguridad(un sistema con calidad, eficiencia, eficacia de policiaas nacionales en conjunto con las fuerzas armadas nacionales del pais, para defender el territorio contra el terrorismo, el narcotrafico, y la inseguridad del pais, ademas de aplicar un sistema se seguridad y salud laboral en el pais, en las instituciones del  estado, entes y todo, incluyendo las fuerzas militares), la defensa, la identidad nacional(Identidad nacional es la identidad basada en la nación. Es propia de la construcción de nación efectuada por los nacionalismos del siglo XIX en los estados-nación europeos y americanos, y extendida al resto del mundo por los movimientos de resistencia al imperialismo y el colonialismo, y en la segunda mitad del siglo XX por la descolonización y el tercermundismo.

Frente a otras identidades individuales o identidades colectivas (basadas en la raza, la religión, las clases sociales, la condición sexual, o cualquier otra etc.).

Es de actualidad el intento de establecer una identidad nacional francesa por el presidente de la República Nicolás Sarkozy, interpretado como un intento de privar a la extrema derecha de un argumento en contra de la inmigración.[1), la diversidad(significa: El Modelo de la diversidad es una propuesta conceptual novedosa sobre la realidad de la diversidad funcional.

El modelo propone el abandono del concepto capacidad como manera de percibir y describir una realidad humana que tan sólo permite la opción limitativa o diferenciadora. El modelo propone la sustitución del término discapacidad por una terminología como personas especiales, ya que el uso de la palabra discapacidad ha detonado una conducta en masa por demás discriminadora hacia personas diferentes o que presentan diferencias físicas o psíquicas causadas por enfermedad, bio-genética o accidente.

En su lugar, se propone el uso de la dignidad, respeto y el reconocimiento por las diferencias no sólo físicas (y que conducen a toda una sensibilización y acciones afirmativas sobre personas con necesidades especiales en el campo laboral, médico, social y cultural); sino también al digno respeto y reconocimiento de todas aquellas formas de expresión social, racial, cultural, de género, de edad, de religión expresadas en la naturaleza humana.

Para ello, basa su análisis y sus propuestas en el uso y desarrollo de los Derechos humanos y la propuesta de una visión bioética sobre la diversidad funcional, nacida de las personas que conviven diariamiente con esa realidad. El modelo en el seno del Foro de Vida Independiente, heredero en España del Movimiento Internacional de Vida Independiente. pueden  ver el significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Modelo_de_la_diversidad,de muchos colores) y el ambiente(Se entiende por medio ambiente al entorno que afecta a los seres vivos y condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su vida. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida sino que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura. El Día Mundial del Medio Ambiente se celebra el 5 de junio.
Contenido
[ocultar], pueden extender el estudio aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Medio_ambiente)  favorecer la ecologia), de acuerdo con el desarrollo cultural(la educación adecuada), económico(buena economia con generación de empleo), social(con la inclusión de muchas clases politicas) y la integración(inclusión de la clases sociales del pais). Atendiendo la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales(se debe de realizar inversiones del pais), una Ley Orgánica de Fronteras determinará las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.

Es deber, derecho y obligacion del presidente Hugo Rafael CHavez Frias o el presidente que lo sustituya si es posible lo hare yo mismo, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando El presidente Caldera le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y proponer la libertad de expresión, y olvidate de tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais y de los paises
dando vivienda digna y dando conseciones a los medios de comunicación que tu cerraste, por el bien del pluralismo social que es la participación de todos los partidos politicos en la unidad nacional .Y minimizar la seguridad del pais,con buena educación y completa, con un desempleo minimo, sin devaluaciones, mas bien al contrario aumentar el valor de la moneda nacional. Y con independencia de poderes y politicas positivas para el pais en las leyes organicas, leyes ordinarias,decretos,ordenanzas, etc. Sin ideologia marxista revolucionaria. El voto debe ser secreto, ademas de el, le da la capacidad para decidir y participar en la creación de leyes en el poder legislativo, sin participación politica partidiaria en un solo proyecto.  Y las entidades politicas son democraticas fuera de cualquier tendencia ideologica, la unica  tendencia ideologica que deben seguir es la de Simon Bolivar. Y una vez mas la Carta magna es la mama de las leyes, nadie , pero nadie puede contradecir la Constitución De la Republica Bolivaria de Venezuela, no importa su tendencia ideologica. Ademas los poderes publicos nacionales son los descritos alli, y no hay nombre de popular, ni comunas, ni consejo comunal, o la que te inventes porque no esta en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en ninguno de ellos para cualquier Presidente que vaya a ocupar los cargos de presidencia. Y respetar los simbolos patrios segun la historia de Venezuela. Y asegura a todos los extranjeros cursos gratis o pagados para que puedan hablar el Español Venezolano. Estoy en contra del articulo 10, es crear un imperio nuevo desconociendo nuestra indepencia, no coordino con el pensamiento en este articulo 10.El articulo 11 dice donde se ejerce el poder de las leyes en la Republica Bolivariana, y lo que domina y puede regalar, compartir y dar derecho de propiedad y permiso de explotación, importación la Republica  Bolivariana de Venezuela( que debe incluir el poder soberano,la Republica , etc). Segun el Articulo  12 El pais y quien maneja dicho pais esta forrado de billete, que puede ayudar al pobre. Y cumplir con el articulo 13 al pie de la letra.Se debe de cumplir el articulo 14 al pie de la letra, todos los ciudadanos. Estoy de acuerdo con el articulo 15, que se debe de cumplir al pie de letra.

CONCLUSIÓN:
Articulo 15. Este articulo establece un sistema de protección de seguridad en las fronteras, ademas de cuidar el ambiente y establecer una politica incluyente con una ley organica de seguridad en esos ambitos, con una buena inversión economica.


Artículo 16. Con el fin de organizar políticamente la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del
gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república
escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda ... su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de
su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes
fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la
mayoría. extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Rep%C3%BAblica), el territorio(todo
suelo que corresponda a la geografia general de venezuela) nacional(de venezuela) se divide en el de los Estados(El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social y política
soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Usualmente, suele adherirse a la definición del Estado, el reconocimiento por parte de la Comunidad internacional.

El concepto de Estado difiere según los autores,[1] pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la ...autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una
sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado como una unidad de carácter institucional que en el interior de un territorio monopoliza
para sí el uso de la fuerza legal.[2] Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las
funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras como las relaciones exteriores.

Probablemente la definición más clásica de Estado, fue la citada por el ...jurista alemán Hermann Heller que define al Estado como una "unidad de dominación, independiente en lo exterior e interior, que actúa de modo
continuo, con medios de poder propios, y claramente delimitado en lo personal y territorial". Además, el autor define que solo se puede hablar de Estado como una construcción propia de las monarquías
absolutas (ver monarquía absoluta) del siglo xv, de la Edad Moderna. "No hay Estado en la Edad Antigua", señala el reconocido autor.[3] Asimismo, como evolución del concepto sede Derecho" por el que se incluyen dentro de la organización estatal aquellas resultantes del imperio de la ley y la división de poderes
...(ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones más sutiles, pero propias del Estado, como la emisión de moneda propia. Extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Estados), Distrito Capital(En Venezuela, el Distrito Capital, antiguamente llamado Distrito Federal, es una entidad federal especial diferente a los 23 Estados ...Federales y a las Dependencias Federales que componen dicha nación,
establecida en el artículo 16 de la Constitución de este país. Debido a que en el Distrito Capital se encuentra el asiento de los Poderes Públicos Nacionales, esta entidad posee rango federal y la competencia
de organizar dicho territorio es del Poder Nacional, tiene una organización política particular, Posee unos 433 km² de superficie y se encuentra en el centro norte del país y contiene la parte occidental del Distrito Metropolitano de Caracas. Está ubicado en uno de los principales valles de la Cordillera Central,
muy cerca de las costas del Mar Caribe. Se encuentra separado de éstas por el Cerro El Ávila cuya altura se eleva a los 2.600 m.extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_Capital_%28Venezuela%29 ), ...las  dependencias federales(Las Dependencias Federales, según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son las porciones de territorio de la República no comprendido dentro de Estados, Territorios Federales y del Distrito Capital, así como las islas que se formen en el mar territorial o en el que cubra la a plataforma continental. Organizados en 12 grupos de islas, existen sin embargo otras 89 islas permanecen en control de otros Estados venezolanos dada
su próximidad a las costas de Anzoátegui, Aragua, Carabobo, Falcón, Miranda, Nueva Esparta y Sucre. Todo esto comprende los espacios ...marítimos de Venezuela. Generan para Venezuela un Mar Territorial, donde se ejerce la plena Soberanía Nacional[1] y de acuerdo con los Derechos del Mar de los
países ribereños, este cordón de islas es punto de partida para establecer las delimitaciones de las 200 millas, generándose así la zona económica exclusiva, un espacio de áreas marinas y submarinas de aproximadamente 860 mil km cuadrados, según el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, denominado también mar patrimonial. Venezuela con base en sus territorios caribeños ha delimitado sus fronteras
marítimas con 5 países Estados Unidos de América, Francia, Países Bajos, República Dominicana, y Trinidad y Tobago. El conjunto de islas dispersas en el mar Caribe y en menor medida en el atlántico venezolano
poseen una temperatura media anual que se sitúa entre los 26 y 28°C, con una precipitación de entre 300 y 500 milímetros al año. extender ...significados aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Dependencias_Federales_Venezolanas) y los El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados (aunque a veces no es continuo territorialmente, pudiendo extenderse fuera de sus límites con exclaves y presentando enclaves de otros municipios) y la población que lo habita (regulada jurídicamente por instrumentos estadísticos como el padrón municipal y mecanismos que otorgan derechos, como el avecindamiento o vecindad legal, que sólo considera vecino al habitante que cumple determinadas características –origen o antigüedad– y no al mero residente).
El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, municipalidad, alcaldía o concejo, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde (en el Antiguo Régimen en España
había un alcalde por el estado noble y otro por el estado llano; y en las principales ciudades un corregidor designado por ...el rey). Por extensión, también se usa el término municipio para referirse al
ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de Estados modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee sus propios dirigentes representativos, elegidos democráticamente. En
algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participació ...n asamblearia denominado concejo abierto. En la Antigua Roma, un municipium (palabra latina que origina la castellana "municipio") era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias leyes, aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia
en ella, sino por la posesión de la ciudadanía r ...omana, la condición de libertad o esclavitud, etc. En algunos países, las entidades equivalentes a los municipios son llamadas "comunas" (por ejemplo, la commune francesa, el comune italiano o la kommun sueca). El término proviene de la comuna medieval
(Ciudades-estado italianas, Ciudad Imperial Libre). extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Municipios) .... La división político territorial será regulada por ley orgánica(Estoy de
acuerdo, esta debe ser sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, comunistas, etc, mas bien con ideologia de nuestro LiBERTADOR Simón Bólivar) que garantice la autonomía(Facultad o poder de
una entidad territorial integrada en otra superio ...rpara gobernarse de acuerdo con sus propias leyes y organismos,extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa; tambien puede ver
aqui:http://es.thefreedictionary.com/autonom%C3%ADa) municipal(Un municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola ...localidad o varias, pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea.
El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados (aunque a veces no es continuo territorialmente, pudiendo extenderse fuera de sus límites con exclaves y
presentando enclaves de otros municipios) y la población que lo habita (regulada jurídicamente por
instrumentos estadísticos como el padrón municipal y mecanismos que otorgan derechos, como el avecindamiento o vecindad legal, que sólo considera vecino al habitante que cumple determinadas características –origen o antigüedad– y no al mero residente). El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, municipalidad, alcaldía o concejo, encabezado por una
institución unipersonal: el alcalde (en el Antiguo Régimen en España había un alcalde por el estado noble y otro por el estado llano; y en las principales ciudades un corregidor designado por el rey). Por
extensión, también se usa el término municipio para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de Estados modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee sus
propios dirigentes representativos, elegidos democráticamente. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia dE
En la Antigua Roma, un municipium (palabra latina que origina la ...castellana ‎"municipio") era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias leyes, aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia en ella, sino por la posesión de la ciudadanía romana, la condición de libertad o esclavitud, etc.
En algunos países, las entidades equivalentes a los municipios son llamadas "comunas" (por ejemplo, la commune francesa, el comune italiano o la kommun sueca). El término proviene de la comuna medieval
(Ciudades-estado italianas, Ciudad Imperial Libre).extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/‎/wiki/Municipal ) y la descentralización(La descentralización puede entenderse bien como proceso (desde lo
centralizado) o como forma de funcionamiento de una organización. Supone transferir el poder, (y como tal, el conocimiento y los recursos) de un gobierno central hacia autoridades que no están jerárquicamente
subordinadas. La relación entre entidades descentrales son siempre horizontales no jerárquicas. Una organización tiene que tomar decisiones estratégicas y operacionales. La Centralización y la Descentralización
son dos maneras opuestas de transferir poder en la toma decisiones y de cambiar la estructura organizacional de las empresas de forma concordada. exteneder significado: http://es.wikipedia.org/wiki/Descentralizaci%C3%B3n) político(de promover leyes , otra vez participa el poder legislativo, sin tendencia ideologica, sobre toda la marxistas revolucionaria) administrativa(La Administración también conocida como Administración de empresas es la ciencia social y técnica que se ocupa de la planificación, organización,
dirección y control de los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, el conocimiento, etc) de la organización, con el fin de obtener el máximo beneficio posible; ... este Descomponiendo la definición tenemos:

* Planificar: Es el proceso que comienza con la visión del Nro 1 de la organización; la misión de la organización; fijar objetivos, las estrategias y políticas organizacionales, usando como herramienta el
...Mapa estratégico; todo esto teniendo en cuenta las fortalezas/debilidades de la organización y las oportunidades/amenazas del contexto (Análisis FODA). La planificación abarca el largo plazo (de
5 años a 10 o más años), el mediano plazo (entre 1 años y 5 años) y el corto plazo donde se desarrolla el presupuesto anual más detalladamente.
* Organizar: Responde a las preguntas de, ¿Quién? va a realizar la tarea, implica diseñar el organigrama de la organización definiendo responsabilidades y obligaciones; ¿cómo? se va a realizar la tarea; ¿cúando? se va a realizar; mediante el diseño de Proceso de negocio, Cursogramas que establecen la forma en que se deben realizar las tareas y en que secuencia temporal; en definitiva organizar es coordinar y sincronizar.
* Dirigir: Es la influencia, persuasión que se ejerce por medio del Liderazgo sobre los individuos para la consecución de los objetivos fijados; basado esto en la toma de decisiones usando modelos lógicos y
también intuitivos de Toma de decisiones. * Controlar: Es la medición del desempeño de lo ejecutado,
comparándolo con los objetivos y metas fijados; se detectan los desvíos y se toman las medidas necesarias para corregirlos. El control se realiza a nivel estratégico, nivel táctico y a nivel operativo; la organización
entera es evaluada, mediante un sistema de Control de gestión; por otro lado también se contratan auditorías externas, donde se analizan y controlan las diferentes áreas funcionales de la organización.

El objeto de estudio de la Administración son las organizaciones; por lo ... tanto es aplicable a Empresas privadas y públicas; Instituciones públicas y organismos estatales, y a las distintas instituciones privadas. Por ejemplo: iglesias; universidades; gobiernos y organismos municipales, provinciales, nacionales; hospitales; fundaciones, etc; y a todos los tipos de empresas privadas; e incluso las fam ...ilias y hogares.
Áreas funcionales de estudio de la Administración

* Administración financiera ó Finanzas corporativas
* Administración comercial (marketing ó mercadotecnia);
...
Organización clásica piramidal de las organizaciones, por áreas funcionales .
* Administración de la producción u operaciones;
* Administración de Recursos humanos;

como las áreas funcionales más características; pero también se pueden encontrar departamentos de:
‎* Administración de las Tecnologías de Información
* Organización y método;
* Administración de la Planificación estratégica;
...
* Gestión del conocimiento;
* Gestión de proyectos,
* Administración de la cadena de suministro y Logística;

etc, como las más frecuentes dentro de las organizaciones. La Administración se relaciona estrechamente con otras ciencias como la Economía, Contabilidad, Psicología, Sociología, Política, Matemáticas,
Estadística; también con la Antropología, Historia, Geografía y Filosofía. Etimológicamente hablando, la palabra Administración deriva del Latín AD MINISTRARE, donde Ad significa al y MINISTRARE significa servicio de, lo que deduce la idea de estar al servicio de algo o alguien, a mi criterio hoy estaría al servicio de la Sociedad, haciéndola mas productiva (Eficiencia), para el cumplimiento ...de sus objetivos (Eficacia).
, pueden extender significado aqui: ). Dicha ley(otra vez se incluye el poder legislativo) podrá disponer la creación de territorios federales en determinadas áreas de los Estados(totalmente de acuerdo), cuya
vigencia queda supeditada(Subordinar,condicionar una cosa al cumplimiento de otra,extender
significado aqui:
http://www.wordreference.com/definicion/supeditada) a la realización de un referendo(Un referéndum es una elección, a través de la cual el cuerpo electoral de un país, nación, región o grupo expresa su voluntad
respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales ... o
legales someten a su consulta. Por lo general es de la forma sí o no, donde se responde a una pregunta planteada por el ente electoral y los interesados en llevarla a El referéndum es el mecanismo de democracia semi-directa por antonomasia y en la actualidad complementa el régimen de democracia representativa,
potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.
El referéndum es un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o
desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

El resultado del mismo puede ser obligatorio (vinculantes), o no obligatorios (consultivos). Un referéndum consultivo puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo (como el referéndum sobre
la Constitución Europea en España). Su obligatoriedad puede basarse en el coste político que supondría no
obedecerlo y no en una obligación legal. Un referéndum obligatorio es posible sólo en algunos países y
sobre algunos temas, y un cierto tamaño del electorado participante muchas veces es también un requisito previo., extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum) aprobatorio(esto no se
ha hecho que yo sepa, no se le a pedido opinión al sufragio, pero mas bien no deberia existir esto del referendu y ni la reforma,) en la entidad respectiva. Por ley especial(otra el poder legislativo sin ningun tipo
de adoctrinamiento, marxistas revolucionaria,sino siguienddo la ...ideologia de Simón Bolivar) podrá
darse a un territorio federal(Los Territorios Federales es una división política especial del territorio
de Venezuela que prevé su existencia en el artículo 16 de la Constitución Nacional de 1999, su adminitración esta a cargo del Poder Nacional conforme a la ley. En la actualidad no hay Territorios ...Federales en el país debido a que los Territorios Federales que existían se elevaron a categoría de Estado dentro de la Federación
Venezolana.extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Territorio_Federal) la categoría de Estado,
asignándosele la totalidad o una parte de la superficie del territorio ...respectivo. ha desarrollado el "Estado enominado gran conclusión de este articulo es : Articulo 16. Este articulo da un conocimiento generico de como debe ser la división politica en el pais, De la Republica Bolivariana de Venezuela , Vigente desde el año 1999.
Es deber, derecho y obligacion del presidente Hugo Rafael CHavez Frias o el presidente que lo sustituya si es posible lo hare yo mismo, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando El presidente Caldera le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y proponer la libertad de expresión, y olvidate de tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais y de los paises
dando vivienda digna y dando conseciones a los medios de comunicación que tu cerraste, por el bien del pluralismo social que es la participación de todos los partidos politicos en la unidad nacional .Y minimizar la seguridad del pais,con buena educación y completa, con un desempleo minimo, sin devaluaciones, mas bien al contrario aumentar el valor de la moneda nacional. Y con independencia de poderes y politicas positivas para el pais en las leyes organicas, leyes ordinarias,decretos,ordenanzas, etc. Sin ideologia marxista revolucionaria. El voto debe ser secreto, ademas de el, le da la capacidad para decidir y participar en la creación de leyes en el poder legislativo, sin participación politica partidiaria en un solo proyecto.  Y las entidades politicas son democraticas fuera de cualquier tendencia ideologica, la unica  tendencia ideologica que deben seguir es la de Simon Bolivar. Y una vez mas la Carta magna es la mama de las leyes, nadie , pero nadie puede contradecir la Constitución De la Republica Bolivaria de Venezuela, no importa su tendencia ideologica. Ademas los poderes publicos nacionales son los descritos alli, y no hay nombre de popular, ni comunas, ni consejo comunal, o la que te inventes porque no esta en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en ninguno de ellos para cualquier Presidente que vaya a ocupar los cargos de presidencia. Y respetar los simbolos patrios segun la historia de Venezuela. Y asegura a todos los extranjeros cursos gratis o pagados para que puedan hablar el Español Venezolano. Estoy en contra del articulo 10, es crear un imperio nuevo desconociendo nuestra indepencia, no coordino con el pensamiento en este articulo 10.El articulo 11 dice donde se ejerce el poder de las leyes en la Republica Bolivariana, y lo que domina y puede regalar, compartir y dar derecho de propiedad y permiso de explotación, importación la Republica  Bolivariana de Venezuela( que debe incluir el poder soberano,la Republica , etc). Segun el Articulo  12 El pais y quien maneja dicho pais esta forrado de billete, que puede ayudar al pobre. Y cumplir con el articulo 13 al pie de la letra.Se debe de cumplir el articulo 14 al pie de la letra, todos los ciudadanos. Estoy de acuerdo con el articulo 15, que se debe de cumplir al pie de letra. Es Deber de la asamblea nacional y el Presidente actual elegido democraticamente seguir el articulo 16 al pie de la letra.
territorios federales(Los Territorios Federales es una división política especial del territorio de Venezuela que prevé su existencia en el artículo 16 de la Constitución Nacional de 1999, su adminitración
esta a cargo del Poder Nacional conforme a la ley. En la actualidad no hay Territorios Federales en el país debido a que los Territorios Federales que existían se elevaron a categoría de Estado dentro de la
Federación Venezolana. extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Territorios_Federales_de_Venezuela). El territorio se organiza en Municipios(Un municipio es una entidad ...administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea.

CONCLUSIÓN:

Articulo 16. Este articulo da un conocimiento generico de como debe ser la división politica en el pais, De la Republica Bolivariana de Venezuela , Vigente desde el año 1999.


Artículo 17. °
Las dependencias federales(Las Dependencias Federales, según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son las porciones de territorio de la República no comprendido dentro de Estados, Territorios Federales y del Distrito Capital, así como las islas que se formen en el mar territorial o en el que cubra la plataforma continental. Organizados en 12 grupos de islas, existen sin embargo otras 89 islas permanecen en control de otros Estados venezolanos dada su próximidad a las costas de Anzoátegui, Aragua, Carabobo, Falcón, Miranda, Nueva Esparta y Sucre. Todo esto comprende los espacios marítimos de Venezuela.

Generan para Venezuela un Mar Territorial, donde se ejerce la plena Soberanía Nacional[1] y de acuerdo con los Derechos del Mar de los países ribereños, este cordón de islas es punto de partida para establecer las delimitaciones de las 200 millas, generándose así la zona económica exclusiva, un espacio de áreas marinas y submarinas de aproximadamente 860 mil km cuadrados, según el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, denominado también mar patrimonial. Venezuela con base en sus territorios caribeños ha delimitado sus fronteras marítimas con 5 países Estados Unidos de América, Francia, Países Bajos, República Dominicana, y Trinidad y Tobago. El conjunto de islas dispersas en el mar Caribe y en menor medida en el atlántico venezolano poseen una temperatura media anual que se sitúa entre los 26 y 28°C, con una precipitación de entre 300 y 500 milímetros al año.pueden extender aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Dependencias_Federales)
son las islas marítimas(Los espacios marítimos de Venezuela son las áreas que se extienden desde sus costas hacia el mar, hasta los límites establecidos por la legislación internacional.

En total, Venezuela tiene una extensión de 1.177.445 kilómetros cuadrados, de los cuales 910.774 kilómetros corresponden al territorio continental y 1.276 a los territorios insulares.

Esto sin incluir los 98.500 kms. de Plataforma Continental, espacio geográfico incorporado por primera vez al territorio nacional en la Constitución del 23 de enero de 1961. Pueden extender su estudio sobre esta palabrita aqui: http://venciclopedia.com/index.php?title=Espacios_mar%C3%ADtimos_de_Venezuela) no integradas(de integras, incorporar, etc)
 en el territorio de un Estado(todo el territorio nacional segun la geografia del pais, incluyendo todas las islas, etc, todo lo que sea tierra en tierra nacional),
así como las islas(todas las islas que vean en la geografia general segun el mapa de la Republica Bolivaria de Venezuela vigente desde 1999) que se formen o aparezcan en el mar territorial(es que se forman islas o desaparecen islas, esto que es, abra cadabra, judini) o en el que cubra la plataforma continental(eta palbra significa que:Plataforma continental

Esta es la prolongación natural del territorio de Venezuela hasta 200 millas ó hasta el borde exterior del margen continental (Plataforma + Talud y Emersión Continental), y en caso que se exceda de dicha distancia, tiene un límite máximo de 350 millas náuticas o de 100 millas marinas contadas a partir de los 2.500 metros de profundidad. Venezuela ejerce soberanía sobre aproximadamente 98.500 kms. de plataforma continental.


, y esta en el siguiente link:http://venciclopedia.com/index.php?title=Espacios_mar%C3%ADtimos_de_Venezuela#Plataforma_continental ). Su régimen(esto significa que: Con el nombre régimen puede referirse a:

    * el régimen alimentario.

En Historia:

    * el Antiguo Régimen, el anterior a la Revolución Francesa;

a partir de él se suele denominar régimen a la formación histórica de una época;

    * el Nuevo Régimen
    * el régimen feudal
    * el régimen señorial

o bien solamente a la tipología del régimen político:

    * el régimen democrático
    * el régimen constitucional
    * el régimen parlamentario
    * el régimen asambleario
    * el régimen totalitario(el oficialismo marxistas revolucionario, extender aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%A9gimen_totalitario)
    * el régimen autoritario(el oficialismo marxistas revolucionario, extender aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%A9gimen_autoritario)

o bien a las instituciones políticas concretas de un país:

    * el régimen franquista o de Franco;
    * el régimen de Vichy o de Petain;
    * el régimen Comunista o de Fidel Castro(el oficialismo marxistas revolucionario, extender aqui:regimen totalitario +regimen autoritario=regimen comunistas de Fidel Castro=marxismo revolucionario= socialismo del siglo XXI) ;

o bien a la peculiar situación institucional de Navarra y el País Vasco en España:

    * el régimen foral

En Geografía:

    * el régimen hidrológico
    * el régimen de un río
    * el régimen de vientos
    * el régimen de brisas
,puede ver el siguiente concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Regimen) y administración(ME IMAGINO QUE SE REFIERE A LA PUBLICA= esta abarca y tiene copmo definición:Administración pública es un término de límites imprecisos que comprende el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado[1] y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito regional o local.

Por su función, la administración pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.[2]

Se encuentra integrada principalmente por el poder ejecutivo y los organismos que están en contacto permanente con el mismo.[1] Por excepción, algunas independencias del poder legislativo integran la noción de "administración pública" (como las empresas estatales), a la vez que pueden existir juegos de "administración general" en los otros cuatro poderes o en organismos estatales que pueden depender de alguno.[3]

La noción alcanza a los maestros y demás trabajadores de la educación pública, así como a los profesionales de los centros estatales de salud, a la policía y a las fuerzas armadas. Se discute, en cambio, si la integran los servicios públicos prestados por organizaciones privadas con habilitación del Estado. El concepto no alcanza a las entidades estatales que realizan la función legislativa ni la función judicial del Estado.) estarán señalados en la ley(otra vez el poder legislativo, por eso es que da miedo que una asamblea este dominada por un solo partido politico, si es democrata no abra problema, o de derecha democratica, o de centro, pero cuando es una marxista revolucionaria, tengale miedo, cual sera esa ley que rigue esto, lo tendre que averiguar).

CONCLUSIÓN:
Articulo 17. Este articulo esta diseñado para controlar la administración de las dependencias federales y las islas que estan en la geografia del territorio general de La republica Bolivariana, la cual mediante una ley que que aplica el poder legislativo puede manejar ese monton de dinero que esta bajo su control, el cual es para aplicarlo en educación, alimentos, trabajo, empresa privada, mixta y publica, las instituciones del estado, en toda Venezuela.

Artículo 18.
La ciudad de Caracas es la capital de la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría., extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Rep%C3%BAblica) y el asiento(donde estan sus sedes
) de los órganos del Poder Nacional(El Poder Público Nacional esta dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral los cuales tienen funciones distintas.
    * 1 Estructura del Poder Público Nacional
          o 1.1 Poder Legislativo
          o 1.2 Poder Ejecutivo
          o 1.3 Poder Judicial
          o 1.4 Poder Ciudadano
          o 1.5 Poder Electoral
    * 2 Bibliografía
          o 2.1 Referencias
Estructura del Poder Público Nacional

Poder Legislativo

El Poder Legislativo es unicameral y reside en la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependecias y los Territorios Federales. Además le está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.

Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que éste se convierta en ley, pero el presidente tiene poder de voto. En ese caso, la Asamblea Nacional reconsidera el proyecto de ley. El Presidente y los Vicepresidentes de la Asamblea la promulgarán, el proyecto de ley se convierte en ley, aún sin la firma del Presidente de República.
[editar] Poder Ejecutivo
Artículo principal: Poder Ejecutivo Nacional (Venezuela)

El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación. El presidente de la república es el jefe del estado y del poder ejecutivo nacional. También es elegido de forma democrática por un periodo de 6 años, y puede ser reelegido inmediatamente.
[editar] Poder Judicial
Artículo principal: Poder Judicial de Venezuela

El Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados autorizados por el ejercicio.

Este poder está constituido por el siguiente organismo:

    * Tribunal Supremo de Justicia

[editar] Poder Ciudadano

El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela; las funciones de sus cargos son: prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

Este poder está constituido por los siguientes organismos:

    * Defensoría del Pueblo
    * Ministerio Público
    * Contraloría General de la República

[editar] Poder Electoral

Es una de las ramas autónomas del Poder Público Nacional, este poder está constituido por el siguiente organismo:

    * Consejo Nacional Electoral(CNE)

Lo ejerce el Consejo Nacional Electoral y se encarga de reglamentar las leyes electorales y resolver todo lo relacionado con procesos de elección, referendo y consultas populares.

Órganos subordinados al CNE:

    * Junta Nacional Electoral
    * Comisión de Registro Civil y Electoral
    * Comisión de Participación Política y Financiamiento
,Pueden extender dandole link a los enlaces en azul de cada cosa; despues entrare en mas detalles; http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_%28Venezuela%29).
Lo dispuesto en este artículo(18) no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros lugares de la República(quiere decir en otros paises).
Una ley especial( cuando le dice ley especial se refiere a aun ley organica que abarca multiples materias, o una ley ordinaria, que es para algo en especifico, las leyes se tienen que hacer en beneficion de la sociedad en armonia, justica y paz de la población venezolana) establecerá la unidad político territorial de la ciudad de Caracas que integre en un sistema de gobierno municipal(llamado municipio; se puede definir en lo siguiente:Un municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea.

El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados (aunque a veces no es continuo territorialmente, pudiendo extenderse fuera de sus límites con exclaves y presentando enclaves de otros municipios) y la población que lo habita (regulada jurídicamente por instrumentos estadísticos como el padrón municipal y mecanismos que otorgan derechos, como el avecindamiento o vecindad legal, que sólo considera vecino al habitante que cumple determinadas características –origen o antigüedad– y no al mero residente).

El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, municipalidad, alcaldía o concejo, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde (en el Antiguo Régimen en España había un alcalde por el estado noble y otro por el estado llano; y en las principales ciudades un corregidor designado por el rey). Por extensión, también se usa el término municipio para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de Estados modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee sus propios dirigentes representativos, elegidos democráticamente. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia denominado concejo abierto.

En la Antigua Roma, un municipium (palabra latina que origina la castellana "municipio") era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias leyes, aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia en ella, sino por la posesión de la ciudadanía romana, la condición de libertad o esclavitud, etc.

En algunos países, las entidades equivalentes a los municipios son llamadas "comunas" (por ejemplo, la commune francesa, el comune italiano o la kommun sueca). El término proviene de la comuna medieval (Ciudades-estado italianas, Ciudad Imperial Libre).puede extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Municipio, incluso Venezuela esta incluida) a dos niveles, los Municipios del Distrito Capital(Distrito Capital
Artículos principales: Distrito Capital (Venezuela) y Jefe de Gobierno del Distrito Capital

En el caso del municipio Libertador de Caracas, único integrante del Distrito capital, la autoridad ejecutiva recae en el Jefe de Gobierno del Distrito Capital, (desde abril de 2009 Jacqueline Faría) designada por el Presidente de la República.

Según el Artículo 3 de la Ley del Distrito Capital, la función legislativa la ejerce directamente la República a través de la Asamblea Nacional de Venezuela(como ven concentran el poder en la asamblea nacional, es demasiado importante la asamblea, y que paso con la voluntad porpular y la soberania, esta ley es inscontitucional, y parcializad a un partido politico).
Mapa del Distrito Capital, entidad federal que ocupa la misma superficie del municipio Libertador de Caracas.
“Artículo 3. El régimen especial del Distrito Capital es un sistema de gobierno constituido por órgano ejecutivo ejercido por un Jefe o Jefa de Gobierno y la función legislativa estará a cargo de la Asamblea Nacional(todo a cargo de la asamblea naciona, wiiiiiii, me gane la loteria siendo parlamentario”, y si estoy unido a la ideologia, controlo todo, y se llaman ser democraticos, son marxistas revolucionarios, estan aconstumbrado a concentrar el poder, y asi son todos los paises comunistas, cambian todo con leyes parcializadas, es por eso que leere ley a ley, para anular ideologia con la constitución de la republica Bolivariana de Venezuela)

Antes de la creación del Distrito Metropolitano(El Distrito Metropolitano de Caracas es la división político-administrativa de Venezuela donde se encuentra la ciudad de Caracas. Está conformado por 5 municipios: Libertador del Distrito Capital y Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre del Estado Miranda.

Se encuentra en el centro norte del país y alberga 2,762,759 habitantes[1] (2001) en 817,9 km²[2] en la cuenca del río Guaire. El Distrito es el asiento de los poderes públicos nacionales y sede de las empresas más importantes establecidas del país. pueden leer a fondo esto, seguir leyendo a fondo en el siguiente link: http://venciclopedia.com/index.php?title=Distrito_Metropolitano_de_Caracas), el Distrito Federal (actual Distrito Capital,Un distrito federal es un territorio que está bajo soberanía de un Estado federal sin ser parte de ningún estado o provincia integrante de la federación. En los distritos federales tiene jurisdicción directa el Estado central y están bajo la administración de éste, aunque esto no quita que el Gobierno federal pueda delegar algunas de sus atribuciones en un gobierno local.

Es común que las federaciones creen distritos federales con el objetivo de evitar la influencia de los intereses particulares de cualquier estado o provincia miembro, siendo este territorio sede de las autoridades del Gobierno federal. En este caso, se la llama Capital Federal para distinguirla de otro tipo de capitales (estatales, municipales, provinciales).

Existen varios países en el mundo constituidos como estados federales, por ejemplo: Alemania, Argentina, Venezuela, Brasil, Estados Unidos de América, México y Rusia.

La idea del distrito federal nace en Estados Unidos, cuna del federalismo, ya que en 1778 se produjo un alzamiento militar en la Ciudad de Filadelfia en rechazo de las autoridades nacionales que allí residían, en esa oportunidad las autoridades locales fueron remisas a acudir en auxilio de las autoridades federales, de ésta experiencia devino la convicción que las autoridades federales debían ejercer jurisdicción exclusiva en la ciudad en que residieran.

Washington D. C. es un distrito federal, ciudad capital de la federación de los Estados Unidos de Norteamérica y sede de los poderes federales. Fue creado como tal el 1 de julio de 1790, siendo uno de los primeros Distritos Federales en ser cabecera de una Federación.

En la Federación Rusa, hay 8 distritos federales que son, en cambio, un nivel administrativo adicional entre el nivel nacional y otras subdivisiones menores.

Brasil tuvo entre 1822 y 1960 como distrito federal a la ciudad de Río de Janeiro, en 1960 se ignauguró el nuevo Distrito Federal de Brasilia.

La República Argentina tuvo como distrito federal entre 1880 y 1994 a la ciudad de Buenos Aires. A dicha ciudad se la sigue denominando informalmente Capital Federal por ser la sede de los poderes nacionales, pero desde 1996 posee un régimen de gobierno autónomo similar al de las provincias argentinas y ya no se encuentra federalizada. En 1987 el Congreso de la Nación Argentina aprobó el traslado de la Capital Federal al Distrito Federal de Viedma - Carmen de Patagones, pero este proyecto no se ha materializado hasta la actualidad.

Venezuela tiene un Distrito Capital Caracas, antiguamente llamado Distrito Federal. Es una entidad federal especial diferente a los 23 Estados Federales y a las Dependencias Federales que componen dicha nación, establecida en el artículo 16 de la Constitución de este país.

Colombia, aunque no es una república federal, tiene a Bogotá Distrito Capital (D. C.) que es la ciudad capital de la República de Colombia y del departamento de Cundinamarca. Está organizada como Distrito Capital unitario y descentralizado, gozando de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de la Constitución y la ley. Está constituida por 20 localidades y es el centro administrativo y político del país.

También República Dominicana no es una república federal, pero la capital se considera separada de las provincias. Así, el Distrito Nacional es una subdivisión de la República Dominicana donde se encuentra enclavada la capital, Santo Domingo. extender significado aqui, es bueno leer a fondo; http://venciclopedia.com/index.php?title=Distrito_Federal) tenía un Gobernador(que es estolos cargos politicios tienen que ser a juro elejidos democraticamente, que es eso de degsinar a dedo, donde quedo la democracia, la vida y la justicia y el cumplir con la constitución, no hay ley especial, ley organica que contradiga la constitución eso es inscontitucional y no aplica, es contrario, etc) designado por el Presidente de la República, mientras que los municipios caraqueños del estado Miranda, gobernaban con sus respectivos alcaldes de manera aislada, sin ningún ente de coordinación. En abril de 2009 la Asamblea Nacional reformó la Ley del Distrito Capital(otra ley que cambio a conveniencia al marxismo revolucionario o la ideologia del socialismo del siglo XXI), legalizando la constitución de un Jefe de Gobierno o Gobernador para el municipio Libertador designado por el Ejecutivo Nacional(es decir gran poder tiene los ministros, y quien elije los ministros el presidente en elecciones por el Consejo nacional electoral, si son tan democraticos ponga tambien los cargo de los ministro en eleciones populares), que le disminuye competencias(hay una gran variedad de competencias en la vida, extender aqui en el siguiente link y ver cual se relaciona http://es.wikipedia.org/wiki/Competencias) y presupuesto(de paso son los que le administa el dinero) a la Alcaldía Mayor. La reforma de la ley(estos marxistas todo lo cambia con una ley organica o ley especial, pero se les olvido que su proyecto fue rechazado por la voluntad popular en el 2007, asi que todo los que han estado haciendo desde el 2006 que fue instalada esa asamblea a sido parcializada a un solo proyecto, un solo partido, ni eso, porque el que domina el partido es el propio presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela) fue rechazada por el alcalde Antonio Ledezma y la oposición(en una democracia de avanzada, se tiene que tener diputados en la asamblea con oposición en balance de 40 a 60, o 50 y 50, sino dependiendo de la tendencia politica, viene un presidente de izquierda o derecha que es ambicioso y se quiere comer los reales y no invierte en el pais, y maneja las leyes a su antojo, llevando por encima la constitución), a la cual tildaron de ilegal, como una retalia(represalia(Mal que una persona causa a otra en venganza o satisfacción de un agravio, extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/represalia), desquite(Compensación de un daño o una pérdida, revancha, extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/desquite), estos dos palabra segun el diccionario eciclopedico ilustrado, editorial oceano uno que tengo en mi casa en mi biblioteca)  política y un desconocimiento a la voluntad popular; para el
oficialismo se trata de llenar un vacío en la autoridad del Distrito Capital (que no tenía autoridad desde 1999) y de una acción legal y constitucional de acuerdo a lo establecido en el artículo 156 de la constitución:
Artículo 156. Es de la competencia del Poder Público Nacional: 10. La organización y régimen del Distrito Capital y de las dependencias federales.) y los correspondientes del Estado Miranda. Dicha ley(una nueva ley organica o ley ordinaria, o la que se invente, decreto, ordenaza que contradiga la constitución la mama de las leyes, etc, establecerá su organización(Las organizaciones son sistemas sociales diseñados para lograr metas y objetivos por medio de los recursos humanos o de la gestión del talento humano y de otro tipo. Están compuestas por subsistemas interrelacionados que cumplen funciones especializadas. También se definen como un convenio sistemático entre personas para lograr algún propósito específico. Las Organizaciones son el objeto de estudio de la Ciencia de la Administración, y a su vez de algunas áreas de estudio de otras disciplinas como la Sociología, la Economía y la Psicología. extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n), gobierno(El gobierno (del griego κυβερνάω o kubernao saitam o "capitán de un barco"), en general, son las autoridades que dirigen, controlan y administran las instituciones del Estado el cual consiste en la conducción política general o ejercicio del poder del Estado. En sentido estricto, habitualmente se entiende por tal al órgano (que puede estar formado por un Presidente o Primer Ministro y un número variable de Ministros) al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el poder político sobre una sociedad.

En términos amplios, el gobierno es aquella estructura que ejerce las diversas actividades estatales, denominadas comúnmente poderes del Estado (funciones del Estado). El gobierno, en sentido propio, tiende a identificarse con la actividad política.

El gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a éste por el elemento poder. El gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece idéntico. En ese sentido, el gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado a través del cual se expresa el poder estatal, por medio del orden jurídico. Puede ser analizado desde tres puntos de vista: según sus actores, como un conjunto de funciones, o por sus instituciones.

La misión del gobierno es crear un sistema de auto-protección social para y con las familias que viven en el Estado, seguro al largo plazo, autofinanciable, de muy buena calidad y sin corrupción. Prioritariamente asegurar el futuro de la salud, educación, crédito, propiedad, pensión, vivienda.

A diferencias de las ONG, la estrategia del gobierno es recaudar aportes obligatorios de todos los miembros del Estado, hechos en dinero, para construir infraestructura y empresas de servicios públicos.

Los expertos en ciencias políticas clasifican las diferentes clases de gobierno de diversas maneras. A este respecto, The New Encyclopædia Britannica explica: “Existe la distinción clásica entre gobiernos según la cantidad de gobernantes: el que es ejercido por un solo hombre (monarquía o tiranía), por una minoría (aristocracia u oligarquía), o por la mayoría (democracia)”. A veces los gobiernos se clasifican según sus instituciones más importantes (parlamentarismo, gobierno de un gabinete), según sus principios básicos de autoridad política (tradicional, carismático), según su estructura económica, o según su uso o abuso del poder. “Aunque ninguno de estos principios de análisis abarca todo aspecto —comenta esta obra de referencia—, cada uno tiene cierta validez.”

Históricamente, el primer Gobierno se forma en la tribu, como una forma de coordinar el pleno aprovechamiento de los recursos humanos, Naturales, Instalaciones y herramientas, etc. de la misma, para generar el máximo de satisfactores que satisfagan las necesidades de la tribu, en alimentación, seguridad, etc.

Después, se ha establecido el "Ejecutivo" como ente coordinador, el "Legislativo" como generador de leyes y el "Judicial" como encargado de hacer que las leyes se cumplan.

Actualmente hay un grupo de investigadores y empresas seriamente preocupados por el hecho de que el gobierno es una organización de autoprotección social poco segura al largo plazo, que tal vez no sea capaz de asegurar los servicios de protección social a futuro, cuando la especie alargue su esperanza de vida por encima de los 100 años. Estos investigadores están desarrollando ONG alternativas. extender el link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno), administración(La Administración también conocida como Administración de empresas es la ciencia social y técnica que se ocupa de la planificación, organización, dirección y control de los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, el conocimiento, etc) de la organización, con el fin de obtener el máximo beneficio posible; este beneficio puede ser económico o social, dependiendo esto de los fines que persiga la organización.
Administración moderna de la organización, centrada en la estrategia y enfocada en las Necesidades del cliente.

Descomponiendo la definición tenemos:

    * Planificar: Es el proceso que comienza con la visión del Nro 1 de la organización; la misión de la organización; fijar objetivos, las estrategias y políticas organizacionales, usando como herramienta el Mapa estratégico; todo esto teniendo en cuenta las fortalezas/debilidades de la organización y las oportunidades/amenazas del contexto (Análisis FODA). La planificación abarca el largo plazo (de 5 años a 10 o más años), el mediano plazo (entre 1 años y 5 años) y el corto plazo donde se desarrolla el presupuesto anual más detalladamente.
    * Organizar: Responde a las preguntas de, ¿Quién? va a realizar la tarea, implica diseñar el organigrama de la organización definiendo responsabilidades y obligaciones; ¿cómo? se va a realizar la tarea; ¿cúando? se va a realizar; mediante el diseño de Proceso de negocio, Cursogramas que establecen la forma en que se deben realizar las tareas y en que secuencia temporal; en definitiva organizar es coordinar y sincronizar.
    * Dirigir: Es la influencia, persuasión que se ejerce por medio del Liderazgo sobre los individuos para la consecución de los objetivos fijados; basado esto en la toma de decisiones usando modelos lógicos y también intuitivos de Toma de decisiones.
    * Controlar: Es la medición del desempeño de lo ejecutado, comparándolo con los objetivos y metas fijados; se detectan los desvíos y se toman las medidas necesarias para corregirlos. El control se realiza a nivel estratégico, nivel táctico y a nivel operativo; la organización entera es evaluada, mediante un sistema de Control de gestión; por otro lado también se contratan auditorías externas, donde se analizan y controlan las diferentes áreas funcionales de la organización.


El objeto de estudio de la Administración son las organizaciones; por lo tanto es aplicable a Empresas privadas y públicas; Instituciones públicas y organismos estatales, y a las distintas instituciones privadas. Por ejemplo: iglesias; universidades; gobiernos y organismos municipales, provinciales, nacionales; hospitales; fundaciones, etc; y a todos los tipos de empresas privadas; e incluso las familias y hogares.


Áreas funcionales de estudio de la Administración

    * Administración financiera ó Finanzas corporativas
    * Administración comercial (marketing ó mercadotecnia);
      Organización clásica piramidal de las organizaciones, por áreas funcionales .
    * Administración de la producción u operaciones;
    * Administración de Recursos humanos;

como las áreas funcionales más características; pero también se pueden encontrar departamentos de:

    * Administración de las Tecnologías de Información
    * Organización y método;
    * Administración de la Planificación estratégica;
    * Gestión del conocimiento;
    * Gestión de proyectos,
    * Administración de la cadena de suministro y Logística;

etc, como las más frecuentes dentro de las organizaciones.


La Administración se relaciona estrechamente con otras ciencias como la Economía, Contabilidad, Psicología, Sociología, Política, Matemáticas, Estadística; también con la Antropología, Historia, Geografía y Filosofía.

Etimológicamente hablando, la palabra Administración deriva del Latín AD MINISTRARE, donde Ad significa al y MINISTRARE significa servicio de, lo que deduce la idea de estar al servicio de algo o alguien, a mi criterio hoy estaría al servicio de la Sociedad, haciéndola mas productiva (Eficiencia), para el cumplimiento de sus objetivos (Eficacia). Extender el link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Administracion), competencia(ver la gama de amplios terminos, busque el que mas le guste: http://es.wikipedia.org/wiki/Competencia) y recursos(Procedimiento o medio del que se dispone para satisfacer una necesidad,llevar a cabo una tarea o conseguir algo, extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/recursos), para alcanzar el desarrollo armónico(esto no es de armonia, que tiene el siguiente significado Conveniente proporción y correspondencia de unas cosas con otras, extender el siguiente link:http://www.wordreference.com/definicion/armonia ) e integral( esto es muy amplio, abarca etc)
de la ciudad. En todo caso, la ley(otra vez la asamblea unica mayoritaria por un partido politico decide todo, tomando la soberania, y la voluntad popular por si solos) garantizará( esto es de garantizar, tiene el siguiente significado: Una garantía es un negocio jurídico mediante el cual se pretende dotar de una mayor seguridad al cumplimiento de una obligación o pago de una deuda.

Las garantías son muy importantes para los consumidores. Permiten tener la certeza de que, en caso de vicios o defectos que afecten el correcto funcionamiento del producto, los responsables se harán cargo de su reparación para que el producto vuelva a reunir las condiciones óptimas de uso.

Son responsables del otorgamiento y cumplimiento de la garantía legal los productores. importadores. distribuidores y vendedores del producto

En caso de que el producto deba trasladarse a fábrica o taller para su reparación, los gastos de flete y seguro o cualquier otro que demande el transporte quedan a cargo del responsable de la garantía.

Salvo que esté expresamente previsto en la garantía, en caso de desperfecto no corresponde exigir el cambio del producto por uno nuevo; la obligación de proveedor es reparar la cosa y dejarla en perfecto estado de funcionamiento.

Existe también la garantía contractual, adicional a la anterior, que es la que voluntariamente ofrece el productor o vendedor, y que generalmente suele ser de seis meses, un año, o más. Es muy importante. al ser voluntaria, conocer sus condiciones, alcance y extensión. Esto surge de la propia oferta y del certificado de garantía que obligatoriamente se le debe suministrar al comprador.

RECUERDE

• Es fundamental la entrega del certificado de garantía con la identificación del responsable; sus alcances, limitaciones y demás requisitos exigidos por la ley.

• Los gastos de traslado a fábrica corren por cuenta del responsable de la garantía.

• Las garantías no cubren los defectos provocados por el mal uso del producto.
[editar] Garantía sobre servicios

También está previsto en la Ley de Defensa del Consumidor que todos los servicios de reparaciones en general, mantenimiento, acondicionamiento, limpieza o similares gozan de garantía legal, cuando dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del servicio se evidencien deficiencias o defectos en el trabajo realizado.

La garantía sobre la prestación de un servicio debe documentarse por escrito y contener la descripción del trabajo, un responsable y el tiempo de vigencia de la misma.


El prestador está obligado a corregir las deficiencias y a reemplazar los materiales y productos utilizados sin cargo La garantía puede ser de tres tipos:

    * Garantía personal: como, por ejemplo, un aval. Mediante la garantía personal una persona garantiza el pago de una deuda comprometiéndose a pagar ella en el caso de que el deudor principal no cumpliese con su obligación.
    * Garantía real: como la prenda o la hipoteca. El deudor garantiza con un bien el pago de una deuda. En el caso de incumplir, el acreedor podrá vender el bien y saldar la deuda con el dinero obtenido, devolviendo al deudor el excedente (si lo hubiese).
    * Garantía Constitucional: como proceso instituido por la misma Constitución de un Estado cuya finalidad es defender la efectiva vigencia de los derechos fundamentales que este texto reconoce o protege, haciendo efectiva la estructura jerárquica normativa establecida.
, pueden revisar el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Garant%C3%ADa) el carácter democrático(es de democracia; tiene el siguiente significado aqui: Democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo. En sentido estricto la democracia es una forma de gobierno, de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que le confieren legitimidad a los representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

La democracia se define también a partir de la clásica clasificación de las formas de gobierno realizada por Platón primero y Aristóteles después, en tres tipos básicos: monarquía (gobierno de uno), aristocracia (gobierno "de los mejores" para Platón), democracia (gobierno de la multitud para Platón y "de los más", para Aristóteles).[1]

Hay democracia directa cuando la decisión es adoptada directamente por los miembros del pueblo. Hay democracia indirecta o representativa cuando la decisión es adoptada por personas reconocidas por el pueblo como sus representantes. Por último, hay democracia participativa cuando se aplica un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas o cuando se facilita a la ciudadanía amplios mecanismos plebiscitarios. Estas tres formas no son excluyentes y suelen integrarse como mecanismos complementarios. extender el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Democracia) y participativo( termino que proviene de participar (Entrar junto con otros en un asunto o negocio) pueden ver el siguiente significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/participar)  de su gobierno(El gobierno (del griego κυβερνάω o kubernao saitam o "capitán de un barco"), en general, son las autoridades que dirigen, controlan y administran las instituciones del Estado el cual consiste en la conducción política general o ejercicio del poder del Estado. En sentido estricto, habitualmente se entiende por tal al órgano (que puede estar formado por un Presidente o Primer Ministro y un número variable de Ministros) al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el poder político sobre una sociedad.

En términos amplios, el gobierno es aquella estructura que ejerce las diversas actividades estatales, denominadas comúnmente poderes del Estado (funciones del Estado). El gobierno, en sentido propio, tiende a identificarse con la actividad política.

El gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a éste por el elemento poder. El gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece idéntico. En ese sentido, el gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado a través del cual se expresa el poder estatal, por medio del orden jurídico. Puede ser analizado desde tres puntos de vista: según sus actores, como un conjunto de funciones, o por sus instituciones.

La misión del gobierno es crear un sistema de auto-protección social para y con las familias que viven en el Estado, seguro al largo plazo, autofinanciable, de muy buena calidad y sin corrupción. Prioritariamente asegurar el futuro de la salud, educación, crédito, propiedad, pensión, vivienda.

A diferencias de las ONG, la estrategia del gobierno es recaudar aportes obligatorios de todos los miembros del Estado, hechos en dinero, para construir infraestructura y empresas de servicios públicos.

Los expertos en ciencias políticas clasifican las diferentes clases de gobierno de diversas maneras. A este respecto, The New Encyclopædia Britannica explica: “Existe la distinción clásica entre gobiernos según la cantidad de gobernantes: el que es ejercido por un solo hombre (monarquía o tiranía), por una minoría (aristocracia u oligarquía), o por la mayoría (democracia)”. A veces los gobiernos se clasifican según sus instituciones más importantes (parlamentarismo, gobierno de un gabinete), según sus principios básicos de autoridad política (tradicional, carismático), según su estructura económica, o según su uso o abuso del poder. “Aunque ninguno de estos principios de análisis abarca todo aspecto —comenta esta obra de referencia—, cada uno tiene cierta validez.”

Históricamente, el primer Gobierno se forma en la tribu, como una forma de coordinar el pleno aprovechamiento de los recursos humanos, Naturales, Instalaciones y herramientas, etc. de la misma, para generar el máximo de satisfactores que satisfagan las necesidades de la tribu, en alimentación, seguridad, etc.

Después, se ha establecido el "Ejecutivo" como ente coordinador, el "Legislativo" como generador de leyes y el "Judicial" como encargado de hacer que las leyes se cumplan.

Actualmente hay un grupo de investigadores y empresas seriamente preocupados por el hecho de que el gobierno es una organización de autoprotección social poco segura al largo plazo, que tal vez no sea capaz de asegurar los servicios de protección social a futuro, cuando la especie alargue su esperanza de vida por encima de los 100 años. Estos investigadores están desarrollando ONG alternativas. Pueden extender el siguiente significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno).

CONCLUSION:
Articulo 18, Otro articulo que esta diseñado para respetar la democracia, la justicia y el sistema de gobierno unidad político territorial de la ciudad de Caracas, que esta conformada por municipio, y esto lo creo fue el Presidente Electo de la Republica Bolivariana de Venezuela desde el año de 1998.
Título III
De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 19. El Estado(El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social y política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Usualmente, suele adherirse a la definición del Estado, el reconocimiento por parte de la Comunidad internacional.

El concepto de Estado difiere según los autores,[1] pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado como una unidad de carácter institucional que en el interior de un territorio monopoliza para sí el uso de la fuerza legal.[2] Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras como las relaciones exteriores.

Probablemente la definición más clásica de Estado, fue la citada por el jurista alemán Hermann Heller que define al Estado como una "unidad de dominación, independiente en lo exterior e interior, que actúa de modo continuo, con medios de poder propios, y claramente delimitado en lo personal y territorial". Además, el autor define que solo se puede hablar de Estado como una construcción propia de las monarquías absolutas (ver monarquía absoluta) del siglo xv, de la Edad Moderna. "No hay Estado en la Edad Antigua", señala el reconocido autor.[3] Asimismo, como evolución del concepto se ha desarrollado el "Estado de Derecho" por el que se incluyen dentro de la organización estatal aquellas resultantes del imperio de la ley y la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones más sutiles, pero propias del Estado, como la emisión de moneda propia.,extender concepto del link aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Estado ) garantizará( Una garantía es un negocio jurídico mediante el cual se pretende dotar de una mayor seguridad al cumplimiento de una obligación o pago de una deuda.

Las garantías son muy importantes para los consumidores. Permiten tener la certeza de que, en caso de vicios o defectos que afecten el correcto funcionamiento del producto, los responsables se harán cargo de su reparación para que el producto vuelva a reunir las condiciones óptimas de uso.

Son responsables del otorgamiento y cumplimiento de la garantía legal los productores. importadores. distribuidores y vendedores del producto

En caso de que el producto deba trasladarse a fábrica o taller para su reparación, los gastos de flete y seguro o cualquier otro que demande el transporte quedan a cargo del responsable de la garantía.

Salvo que esté expresamente previsto en la garantía, en caso de desperfecto no corresponde exigir el cambio del producto por uno nuevo; la obligación de proveedor es reparar la cosa y dejarla en perfecto estado de funcionamiento.

Existe también la garantía contractual, adicional a la anterior, que es la que voluntariamente ofrece el productor o vendedor, y que generalmente suele ser de seis meses, un año, o más. Es muy importante. al ser voluntaria, conocer sus condiciones, alcance y extensión. Esto surge de la propia oferta y del certificado de garantía que obligatoriamente se le debe suministrar al comprador.

RECUERDE

• Es fundamental la entrega del certificado de garantía con la identificación del responsable; sus alcances, limitaciones y demás requisitos exigidos por la ley.

• Los gastos de traslado a fábrica corren por cuenta del responsable de la garantía.

• Las garantías no cubren los defectos provocados por el mal uso del producto.
[editar] Garantía sobre servicios

También está previsto en la Ley de Defensa del Consumidor que todos los servicios de reparaciones en general, mantenimiento, acondicionamiento, limpieza o similares gozan de garantía legal, cuando dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del servicio se evidencien deficiencias o defectos en el trabajo realizado.

La garantía sobre la prestación de un servicio debe documentarse por escrito y contener la descripción del trabajo, un responsable y el tiempo de vigencia de la misma.


El prestador está obligado a corregir las deficiencias y a reemplazar los materiales y productos utilizados sin cargo La garantía puede ser de tres tipos:

    * Garantía personal: como, por ejemplo, un aval. Mediante la garantía personal una persona garantiza el pago de una deuda comprometiéndose a pagar ella en el caso de que el deudor principal no cumpliese con su obligación.
    * Garantía real: como la prenda o la hipoteca. El deudor garantiza con un bien el pago de una deuda. En el caso de incumplir, el acreedor podrá vender el bien y saldar la deuda con el dinero obtenido, devolviendo al deudor el excedente (si lo hubiese).
    * Garantía Constitucional: como proceso instituido por la misma Constitución de un Estado cuya finalidad es defender la efectiva vigencia de los derechos fundamentales que este texto reconoce o protege, haciendo efectiva la estructura jerárquica normativa establecida.
pueden extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Garantia ) a toda persona(que significa que La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, pueden extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona), conforme al principio de progresividad(En Derecho tributario, el principio de progresividad implica que el tipo de gravamen es función creciente de la base imponible: esto es, a medida que crece la capacidad económica de los sujetos, crece el porcentaje de su riqueza que el Estado exige en forma de tributos.

El principio de progresividad y el de proporcionalidad son diferentes. En un tributo proporcional el tipo de gravamen se mantiene fijo: por lo tanto, la deuda tributaria crece sólo en la medida en que lo hace la capacidad económica. Por el contrario, en un tributo progresivo crece el tipo de gravamen al aumentar la capacidad económica, normalmente con el límite del principio de no confiscatoriedad.[1]

La progresividad fiscal une a la función recaudatoria otras como la de redistribución de la renta,eXTENDER SIGNIFICADO AQUI,sI HAY ALGUN TERMINO QUE NO CONOZCAN, PUEDEN DARLE CLICK CON EL MOUSE EN LA PALABRA CON EL COLOR PARA EXTENDER Y PROFUNDIZAR, NO PROFUNDIZAR, A MENOS QUE SEA NECESARIO PARA EXPLICAR EL ARTICULO EN LA CONCLUSIÓN)
y sin discriminación(Discriminación es el acto de separar o formar grupos de personas a partir de un criterio o criterios determinados. En su sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar. Puede referirse a cualquier ámbito, y puede utilizar cualquier criterio. Si hablamos de seres humanos, por ejemplo, podemos discriminarlos entre otros criterios, por edad, color de piel, nivel de estudios, conocimientos, riqueza, color de ojos, etc. Pero también podemos discriminar fuentes de energía, obras de literatura, animales, etc.

No obstante, en su acepción más coloquial, el término discriminación se refiere al acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad de oportunidades. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de derechos para los individuos por cuestión social, racial, religiosa, orientación sexual o por razón de género. Tomando una parte del artículo 1º de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación se clasificarían o se definirian en dos partes.


, PUEDEN extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Discriminaci%C3%B3n) alguna( sin ningun tipo de tendencia politica, eso incluye nada, la tendencia ideologica marxistas revolucionaria y cualquier otra), el goce(proviene de gozar, Poseer algo material o inmaterial. Tambien es conocido por: Pasarlo bien, disfrutar con una persona o cosa) y ejercicio irrenunciable(que no se puede renunciar, es decir que es para siempre, y nadie la puede quitar por una tendencia ideologica, ver el siguiente link: http://www.wordreference.com/definicion/goce), indivisible(que no puede ser dividido) e interdependiente(La interdependencia es la dinámica de ser mutuamente responsable y de compartir un conjunto común de principios con otros. Este concepto difiere sustancialmente de la "dependencia", pues la relación interdependiente implica que todos los participantes sean emocional, económica y/o moralmente "independientes". Algunos abogan por la libertad o la independencia como una suerte de bien deseable superior; otros creen lo mismo con respecto a la familia, la comunidad o la sociedad entera. La interdependencia reconoce la verdad (o la validez) en cada una de las posiciones, y las desarrollan juntos., extender el signifciado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Interdependencia) de los derechos humanos(Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación., extender signifcado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos). Su respeto(Respeto o reconocimiento es la consideración de que alguien o incluso algo tiene un valor por sí mismo y se establece como reciprocidad: respeto mutuo, reconocimiento mutuo. El término se refiere a cuestiones morales y éticas, es utilizado en filosofía política y otras ciencias sociales como la antropología, la sociología y la psicología.[1]

El respeto en las relaciones interpersonales comienza en el individuo, en el reconocimiento del mismo como entidad única[2] que necesita que se comprenda al otro.[3] Consiste en saber valorar los intereses y necesidades de otro individuo en una reunión, http://es.wikipedia.org/wiki/Respeto) y garantía( de garantizar, Dar garantía, Una garantía es un negocio jurídico mediante el cual se pretende dotar de una mayor seguridad al cumplimiento de una obligación o pago de una deuda.

Las garantías son muy importantes para los consumidores. Permiten tener la certeza de que, en caso de vicios o defectos que afecten el correcto funcionamiento del producto, los responsables se harán cargo de su reparación para que el producto vuelva a reunir las condiciones óptimas de uso.

Son responsables del otorgamiento y cumplimiento de la garantía legal los productores. importadores. distribuidores y vendedores del producto

En caso de que el producto deba trasladarse a fábrica o taller para su reparación, los gastos de flete y seguro o cualquier otro que demande el transporte quedan a cargo del responsable de la garantía.

Salvo que esté expresamente previsto en la garantía, en caso de desperfecto no corresponde exigir el cambio del producto por uno nuevo; la obligación de proveedor es reparar la cosa y dejarla en perfecto estado de funcionamiento.

Existe también la garantía contractual, adicional a la anterior, que es la que voluntariamente ofrece el productor o vendedor, y que generalmente suele ser de seis meses, un año, o más. Es muy importante. al ser voluntaria, conocer sus condiciones, alcance y extensión. Esto surge de la propia oferta y del certificado de garantía que obligatoriamente se le debe suministrar al comprador.

RECUERDE

• Es fundamental la entrega del certificado de garantía con la identificación del responsable; sus alcances, limitaciones y demás requisitos exigidos por la ley.

• Los gastos de traslado a fábrica corren por cuenta del responsable de la garantía.

• Las garantías no cubren los defectos provocados por el mal uso del producto.
[editar] Garantía sobre servicios

También está previsto en la Ley de Defensa del Consumidor que todos los servicios de reparaciones en general, mantenimiento, acondicionamiento, limpieza o similares gozan de garantía legal, cuando dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del servicio se evidencien deficiencias o defectos en el trabajo realizado.

La garantía sobre la prestación de un servicio debe documentarse por escrito y contener la descripción del trabajo, un responsable y el tiempo de vigencia de la misma.


El prestador está obligado a corregir las deficiencias y a reemplazar los materiales y productos utilizados sin cargo La garantía puede ser de tres tipos:

    * Garantía personal: como, por ejemplo, un aval. Mediante la garantía personal una persona garantiza el pago de una deuda comprometiéndose a pagar ella en el caso de que el deudor principal no cumpliese con su obligación.
    * Garantía real: como la prenda o la hipoteca. El deudor garantiza con un bien el pago de una deuda. En el caso de incumplir, el acreedor podrá vender el bien y saldar la deuda con el dinero obtenido, devolviendo al deudor el excedente (si lo hubiese).
    * Garantía Constitucional: como proceso instituido por la misma Constitución de un Estado cuya finalidad es defender la efectiva vigencia de los derechos fundamentales que este texto reconoce o protege, haciendo efectiva la estructura jerárquica normativa establecida.
, pueden extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Garantia) son obligatorios para los órganos del Poder Público(ver como esta conformado dicho poder aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_%28Venezuela%29) de conformidad con la Constitución(Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, vigente del año de 1999), los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República(que vienen desde la IV republica a la V rerpublica, son muchas que yo sepa, las averiguaremos despues) y las leyes(recuerden no hay ley ordinaria, ley organica, decreto, ordenanza que contradiga la constitución) que los desarrollen.
CONCLUSIÓN:
Articulo 19. Este articulo esta diseñado para garantizar los derechos humanos,la no discriminación, el progreso social del Venezolano y los tratados internacionales que allan sido suscrito por la IV republica y la V Republica Bolivariana de Venezuela desde el años y antes de 1999.
Es deber, derecho y obligacion del presidente Hugo Rafael CHavez Frias o el presidente que lo sustituya si es posible lo hare yo mismo, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando El presidente Caldera le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y proponer la libertad de expresión, y olvidate de tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais y de los paises
dando vivienda digna y dando conseciones a los medios de comunicación que tu cerraste, por el bien del pluralismo social que es la participación de todos los partidos politicos en la unidad nacional .Y minimizar la seguridad del pais,con buena educación y completa, con un desempleo minimo, sin devaluaciones, mas bien al contrario aumentar el valor de la moneda nacional. Y con independencia de poderes y politicas positivas para el pais en las leyes organicas, leyes ordinarias,decretos,ordenanzas, etc. Sin ideologia marxista revolucionaria. El voto debe ser secreto, ademas de el, le da la capacidad para decidir y participar en la creación de leyes en el poder legislativo, sin participación politica partidiaria en un solo proyecto.  Y las entidades politicas son democraticas fuera de cualquier tendencia ideologica, la unica  tendencia ideologica que deben seguir es la de Simon Bolivar. Y una vez mas la Carta magna es la mama de las leyes, nadie , pero nadie puede contradecir la Constitución De la Republica Bolivaria de Venezuela, no importa su tendencia ideologica. Ademas los poderes publicos nacionales son los descritos alli, y no hay nombre de popular, ni comunas, ni consejo comunal, o la que te inventes porque no esta en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en ninguno de ellos para cualquier Presidente que vaya a ocupar los cargos de presidencia. Y respetar los simbolos patrios segun la historia de Venezuela. Y asegura a todos los extranjeros cursos gratis o pagados para que puedan hablar el Español Venezolano. Estoy en contra del articulo 10, es crear un imperio nuevo desconociendo nuestra indepencia, no coordino con el pensamiento en este articulo 10.El articulo 11 dice donde se ejerce el poder de las leyes en la Republica Bolivariana, y lo que domina y puede regalar, compartir y dar derecho de propiedad y permiso de explotación, importación la Republica  Bolivariana de Venezuela( que debe incluir el poder soberano,la Republica , etc). Segun el Articulo  12 El pais y quien maneja dicho pais esta forrado de billete, que puede ayudar al pobre. Y cumplir con el articulo 13 al pie de la letra.Se debe de cumplir el articulo 14 al pie de la letra, todos los ciudadanos. Estoy de acuerdo con el articulo 15, que se debe de cumplir al pie de letra. Es Deber de la asamblea nacional y el Presidente actual elegido democraticamente seguir el articulo 16,17,18 y 19 al pie de la letra.

Artículo 20. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad( es libre de elejir su ideologia politica(pueden ver la gran variedad de generos que hay de ideologias, en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Ideologia_politica, las que estan en azul son democraticas y las que estan en rojo son dictaduras, pueden igualmente leer mas a fondo estas ideologias dandole click con el maouse), sea marxista, democratica, liberal,etc), sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público(El Orden público se puede definir, en términos comunes, como «un conjunto de principios e instituciones que se consideran fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico». Sin embargo, en esta amplia definición caben toda clase de fenómenos jurídicos (los principios generales del derecho, la constitución política de cada Estado, la costumbre jurídica, el ius cogens, etc.).el siguiente link:http://es.wikipedia.org/wiki/Orden_p%C3%BAblico ) y social(esto significa que:La Sociedad es el conjunto de individuos que actúan acorde a lograr un desarrollo tecnológico, sociopolítico y económico destinándolo a la subsistencia e interactuando entre sí, cooperativamente, para formar un grupo o una comunidad.

El estudio del comportamiento social en animales (p.ej. en primates o en insectos eusociales, como algunas hormigas) lo realiza la Etología. De las bases biológicas del comportamiento social, tanto en animales como en el ser humano, se ocupa la Sociobiología. Las sociedades humanas son estudiadas por las llamadas disciplinas sociales, principalmente la Sociología y otras como la Antropología, Economía y la Administración de Empresas. Modernamente, existe un interés de la Física, desde la perspectiva de sistemas complejos, por el estudio de fenómenos sociales, y este esfuerzo ha dado lugar a disciplinas como la Sociofísica y la Econofísica.




Sociedades humanas: Las sociedades humanas son entidades poblacionales; dentro de la población existe una relación entre los sujetos (habitantes) y el entorno, ambos realizan actividades en común y es lo que les da una identidad propia. También, sociedad es una cadena de conocimientos entre varios ámbitos, económico, político, cultural, deportivo y de entretenimiento.

Además, dentro de la sociedad existen varias culturas que son creadas por el hombre, y esas culturas tienen su propio territorio para poder desarrollar una interacción acertada con los sujetos de mismas creencias, costumbres, comportamientos, ideologías e igual idioma.

Los habitantes, el entorno y los proyectos o prácticas sociales hacen parte de una cultura, pero existen otros aspectos que ayudan a ampliar el concepto de sociedad y el más interesante y que ha logrado que la comunicación se desarrolle constantemente es la nueva era de la información, es decir la tecnología alcanzada en los medios de producción, desde una sociedad primitiva con simple tecnología especializada de cazadores —muy pocos artefactos— hasta una sociedad moderna con compleja tecnología —muchísimos artefactos— prácticamente en todas las especialidades. Estos estados de civilización incluirán el estilo de vida y su nivel de calidad que, asimismo, será sencillo y de baja calidad comparativa en la sociedad primitiva, y complejo o sofisticado con calidad comparativamente alta en la sociedad industrial. La calidad de vida comparativamente alta es controvertida, pues tiene aspectos subjetivos en los términos de cómo es percibida por los sujetos.

También, es importante resaltar que la sociedad está conformada por las industrias culturales. Es decir, la industria es un término fundamental para mejorar el proceso de formación socio-cultural de cualquier territorio, este concepto surgió a partir de la Revolución Industrial, y de esta se entiende que fue la etapa de producción se fueron ejecutando en la sociedad en la medida en que el hombre producía más conocimiento y lo explotaba en la colectividad.

En la sociedad el sujeto puede analizar, interpretar y comprender todo lo que lo rodea por medio de las representaciones simbólicas que existen en la comunidad. Es decir, los símbolos son indispensables para el análisis social y cultural del espacio en que se encuentra el hombre y a partir de la explicación simbólica de los objetos se puede adquirir una percepción global del mundo.

Por último, la sociedad de masas (sociedad) está integrada por diversas culturas y cada una tiene sus propios fundamentos e ideologías que hacen al ser humano único y diferente a los demás. pueden extender en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Social ).

CONCLUSIÓN:
Articulo 20. Este articulo esta diseñado que cualquier persona puede hacer lo que jusgue como bueno, siempre que sea positivo en la sociedad y nada negativo, para su libre y aceptar su forma de personalidad.
Es deber, derecho y obligacion del presidente Hugo Rafael CHavez Frias o el presidente que lo sustituya si es posible lo hare yo mismo, hacer cumplir la constitución del 1999, o en mas minimo efecto hacerle caso, sin ofender, humillar o hecharle la culpa a otros, aceptando la responsabilidad total ya que el hiso un juramento cuando El presidente Caldera le paso el mandato.Cabe mencionar no mandar mensaje subliminales del gobierno para asustar a la gente o invocar peleaar contra el capitalismos, y sin tendencia ideologica marxistas revolucionaria, unos mensajes que sean completamenete anti-politico, porque eso cuesta real en las emisoras de televisión, y hay que tener conciencia social que eres un funcionario publico, que debe de ser impacial y proponer la libertad de expresión, y olvidate de tu revolución. Eres el nuevo libertador de la pobreza en el pais y de los paises
dando vivienda digna y dando conseciones a los medios de comunicación que tu cerraste, por el bien del pluralismo social que es la participación de todos los partidos politicos en la unidad nacional .Y minimizar la seguridad del pais,con buena educación y completa, con un desempleo minimo, sin devaluaciones, mas bien al contrario aumentar el valor de la moneda nacional. Y con independencia de poderes y politicas positivas para el pais en las leyes organicas, leyes ordinarias,decretos,ordenanzas, etc. Sin ideologia marxista revolucionaria. El voto debe ser secreto, ademas de el, le da la capacidad para decidir y participar en la creación de leyes en el poder legislativo, sin participación politica partidiaria en un solo proyecto.  Y las entidades politicas son democraticas fuera de cualquier tendencia ideologica, la unica  tendencia ideologica que deben seguir es la de Simon Bolivar. Y una vez mas la Carta magna es la mama de las leyes, nadie , pero nadie puede contradecir la Constitución De la Republica Bolivaria de Venezuela, no importa su tendencia ideologica. Ademas los poderes publicos nacionales son los descritos alli, y no hay nombre de popular, ni comunas, ni consejo comunal, o la que te inventes porque no esta en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en ninguno de ellos para cualquier Presidente que vaya a ocupar los cargos de presidencia. Y respetar los simbolos patrios segun la historia de Venezuela. Y asegura a todos los extranjeros cursos gratis o pagados para que puedan hablar el Español Venezolano. Estoy en contra del articulo 10, es crear un imperio nuevo desconociendo nuestra indepencia, no coordino con el pensamiento en este articulo 10.El articulo 11 dice donde se ejerce el poder de las leyes en la Republica Bolivariana, y lo que domina y puede regalar, compartir y dar derecho de propiedad y permiso de explotación, importación la Republica  Bolivariana de Venezuela( que debe incluir el poder soberano,la Republica , etc). Segun el Articulo  12 El pais y quien maneja dicho pais esta forrado de billete, que puede ayudar al pobre. Y cumplir con el articulo 13 al pie de la letra.Se debe de cumplir el articulo 14 al pie de la letra, todos los ciudadanos. Estoy de acuerdo con el articulo 15, que se debe de cumplir al pie de letra. Es Deber de la asamblea nacional y el Presidente actual elegido democraticamente seguir el articulo 16,17,18, 19 y 20 al pie de la letra.

Artículo 21. Todas las personas son iguales(sin importar la tendencia ideologica)  ante la ley(la ley que sea democratica, y no partidista a un proyecto al marxismo revolucionaria), y en consecuencia:

1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular(eliminar) o menoscabar(Disminuir algo en valor,importancia o prestigio, pueden extender el link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/menoscabar) el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad(El principio de igualdad ante la ley es el que establece que todos los hombres y mujeres son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios. Es un principio esencial de la democracia. El principio de igualdad ante la ley es incompatible con sistemas legales de dominación como la esclavitud, la servidumbre o el colonialismo.

El principio de igualdad ante la ley se diferencia de otros conceptos, derechos y principios emparentados, como la igualdad de oportunidades y la igualdad social., puede ver el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Igualdad_ante_la_ley), de los derechos y libertades de toda persona(libertad de expresión y derechos constitucionales, y garantias).

2. La ley(una lye seguro ley organica y ley ordinaria que estara ligado a un modelo marxistas, pero  sera anulado cuando se vaya explicando en la sociedad)
 garantizará las condiciones jurídicas( vienen de juridicos) y administrativas(en este concepto ya se amplio demasiado pero dare el link:http://es.wikipedia.org/wiki/Administraci%C3%B3n ) para que la igualdad ante la ley(una ley ordinaria que estara relacionada al marxismor revolucionaria que sera contraria a esta constitución, ya que esta garantiza la democrazia, libertad de expresión, derechos constitucionales, etc) sea real(que sucede en la realidad) y efectiva(Que tiene efecto. puede extender link aqui:http://www.wordreference.com/definicion/efectiva); adoptará(aqui hay muchos significados: http://www.wordreference.com/definicion/adoptar%C3%A1) medidas positivas(que benefician a la sociedad,y den una vida digna, goce y alegria por siempre)
 a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados(como los de la tendencia ideologica democratica)
 o vulnerables(que no se puede vulnerar, que puede ser herido o dañado física o moralmente:); protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos(como despidos injustificados, todo lo que implique y sea integral referente a esto) que contra ellas se cometan.

3. Sólo se dará el trato oficial(porque solo esto, no hay inclusión para los demas tendencia ideologica) de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas.

4. No se reconocen títulos nobiliarios(Un título nobiliario es un privilegio legal concedido desde antiguo, que distingue a los miembros de la nobleza.

Los privilegios otorgados por la nobleza son hoy casi exclusivamente protocolarios, pero durante la Edad Media constituyeron la base del sistema feudal, organizando la posesión de la tierra y las relaciones de vasallaje. Hoy sobreviven únicamente en los países de régimen monárquico: Andorra, Bélgica, Dinamarca, España, Reino Unido, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Países Bajos y Suecia, en la Santa Sede y en la República de San Marino.

Los títulos nobiliarios tienen, en su mayor parte, carácter hereditario, la sucesión recae en el hijo o hija primogénito del anterior poseedor y su uso se extiende a los consortes legítimos. En la mayoría de los países que mantienen una legislación nobiliaria en vigor, como España o Gran Bretaña los títulos no pueden ser objeto de transacciones comerciales y su uso indebido o usurpación están penalizados por la Ley.) ni distinciones hereditarias(CAPÍTULO DÉCIMO

SOBRE DISTINCIÓN HEREDITARIA

Un principio hondamente arraigado en la monarquía y en la aristocracia en su estado más floreciente, pero de un modo más profundo en la última, es el de la preeminencia hereditaria. Ningún otro principio lesiona más la razón y la justicia. Observemos al hijo recién nacido de un par y al de un artesano. ¿Acaso ha fijado la naturaleza distintos derroteros para sus respectivos destinos? ¿Acaso ha nacido uno de ellos con manos callosas y rostro desgarbado? ¿Pueden señalarse en el otro los signos precursores de genio o inteligencia, de honor o de virtud? Se nos ha dicho, ciertamente, que la naturaleza revelará su contenido y que

el aguilucho de un noble nido remontarase prestamente
hacia la alta morada de su señor (1),

y esa historia fue creída en otros tiempos. Pero la humanidad no se convencerá de que una especie de criaturas humanas produce virtud y belleza, en tanto que la otra sólo produce vicio.

Una afirmación tan infundada y temeraria será fácilmente refutada si consideramos la cuestión a priori. El espíritu es fruto de las sensaciones. ¿Cuáles son las sensaciones que recibe el rico en el claustro materno, capaces de distinguir su espíritu del espíritu de un campesino? ¿Hay alguna diferencia en la fina substancia reticular del cerebro que permite al señor recibir sensaciones más claras y firmes que las del agricultor o el herrero? (2).

Pero una sangre generosa circula por su corazón y enriquece sus arterias. ¿Qué debemos pensar de esta hipótesis? Los actos del hombre son el resultado de sus percepciones. El que sienta más profundamente, obrará con mayor intrepidez. Aquel en cuyo espíritu imprima la verdad su marca más nítidamente y el que, comprendiendo su propia naturaleza, sea más consciente de su valor, hablará con más sincera persuasión y escribirá con más brillo y vigor. Por intrepidez y firmeza en la acción podemos entender tanto la sabia y deliberada constancia de un Régulo o un Catón como el primitivo coraje del soldado, que es asimismo un estado de espíritu, consistente en un escaso aprecio de la vida que le proporciona pocos placeres y en un irreflexivo y estúpido olvido del peligro. ¿Qué tiene la sangre que ver con ello?

La salud es, sin duda, en muchos casos, un requisito indispensable para el mejor funcionamiento de la mente. Pero la salud misma es una simple negación, la ausencia de la enfermedad. Sin embargo, por grande que sea nuestra estimación de sus beneficios, ¿es verdad acaso que el señor disfruta de una salud más vigorosa, que siente una alegría más perfecta y es menos presa de la languidez y el cansancio que el rústico? Un noble nacimiento, como causa moral, es capaz de inspirar elevados pensamientos. Pero, ¿puede admitirse que ese hecho obra de un modo instintivo en los casos en que se desconozca tal origen, cuando vemos que, a pesar de tantas ventajas externas de que disponen, las más nobles familias engendran frecuentemente hijos degenerados?

Examinemos pues el valor de un noble nacimiento en tanto que causa moral.

La creencia en su superioridad es tan antigua como la propia institución de la nobleza. La misma etimología de la palabra, que corresponde a una particular forma de gobierno. se basa en esa idea. Es la aristocracia o el gobierno de los mejores. En los escritos de Cicerón y en los discursos del Senado romano, esa clase de hombres son los optimates, los virtuosos, los nobles y los honestos. Se presupone que la multitud es una bestia desenfrenada, carente de principios y del sentido del honor, guiada por sórdidos intereses y no menos sórdidos apetitos, envidiosa, tiránica, inconstante e injusta. Se deducía en consecuencia la necesidad de mantener una clase de hombres de noble educación y sentimientos elevados, para ejercer el gobierno sobre la clase más humilde y numerosa, incapaz de gobernarse a sí misma; o por lo menos para constituir un rígido freno frente a los excesos de esta última, debiendo estar dotados de los poderes adecuados para el ejercicio de esa función. La mayor parte de tales argumentos serán examinados cuando consideremos los inconvenientes de la democracia. Ahora hemos de ocupamos de lo que se refiere a la superioridad de la aristocracia.

Se parte del supuesto que, si la nobleza no fuera originariamente superior al común de los mortales, como parece implicado su constitución hereditaria, al menos habría alcanzado tal preeminencia en virtud de su educación. Los hombres que se desarrollan en medio de una ruda ignorancia y son deprimidos por la fría presión de la miseria, necesariamente han de estar expuestos a mil formas de corrupción y no pueden tener el delicado sentido de la rectitud y del honor que la cultura y el refinamiento civil suelen conferir. La civilización ha sido engendrada bajo los auspicios de la holgura y la abundancia. Un pueblo debe haber superado los obstáculos de sus primitivas instituciones y haber alcanzado cierto grado de prosperidad y ocio antes que el amor a las letras tome arraigo en su seno. Sucede lo mismo con los individuos que con las colectividades. Pueden darse algunas excepciones, pero salvando las mismas, en modo alguno cabe esperar que las personas obligadas a ejecutar rudos esfuerzos corporales a fin de proveer a sus cotidianas necesidades, logren una gran expansión del espíritu y una amplitud del pensamiento.

En cierto modo este argumento contiene una gran parte de verdad. El auténtico filósofo será la última persona en negar la importancia y el poder de la educación. Por consiguiente, sería necesario descubrir un sistema que asegure la prosperidad y el ocio a todos los miembros de la comunidad o bien otorgar la suprema autoridad e influencia a los nobles y sabios sobre los toscos e iletrados. Supongamos, por ahora, que la primera de esas soluciones sea inaccesible. Quedará aún por averiguar si la aristocracia constituye el modelo más adecuado para obtener la segunda. Podemos recoger alguna luz sobre este tema aprovechando lo que ya conocemos acerca de la educación bajo la monarquía.

Mucho significa la educación, pero de todas sus formas, la educación opulenta es la menos eficaz. La educación de las palabras no debe ser despreciada, pero la educación de las cosas es incomparablemente superior. La primera es de utilidad admirable para desarrollar la segunda. Tomada aisladamente, constituye un cuerpo sin alma, no es ciencia, sino pedantería. Sea cual fuera la perfección abstracta de que es capaz el espíritu, necesitamos recibir la excitación, para realizar esfuerzos extraordinarios, de estímulos que obren directamente sobre la individualidad. En lo que se refiere a tales estímulos, las clases inferiores de la humanidad, si disponen de cierta holgura, aventajan con mucho a las clases superiores. El plebeyo se ve obligado a ser el artífice de su propia fortuna; el señor encuentra hecha la suya. El plebeyo habrá de sentirse rechazado y despreciado en la medida que descuide el cultivo de las cosas dignas de estima; el señor estará siempre rodeado de aduladores y esclavos. El señor carece de incitaciones para la iniciativa y el esfuerzo; no dispone de estímulos que lo despierten de la letárgica masa indiferente (oblivious pool) de donde surgió originariamente el intelecto definido. Debemos admitir, ciertamente, que la verdad no necesita la alianza de las circunstancias y que se puede llegar al templo de la fama por otros caminos que los de la miseria y el dolor. Pero el señor no se limita a eximirse del acicate de la adversidad. Llega más allá y es presa de numerosas corrientes de enervación y de error. No se puede pecar impunemente contra el gran principio del bien universal. El que acumula lujo, títulos y riquezas en perjuicio del conjunto llega a encontrarse degradado de la dignidad de hombre. Y aun cuando fuera admirado por la muchedumbre, será compadecido por el sabio y sentirá el tedio de sí mismo. Resulta, por tanto, que elevar a los hombres al rango de nobleza es colocarlos en un puesto de peligro moral, en un medio de depravación; pero hacerlos hereditariamente nobles significa excluirlos, salvo en algunos casos extraordinarios, de todo estímulo que engendre la virtud y la habilidad.

Los argumentos que hemos repetido acerca de la distinción hereditaria son tan obvios que el hecho de que los mismos sean constantemente puestos en tela de juicio, constituye la mejor prueba de la influencia del prejuicio que se nos inculca en la primera juventud. Si se puede producir un legislador hereditario, ¿por qué no obtener del mismo modo un moralista o un poeta? (3). En verdad, sería más factible una tentativa en cualquiera de estos dos últimos casos que en el primero. Resulta evidente que puede esperarse poco del nacimiento como causa física; en cuanto a la educación, es posible infundir hasta cierto grado emulación filosófica o poética en un espíritu juvenil, sin que sea fácil establecer los límites de tal posibilidad. Pero la opulencia es la maldición fatal que destruye las esperanzas de un rendimiento futuro. Hubo ciertamente, en otro tiempo, una especie de virtud valerosa que, al impresionar irresistiblemente los sentidos, parecía imponer a los jóvenes de alta cuna las complejas y equívocas hazañas de la caballería. Pero desde que las causas de estímulo moral han pasado de las proezas personales a las energías del intelecto y especialmente desde que el campo de tal emulación ha sido abierto a más amplias clases, la palestra ha sido totalmente ocupada por aquellos cuya escasez pecuniaria estimuló su ambición o cuyos hábitos austeros y forma de vida los ha puesto a salvo del veneno de la adulación y de la indulgencia afeminada.pUEDE VER EL SIGUIENTE LINK:http://www.antorcha.net/biblioteca_virtual/politica/godwin/37.html)No estoy de acuerdo con este numeral, ya que se le debe de respetar, dar derecho y mucho amor a este tipo de personas.).

CONCLUSIONES:
Artículo 21. Esta diseañado  para dar igualdad ante la ley(que sea democratica sin tendencias ideologias).

Artículo 22, La enunciación(DE ENUNCIAR,Los derechos fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.

    * Concepto objetivo. Esencia de la estructura jurídico política de la constitución, el estado social de derecho puede violar y usurpar todo lo que quieran sin la intervención del pueblo.

    * Concepto subjetivo, ámbito limitado del individuo imprescindible para el desarrollo y la libertad de las personas, es núcleo básico e irrenunciable del estatuto jurídico del individuo.

    * Límites Internos, el contenido del derecho no debe de ser transgredido por otras personas o poderes, ya que se estaría atentando a la dignidad de la persona.

    * Límites Externos, impuesto por el orden jurídico de manera expresa, limita las manifestaciones ideológicas, protegiendo de esta manera los derechos de otras personas.

    * Inherentes: Nadie nos lo puede quitar por que son inherentes a nosotros.
, extender lectura en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_constitucionales) de los derechos(Derechos constitucionales
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Los derechos constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.


, extender lectura aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_constitucionales) y garantías(no repeto, pero pueden ver el concepto que proviene de garantizar en wikipedia, o cualquier servivio de lA RED,) contenidos en esta Constitución(se refiere a la Constitución de la RePUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, VIGENTE DESDE 1999) y en los instrumentos internacionales(refiriendose a los tratados internacionales,Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.

Lo más común suele ser que tales acuerdos se realicen entre Estados, aunque pueden celebrarse entre Estados y organizaciones internacionales. Los primeros están regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; los segundos, por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales de 1986.

Los acuerdos entre empresas públicas de un Estado y Estados no son tratados internacionales. La Corte Internacional de Justicia tuvo la oportunidad de pronunciarse acerca de esta cuestión en el caso "Anglo-Iranian Oil" (1952). Irán había firmado un acuerdo con la empresa "Anglo-Iranian Oil" para la explotación de los recursos petrolíferos. Este acuerdo tenía dos caras: era un acuerdo de concesión y al mismo tiempo tenía la naturaleza de un Tratado entre Irán y el Reino Unido. Esta tesis no fue aceptada por la Corte Internacional de Justicia porque los Tratados internacionales solo pueden tener lugar entre estados y porque los acuerdos con empresas se rigen por las normas del Derecho internacional privado.

Los Tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. En este último caso no se regirían por la Convención de Viena de 1969.

Su denominación es indiferente pues, si se dan las condiciones anteriores, nos encontramos ante un Tratado internacional independientemente del nombre que reciba. extender estudio en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacional ) sobre derechos humanos(Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación. ver el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos) no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes(inseparable, relacionado, adjunto, aglomerado, constitutivo, consustancial, inmanente, innato, junto, relativo, tocante, agregado, propio, ver significado aqui: http://www.wordreference.com/sinonimos/inherentes) a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria(No hay ley seguro en esta materia que este hecha
por el poder legislativo, que haga referencia a esto) de estos derechos no menoscaba(ver significado aqui:adv. neg. Se utiliza como respuesta negativa a una pregunta,como expresión de rechazo o no conformidad,para indicar la no realización de una acción,etc) el ejercicio de los mismos(hay que cumplir con los derechos y garantias constitucionales vigentes en tratados internacionales y los que establece en la constitcuón.).
CONCLUSIONES:
Articulo 22. Este articulo esta diseñado para garantizaR los derechos humanos,garantias constitucionales y crear una ley organica, o ley ordinaria que por el poder legislativo pueda ampliar en esta materia.
El Artículo 23
Los tratados(se refiere a los tratados internacionales en los que firmo eL presidente electo desde el 2009 DE La Republica Bolivariana de Venezuela vigente de 1999(deben de ser muchos) y los que firmo tambien, y las anteriores de la IV REPUBLICA, aqui su significado es:Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.

Lo más común suele ser que tales acuerdos se realicen entre Estados, aunque pueden celebrarse entre Estados y organizaciones internacionales. Los primeros están regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; los segundos, por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales de 1986.

Los acuerdos entre empresas públicas de un Estado y Estados no son tratados internacionales. La Corte Internacional de Justicia tuvo la oportunidad de pronunciarse acerca de esta cuestión en el caso "Anglo-Iranian Oil" (1952). Irán había firmado un acuerdo con la empresa "Anglo-Iranian Oil" para la explotación de los recursos petrolíferos. Este acuerdo tenía dos caras: era un acuerdo de concesión y al mismo tiempo tenía la naturaleza de un Tratado entre Irán y el Reino Unido. Esta tesis no fue aceptada por la Corte Internacional de Justicia porque los Tratados internacionales solo pueden tener lugar entre estados y porque los acuerdos con empresas se rigen por las normas del Derecho internacional privado.

Los Tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. En este último caso no se regirían por la Convención de Viena de 1969.

Su denominación es indiferente pues, si se dan las condiciones anteriores, nos encontramos ante un Tratado internacional independientemente del nombre que reciba. pueden extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacional ), pactos(Tratado o acuerdo entre personas(Para otros usos de este término, véase Persona (desambiguación).

La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, puede extender su uso aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) o entidades(En su sentido más general, una entidad o ente es todo aquello cuya existencia es reconocida por algún sistema de ontología(En filosofía, la ontología (del griego οντος, genitivo del participio del verbo εἰμί, ser, estar; y λóγος, ciencia, estudio, teoría) es una parte de la metafísica que estudia lo que hay,[1] es decir cuáles entidades existen y cuáles no. Muchas preguntas tradicionales de la filosofía pueden ser entendidas como preguntas de ontología:[1] ¿existe un Dios? ¿Existen entidades mentales, como ideas y pensamientos? ¿Existen entidades abstractas, como los números? ¿Existen los universales?

Además, la ontología estudia la manera en que se relacionan las entidades que existen.[1] Por ejemplo, la relación entre un universal (rojo) y un particular que "lo tiene" (esta manzana), o la relación entre un evento (Sócrates bebió la cicuta) y sus participantes (Sócrates y la cicuta).Pueden exteneder su significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Ontolog%C3%ADa).[1] Una entidad puede por lo tanto ser concreta, abstracta, particular o universal.[1] Es decir, las entidades no son sólo objetos cotidianos como sillas o personas, sino también propiedades, relaciones, eventos, números, conjuntos, proposiciones, mundos posibles, creencias, pensamientos, etc., extender conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Entidad ),en el que se obligan(Hacer que alguien haga algo utilizando la fuerza o la autoridad. pueden ver los significados aqui:http://www.wordreference.com/definicion/obligan)

a cumplir alguna cosa., pueden extender link aqui:http://www.wordreference.com/definicion/pactos) y convenciones(El término convención puede referirse a:

    * Los usos y costumbres;
    * Un tratado internacional
    * Un periodo de la Revolución francesa, conocido como La Convención.
    * Un acto negocio jurídico de carácter bilateral (véase también contrato);
    * Una reunión o convención empresarial;
    * Una reunión o convención política (véase también convención nacional).
    * Una reunión o convención de fans
    * Convención, municipio de Norte de Santander en Colombia.
    * El convencionalismo.
, pueden ver el significado mas adecuado que se refiere al de tratado internacional:    * Para un listado de tratados véase: Tratado (desambiguación)

Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.

Lo más común suele ser que tales acuerdos se realicen entre Estados, aunque pueden celebrarse entre Estados y organizaciones internacionales. Los primeros están regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; los segundos, por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales de 1986.

Los acuerdos entre empresas públicas de un Estado y Estados no son tratados internacionales. La Corte Internacional de Justicia tuvo la oportunidad de pronunciarse acerca de esta cuestión en el caso "Anglo-Iranian Oil" (1952). Irán había firmado un acuerdo con la empresa "Anglo-Iranian Oil" para la explotación de los recursos petrolíferos. Este acuerdo tenía dos caras: era un acuerdo de concesión y al mismo tiempo tenía la naturaleza de un Tratado entre Irán y el Reino Unido. Esta tesis no fue aceptada por la Corte Internacional de Justicia porque los Tratados internacionales solo pueden tener lugar entre estados y porque los acuerdos con empresas se rigen por las normas del Derecho internacional privado.

Los Tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. En este último caso no se regirían por la Convención de Viena de 1969.

Su denominación es indiferente pues, si se dan las condiciones anteriores, nos encontramos ante un Tratado internacional independientemente del nombre que reciba. ver significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacional) relativos a derechos humanos(Para la declaración de la ONU de 1948, véase Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación., ver significado y extender  aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos), suscritos(el verbo proviene de suscribir,y esta significa a su vez:Firmar al pie o al final de un escrito, pueden extender su significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/suscribir)
y ratificados(proviene de ratificar:Aprobar o confirmar actos,palabras o escritos dándolos por valederos y ciertos:pueden ver significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/ratificar)
 por Venezuela( la IV y V republica desde el año 1998 hastas la actualidad, debe de haber amontones), tienen jerarquía(Organización por categorías o grados de importancia entre diversas personas o cosas, extender y ver los significados que hay aqui:http://www.wordreference.com/definicion/jerarqu%C3%ADa) constitucional(de acuerdo a la constitución que tenemos aqui) y prevalecen(proviene de prevalecer, y esto significa:Sobresalir,tener superioridad o ventaja, y pueden extender el significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/prevalecer) en el orden interno(dentro del país), en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables(en cosas positivas y para el desarrollo de la sociedad, y todas las clases sociales) a las establecidas en esta Constitución(la vigente, la constitución de la RePUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VIGENTE DESDE EL AÑO 1999) y en las leyes(cuales leyes, la que crea el poder legislativo de un solo partido politico, que a su vez fue elejido con poca participación voluntar en esas elecciones del 2006, y la mayoria tienen el pensamiento comunista o marxistas revolucionaria, que cambian las leyes organicas, las leyes ordinarias, decretos, ordenanzas para seguir con el proyecto desconociendo la voluntad popular del referendun de 02 de diciembre de 2007, y sigue con el proyecto socialismos del sigloXXI=marxismo revolucionario=comunismo=izquierda radical=oligarquia de izquierda=dictadura=autoritarismo, Etc) de la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría. Pueden extender el significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Republica), y son de aplicación inmediata( de aplicación ya, now, no despues de 11 años en el poder que tienen en el gobierno) y directa por los tribunales( es decir que por el poder judicial es el principal poder publico de hacerlo cumplir, sin titubiar y esperar mucho tiempo) y demás órganos del Poder Público(Es decir todos los poderes publicos nacionales son responsables de hacerlos cumplir(recordemos que el poder publico nacional estan:El Poder Público Nacional esta dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral los cuales tienen funciones distintas.# 1 Estructura del Poder Público Nacional

    * 1.1 Poder Legislativo
    * 1.2 Poder Ejecutivo
    * 1.3 Poder Judicial
    * 1.4 Poder Ciudadano
    * 1.5 Poder Electoral

Estructura del Poder Público Nacional
Poder Legislativo

El Poder Legislativo es unicameral y reside en la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependecias y los Territorios Federales. Además le está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.

Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que éste se convierta en ley, pero el presidente tiene poder de voto. En ese caso, la Asamblea Nacional reconsidera el proyecto de ley. El Presidente y los Vicepresidentes de la Asamblea la promulgarán, el proyecto de ley se convierte en ley, aún sin la firma del Presidente de República.
[editar] Poder Ejecutivo
Artículo principal: Poder Ejecutivo Nacional (Venezuela)

El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación. El presidente de la república es el jefe del estado y del poder ejecutivo nacional. También es elegido de forma democrática por un periodo de 6 años, y puede ser reelegido inmediatamente.
[editar] Poder Judicial
Artículo principal: Poder Judicial de Venezuela

El Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados autorizados por el ejercicio.

Este poder está constituido por el siguiente organismo:

    * Tribunal Supremo de Justicia

[editar] Poder Ciudadano

El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela; las funciones de sus cargos son: prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

Este poder está constituido por los siguientes organismos:

    * Defensoría del Pueblo
    * Ministerio Público
    * Contraloría General de la República

[editar] Poder Electoral

Es una de las ramas autónomas del Poder Público Nacional, este poder está constituido por el siguiente organismo:

    * Consejo Nacional Electoral(CNE)

Lo ejerce el Consejo Nacional Electoral y se encarga de reglamentar las leyes electorales y resolver todo lo relacionado con procesos de elección, referendo y consultas populares.

Órganos subordinados al CNE:

    * Junta Nacional Electoral
    * Comisión de Registro Civil y Electoral
    * Comisión de Participación Política y Financiamiento
, pueden extender link aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_%28Venezuela%29 ). 
CONCLUSIÓN:
Articulo 23. El Presidente y los poderes publicos estan obligados a obedecer los tratados, convenios y pacto que hallan firmado la IV Republica DE Venezuela y la V Republica Bolivariana de Venezuela que esta vigente en la actualidad segun las C.D.R.B.D.V. desde el año vigente de 1999, y de forma inmediata y sin vacilar y esperar despues de 11 años, todo lo que se refiere en materia de derechos humanos(imaginandome que hallan creado una ley organica o ley ordinaria que aplique en materia de derechos humanos, porque si la hay y contradice con los tratados, pactos y convenios internacionales seran nulo).

Articulo 24. Ninguna disposición(Ordenación de algo de la forma conveniente para lograr un fin, ver link aqui:http://www.wordreference.com/definicion/disposici%C3%B3n) legislativa(ninguna ley, ninguna participación del poder legislativo, la asamblea nacional) tendrá efecto retroactivo(Que obra o tiene fuerza y validez sobre lo pasado,conocer concepto aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Retroactividad; y ademas tienes otro link:http://www.wordreference.com/definicion/retroactivo, otro significado que tiene es La retroactividad, en Derecho, es un posible efecto de las normas o actos jurídicos que implica la extensión de su aplicación a que una norma establezca que su aplicación no sólo será sobre hechos futuros sino que se aplicará también a hechos anteriores a su promulgación. Sin embargo, dicha posibilidad supone una situación excepcional, porque puede entrar en contradicción con el principio de seguridad jurídica que protege la certidumbre sobre los derechos y obligaciones que las personas poseen. link:http://es.wikipedia.org/wiki/Retroactividad ), excepto cuando imponga menor pena(Castigo impuesto por la autoridad a quien ha cometido un delito, extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/pena). Las leyes(sea ley organica, o ley ordinanaria en materia sobre este tema sin tendencia ideologica marxista revolucionar, sino siguiendo la ideologia de nuestro Libertador Simón Bolivar) de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia(Cualidad de vigente: que no se ha vencido, que sigue estando activo hasta la fecha) aun
en los procesos(Un proceso es un conjunto de actividades o eventos (coordinados u organizados) que se realizan o suceden (alternativa o simultáneamente) con un fin determinado. Este término tiene significados diferentes según la rama de la ciencia o la técnica en que se utilice.

    * Ciencias Naturales
          o Anatomía
                + nombre alternativo de la apófisis
          o Evolutivo
                + Proceso evolutivo
          o Físico
                + proceso termodinámico

    * Ciencias Sociales
          o Histórico
                + Proceso de Reorganización Nacional (Argentina)
          o Proceso geográfico
    * Derecho
          o Proceso judicial
    * Economía y Empresa
          o Proceso Productivo
          o Procesos de negocio
                + Proceso de producción del acero Bessemer
    * Informática
          o Proceso (informática)
    * Revista
          o Semanario mexicano Proceso
    * Manufactura e Industria
          o Proceso de fabricación
, pueden extender el link, yo eligieria el proceso de manucfactura, que se refiera a: Un proceso de fabricación, es el conjunto de operaciones necesarias para modificar las características de las materias primas. Dichas características pueden ser de naturaleza muy variada tales como la forma, la densidad, la resistencia, el tamaño o la estética. Se realizan en el ámbito de la industria.

Para la obtención de un determinado producto serán necesarias multitud de operaciones individuales de modo que, dependiendo de la escala de observación, puede denominarse proceso tanto al conjunto de operaciones desde la extracción de los recursos naturales necesarios hasta la venta del producto como a las realizadas en un puesto de trabajo con una determinada máquina-herramienta.

En el ámbito industrial se suelen considerar convencionalmente los procesos elementales que se indican, agrupados en dos grandes familias:

Tecnología mecánica:

    * Moldeo
          o Fundición
          o Pulvimetalurgia
          o Moldeo por inyección
          o Moldeo por soplado
          o Moldeo por compresión

    * Conformado o deformación plástica.
          o Laminación
          o Forja
          o Extrusión
          o Estirado
          o Conformado de chapa
          o Encogimiento
          o Calandrado

    * Procesos con arranque de material
          o Mecanizado
                + Torneado
                + Fresadora
                + Taladrado
          o Electroerosión

    * Tratamiento térmico
          o Templado
          o Revenido
          o Recocido

    *
          o Nitruración
          o Sinterización

    * Tratamientos superficiales; Acabado
          o Eléctricos
                + Electropulido
          o Abrasivos
                + Pulido

Tecnología química

    * Procesos físicos
    * Procesos químicos
          o Tratamientos superficiales
                + Pasivado
, extender link de cada uno dandole click en la palabra azul para entender, el link es el siguiente:http://es.wikipedia.org/wiki/Proceso_de_fabricaci%C3%B3n ) que se hallaren en curso; pero en los procesos penales(proviene de penal, como adjetivo (lo penal), lo relativo a la pena y al derecho penal, extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Penal), las pruebas ya evacuadas(Desocupar, dejar vacío de personas un lugar,extender el link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/evacuadas) se estimarán en cuanto beneficien al reo(para este caso seria:Persona acusada de un delito o declarada culpable,el otro significado es: Variedad de trucha marina asalmonada que vive en la desembocadura de los ríos. extender link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/reo ) o rea, conforme a la ley vigente(seguro hay una ley que creo la  asamblea nacional partidista al marxismo revolucionario, cuando tenien que hacerlo en armoni, amor y paz, con la ideologia de nuestros libertadores Simón Bolivar) para la fecha en que se promovieron(promover es sinonimo de implementar politicas en favor del desarrollo positivo en la sociedad y las clases sociales, todas sin exclusión).
Cuando haya dudas(Estar en duda, vacilar entre dos opciones contradictorias, no estar seguro. También tr.: extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/dudas) se aplicará la norma(# Regla de obligado cumplimiento.
# Conjunto de reglas que determinan el uso correcto del lenguaje; extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/norma) que beneficie(a todos los reos con imparcialidad y sin ninguna tendencia ideologioca, alguna) al reo o a la rea.
 CONCLUSIÓN: 
Articulo 24. El Presidente y el Poder Legislativo tiene que favorecer politicas en favor del desarrollo de la sociedad,en materia que favorezca a los reo y rea.

Artículo 25. Todo acto(Hecho o acción, EXTENDER SIGNIFICADO AQUI: http://www.wordreference.com/definicion/ACTO) dictado(en materia de politica es: Expedir(Extender por escrito un documento;puede ver el significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/expedir) o pronunciar(Dictar una sentencia(creo que para este caso es: Dictamen o resolución de un juez,un tribunal o un jurado, ver link aqui:http://www.wordreference.com/definicion/sentencia ) u otra resolución(Solución de un problema; ver el enlace:http://www.wordreference.com/definicion/resolucion) judicial(Relativo al juicio, a la administración de justicia o a la judicatura, extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/judicial ): extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/pronunciar) una ley(otra vez una ley organica o ley ordinaria que han ido creando desde el 2006 que se monton dicha asamblea elegida con una voluntar porpular menor al 50 % de los inscritos del CNE, es decir fueron a votar puros marxistas revolucionarios), un fallo o una normativa:) en ejercicio del Poder Público(el poder legislativo(el que crea leyes), poder judicial(el de hacer justicia), poder ciudadano(prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.), el poder electoral(ejercido por el CNE, que se encarga de las elecciones), ver enlace:http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_%28Venezuela%29)
que viole(Infringir(Quebrantar leyes, órdenes, o norma: extender aqui: http://www.wordreference.com/definicion/infringir) una ley o un precepto(Disposición o mandato superior que se debe cumplir:ver significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/precepto):extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/infringir) o menoscabe(Disminuir algo en valor,importancia o prestigio(Renombre,buen crédito e influencia, buen patrocinio para satisfacer las necesidades del cliente en este caso de los venezolanos: extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/prestigio):extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/menoscabe) los derechos(derechos como: los derechos humanos, la democracia, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, el derecho a la protesta, el derecho a una vivienda digna, el derecho a una buena economia, el derecho a un buen servicio basico, el derecho a servicios de lujo, el derecho a la seguridad del pais,el derecho de los penintenciarios a una buena formación en las carceles y el derecho a la vida, el derecho a la propiedad privada, el derecho a la inversión extranjera, el derecho a la inversión por parte de los marxistas revolucionarios que tubieron 11 años en el poder y quienes administran los reales y se quedan con  40 dolares por cada barril de petroleo, que no se que lo hace, el derecho aun salario justo de acuerdo a la condición social y la formación academica, el derecho a la no discriminación y la ideologilación de un proyecto marxistas revolucionario, el derecho a la ideologización de nuestros libertadores Simon Bolivar y otros, El derecho a una buena educación y alimentos, el derecho a respetar el ambiente, el derecho a respectar las normas de calidad, el derecho a la salud, el derecho de cumplir con los tratados,convenios y pactos internacionales que se firmaron en la IV Republica y V republica, el derecho a cuidar la maternidad y los niños venezolanos,el derecho a respetar a la iglesia, etc.) garantizados por
esta Constitución(constitución vigente de la Constitución de la Republica(http://es.wikipedia.org/wiki/Republica) Bolivariana(PORQUE ES DE Bolivar, yo no veo en la historia que este que esten los de los billetes de la moneda nacional como(que es una invoación al marxismo revolucionario)
(aQUI ESTA UNA PEQUEÑA EXPLICACIÓN:
Características del bolívar fuerte
Los billetes en su anverso de innovador diseño vertical en el país enaltecen la nacionalidad y los diversos orígenes étnicos venezolanos, se seleccionaron además próceres de nuestra historia y por primera vez se introduce la imagen de la mujer, también se le dio espacio a lugares geográficos emblemáticos de la patria así como animales autóctonos en peligro de extinción, para fomentar la conciencia en la población.

BsF. 100, anverso: rostro de Simón Bolívar(si es nuestro libertador). Reverso: Cardenalito(El cardenalito (Carduelis cucullata) es un pequeño pajarito nativo de Venezuela con pequeñas poblaciones relictas en su estado natural en el este de Colombia, los Estados norte-costeros y centro occidentales de Venezuela, recientemente descubierta en Guyana y considerada extinta en la isla de Monos Trinidad.extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Carduelis_cucullata ) e imagen del Guaraira Repano(ademas EMPIEZA CON W y no con G MARXISTAS REVOLUCIONARIOS;segun lo que encontre por la web:La ciudad de Caracas está enclavada en un hermoso valle.
El Ávila es el nombre con que se conoce a la montaña que bordea el Norte de la metrópoli.
En tiempos precolombinos recibía el nombre de "GUARAIARA REPANO", que significa algo así como: "la ola que vino de lejos" o "la mar hecha tierra".
Según los mitos de los indígenas venezolanos, en tiempos antiguos no existía la montaña. Todo era plano, se podía ver hasta el mar.
Pero un día las tribus ofendieron a la gran Diosa del mar y ésta quiso acabar con todo el pueblo. Entonces se levantó una gran ola, la más alta que se había visto y toda la gente se arrodilló e imploró perdón de todo corazón a la Diosa y justo cuando iba a descender la ola sobre ellos, se convirtió en la gran montaña que hoy existe.
La Diosa se había apiadado y había perdonado a la tribu.
HE ALLI PUES QUE NOS DEJO LA MONTAÑA "EL AVILA",como guardian de la CIUDAD DE CARACAS, ver el enlace aqui: http://yabarana.blogspot.com/2007/09/el-mito-de-guaraira-repano.html (Parque Nacional El Ávila)

BsF. 50, anverso: rostro de Simón Rodriguez(Simón Rodríguez (n. Caracas, Venezuela, 28 de octubre de 1769 – m. Distrito de Amotape, Perú, 28 de febrero de 1854), conocido en su exilio de la América española como Samuel Robinsón, fue un gran filósofo y educador venezolano, uno de los más grandes de su tiempo, tutor y mentor de Simón Bolívar.ver enlace en:http://es.wikipedia.org/wiki/Sim%C3%B3n_Rodriguez). Reverso: Oso frontino(El oso de anteojos (Tremarctos ornatus), también conocido como oso frontino, oso andino, oso sudamericano, ucumari y jukumari, es una especie de mamífero del orden Carnivora de la familia de los úrsidos, la única especie de esta familia que existe actualmente en Sudamérica.Lo que más caracteriza a esta especie es la presencia de manchas blancas o amarillentas en torno a los ojos, que en ocasiones llegan a la zona de la garganta y pecho, aunque en algunos especímenes pueden faltar totalmente las manchas claras en el rostro. El patrón del dibujo de tales manchas varía de un individuo a otro. El color de pelaje más común es el negro, aunque se encuentran ejemplares de color marrón y, con mucha menor eventualidad, de color rojizo.

Es uno de los mamíferos sudamericanos de mayor alzada. Su cabeza es grande en relación al resto del cuerpo (característica en común con el panda gigante), posee poderosa mandíbula teniendo el cráneo dos importantes fosas maseteras. Su cuerpo llega a medir 1,8 m pero en la actualidad es más frecuente encontrar ejemplares de 1,5 m. El peso de los machos adultos ronda los 140 kg. Sus garras, muy adaptadas para trepar a los árboles, poseen afiladas uñas. Se percibe una convergencia evolutiva: el cuerpo de estos osos llega a recordar al de los grandes primates (de allí que en muchos lugares dieran lugar a mitos y leyendas referidas a "hombres salvajes peludos que viven en las selvas"). extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Oso_frontino) y Laguna del Santo Cristo(La laguna del Santo Cristo es el nombre de un cuerpo de agua de origen glaciar en el Estado Mérida, ubicado a 3900 msnm y es la laguna de montaña más grande de Venezuela. Un paisaje de la laguna y las montañas que la rodean están plasmados en el diseño posterior del billete de 50 bolívares venezolanos. La laguna del Santo Cristo está ubicado en el páramo de Santo Cristo con acceso desde el pueblo de Gavidia, a unos 30 km de distancia.

Dentro de la laguna se puede practicar la pesca deportiva, basada principalmente en la trucha arcoiris. extender el link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Laguna_del_Santo_Cristo) del estado Mérida.

BsF. 20, anverso: rostro Luisa Cáceres de Arismendi(Luisa Cáceres de Arismendi (Caracas, 25 de septiembre de 1799 - Caracas, 28 de junio de 1866). María Luisa Cáceres Díaz (conocida por la historia como Luisa Cáceres de Arismendi) es uno de los personajes femeninos más insignes y heroína de la gesta de independencia de Venezuela. Esposa del General Juan Bautista Arismendi.Luisa Cáceres De Arismendi nace en Caracas – Venezuela el día 25 de septiembre de 1799, hija primogénita del matrimonio formado por el distinguido pedagogo José Domingo Cáceres y su esposa Doña Carmen Díaz fue bautizada en la Iglesia Santa Rosalía. Su padre, profesor de latín, se ocupó de enseñarle a leer y escribir, así como los principios y normas morales puestos a prueba durante los años de cautiverio y destierro de la joven patriota. Tuvo dos hermanos que la seguían se llamaban Félix y Manuel Cáceres.

Es educada para ejercer el sagrado ministerio de esposa y de madre. Por el atraso en que se encontraba la instrucción pública Colombiana de 1813 en esa época, su espíritu no fue cultivado, aprendiendo solamente a leer y a escribir y todas aquellas normas de sociabilidad que trasmitían los padres a los hijos desde lejanos tiempos. Pero a pesar de su escasa instrucción Luisa pudo elevarse a su destino y perfeccionarse moralmente durante su infancia.

Desde muy temprana edad Luisa Cáceres se distinguía por su hermosura. De estatura mediana y bellas facciones, llamaba la atención por su porte y gentileza. En el año de 1814, antes de cumplir los quince años de edad fue solicitada en matrimonio ante sus padres por un joven patriota, el entonces Coronel Juan Bautista Arismendi, viudo hacía pocos años de Doña María del Rosario Iralda.extender link aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Luisa_C%C3%A1ceres_de_Arismendi). Reverso: Tortuga Carey(La tortuga carey (Eretmochelys imbricata) es una especie de tortuga marina de la familia de los quelónidos, que se halla en peligro crítico de extinción.[1] Es la única especie del género Eretmochelys. Existen dos subespecies, Eretmochelys imbricata imbricata que se puede encontrar en el océano Atlántico y Eretmochelys imbricata bissa, localizada en la región indo-pacífica.[4]

Su aspecto es similar al de otras tortugas marinas. Tiene un cuerpo plano, un caparazón protector, y sus extremidades en forma de aletas están adaptadas para nadar en mar abierto. E. imbricata se distingue fácilmente de otras tortugas marinas por su pico puntiagudo y curvo con una prominente mandíbula superior (tomium) y por los bordes en forma de sierra de su caparazón. Aunque la tortuga pasa parte de su vida en mar abierto, se la encuentra más frecuentemente en lagunas poco profundas y arrecifes de coral, donde encuentra fácilmente su presa preferida, las esponjas de mar. Algunas de las esponjas de las que se alimenta E. imbricata son conocidas por ser altamente tóxicas y letales para otros organismos por su alto contenido de óxido de silicio, lo que convierte a la tortuga carey en uno de los pocos animales capaces de alimentarse de organismos silíceos. También se alimentan de otros invertebrados, como tenóforos y medusas.[5]

A causa de las prácticas de pesca humanas, las poblaciones de Eretmochelys imbricata a lo largo de todo el mundo se encuentran en serio peligro, por lo que ha sido clasificada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza como especie en peligro crítico de extinción.[1] Varios países, como China y Japón, las han cazado por su carne, considerada un manjar. Los caparazones de las carey y el material que los constituye (también llamado carey) ha sido empleado para la confección de objetos decorativos. Asimismo, se denomina carey, por extensión, al material del que se conforman los caparazones de otras tortugas marinas empleados en idéntica producción artesanal. Según el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies de Fauna y Flora Salvaje Amenazadas (CITES), la captura y el comercio de estas tortugas y sus productos derivados son ilegales en muchas naciones.VER EL SIGUIENTE LINK:http://es.wikipedia.org/wiki/Tortuga_carey) y montañas de Macanao(La península de Macanao es un lugar extraordinario y poco conocido de Margarita. Está ubicado en el oeste de la Isla de Margarita, unido a esta por el parque nacional de La Restinga. Macanao está muy poco poblado, lo cual lo hace ideal para la gente que quiere alejarse de las multitudes o que quiere un "respirito" en temporada, o por ejemplo los fines de semana, cuando las playas de la isla tienden a estar más llenas.

La Pared, por ejemplo, es una excelente playa ubicada en el Norte de la Península de Macanao. En uno de sus extremos se consigue un pequeño caserío de pescadores.ver enlace aqui: http://www.venezuelatuya.com/margarita/macanao.htm; tambien segun la geografia Macanaoes: Montañas: Existen dos unidades diferentes: en primer término, las montañas del este, que culminan en los depósitos de la base del sistema montañoso o piedemonte del suroeste, con dos pequeñas serranías paralelas que corren de norte a sur y donde los cerros Copey (980m), con el parque nacional homónimo, Tragaplata (700 m) y Matasiete (600 m) marcan las mayores alturas; en segundo lugar, las montañas del Macanao, con el cerro homónimo (742 m) y sus derivaciones montañosas que cubren todo el borde costero.

El cordón litoral que une ambas formaciones rodea al norte la laguna de La Restinga, con importantes extensiones de formaciones vegetales llamadas manglares y en la que se halla el parque nacional homónimo. Al sureste se localiza la laguna de Las Maritas. Las islas de Coche y Cubagua están constituidas por núcleos rocosos que sirven de base a sedimentos marinos y ofrecen un terreno plano con algunos acantilados. Ve en el siguiente link:http://www.rena.edu.ve/venezuela/espageo.html) en el estado Nueva Esparta

BsF. 10, anverso(En las monedas y medallas, cara principal, ver el siguiente enlace:http://www.wordreference.com/definicion/anverso): rostro Cacique(Cacique (del idioma taíno, parcialidad de la etnia arawak), es la persona que gobierna o jefe de una comunidad amerindia(Amerindio es una palabra que se deriva del término «indio americano», cuyo uso y alcance semántico difiere ligeramente de unos autores a otros.

Para algunos autores los amerindios incluirían tanto a los indígenas del continente americano antes del inicio del proceso de mestizaje con poblaciones europeas y africanas, como a sus descendientes modernos.

Para otros autores el término amerindio designa a todos los pueblos originarios de América y a sus descendientes modernos no mestizados.

Algunos autores excluyen de entre los amerindios a los esquimales y a veces también a los pueblos atapascanos (ya que de acuerdo con la hipótesis amerindia su origen etnolingüístico y llegada a América fue posterior)., extender el uso aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Amerindia) en América. Ejercen su mando sobre personas y un territorio denominado "cacicazgo"(viene de caciquismo;El caciquismo (no confundir con los "caciques" indígenas) es una forma distorsionada de gobierno local donde un líder político tiene un dominio total de una sociedad del ámbito rural expresada como un clientelismo político. Este sistema, aunque también tuvo su expresión en España, es marcadamente americano. En algunos países latinoamericanos se usa muchas veces figurativa y peyorativamente la palabra "cacique" para aludir a quienes detentan el poder de "redes clientelares" aunque nada tengan que ver con los pueblos originarios de América.

Los caciques pueden controlar el voto de sus clientes por lo que pueden negociar con los políticos centrales y ser la cara y base del partido. De esta forma se crean "democracias" que en el papel funcionan pero que no son el gobierno del pueblo. Funcionaron durante el siglo XIX y gran parte del siglo XX en muchas regiones de América y España.

En 1884, el término "caciquismo" fue incorporado al Diccionario de la lengua de la Real Academia con su significado actual en sus dos acepciones:

    * Dominación o influencia del cacique de un pueblo o comarca.
    * Intromisión abusiva de una persona o una autoridad en determinados asuntos, valiéndose de su poder o influencia.
, extender: http://es.wikipedia.org/wiki/Caciquismo ). Significa: "El Señor responsable o autoridad de los hombres". Son equivalente del curaca(El curaca era el jefe político y administrativo del ayllu Luego de la Conquista pasaron a ser conocidos como Caciques.

Curac o curaca es una voz quechua que significa el primero o el mayor entre todos los de su agrupación. Originariamente debió ser el más anciano y más sabio, y gobernar de manera paternalista; pero como su autoridad la heredaba aquel de sus hijos que denotaba especial capacidad, es obvio que el criterio de la edad no fue siempre seguido.

Los incas, a su vez, nombraron curacas para reemplazar a los que hubiesen demostrado resistencia tenaz contra su dominación. Entre sus funciones se hallaban:

    * Reparto de topos o lotes de tierras agrícolas.
    * Protección de los pobres o huacchas.
    * Labores de mantenimiento de la red hidráulica (limpieza y reparación de canales de riego).
    * Resguardo de los linderos de la comunidad.
    * Organización de la minka o trabajo comunal.
    * Redistribución de los excedentes almacenados en pirguas o collcas.

Debido a su autoridad, tenian derecho a poseer tierras y ganado de carácter privado, y acceso a pastos de la comunidad. Disponía del trabajo de mitayos, cuyo servicio lo canalizaba en su propio beneficio. El curaca, por lo tanto, podía exigir prestaciones personales, pero no se apropiaba de bienes en especie, salvo de los mercaderes. Asimismo, vivía en una casa amplia con servidumbre de ambos sexos. Tenía varias esposas, provenientes de su mismo ayllu o de pueblos vecinos, y a veces incluso, cedidas como favor especial, por el propio Sapa Inca.

El curaca, sin embargo, no actuaba sólo, compartía su poder con un yanapaque o segunda persona, como lo conocieron lo españoles. Éste generalmente era un pariente cercano, o usualmente su hermano, quien lo reemplazaba cuando se enfermaba, envejecía, estaba incapacitado físicamente o se ausentaba.

El símbolo supremo de su autoridad era la tiana (quechua: tiyana, 'asiento') o dúho, un asiento de madera, piedra o metal, de apenas 20 cm de altura aproximadamente, objeto del cual tomaban posesión el día de su asunción al mando.

Los pueblos originarios no tenían el concepto de poderío o imperio, como era entendido por los españoles. Para ellos la autoridad no estaba basada en el poder, sino en el ejempo. Por eso el curaca debía ser una persona, experimentada y sabia, no alguien ambicioso. Además la autoridad era compartida con su segundo. El concepto de cacique proviene del pueblo gitano y fue traspolado por los españoles. El concepto de imperio también tiene origen español. Los pueblos originarios se consideraban a sí mismos una nación, sin fronteras. Y no un imperio, extender enlaces aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Curaca) o lonco(Un lonco (< mapudungun longko, "cabeza") es el jefe de una comunidad mapuche. El cargo tiene aspectos religiosos y administrativos.El lonco es el jefe correspondiente a cada uno de grupos de familias (lof), que viven en rucas o casas actuales en comunidades vecinas y se ayudan entre ellas, y están relacionados en torno a un antepasado común. Antiguamente, en tiempos de guerra, se reunían los distintos loncos para elegir un toqui, jefe militar que coordinaba las acciones de la escalada bélica en conjunto de las comunidades en cuestión. Es la autoridad principal, tradicionalmente corresponde a una persona mayor, que es el jefe tradicional de la comunidad familiar. Puden extender enlace:http://es.wikipedia.org/wiki/Lonco).) Guacaipuro(Guaicaipuro o Guaicaipuró (n. actualmente Los Teques, Venezuela, alrededor de 1530; m. 1568), fue un nativo indígena, jefe de varias tribus Caribes, con el título ‘Guapotori’ —Jefe de jefes— originario del grupo Teques.

A pesar de ser conocido hoy como Guaicaipuro, en los documentos del tiempo su nombre fue escrito como «Guacaipuro».extender conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Guaicaipuro). Reverso: Águila Arpía(El águila harpía o simplemente harpía (Harpia harpyja), conocida en guaraní como taguato ruvichá, es una especie de ave falconiforme de la familia Accipitridae que vive en la zona neotropical. Es el águila más grande del Hemisferio Occidental y del Hemisferio Austral y la única especie del género Harpía. Su hábitat es el bosque lluvioso. No se conocen subespecies.[2]

El águila harpía es el ave nacional de Panamá(que casualidad que somos autonomos, alla no estubo Noruega mandando).

Se le llama también águila coronada aunque tal nombre es dado también a otras especies, en particular a Stephanoaetus coronatus y a Harpyhaliaetus coronatus., extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/%C3%81guila_arp%C3%ADa) y salto Ucaima(no consegui significado), tepuyes(Algunos de las más notables mesas son:

    * Autanatepui. El Autanatepui sobresale 1300 m sobre el suelo selvático vecino. En su superficie se observan enormes hoyos de unos 400 metros de profundidad. Se ha sugerido que podría tratarse de cavernas cuyas bóvedas colapsaron. Contiene una abertura muy angosta pero que atraviesa el tepuy por su parte más angosta. A través de dicha abertura pasó de un lado al otro un avión ultraliviano en una de las aventuras más arriesgadas de que se tenga noticia, que fue filmada en un programa de TV llamado Expedición.

Vista Aérea de unos tepuyes en el extremo sureste de Venezuela.

    * Auyan-tepui. Esta meseta tiene una superficie de 700 km². Desde su cima se precipita la cascada más alta del mundo: el Salto Ángel.
    * Kukenan-tepui. Considerada una montaña sagrada por los nativos. Desde 1997 no puede ser escalada.
    * Neblinatepui, el más alto de todos los tepuyes, también es conocido como el Pico da Neblina.
    * Ptaritepui. Las paredes rocosas de esta meseta son tan abruptas que se supone que un número particularmente elevado de nuevas especies podría ser encontrado allí.
    * Roraima-tepui, también conocida como Roraima. Un reporte de Robert Hermann Schomburgk, famoso investigador y explorador de Sudamérica inspiró al autor inglés Arthur Conan Doyle para su novela El Mundo Perdido, que trata sobre el descubrimiento de un mundo prehistórico lleno de dinosaurios y plantas primitivas.
    * Sarisariñama. Situada en el Parque Nacional Jaua-Sarisariñama en el extremo sureste del estado venezolano de Bolívar. La característica más distintiva y peculiar de este tepuy de 2.300 metros de altura es la presencia de simas casi perfectamente circulares que son un misterio para los geólogos.
    * Duida - Marahuaca: ubicadas en el estado Amazonas, ambas con 2 400 m y 2 700 m respectivamente, en sus faldas viven las comunidades indígenas Yekuana y Yanomami, se encuentran mayormente inexploradas.
    * Huachamacare: con 2 300 m de altura en sus paredes verticales se desarrolla vida vegetal endémica y se precipitan impresionantes saltos de agua; se ubica en el estado Amazonas
, extender significado aqui el link: http://es.wikipedia.org/wiki/Tepuy#Tepuyes_especialmente_significativos) Venado(Los cérvidos (Cervidae) son una familia de mamíferos rumiantes que incluye los ciervos o venados. Su tamaño es variable, siendo el alce el mayor (hasta 450 kg), y el venadito o pudú sudamericano, el menor, con unos 8 ó 10 kg., Tienen patas delgadas, pezuñas partidas en dos y largos cuellos con cabezas largas y finas, aptas para el ramoneo o el pastoreo, salvo algunas adaptaciones concretas en algunas especies como es el caso de los alces, que pastan vegetales acuáticos, o los renos, de hocicos peludos y anchos aptos para ramonear liquen en las zonas árticas. Son esbeltos herbívoros, si bien las especies más grandes tienen un cuerpo de echuras similares a un caballo, mientras que las más pequeñas resultan más rechonchas para poder moverse con facilidad por el sotobosque. Tienen el pelo liso o moteado en la mayoría de las especies, salvo algunas cuyo pelaje es más difuso como ocurre con los renos, y son los únicos mamíferos a los que les crecen astas o cuernas nuevas cada año, formadas por hueso muerto. En la mayoría de las especies que comprenden la familia, sólo las desarrollan los machos a partir del primer año de edad, aumentando de tamaño y complejidad a medida que el individuo va madurando; los machos las utilizan durante la época de apareamiento cuando compiten por las hembras, mientras que las hembras que sí son astadas al parecer las usan como elemento de defensa para sus crías, ya que el periodo de muda no coincide con el de los machos. Las astas empiezan a formarse a partir de dos protuberancias del cráneo. Al crecer, las recubre un terciopelo llamado "borra" que posee gran cantidad de vasos sanguíneos para alimentar el hueso que crece bajo ellas. Cuando las astas crecen, año tras año se van ramificando cada vez más hasta adquirir el porte de un individuo adulto bien formado. Finalmente, la borra cae, ayudada por su dueño que suele dejarla enganchada en matojos o ramas que ha usado para rascarse; esta borra es consumida por pequeños carnívoros distribuidos por el hábitat del ciervo ya que posee gran cantidad de minerales y otras sustancias alimenticias, especialmente en los extremos de la cuerna, considerada un manjar por el pueblo Inuik. Una vez que el asta está formada, aparece el cuerno nuevo listo para su uso, al principio de color claro pero que se oscurece rápidamente al contactar con el aire.

En la subfamilia Hydropotinae (ciervos de agua) ambos sexos carecen de astas, pero los dientes caninos superiores, especialmente en los machos, son bastante largos, ligeramente curvados a modo de colmillos. Los miembros es esta subfamilia son los más antiguos del grupo, por lo que se interpreta que las astas ramificadas son una adaptación posterior, surgida cuando los cérvidos crecieron en tamaño y empezaron a habitar lugares menos forestales en donde sus cuernas no fueran un problema para desplazarse.; ver link: http://es.wikipedia.org/wiki/Venados) y Kurún(no existe palabra para este termino por donde lo busque, debe ser un termino muy espiritual) del Parque Nacional Canaima(El Parque Nacional Canaima es un parque nacional ubicado en el Estado Bolívar, Venezuela. Fue instaurado el 12 de junio de 1962 y declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en el año 1994.

Se extiende sobre 30.000 km² hasta la frontera con Guyana y Brasil, por su tamaño es considerado el sexto parque nacional más grande del mundo. Cerca de 65 % del parque está ocupado por mesetas de roca llamadas tepuyes. Estos constituyen un medio biológico único, presentando también un gran interés geológico. Sus acantilados escarpados y sus caídas de agua (incluyendo el Salto Ángel, que es la caída de agua más elevada del mundo, a 1.002 m) forman paisajes espectaculares. ver link aqui: Canaima: Patrimonio de la Humanidad, En 1994 el Parque Nacional Canaima fue nombrado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, por ser una reserva natural que cuenta con relieves abruptos especiales y únicos en todo el mundo, los tepuy, que son especies de mesetas de millones de años de antigüedad, con paredes verticales y cimas casi planas.

Los tepuyes más conocidos son el Monte Roraima, el más alto y fácil de escalar de todo el parque, y el Auyan-tepui, el más visitado, pues en este se encuentra la catarata o caída de agua más alta del mundo, el Salto Ángel.

Se dice que los tepuy son rocas areniscas y datan del período en que América y África formaban un supercontinente. A este tipo de relieve se le conoce comúnmente como Macizo Guayanés.

El parque es hogar de los indígenas Pemones. Estos tienen una relación con los tepuy, y creen en que son el hogar de los espíritus "Mawari". El parque está en un sitio lejano a la civilización. Cuenta con pocas carreteras que conectan con otras ciudades cercanas, como Ciudad Guayana. El medio de transporte más común para recorrerlo es a través de canoas.
[editar] Fauna

Canaima posee una fauna muy variada, la cual está distribuida a lo largo del parque de acuerdo a múltiples factores ambientales como la altura y el tipo de vegetación. Entre las especies que podemos encontrar están:

    * Armadillo gigante (Priodontes maximus)
    * Perro de agua gigante (Pteronura brasiliensis)
    * Oso hormiguero gigante (Myrmecophaga tridactyla)
    * Puma (Puma concolor)
    * Jaguar (Panthera onca)
    * Pereza de dos dedos (Choloepus didactylus)
    * Mono viuda (Pithecia pithecia)
    * Mono capuchino del Orinoco (Chiropotes satanas)
    * Roedor endémico del tepuy Roraima (Podoxymys roraimae)
    * Marsupial endémico del tepuy (Marmosa tyleriana)
    * Águila harpía (Harpya harpija)
    * Guacamaya enana (Ara nobilis)
    * Cotorra morada (Pionus fuscus)
    * Sapito minero (Dendrobates leucomelas)
    * Iguana Caribeña (Iguana delicatissima)
    * Colibrí (Trochilinae)
    * Diversas especies de Tucan (Género Ramphastidae).

[editar] Flora

Existen más de 300 especies endémicas solo en La Gran Sabana.

    * Géneros endémicos: Achnopogon, Chimantaea, Quelchia, Tepuia, Mallophyton, Adenanthe.

    * Abundantes especies insectívoras de los géneros: Bromelia, Drosera, Heliamphora, Utricularia.

[editar] Hidrografía

El parque incluye la totalidad de la cuenca de la margen derecha del río Caroní, y dos de los saltos de agua más altos del mundo, el salto Angel y el Kukenán y gran cantidad de cataratas de menor altura.
[editar] Relieve

La única forma de relieve son los tepuyes, que son mesetas con características inigualables, entre las que destacan sus paredes verticales y sus cimas prácticamente planas, aunque hay varios tepuyes que no cumplen estas reglas. Geológicamente constituyen restos de una cobertura sedimentaria formada por arenisca muy antigua que se superpone a una base de rocas ígneas (granito, principalmente) que es aún más antigua (casi 3000 millones de años). Sobre sus cumbres habita una cantidad muy importante de especies endémicas muy específicas, tanto de vegetales como de animales. Algunas especies vegetales endémicas están categorizadas como "carnívoras", que encuentran de este modo, una provisión de alimentos (insectos, principalmente) que son tan escasos en las cumbres. Estas formaciones tienen una edad geológica que oscila entre 1500 y 2000 millones de años, lo que las convierte en unas de las formaciones más antiguas del planeta. Los tepuyes más conocidos son: el Auyantepuy (de donde se desprende el Salto Ángel), El Roraima, El Kukenan y El Chimantá entre muchos otros. ver en enlace aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Parque_Nacional_Canaima) en el estado Bolívar.

BsF.5, anverso: rostro del “Negro Primero” Pedro Camejo(Pedro Camejo mejor conocido como Negro Primero (San Juan de Payara, Venezuela, 1790 - Campo Carabobo, Venezuela, 24 de junio de 1821) fue un militar venezolano quien luchó primero junto al ejército realista para luego pasar al ejército patriota durante la guerra de independencia de Venezuela alcanzando el grado de Teniente.

El apodo de Negro Primero con el que se le conoce, se inspiró en su bravura y destreza en el manejo de la lanza y porque siempre formaba la primera fila de ataque en el campo de batalla. También se debe a que era el único oficial de tez oscura en el ejército de Simón Bolívar.

Vecino de Achaguas o de San Juan de Payara. Había sido esclavo de Vicente Alonzo, de Apure. Era una persona de escasa preparación intelectual, aun cuando poseía una mente ágil y despierta. A comienzos de la Guerra de Independencia formó parte del ejército realista. En 1816 sentó plaza en las filas republicanas en las fuerzas que mandaba el general José Antonio Páez en Apure. En 1816, el teniente Camejo y el presbítero Trinidad Travieso intercedieron ante el general Páez, en favor del teniente José María Córdoba (más tarde general de división), quien había sido condenado a muerte por un Consejo de Guerra, por el delito de deserción. En 1818, cuando el general en jefe Simón Bolívar llegó a San Juan de Payara, durante el desarrollo de la campaña del Centro, vio a Camejo por primera vez. La corpulencia del guerrero y las referencias que le dio el general Páez, despertaron en Bolívar su interés y en la breve charla que sostuvieron, Bolívar le formuló algunas preguntas, las cuales fueron respondidas por Camejo con ingenuidad y sencillez; al explicar la razón que le llevó a sentar filas en el ejército republicano, dijo que fue inicialmente la codicia; pero que luego comprendió que la lucha tenía otros propósitos más elevados. Fue uno de los 150 lanceros que participaron en la batalla de las Queseras del Medio (2-4-1819) y en esa ocasión, recibió la Orden de los Libertadores de Venezuela. En la batalla de Carabobo (24-6-1821) era integrante de uno de los regimientos de caballería de la primera división (Páez); allí rindió la vida. Eduardo Blanco, en Venezuela heroica, narra el momento cuando, herido de gravedad, Camejo compareció ante el general Páez y con voz desfalleciente le dijo: «Mi general, vengo a decirle adiós porque estoy muerto»., extender significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Pedro_Camejo). Reverso: Cuspón(El armadillo gigante (Priodontes maximus) es una especie de mamífero cingulado de la familia Dasypodidae. Es el armadillo actual de mayor tamaño. Se lo encontraba ampliamente en selvas tropicales del este de Sudamérica y se extiende en variados hábitats tan lejanos como el noreste de Argentina. El armadillo gigante está considerado como especie en riesgo., http://es.wikipedia.org/wiki/Cusp%C3%B3n) o Cachicamo gigante(es lo mismo, me e dado cuenta que la mayoria de los animales son animales en extinción , como el regimen socialista, jajajaj que risa) y llanos venezolanos(En 1994 el Parque Nacional Canaima fue nombrado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, por ser una reserva natural que cuenta con relieves abruptos especiales y únicos en todo el mundo, los tepuy, que son especies de mesetas de millones de años de antigüedad, con paredes verticales y cimas casi planas.

Los tepuyes más conocidos son el Monte Roraima, el más alto y fácil de escalar de todo el parque, y el Auyan-tepui, el más visitado, pues en este se encuentra la catarata o caída de agua más alta del mundo, el Salto Ángel.

Se dice que los tepuy son rocas areniscas y datan del período en que América y África formaban un supercontinente. A este tipo de relieve se le conoce comúnmente como Macizo Guayanés.

El parque es hogar de los indígenas Pemones. Estos tienen una relación con los tepuy, y creen en que son el hogar de los espíritus "Mawari". El parque está en un sitio lejano a la civilización. Cuenta con pocas carreteras que conectan con otras ciudades cercanas, como Ciudad Guayana. El medio de transporte más común para recorrerlo es a través de canoas.
[editar] Fauna

Canaima posee una fauna muy variada, la cual está distribuida a lo largo del parque de acuerdo a múltiples factores ambientales como la altura y el tipo de vegetación. Entre las especies que podemos encontrar están:

    * Armadillo gigante (Priodontes maximus)
    * Perro de agua gigante (Pteronura brasiliensis)
    * Oso hormiguero gigante (Myrmecophaga tridactyla)
    * Puma (Puma concolor)
    * Jaguar (Panthera onca)
    * Pereza de dos dedos (Choloepus didactylus)
    * Mono viuda (Pithecia pithecia)
    * Mono capuchino del Orinoco (Chiropotes satanas)
    * Roedor endémico del tepuy Roraima (Podoxymys roraimae)
    * Marsupial endémico del tepuy (Marmosa tyleriana)
    * Águila harpía (Harpya harpija)
    * Guacamaya enana (Ara nobilis)
    * Cotorra morada (Pionus fuscus)
    * Sapito minero (Dendrobates leucomelas)
    * Iguana Caribeña (Iguana delicatissima)
    * Colibrí (Trochilinae)
    * Diversas especies de Tucan (Género Ramphastidae).

[editar] Flora

Existen más de 300 especies endémicas solo en La Gran Sabana.

    * Géneros endémicos: Achnopogon, Chimantaea, Quelchia, Tepuia, Mallophyton, Adenanthe.

    * Abundantes especies insectívoras de los géneros: Bromelia, Drosera, Heliamphora, Utricularia.

[editar] Hidrografía

El parque incluye la totalidad de la cuenca de la margen derecha del río Caroní, y dos de los saltos de agua más altos del mundo, el salto Angel y el Kukenán y gran cantidad de cataratas de menor altura.
[editar] Relieve

La única forma de relieve son los tepuyes, que son mesetas con características inigualables, entre las que destacan sus paredes verticales y sus cimas prácticamente planas, aunque hay varios tepuyes que no cumplen estas reglas. Geológicamente constituyen restos de una cobertura sedimentaria formada por arenisca muy antigua que se superpone a una base de rocas ígneas (granito, principalmente) que es aún más antigua (casi 3000 millones de años). Sobre sus cumbres habita una cantidad muy importante de especies endémicas muy específicas, tanto de vegetales como de animales. Algunas especies vegetales endémicas están categorizadas como "carnívoras", que encuentran de este modo, una provisión de alimentos (insectos, principalmente) que son tan escasos en las cumbres. Estas formaciones tienen una edad geológica que oscila entre 1500 y 2000 millones de años, lo que las convierte en unas de las formaciones más antiguas del planeta. Los tepuyes más conocidos son: el Auyantepuy (de donde se desprende el Salto Ángel), El Roraima, El Kukenan y El Chimantá entre muchos otros. extender estudio aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Parque_Nacional_Canaima).

BsF. 2, anverso: rostro del generalísimo Francisco de Miranda(al fin algo bueno y de los libertadores de Venezuela). Reverso: Tonina(Tonina puede referirse a:

    * Las especies de delfín Inia geoffrensis, Cephalorhynchus eutropia o Cephalorhynchus commersonii.
    * El nombre común de la planta Santolina rosmarinifolia.
    * Toniná, antigua ciudad maya.
, ver link:http://es.wikipedia.org/wiki/Tonina), gusano(este animal es el que sale de los cadaveres muertos y se encuentra en la tierra,extender link aqui: (http://es.wikipedia.org/wiki/Gusanos) flor(al fin algo bonito entre tanta cosas que puso en los billetes) y Parque Nacional Médanos de Coro en Falcón(El Parque Nacional Médanos de Coro está ubicado en el estado Falcón, en la jurisdicción de los municipios Miranda, Colina y Falcón, en el noroeste de Venezuela. Su área más importante está circunscrita alrededor del istmo, en la vía a la Península de Paraguaná al costado norte de la ciudad de Santa Ana de Coro. El istmo comprende una faja de 30 km de largo por 5 km de ancho. Posee una altura media de 20 msnm. Sus acumulaciones arenosas se desplazan cambiantes debido a la acción de los vientos alisios que soplan de este a oeste. Los Médanos de Coro fueron declarados parque nacional el 6 de febrero de 1974 bajo decreto Nº 1.592, abarca una superficie de 91.280 hectáreas, de las cuales 42.160 son tierras continentales y 49.120 son superficie marina., ber link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/M%C3%A9danos_de_Coro).

Monedas:
BsF. 1: moneda bimetálica(porque tiene dos metales, cuales seran,Moneda de 1000 Bolívares de 2005 forma parte integral de la familia de monedas acuñadas por la Casa de Moneda de Venezuela en 1999. Su característica principal es que la misma es bimetálica (primera del país) producto de la combinación de dos aleaciones en su fabricación: cuproníquel (cobre y níquel) en el centro y el anillo exterior en una aleación de cobre aluminio y níquel (1)(2). No sustituyo a las especies monetarias de estas denominaciones que circulaban para el momento de su colocación en el mercado, de la información oficial extraoficial se conoce de una sola acuñación desconociéndose hasta el momento el número de ejemplares puesto a circular en el mercado (1)(2)(3). El diseño de esta moneda tiene ciertos "errores": según una ley el nuevo escudo del país tendría el caballo mirando al frente y hacia la izquierda, dicha ley daba una moratoria durante 5 años en el cambio de este símbolo nacional, el plazo finalizo en el año 2006, año en el cual se emitió esta moneda, pero la moneda se aprobó en una ley del año 2005, año en el cual ese símbolo era el correcto, ver link jajaja se ve que a los marxistas les gusta dominar los metales, digno de un signo leo: http://venciclopedia.com/index.php?title=Moneda_de_1000_Bol%C3%ADvares_de_2005) : anillo exterior dorado, interior plateado.

BsF. 0,50: moneda de color plateado(plata) con el número en su circunferencia y el escudo nacional(que cambiaron aun escudo mas brillante porque le añadieron mas barniz, y le quitaron la opacidad, porque ellos son una alegria muy aparente, pero en realizada son unos vividores).

BsF 0,25: moneda plateada con el número en su totalidad y el escudo nacional(similart)

BsF 0,125: moneda plateada, exhibe el “12” y ½ junto con el escudo nacional(similar, a mi lo que me extraña es el hexagono en las monedas, es como si tubieran un hechizo, tengo que averiguar sobre los rituales de los babalallos, no me pelo, es algo de hay, pero estudiar esto sera una tesis mas)

BsF. 0,10: moneda plateada con el número “10” y el escudo nacional

BsF 0,05: moneda de color cobrizo con el número “5” y el escudo nacional

BsF. 0,01: moneda de color cobrizo con el número “1”, es la más pequeña de toda(bueno son similares, todas, no hay mucho que decir)


información sacada de la pagina web del gobierno: http://www.minci.gob.ve/noticias/1/16336/presentaron_oficialmente_nuevaamilia.html)

: de Venezuela del año de 1999) y la ley(cualquier ley organica, ley ordinaria, ordenanza o decreto que contrarie estos derechos seran nulos, y no son validos) es nulo(no valido, no se aplica en Venezuela), y los funcionarios públicos(los que pertencen al poder publico nacional, hombres de cualquier ideologia, pero casi la mayoria son marxistas revolucionarios) y funcionarias públicas( que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal( va a ser sometido a juicio en tribunales tarde o temprano, menos mal que el tribunal supremo que se nombro ahorita juramento la constitución asi que ellos tienen que cumplirla), civil(hay papa todo lo que ofrece el articulo 25) y administrativa(de paso le vamos a quitar todo lo que se robaron, no hay que dejarlos escapar del pais, tienen mucho que pagar), según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores( en otras palabras las politicos que esten incurriendo inscontitucionalmente van a ir presos, la justicia les llegara pronto, a menos que cambien de parecer y hagna las cosas bien como dios quiere, hay que aprender a perdonar, o como dicen se van a quedar limpio, porque han comprado de todo propiedades, casas, tiendas, etc, todo por corrupción).



CONCLUSIÓN:
Articulo 25. Garantiza el derecho,deber y obligación a respetar y hacer caso a las garantias constitucionales, si cualquier ley contradice lo que dice el articulo 25 sera anulado, asi que no se como vas a radicalizar el socialismo marxista revolucionario, si esto mas bien da mas democracia, vida, libertad de expresión, etc.


Artículo 26. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, exdtender el link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) tiene derecho( es una obligación, siempre que vayan) de acceso a los órganos de administración de justicia(a ok tienen asceso libre a los magistrados, y los tribunales, y hasta ser televisado por todos los medios, a puerta abierta) para hacer valer sus derechos(cuales derechos:derechos como: los derechos humanos, la democracia, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, el derecho a la protesta, el derecho a una vivienda digna, el derecho a una buena economia, el derecho a un buen servicio basico, el derecho a servicios de lujo, el derecho a la seguridad del pais,el derecho de los penintenciarios a una buena formación en las carceles y el derecho a la vida, el derecho a la propiedad privada, el derecho a la inversión extranjera, el derecho a la inversión por parte de los marxistas revolucionarios que tubieron 11 años en el poder y quienes administran los reales y se quedan con  40 dolares por cada barril de petroleo, que no se que lo hace, el derecho aun salario justo de acuerdo a la condición social y la formación academica, el derecho a la no discriminación y la ideologilación de un proyecto marxistas revolucionario, el derecho a la ideologización de nuestros libertadores Simon Bolivar y otros, El derecho a una buena educación y alimentos, el derecho a respetar el ambiente, el derecho a respectar las normas de calidad, el derecho a la salud, el derecho de cumplir con los tratados,convenios y pactos internacionales que se firmaron en la IV Republica y V republica, el derecho a cuidar la maternidad y los niños venezolanos,el derecho a respetar a la iglesia, el derecho a comprar barata tencologia, a la buena educación privada, derecho a todo todito etc.) garantizados por
esta Constitución(constitución vigente de la Constitución de la Republica(http://es.wikipedia.org/wiki/Republica) Bolivariana(PORQUE ES DE Bolivar, yo no veo en la historia que este que esten los de los billetes de la moneda nacional como(que es una invocación al marxismo revolucionario) e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado(El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social y política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Usualmente, suele adherirse a la definición del Estado, el reconocimiento por parte de la Comunidad internacional.

El concepto de Estado difiere según los autores,[1] pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado como una unidad de carácter institucional que en el interior de un territorio monopoliza para sí el uso de la fuerza legal.[2] Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras como las relaciones exteriores.

Probablemente la definición más clásica de Estado, fue la citada por el jurista alemán Hermann Heller que define al Estado como una "unidad de dominación, independiente en lo exterior e interior, que actúa de modo continuo, con medios de poder propios, y claramente delimitado en lo personal y territorial". Además, el autor define que solo se puede hablar de Estado como una construcción propia de las monarquías absolutas (ver monarquía absoluta) del siglo xv, de la Edad Moderna. "No hay Estado en la Edad Antigua", señala el reconocido autor.[3] Asimismo, como evolución del concepto se ha desarrollado el "Estado de Derecho" por el que se incluyen dentro de la organización estatal aquellas resultantes del imperio de la ley y la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones más sutiles, pero propias del Estado, como la emisión de moneda propia., extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Estado) garantizará una justicia gratuita(escucharon abogado pagado por ellos gratis para que les haga justicia, eso me recuerda al carro que se robaron y matraquearon los militares, la bagoneer, y depaso hay que pagar alla para recurperar eso), accesible( que de facilidad y flexibilida para todos), imparcial(sin ninguna tendencia ideologica al marxismos revolucionario, socialismo del siglo XXI, que bonito es aprender la constitución), idónea(Adecuado, conveniente, extender el link:http://www.wordreference.com/definicion/idonea ), transparente(a través del cual pueden verse los objetos con claridad. , extender link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/transparente), autónoma(viene de autonomia, independencia, sin consultar a nadie, descentralizado, extender conocimiento aqui:http://www.wordreference.com/definicion/transparente ), independiente(Independiente puede referirse a:

    * las siguientes entidades deportivas:
          o Club Atlético Independiente, club de Avellaneda, Argentina;
          o Independiente Medellín, equipo de fútbol de Colombia;
          o Independiente Santa Fe, equipo de fútbol de Colombia;
          o Club Deportivo Independiente de Cauquenes, equipo de fútbol de la ciudad de Cauquenes, Chile;
          o Club Atlético Independiente de Trinidad, equipo de fútbol de Uruguay;
          o Club Sportivo Independiente Rivadavia, equipo de fútbol de Mendoza, Argentina;
          o Club Atlético Independiente de Neuquén, equipo de fútbol de Neuquén, Argentina;
          o Club Atlético Independiente de Chivilcoy, equipo de fútbol de Chivilcoy, Argentina;
          o Club Independiente de Tandil, equipo de fútbol de Tandil, Argentina;
          o Independiente Rugby Club, equipo de rugby de Santander (Cantabria), España.

    * en política:
          o El término independencia.

    * en música:
          o Independiente, álbum de la banda japonesa Dragon Ash.

    * en matemáticas y epistemología:
          o Variable independiente.

    * en lógica matemática:
          o Indecidibilidad.

    * en ciclismo:
          o Independiente, una categoría desaparecida.

    * en periodismo:
          o El Independiente, periódico español que existió desde 1989 hasta 1991.
, me imagino que se refiere al de independiente de politica, veamos el significado: La independencia es la situación de un país o nación que no está sometido a la autoridad de otro.

Como concepto político apareció con la Declaración de Independencia de los Estados Unidos en 1776[1] como respuesta al colonialismo europeo y se extendió con las declaraciones de independencia de los países latinoamericanos dependientes del Imperio español en la Guerra de Independencia Hispanoamericana (1809-1824). Más adelante el concepto se relacionó estrechamente con el principio de no intervención y el derecho de autodeterminación de los pueblos.

La independencia se distingue de la autonomía. La autonomía es un régimen de descentralización del poder, en el cual ciertos territorios o comunidades integrantes de un país, gozan de algunas facultades ejecutivas, legislativas y judiciales, en ciertas materias, o competencias, que quedan así fuera del alcance del gobierno central. Si quieren extender el link miren aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Independencia), responsable( lo contrario a ser irreponsable verdad, no hay que explicar mucho aqui), equitativa( de igualdad social para todas las clases) y expedita(Concluir un asunto: pueden extender link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/expedita), sin dilaciones(Retraso o demora de algo por un tiempo(yabayabaduuuuu, Pedro picapiedara es Hugoa CHavez, cuanto tiempo lleva los presos politicos y demas que son la oposición , cuanto años llevan, pobre los que se jubilaron del tribunal supremo de justicia, porque para ya le vamos, prisipon a todos los magistrados, extender el link: marxistas revolucionarios, socialistas; extender el siguiente significado, y asi es en los paises oficialistas, Presidenta de Argentina, Ecuador, y los que pertenecen al ALba, preocupense, y tambien CHina y Rusia, y quien mas a Bioloruisia, y cualquiera que dea de dictadura, esta constitución es el mar de la felicidad eterna, vayamos al paraiso; extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/dilaciones) indebidas(es sinonimo que se injusto, sin justicia, vaya que si tendran trabajo estas vacaciones, porque estare aqui hasta el infinito), sin formalismos(Rigurosa aplicación y observancia de las formas o normas, extender el link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/formalismos) o reposiciones(Colocación de algo o alguien en el lugar que ocupaba, reemplazo, pueden extender conocimiento aqui: http://www.wordreference.com/definicion/reposici%C3%B3n) inútiles(que es inutil, lo contrario a util, ver significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/reposici%C3%B3n).

Hubo un parrafo que olvide que era este: incluso los colectivos( la colectividad, bueno seran todas las clases sociales) o difusos(Impreciso, borroso, poco claro, me imagino que se refiere que a la gente humilde, pobre que no conoce nada de esto, tambien tiene derechos,hasta los ladrones, malandros, narcotraficantes, etc. Ver el siguiente link: http://www.wordreference.com/definicion/difusos); a la tutela( es como de tutor, el que te ayuda hacer la tesis, eso me acuerda a una tutora tan pero tan chebre creo que se llama Lisbet manganiello y otra mas que se llama Liset Solano) efectiva de los mismos y a obtener con prontitud( es de cercania , sin esperan casi de inmediato) la decisión correspondiente( la toma de decisión mas adecuada.



CONCLUSIÓN:
Articulo 26. Brinda justicia gratis sin pagar nada, solo tiene que ir a reclamar en los magistrados, rapidita, imparcial, sin demoras, y sin ninguna imparcialidad politica al marxismo revolucionario, menos mal que yo soy democrata, nada de ideologia politicas.

Artículo 27 °
Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, extender significado aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Persona ) tiene derecho(Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor,  extender link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/derecho) a ser amparada(Favorecer, proteger, otros significados como:Valerse del favor o protección de alguien o algo.) por los tribunales(Según su composición

    * Tribunales unipersonales: son aquellos cuyas resoluciones son dictadas por un solo juez. Se llaman juzgados.

    * Tribunales colegiados: son aquellos que resuelven con pluralidad de jueces. Son denominados propiamente tribunales y, en ocasiones, cortes.

Lo esencial de esta clasificación no es el número de jueces que conforman los tribunales, sino el número de jueces que resuelven el asunto controvertido.
Según su naturaleza

    * Tribunales ordinarios: son aquellos a los cuales les corresponde el conocimiento de todos los asuntos que se promueven en el respectivo país, cualquiera que sea la naturaleza o la calidad de las personas que en ellos intervienen, salvo las excepciones legales.

    * Tribunales especiales: son aquellos establecidos por la Constitución o las leyes para juzgar determinadas personas o para resolver ciertas materias que, por circunstancias particulares gozan, de este privilegio. Su carácter especial no altera su función como órgano jurisdiccional ni su integración por jueces.

    * Tribunales arbitrales: son aquellos constituidos por jueces árbitros, es decir, por miembros que no son funcionarios públicos y son remunerados y elegidos por las partes a quienes prestan sus servicios.

Según la fase del procedimiento en que intervienen

    * Tribunales de instrucción: son aquellos a los cuales les corresponde todas las actuaciones preparatorias del juicio, generalmente de investigación criminal. Sin embargo en la mayoría de países occidentales esta función es ejercida por el Ministerio Público o Fiscalía, la cual en carece de poderes jurisdiccionales. Por eso se ha sostenido que esta clasificación es un tanto anacrónica.

    * Tribunales sentenciadores: son aquellos que reciben la actuación probatoria, provenientes de los tribunales instructores, estando encargados de dictar sentencia en tales asuntos.

Según su jerarquía

    * Tribunales inferiores: son aquellos que, en la respectiva organización jerárquica y piramidal de los sistemas judiciales, ocupan el grado inferior. Esta clasificación se hace desde un punto de vista administrativo y no atendiendo al ejercicio de la función jurisdiccional. Generalmente son tribunales unipersonales.

    * Tribunales superiores: son aquellos que, en la respectiva organización judicial, ocupan el grado superior. Por lo general, son tribunales colegiados y sus integrantes son llamados ministros o magistrados.

Según la extensión de su competencia

    * Tribunales de competencia común o mixtos: son aquellos tribunales que tienen competencia para conocer de toda clase de asuntos o para conocer de una materia y, además, de otros asuntos de competencia especial a falta o inexistencia, en el respectivo territorio jurisdiccional, de un tribunal con esa competencia. Los tribunales superiores son. generalmente, de competencia común.

    * Tribunales de competencia especial: son aquellos que tienen competencia de ciertos asuntos con exclusión de otros.

Según la instancia en que conocen

    * Tribunal de única instancia.
    * Tribunal de primera instancia.
    * Tribunal de segunda instancia o tribunal de apelación.
, ver enlace aqui; Si alguien que no conozca una palabra puede buscarla en el diccionario o darle click en el enlace de la palabra parta profundizar, el enlace es aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunales ) en el goce(Acción y resultado de gozar o disfrutar, sentimiento de placer:extender significado aqui:http://www.wordreference.com/definicion/goce) y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales(recordemos que estas son:la democracia, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, el derecho a la protesta, el derecho a una vivienda digna, el derecho a una buena economia, el derecho a un buen servicio basico, el derecho a servicios de lujo, el derecho a la seguridad del pais,el derecho de los penintenciarios a una buena formación en las carceles y el derecho a la vida, el derecho a la propiedad privada, el derecho a la inversión extranjera, el derecho a la inversión por parte de los marxistas revolucionarios que tubieron 11 años en el poder y quienes administran los reales y se quedan con  40 dolares por cada barril de petroleo, que no se que lo hace, el derecho aun salario justo de acuerdo a la condición social y la formación academica, el derecho a la no discriminación y la ideologilación de un proyecto marxistas revolucionario, el derecho a la ideologización de nuestros libertadores Simon Bolivar y otros, El derecho a una buena educación y alimentos, el derecho a respetar el ambiente, el derecho a respectar las normas de calidad, el derecho a la salud, el derecho de cumplir con los tratados,convenios y pactos internacionales que se firmaron en la IV Republica y V republica, el derecho a cuidar la maternidad y los niños venezolanos,el derecho a respetar a la iglesia, el derecho a comprar barata tencnologia, a la buena educación privada, derecho a todo todito etc.), aun de aquellos inherentes(Que por su naturaleza está inseparablemente unido a algo, extender significados  aqui: http://www.wordreference.com/definicion/%20inherentes) a la persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
) que no figuren expresamente en esta Constitución(se refiere de la copnstitución de la Republica Bolivariana de Venezuela  vigente de 1999) o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos(estos son: Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación. Y Existe un importante debate sobre el origen cultural de los derechos humanos. Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura occidental moderna, pero existen al menos dos posturas principales más.[12] Algunos afirman que todas las culturas poseen visiones de dignidad que se plasman en forma de derechos humanos, y hacen referencia a proclamaciones como la Carta de Mandén, de 1222, declaración fundacional del Imperio de Malí. No obstante, ni en japonés[13] ni en sánscrito clásico,[14] por ejemplo, existió el término derecho hasta que se produjeron contactos con la cultura occidental, ya que estas culturas han puesto tradicionalmente el acento en los deberes. Existen también quienes consideran que Occidente no ha creado la idea ni el concepto de derechos humanos, aunque sí una manera concreta de sistematizarlos, una discusión progresiva y el proyecto de una filosofía de los derechos humanos.[15]

Las teorías que defienden la universalidad de los derechos humanos se suelen contraponer al relativismo cultural, que afirma la validez de todos los sistemas culturales y la imposibilidad de cualquier valoración absoluta desde un marco externo, que en este caso serían los derechos humanos universales. Entre estas dos posturas extremas se sitúa una gama de posiciones intermedias. Muchas declaraciones de derechos humanos emitidas por organizaciones internacionales regionales ponen un acento mayor o menor en el aspecto cultural y dan más importancia a determinados derechos de acuerdo con su trayectoria histórica. La Organización para la Unidad Africana proclamó en 1981 la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que recogía principios de la Declaración Universal de 1948 y añadía otros que tradicionalmente se habían negado en África, como el derecho de libre determinación o el deber de los Estados de eliminar todas las formas de explotación económica extranjera. Más tarde, los Estados africanos que acordaron la Declaración de Túnez, el 6 de noviembre de 1993, afirmaron que no puede prescribirse un modelo determinado a nivel universal, ya que no pueden desatenderse las realidades históricas y culturales de cada nación y las tradiciones, normas y valores de cada pueblo.[16] En una línea similar se pronuncian la Declaración de Bangkok, emitida por países asiáticos el 23 de abril de 1993, y de El Cairo, firmada por la Organización de la Conferencia Islámica el 5 de agosto de 1990.[17]

También la visión occidental-capitalista de los derechos humanos, centrada en los derechos civiles y políticos se opuso a menudo durante la Guerra Fría, destacablemente en el seno de Naciones Unidas, a la del bloque socialista, que privilegiaba los derechos económicos, sociales y culturales y la satisfacción de las necesidades humanas básicas.
[editar] Evolución histórica

Muchos filósofos e historiadores del Derecho consideran que no puede hablarse de derechos humanos hasta la modernidad en Occidente. Hasta entonces, las normas de la comunidad, concebidas en relación con el orden cósmico, no dejaban espacio para el ser humano como sujeto singular,[18] concibiéndose el derecho primariamente como el orden objetivo de la sociedad. La sociedad estamental tenía su centro en grupos como la familia, el linaje o las corporaciones profesionales o laborales,[19] lo que implica que no se concebían facultades propias del ser humano en cuanto que tal, facultades de exigir o reclamar algo. Por el contrario, todo poder atribuido al individuo derivaba de un doble status: el del sujeto en el seno de la familia y el de ésta en la sociedad. Fuera del status no había derechos.[20]

La existencia de los derechos subjetivos, tal y como se piensan en la actualidad, fue objeto de debate durante los siglos XVI, XVII y XVIII.[21] Habitualmente se dice que los derechos humanos son producto de la afirmación progresiva de la individualidad[22] y, de acuerdo con ello, que la idea de derechos del hombre apareció por primera vez durante la lucha burguesa contra el sistema del Antiguo Régimen.[23] Siendo ésta la consideración más extendida, otros autores consideran que los derechos humanos son una constante en la Historia y hunden sus raíces en el mundo clásico.
[editar] Antecedentes remotos
Del Cilindro de Ciro se ha dicho que es la primera declaración de derechos humanos.

Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro el Grande tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. Fue descubierto en 1879 y la ONU lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también Hammurabi de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso se lo ha descrito como la primera declaración de derechos humanos.[24] Numerosos historiadores, sin embargo, consideran que el término es ajeno a ese contexto histórico.
La Carta Magna, Magna Carta Libertatum de 1215

Documentos medievales y modernos, como la Carta Magna inglesa, de 1215, y la mandinga Carta de Mandén, de 1222, se han asociado también a los derechos humanos. En contra de esta idea, José Ramón Narváez Hernández afirma que la Carta Magna no puede considerarse una declaración de derechos humanos, ya que en esta época existen derechos pero sólo entre iguales, y no con carácter universal:[25] no se predica la igualdad formal de todos los seres humanos. Lo mismo sucedía en el Imperio de Malí, cuya constitución oral, la Kouroukan Fouga, refleja cómo la población se estructuraba según su tribu de origen. Estas consideraciones son extrapolables a documentos como la Goldone Bulle de Andreas II en Hungría en 1222; la Confirmatio fororum et libertartum de 1283 y el Privilegio de la Unión de 1287, de Aragón ambos; las Bayerische Freiheitsbriefe und Landesfreiheitserklärungen desde 1311 o la Joyeuse Entrée de Brabante de 1356. En todos estos casos, los derechos y libertades reconocidos pertenecen al ámbito de los pactos entre el monarca y los estamentos del reino:[26] no se trata, en suma, de derechos humanos; sino de derechos corporativos o privilegios.
[editar] Sociedad grecorromana

En la Grecia antigua en ningún momento se llegó a construir una noción de dignidad humana frente a la comunidad que se pudiera articular en forma de derechos, sino que se entendió que las personas pertenecían a la sociedad como partes de un todo y eran los fines de ésta los que prevalecían.[27] La única oposición a la tiranía se sustentaba en la apelación a la Ley divina como opuesta a la norma, como se muestra en el mito de Antígona, plasmado por Sófocles en la obra trágica del mismo nombre.

La sociedad griega se dividía en tres grupos principales: los ciudadanos, los metecos o extranjeros y los esclavos. La esclavitud se consideraba natural,lo que se refleja en la afirmación de Aristóteles, para quien "es evidente que los unos son naturalmente libres y los otros naturalmente esclavos; y que para estos últimos es la esclavitud tan útil como justa".[28] La organización política se estructuraba en polis o ciudades-estado: para los griegos, la sociedad era una consecuencia necesaria de la naturaleza humana. En este contexto, las teorías políticas de Platón y Aristóteles hicieron un gran hincapié en el concepto de bien común. Para Platón, agrupados los hombres en sociedad, ésta se configura en la polis, cuyo bien común se sobrepone al bien particular de los individuos que lo componen. La justicia, a su vez, es la salvaguarda del bien común, y se expresa a través de las leyes, que son los instrumentos que permiten la consecución del bien colectivo e individual.[29] No obstante, en su afán por alcanzar una sociedad perfecta, Platón llegó a recomendar dar muerte a los recién nacidos deformes o enclenques, y matar o desterrar a los insociables.[30]

Aristóteles también consideraba que el hombre era un ser social y que no podía realizarse fuera de la familia y la sociedad, por lo que también subordinaba el bien individual al bien común. Además, al definir la ciudad como una comunidad de ciudadanos libres,[31] redujo el bien común al bien de un grupo social determinado[32] que excluye a las mujeres, los extranjeros, los obreros y los esclavos. Sobre esta visión se sustenta la idea aristotélica de la justicia que afirma que «es tan justa la igualdad entre iguales como la desigualdad entre desiguales».[33]

Ya en la decadencia de la cultura griega, conquistada la Hélade por Roma, se extendieron filosofías que ponían el acento en la búsqueda de la felicidad individual: entre ellos, el epicureísmo y el estoicismo. El estoicismo consideraba la razón humana como parte de un logos divino, lo que contribuyó a concebir al hombre como miembro de una familia universal más allá de la polis. Séneca, Epicteto, Marco Aurelio o Cicerón fueron algunos de los que extendieron la filosofía estoica por el mundo latino.
[editar] Influencia del cristianismo

La filosofía estoica, difundida en la sociedad grecorromana, concibió la idea de cosmopolitismo, a la que el cristianismo dio un sentido más espiritual[34] para afirmar la igualdad de los hombres en tanto que ciudadanos del Reino de Dios[35] y su dignidad; no obstante, según Luis de Sebastián, para los teólogos cristianos medievales la igualdad teológica era compatible con la desigualdad social: las personas nacían con un estatus social que, de acuerdo con los designios divinos, era el más adecuado para su salvación.[36]

El cristianismo, derivado de la religión judía, heredó de ella, entre otras, la tradición del mišpat, un concepto jurídico de rica amplitud semántica. Indica las decisiones judiciales y el juicio legal justo; en relación con el Derecho, aquél que se manifiesta en la defensa de los pobres y oprimidos y que se vincula a su vez con los bienes mesiánicos que se esperan.[37] Dado que, hasta la modernidad, el término derecho se atribuía principalmente a "lo justo" como orden objetivo, en el pensamiento cristiano antiguo o medieval no existió una referencia explícita a los derechos humanos; pero sí un reconocimiento de exigencias de justicia que descendían de esta tradición judía. Por ejemplo, el Nuevo Testamento contiene enseñanzas contra la injusticia, el homicidio, el robo, la calumnia o el egoísmo en el uso de los bienes. En la Epístola de Santiago, el apóstol denunció a los empleadores que no pagan a sus empleados sus justos salarios.[38] El cristianismo fue gradualmente derramando su doctrina en el derecho romano, mejorando la situación de los esclavos, de los hijos y de las mujeres, cuyo estatus en la subcultura cristiana era mucho más alto que en la grecorromana.[39] En el plano económico, condenó la usura y la explotación, estableciendo las bases de la doctrina del justo precio.

Tales ideas fueron desarrolladas por los Padres de la Iglesia, proclamando un sentido social y limitado de la propiedad y de la ley. Pero fue Tomás de Aquino quien asentó las bases del orden jurídico medieval, retomando ideas de Aristóteles y Agustín de Hipona y afirmando que existe, además del derecho positivo determinado y establecido por los hombres, un derecho natural, propio de la criatura racional, que ningún hombre ni ningún gobierno puede desconocer.

La doctrina cristiana postulaba la existencia de dos reinos, el temporal y el espiritual, siguiendo la distinción hecha por Jesús de Nazaret («Dad al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios»). Ante el problema de la conciliación de los intereses individuales y los sociales, Tomás de Aquino afirmó en su obra Summa Theologiae que si existía un conflicto entre lo social y lo individual en el seno del mundo material, debía prevalecer el bien común. Pero, por el contrario, si el conflicto afectaba a la esfera íntima del ser humano y a su salvación, en ese caso prevalecería el bien del hombre frente al de la sociedad.[40] En este ámbito, de existir un conflicto patente entre el Derecho positivo y el Derecho natural, del pensamiento tomista se desprende la existencia de un derecho de resistencia contra el arbitrio de los gobernantes.[41]
[editar] Conformación del concepto

La idea del derecho subjetivo, básica para concebir los derechos humanos, fue anticipada en la baja Edad Media por Guillermo de Ockham, que introdujo el concepto de ius fori o potestad humana de reivindicar una cosa como propia en juicio. La escolástica española insistió en esta visión subjetiva del Derecho durante los siglos XVI y XVII: Luis de Molina, Domingo de Soto o Francisco Suárez, miembros de la Escuela de Salamanca, definieron el derecho como un poder moral sobre lo propio.[42] Aunque mantuvieron al mismo tiempo la idea de Derecho como un orden objetivo, enunciaron que son ciertos derechos naturales y aludieron tanto a derechos relativos al cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad) como al espíritu (derecho a la libertad de pensamiento, a la dignidad). El jurista Vázquez de Menchaca, partiendo de una filosofía individualista, fue decisivo en la difusión del término iura naturalia. Este pensamiento iusnaturalista se vio auspiciado por el contacto con las civilizaciones americanas y el debate producido en Castilla sobre los justos títulos de la conquista y, en particular, la naturaleza de los indígenas. En la colonización castellana de América, se suele afirmar, se aplicaron medidas en las que están presentes los gérmenes de la idea de derechos humanos. No obstante, algunos critican que, en la práctica, estas medidas fueron formuladas para lograr objetivos de colonización.[21] El pensamiento de la Escuela de Salamanca, especialmente mediante Francisco Suárez y Gabriel Vázquez, contribuyó también al impulso del iusnaturalismo europeo a través de Hugo Grocio.[43]

Durante la Revolución inglesa, la burguesía consiguió satisfacer sus exigencias de tener alguna clase de seguridad contra los abusos de la corona y limitó el poder de los reyes sobre sus súbditos. Habiendo proclamado la Ley de Habeas corpus en 1679, en 1689 el Parlamento impuso a Guillermo III de Inglaterra en la Bill of Rights una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir. Se cerró así el paso a la restauración de la monarquía absoluta, que se basaba en la pretensión de la corona inglesa de que su derecho era de designio divino.[44] Según Antonio Fernández-Galiano y Benito de Castro Cid, la Bill of Rights puede considerarse una declaración de derechos, pero no de derechos humanos, puesto que los mismos se reconocen con alcance nacional y no se consideran propios todo hombre.[45]

Durante los siglos XVII y XVIII, diversos filósofos europeos desarrollaron el concepto de derechos naturales. De entre ellos cabe destacar a John Locke, cuyas ideas fueron muy importantes para el desarrollo de la noción moderna de derechos. Los derechos naturales, para Locke, no dependían de la ciudadanía ni las leyes de un Estado, ni estaban necesariamente limitadas a un grupo étnico, cultural o religioso en particular. La teoría del contrato social, de acuerdo con sus tres principales formuladores, el ya citado Locke, Thomas Hobbes y Jean-Jacques Rousseau, se basa en que los derechos del individuo son naturales y que, en el estado de naturaleza, todos los hombres son titulares de todos los derechos.[46] Estas nociones se plasmaron en las declaraciones de derechos de finales del siglo XVIII.

La causa directa del nacimiento de los derechos humanos, desde una perspectiva sociológica, ha sido también un importante objeto de debate. Por una parte, Georg Jellinek ha defendido que los derechos humanos estaban directamente dirigidos a permitir el ejercicio de la libertad religiosa; por otra, Karl Marx afirmó que se deben a la pretensión de la burguesía de garantizar el derecho de propiedad. Max Weber, en su obra La ética protestante y el espíritu del capitalismo, afirma que existiría una conexión entre la ética individualista en que se basaron los derechos humanos y el surgimiento del capitalismo moderno.[47]
[editar] Revoluciones burguesas y positivación de los derechos humanos
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, adoptada por la Asamblea Nacional francesa el 26 de agosto de 1789.

Las distintas culminaciones de la Revolución Estadounidense y la Revolución francesa, hitos fundamentales del efectivo paso a la Edad Contemporánea, representan el fin o el principio, según se quiera ver, del complejo proceso de reconocimiento o creación de los derechos humanos. Si las revoluciones son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, las diversas actas de nacimiento lo constituyen las declaraciones de derechos de las colonias estadounidenses, en especial la Declaración de Derechos de Virginia de 1776, considerada la primera declaración moderna de derechos humanos, y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa de 1789, influenciada por la anterior. Estas declaraciones, fundamentadas en el iusnaturalismo racionalista, suponen la conversión del derecho subjetivo en centro del orden jurídico, y a aquél se supedita el Derecho como orden social.[48]

Fruto de este influjo iusnaturalista, los derechos reconocidos tienen vocación de traspasar las fronteras nacionales y se consideran "derechos de los hombres".[45] Aunque el primer uso constatado de la expresión "derechos del hombre" (iura hominum) se produjo ya en 1537, en un texto de Volmerus titulado Historia diplomática rerum ataviarum,[18] la denominación no se popularizó entre la doctrina hasta finales del siglo XVIII, con la obra de Thomas Paine The Rights of Man (1791-1792).[49] Según se plasmó en las Declaraciones, tanto los revolucionarios franceses como los estadounidenses consideraban que estos derechos eran inalienables e inherentes a la naturaleza humana, incluso verdades "evidentes" según la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Pese a ello, decidieron recogerlos en declaraciones públicas, lo que se justifica por motivos jurídicos y políticos. En lo primero, debe tenerse en cuenta que para el iluminismo revolucionario la Constitución es la que garantiza los derechos y libertades, lo que explica la formulación positiva de los mismos.[50] En lo segundo, se pretendía facilitar la salvaguarda del libre desarrollo del individuo en la sociedad frente a la arbitrariedad del poder:[51] ya el Preámbulo de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano afirmó expresamente que "la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos".[52]

La primera declaración de derechos del hombre de la época moderna es la Declaración de Derechos de Virginia, escrita por George Mason y proclamada por la Convención de Virginia el 12 de junio de 1776. En gran medida influyó a Thomas Jefferson para la declaración de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, de 4 de julio de 1776, a las otras colonias de América del Norte y a la Asamblea Nacional francesa en su declaración de 1789.
[editar] Nuevas demandas e internacionalización de los derechos

La noción de derechos humanos recogida en las Declaraciones, basada en la ideología burguesa del individualismo filosófico y el liberalismo económico,[53] no experimentó grandes cambios a lo largo del siglo siguiente hasta que, ante las pésimas condiciones de vida de las masas obreras, surgieron movimientos sindicales y luchas obreras que articularon sus demandas en forma de nuevos derechos que pretendían dar solución a ciertos problemas sociales a través de la intervención del Estado, como la garantía del derecho de huelga, unas condiciones mínimas de trabajo o la prohibición o regulación del trabajo infantil. Desde la primera mitad del siglo XIX se había desarrollado una nueva filosofía social que se manifestó en el socialismo utópico, el reformismo de la Escuela Católica Social, la socialdemocracia, el anarquismo o el socialismo científico.[54] En esta nueva fase fueron muy importantes la Revolución rusa o la Revolución mexicana.

Además de las luchas obreras, a lo largo de la edad contemporánea los movimientos por el sufragio femenino consiguieron para muchas mujeres el derecho de voto; movimientos de liberación nacional consiguieron librarse del dominio de las potencias coloniales; y triunfaron diversas reivindicaciones de minorías raciales o religiosas oprimidas, movimientos por los derechos civiles o movimientos de políticas de identidad que defienden la autodeterminación cultural de colectivos humanos.
Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos en español

El siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los derechos humanos al Derecho internacional. Si a principios del siglo se afirmaba que esta rama del Derecho sólo regulaba las relaciones entre Estados y excluía a los particulares, el cambio fue rápido y tras la Segunda Guerra Mundial, según Juan Antonio Carrillo Salcedo, los derechos humanos podían considerarse un principio constitucional del Derecho internacional contemporáneo.[55] Es especialmente desde el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas, en 1945, cuando el concepto de derechos humanos se ha universalizado y alcanzado la gran importancia que tiene en la cultura jurídica internacional. El 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional que surgía tras el armisticio.

Posteriormente se han aprobado numerosos tratados internacionales sobre la materia, entre los que destacan los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales), y se han creado diversos dispositivos para su promoción y garantía.
[editar] Naturaleza y fundamento

Norberto Bobbio afirma la imposibilidad de encontrar un fundamento absoluto a los derechos humanos y alega para ello cuatro razones. Primera, la ausencia de un concepto inequívoco y claro de los mismos; segunda, su variabilidad en el tiempo; tercera, su heterogeneidad; y, cuarta, las antinomias y conflictos que existen entre distintos derechos, como entre los civiles y políticos, por un lado, y los sociales y culturales, por otro. En el Coloquio del Instituto Internacional de Filosófía celebrado en L'Aquila en 1964, Bobbio propuso sustituir la búsqueda de un imposible fundamento absoluto por el estudio de las diversas fundamentaciones posibles que las ciencias sociales avalaban.[56] Y, en cualquier caso, para el jurista italiano, el problema básico relativo a los derechos humanos no es su fundamentación, sino su puesta en práctica y protección.[57] Pero son muchos los juristas y filósofos que no comparten esta creencia sino que, por el contrario, la fundamentación de los derechos humanos ha sido y es objeto de gran interés a lo largo del tiempo, y la mayoría considera que es una labor teórica con gran incidencia en la práctica.[58]

Cada una de las numerosas teorías que los pensadores han desarrollado está influida por la Filosofía dominante en el momento histórico en que se gestó y parte de muy diferentes cosmovisiones y concepciones del ser humano, al que atribuyen o niegan determinadas características inmanentes.[59] Para algunos, el eje de los derechos humanos es una serie de derechos concretos (según Herbert Hart, el derecho a la libertad; atendiendo a John Rawls, determinados derechos fundamentales que corresponden a unos deberes fundamentales; de acuerdo con Ronald Dworkin, el derecho a la igualdad ante la ley);[60] para otros, los derechos humanos son la traducción normativa de una serie de valores, aprehendidos de la realidad o construidos socialmente. Un tercer grupo considera que los derechos humanos son criterios o límites a los que debe adecuarse la actividad de los poderes públicos o el mercado, tesis defendida tanto desde una axiología iusnaturalista (Luis Recasens Siches)[61] como desde un iuspositivismo crítico (Luigi Ferrajoli).[62] Finalmente, diversas teorías sostienen que los derechos humanos son la codificación de la conducta moral que, de acuerdo con David Hume, es un producto social y humano que se desarrolla en un proceso de evolución biológica y social. Las teorías sociológicas del Derecho y los trabajos de Max Weber consideran que la conducta se desarrolla como un patrón sociológico de fijación de normas.

En cuanto a su fundamentación, según qué tipo de concepción se tenga sobre el Derecho –iusnaturalista, iusracionalista, iuspositivista, vinculada al realismo jurídico o al dualismo jurídico, entre otras– la categoría conceptual de derechos humanos puede considerarse derivada de la divinidad, observable en la naturaleza, asequible a través de la razón, determinada por los contextos en las muchas maneras que es posible entender la Historia, una síntesis de ideas de éstas u otras posiciones ideológicas y filosóficas o un mero concepto inexistente y sin validez.
[editar] Iusnaturalismo
La Libertad guiando al pueblo, por Eugène Delacroix (1830). Los derechos humanos entendidos como derechos naturales inspiraron las revoluciones burguesas de los siglos XVIII y XIX.

Son tesis iusnaturalistas las que afirman la existencia del Derecho natural. Aunque en cada época se ha entendido este concepto de manera diferente, todas estas doctrinas coinciden en afirmar la existencia de una juricidad previa y fundamentadora del Derecho positivo: la positivación, por lo tanto, se limitaría a declarar derechos ya existentes. En las declaraciones de derechos del siglo XVIII se refleja esta concepción, y el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos", lo que es considerado por juristas como Hans Kelsen una clara manifestación de la doctrina del iusnaturalismo.[63]

Algunas teorías iusnaturalistas afirman que los derechos humanos se basan en aspectos biológicos, tales como la conveniencia para la supervivencia de la especie, en el contexto de la selección natural, de una conducta basada en la empatía y el altruismo. Otras los sustentan en el orden moral natural tal y como se deriva de determinados preceptos religiosos. Consideran que la conducta moral es un conjunto de prescripciones objetivamente válidas y apelan a textos como la Biblia o el Corán. Frente a éstas, desde el siglo XVII, con Hugo Grocio, ha cobrado fuerza el iusnaturalismo racionalista, de la mano de autores que se desvinculan progresivamente de la idea de Dios,[64] si bien existen en la actualidad diversas fundamentaciones iusnaturalistas de carácter o inspiración religiosa. Entre ellas se encuentra la Doctrina Social de la Iglesia, que retoma las ideas de los Padres de la Iglesia y Tomás de Aquino. Llegar a lo realmente humano es una de las críticas principales de las ponencias de Juan Pablo II en su enciclica "Humanae vitae". La vida es un sentir desde una divinidad al bien común expreso en la realidad cristiana, desde la moralidad del bienestar.

Según la Doctrina Social de la Iglesia, el fundamento sólido o inmediato de los derechos se encuentra en la ley natural, la norma -de derecho natural- que es fuente equilibrada de derechos y deberes de cada uno; a su vez, su fundamento último es Dios mismo: el orden con que Dios gobierna el universo recibe el nombre de ley eterna, del que la ley natural es una participación o derivación. Los derechos humanos son objetivos en tanto que no dependen de la subjetividad de quien es su titular o está obligado por ellos. Por tanto, no quedan sujetos a los estados de ánimo, las opiniones o la voluntad de nadie; tampoco el consenso, ni siquiera de la mayoría. Para la Iglesia Católica, además, otra característica de los derechos humanos es su sociabilidad: siendo el hombre naturalmente social, existen derechos naturales de la persona en cuanto individuo, pero también en tanto miembro de diversos grupos sociales naturales; es decir, derechos naturales de la familia, de las asociaciones o de las naciones. Por la misma razón, los derechos se ordenan al bien común y están constitutivamente limitados. Concretando más en cuanto su precisión y limitación, los derechos humanos remiten a lo justo concreto, por lo que no significan el reconocimiento de una libertad para realizar cualquier cosa, en cualquier momento o de cualquier manera.[65]

Uno de los teóricos de derechos humanos más relevantes e influyentes fue John Locke, que elevó la defensa de los derechos naturales a la categoría de principio fundamental de legitimación del gobierno y fin básico de la sociedad civil. Locke basó sus ideas en el concepto de propiedad, que utilizó en un sentido amplio y en un sentido restringido. En sentido amplio, se refiere a un amplio conjunto de intereses y aspiraciones humanas; más restricitivamente, alude a los bienes materiales. Locke afirmó que la propiedad es un derecho natural y que se deriva del trabajo. Además, dijo que la propiedad precede al Estado y que éste no puede disponer de la propiedad de los sujetos arbitrariamente. De acuerdo con Locke, negar el derecho de propiedad es negar los derechos humanos. El filósofo británico tuvo una gran influencia en el Reino Unido y fue decisivo en la filosofía en que se basó la fundación de Estados Unidos.

Algunos filósofos han considerado que los derechos humanos se derivan de un derecho o valor fundamental determinado. Para muchos autores,[66] entre los que se encuentra Samuel Pufendorf,[67] el sistema de derechos naturales del hombre se deriva de su dignidad; otros, como Hegel o Kant, afirmaron que la libertad es fundamento de los derechos humanos y, al mismo tiempo, el principal de éstos. Kant representó la culminación de un proceso encaminado a depurar las teorías iusnaturalistas de elementos históricos o empíricos, al fundamentar su teoría del Derecho natural en principios a priori, entendidos como exigencias de la razón práctica.

En la segunda mitad del siglo XX, y tras su decadencia en favor de las ideas iuspositivistas, el Derecho natural resurgió con fuerza con multitud de teorías muy diversas. De ellas, algunas mantienen una fundamentación objetivista de los derechos humanos, en tanto que afirman la existencia de un orden de valores o principios con validez objetiva y universal, independiente de los individuos. Otras, las subjetivistas, sitúan a la autonomía humana como fuente de todos los valores; basan los derechos humanos en la autoconsciencia racional de la dignidad, libertad e igualdad humanas.[68] Finalmente, las llamadas tesis intersubjetivistas, que surgen de un intento de síntesis entre las dos tendencias anteriores, consideran los derechos humanos como valores radicados en necesidades comunes y por lo tanto intrínsecamente comunicables.
[editar] Iuspositivismo

Las tesis positivistas se oponen frontalmente a las iusnaturalistas, ya que consideran que el único conjunto de normas que tiene carácter jurídico es el Derecho positivo.[69] Afirman, por tanto, que la positivización tiene carácter constitutivo, al negar la juridicidad del Derecho natural o incluso su existencia. John Austin consideró que los derechos humanos forman parte de las normas sociales que influyen en el Derecho, pero no son Derecho:[70] para muchos positivistas, los derechos humanos son ideas morales, pero sin valor jurídico por sí mismas. Para que tengan dicho valor, deben incorporarse al ordenamiento jurídico: las leyes son la formulación jurídica de la voluntad soberana del pueblo y obligan a su cumplimiento. No es necesario ni procedente acudir a otro sustento que el legal.

La creciente aceptación del iuspositivismo a lo largo del siglo XIX produjo un arrinconamiento del Derecho natural y motivó la plasmación de los derechos humanos, como derechos fundamentales, en las Constituciones de los países occidentales.[71] El proceso se apoyó en la categoría de los derechos públicos subjetivos, que surgió como alternativa a la de derechos naturales, que los iuspositivistas consideraban de carácter ideológica. La teoría de los derechos públicos objetivos reconocía la personalidad jurídica del Estado, que adquiría así la titularidad de derechos y deberes.[72] Tras el ascenso de regímenes totalitarios en los años 1920 y 1930 y la Segunda Guerra Mundial se produjo un resurgimiento del iusnaturalismo que hizo que autores como Hans Kelsen, Alf Ross, Herbert Hart y Norberto Bobbio reaccionaran clarificarando los conceptos fundamentales de las teorías positivistas. Ello provocó una diversificación del iuspositivismo que produjo tesis a veces incompatibles entre sí.[73]

Algunas de estas tesis recientes dan cabida a la defensa de los derechos humanos. Una de ellas es la teoría dualista de los derechos, formulada por Gregorio Peces-Barba y muy similar a la articulada por Eusebio Fernández, que incorpora algunos elementos propios del iusnaturalismo, en tanto que sólo los derechos con un fundamento moral son fundamentales; pero al mismo tiempo considera que la positivación es requisito necesario para que un derecho humano lo sea. Por lo tanto, concibe los derechos como la encrucijada entre lo jurídico y lo ético; y como traducción normativa de los valores de dignidad, libertad e igualdad, al tiempo que legitimadores de los poderes públicos.[74] La teoría del garantismo jurídico, defendida por Luigi Ferrajoli, afirma que el Estado de Derecho posee una legitimación formal y otra material. La legitimación formal hace referencia al imperio de la ley; la material, a la vinculación de todos los poderes del Estado a la satisfación de los derechos fundamentales,[75] de los cuales, según el jurista italiano, los derechos humanos son una subclase.

Ambas teorías superan un iuspositivismo puramente formal y, ciñiéndose a los mecanismos internos del ordenamiento jurídico, aportan criterios materiales para garantizar la estabilización del orden jurídico y la garantía de los derechos fundamentales. Maria de Lourdes Souza considera que es importante considerar su contexto: el garantismo, que se basa en el Estado de Derecho, surge en un contexto socio-jurídico democrático que, aunque presenta tendencias regresivas, es más o menos igualitario y justo.[76] De la misma manera, el dualismo jurídico se inserta dentro de un marco jurídico-político determinado, el del Estado social y democrático de Derecho.[74]
[editar] Tesis realistas

Las tesis realistas pueden definirse como aquellas para las que la positivación es un requisito más, junto con otros, que influye en la efectividad de los derechos humanos. Engloba un conjunto de posiciones doctrinales muy diverso y heterogéneo, que afirman que es la práctica de las personas los que dotan de significación a los derechos humanos.[77] Critican la concepción ideal que de éstos tiene el iusnaturalismo, así como la puramente formal del iuspositivismo, afirmando que ambas corrientes son excesivamente abstractas y no tienen en cuenta las condiciones económicas y sociales de las que depende el efectivo disfrute de los derechos. Con carácter general, las tesis realistas insisten en alguno de los siguientes ámbitos: en el plano político, en las condiciones de democracia política y económica necesarias para el disfrute real de los derechos humanos; en el jurídico, en los mecanismos de garantía y protección; y en el sociológico, en la conciencia colectiva sobre derechos humanos.

La postura realista se relaciona, en gran medida, con el socialismo.[78] Ya en La cuestión judía, una de sus primeras obras, Karl Marx criticó la noción burguesa de derechos humanos, que describió como derechos del individuo egoísta y basados en una concepción abstracta de libertad y emancipación. Para el filósofo alemán, los derechos humanos burgueses eran un conjunto de protecciones legales para la defensa de la clase propietaria de los medios de producción.[79] Marx afirmó que son las condiciones materiales las que determinan el alcance real de los derechos humanos, y que para su realización efectiva es necesaria una auténtica emancipación política.

Helio Gallardo o Joaquín Herrera Flores afirman que los derechos humanos se sustentan en las tramas sociales, en las relaciones y experiencias intersubjetivas.[80] Helio Gallardo considera que el fundamento de los derechos humanos son las transferencias de poder que se producen entre los grupos sociales, así como las instituciones en que se articulan y las lógicas que inspiran las relaciones sociales.[81] Estas transferencias de poder pueden positivarse o no, y ser más o menos precarias. Para Joaquín Herrera, en una línea similar, los derechos humanos son las prácticas y medios por los que se abren espacios de emancipación que incorporan a los seres humanos en los procesos de reproducción y mantenimiento de la vida.[82]

La teoría consensual de la verdad, desarrollada por Jürgen Habermas (perteneciente a la Escuela de Frankfurt), propone una fundamentación intersubjetiva de los valores y derechos, a través de un acuerdo racional alcanzado en unas condiciones ideales.[83] En una línea similar, para Chaïm Perelman los derechos humanos se fundamentan en la experiencia y la conciencia morales de un consenso que se alcanza a través de un proceso determinado. Se trata de fundamentos en los que coincidan los que denomina «espíritus razonables» y que serían asimismo aprobados por «audiencias universales», los que se consideran interlocutores válidos para cada asunto.[84]
[editar] Utilitarismo

En un principio, el utilitarismo surgió como una alternativa a la idea de los derechos humanos, más que como una propuesta de fundamentación; aunque posteriormente John Stuart Mill y otros autores han tratado de sustentar los derechos humanos desde esta filosofía.[85] El utilitarismo, como doctrina ética, considera «la mayor felicidad para el mayor número como la medida de lo justo y de lo injusto».[86] Los utilitaristas parten del rechazo de la idea de derechos humanos como derechos naturales: especialmente crítico con dicha idea fue Jeremy Bentham, que calificó como un sinsentido la afirmación de que existen derechos previos al Estado:[87] los derechos, de existir, son un producto social que se justifica desde el principio de la utilidad.[88]

Según John Stuart Mill, los derechos son reglas para la maximización de la felicidad; pero añade que los derechos no son absolutos dado que, en determinadas condiciones excepcionales, su cumplimiento nos aleja tanto del fin (maximización de la utilidad social) que no cabe compensar la pérdida de felicidad con el peso, importante, que tienen.[89]

Esta fundamentación utilitarista ha sido objeto de críticas que enfatizan la falta de garantía de los derechos humanos, que podrían ser violados para la consecución de la mayor felicidad para el mayor número. En esta línea han incidido especialmente John Rawls[85] o James Fishkin.[90] Thomas Nagel y muchos otros han denunciado el uso del enfoque utilitarista para justificar el uso de violencia a gran escala contra la población civil o el uso de armas de destrucción masiva entendidas como un mal menor, la forma más rápida de obtener la victoria en una guerra y evitar, supuestamente, un mayor número de muertes.[91] La reacción de los utilitaristas ante estas críticas hicieron surgir teorías como la del utilitarismo de normas, el utilitarismo de normas ideales o la integración de un principio de respeto a las personas. Richard Brandt define el utilitarismo de normas como el que afirma que "un acto es obligatorio sólo si la aceptación uniforme de una regla correspondiente maximizará la utilidad esperable".[92] El utilitarismo de normas, por lo tanto, no valora sólo los efectos de un acto específico, sino los efectos de su generalización.
[editar] Aspectos institucionales y jurídicos
Numerosas ONG en el mundo se dedican a la defensa y promoción de los derechos humanos en el mundo, en la imagen logo de Human Rights Watch.

Los derechos humanos tienen una creciente fuerza jurídica, en tanto que se integran en las constituciones y, en general, en el ordenamiento jurídico de los Estados. También, en el ámbito de la comunidad internacional, por su reconocimiento en numerosos tratados internacionales –tanto de carácter general como sectorial; universal y regional– y por la creación de órganos jurisdiccionales, cuasijurisdiccionales o de otro tipo para su defensa, promoción y garantía.

Además, debido a su aceptación, diversos derechos humanos se consideran parte del Derecho internacional consuetudinario y algunos incluso normas de ius cogens, tal y como han afirmado órganos internacionales como el Comité de Derechos Humanos o la Corte Internacional de Justicia. Entre ellos se encuentran la prohibición de la tortura y de la privación arbitraria de la vida[93] o el acceso a unas mínimas garantías procesales y la prohibición de detención arbitraria.[94]
[editar] Derechos humanos y derechos constitucionales

Es importante diferenciar y no confundir los derechos humanos con los derechos constitucionales. Aunque generalmente los derechos humanos se suelen recoger dentro de los derechos constitucionales, no siempre coinciden. Para determinar qué derechos son "constitucionales" basta con recurrir al catálogo de derechos reconocidos por las constituciones políticas de los Estados; el concepto de "derechos humanos" pertenece más bien al ámbito de la Filosofía del Derecho.

La relación entre ambos conceptos ha sido estudiada por numerosos autores y es problemática. De entre los que reconocen la virtualidad del concepto de derechos humanos,[95] las teorías iusnaturalistas consideran que la existencia de los derechos humanos es independiente de su reconocimiento como derechos constitucionales. Para algunos autores, como Francisco Laporta, existiría un pequeño número de derechos humanos básicos, de los que se derivarían los derechos constitucionales más concretos.[96]

Por su parte, para las teorías dualistas –las que otorgan importancia tanto al fundamento moral de los derechos como a su positivación– los conceptos de derechos humanos y derechos constitucionales tendrían un contenido equivalente. Luigi Ferrajoli considera, en su teoría del garantismo jurídico, que, siendo los derechos constitucionales o fundamentales los reconocidos en la Carta Magna de los Estados, los derechos humanos son aquellos que se reconocen a todos, independientemente de su ciudadanía y su capacidad de obrar: la constitución de un país, por ejemplo, puede otorgar derechos a sus ciudadanos que no abarquen a los no nacionales (por ejemplo, el derecho al voto). En ese caso se trataría de derechos constitucionales que se reconocen al ciudadano, pero no podrían ser derechos humanos si no se reconoce a todas las personas sean de la condición que sean.
[editar] Clasificación generacional

Aunque la mayoría de las doctrinas jurídicas distinguen varias generaciones de derechos humanos, existen múltiples y diferentes clasificaciones. Todas suelen coincidir al describir la primera generación, pero posteriormente se ramifican y complejizan. Además, existen al menos dos concepciones de esta visión generacional. Para una de ellas, son expresión de una racionalidad que se realiza progresivamente en el tiempo; para otras, cada generación de derechos humanos es expresión de una racionalidad diferente y puede entrar en conflicto con las demás. Por otra parte, existen posiciones que evitan pronunciarse acerca categorías de derechos humanos y más bien tienden a enfocarlos como un sistema unitario.

Cada nueva generación, que se clasifica cronológicamente en relación con las anteriores, ha sido objeto de críticas. Si ya los derechos de la primera generación fueron criticados, también sucedió con los derechos de la segunda durante el siglo XX, si bien en la actualidad la casi totalidad de los juristas los aceptan. Hoy en día es objeto de debate la existencia de una tercera generación de derechos humanos ya que, tanto desde el punto de vista jurídico como político, se critica la indeterminación de esta categoría y su difícil garantía.[97] No obstante estas objeciones, existen teorías que hablan de cuatro e incluso cinco generaciones de derechos humanos.[98]
[editar] Tres generaciones de derechos humanos
Artículo principal: Tres generaciones de derechos humanos

La división de los derechos humanos en tres generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979. Cada una se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la Revolución francesa: libertad, igualdad, fraternidad.

Los derechos de primera generación son los derechos civiles y políticos, vinculados con el principio de libertad. Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos, que exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la esfera privada. Por su parte, los derechos de segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio de igualdad. Exigen para su realización efectiva de la intervención de los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos.[99] Existe cierta contradicción entre los derechos contra el Estado (primera generación) y los derechos sobre el Estado (segunda generación). Los defensores de los derechos civiles y políticos califican frecuentemente a los derechos económicos, sociales y culturales como falsos derechos, ya que el Estado no puede satisfacerlos más que imponiendo a otros su realización, lo que para éstos supondría una violación de derechos de primera generación.

Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética,[100] aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación,[101] para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física.[102]
[editar] Otras propuestas

Autores como David Vallespín Pérez,[103] Franz Matcher,[104] Antonio Pérez Luño,[105] Augusto Mario Morello,[106] Robert B. Gelman[107] y Javier Bustamante Donas[108] afirman que está surgiendo una cuarta generación de derechos humanos. No obstante, el contenido de la misma no es claro, y estos autores no presentan una propuesta única. Normalmente toman algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta, como el derecho al medio ambiente o aspectos relacionados con la bioética. Javier Bustamante afirma que la cuarta generación viene dada por los derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías;[109] otros, que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras generaciones se refieren al ser humano como miembro de la sociedad, los derechos de la cuarta harían referencia al ser humano en tanto que especie. Tal idea había quedado acordada en la Carta de las Naciones Unidas (ver punto 5) cuando en su preámbulo se escribió, " nosotros los Pueblos de las Naciones Unidas resueltos ... a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas... hemos decidido sumar nuestros esfuerzos para realizar estos designios" y luego de manera más explícita, cuando expresaron entre sus propósitos el siguiente " realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma, religión". Para el cumplimiento de tal propósito inicialmente se continuaba concibiendo como agente inmediato al Estado, a cuya custodia la tradición occidental había confiado cierto número de garantías al ciudadano, a partir de las revoluciones inglesas, norteamericanas y francesas. Mas el precario desarrollo de la democracia en el mundo, la amarga experiencia de la Segunda Guerra Mundial y la caótica situación política creada por sus consecuencias en muchas naciones demostraba la consagración de los derechos humanos en constituciones y leyes internas que no eran suficientes para asegurar su protección y respeto por parte de los gobiernos. En numerosos Estados, por factores diversos, la protección del derecho nacional resultaba eliminada, suspendida, inoperante o abiertamente conculcada por gobiernos de fuerza o de careta jurídica.

Helio Gallardo, por su parte, defiende la existencia de cinco generaciones de derechos humanos,[110] que identifica con las reivindicaciones de diferentes grupos sociales. Serían los derechos civiles y políticos, reclamados por la burguesía; los económicos, sociales y culturales, propios de los movimientos obreros y antiesclavistas; los derechos de los pueblos y sectores diferentes, incluyendo las luchas de descolonización y feministas; los ambientales, que define como derechos las generaciones futuras; y los relativos al control del cuerpo y la organización genética de uno mismo, enfrentados a la mercantilización del interior de la vida. pueden leer el siguiente significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos).
El procedimiento de la acción de amparo constitucional(defensa constitucional segun los derechos que proporciona la constitución, es :http://www.entornointeligente.com/resumen/resumen.php?items=1027229 ) será oral(Expresado con la palabra,a diferencia de escrito:, extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/oral), público(Público puede hacer referencia a:

    * Los espectadores, cuyo conjunto también es llamado público;
    * Un servicio público;
    * Un bien público;
    * El dominio público;
    * El espacio público;
    * El sector público;
    * Público, periódico español;
    * Público, periódico portugués.
, pueden elejir su significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Publico), breve(hablando lo necesario, sin extender mucho en esto), gratuito(que es gratis, que no se cobra nada) y no sujeto a formalidad(El sentido más simple y probablemente originario de la palabra forma hace referencia a la figura espacial de los cuerpos materiales sólidos.

Pero la peculiaridad del término consiste en la abstracción que hacemos al prescindir de la materialidad de las cosas y considerar la figura en sí misma como algo independiente, es decir, como forma.

Clasificamos y ordenamos así los objetos según sus formas, cuadrados, círculos, esferas, etc. agrupándolos por lo que tienen de común sin tener en cuenta la materia o contenido que los diferencia.

De la misma manera agrupamos intelectualmente y ordenamos las cosas que tienen en común alguna o las mismas propiedades unificándolas en un concepto o idea que denota el conjunto de todos ellos clasificándolos como un conjunto de individuos y que lingüísticamente expresamos mediante un sustantivo abstracto en el sentido en que lo define Ortega y Gasset. De la misma manera unimos las propiedades y cualidades en nuevos conceptos como clase lógica de orden superior.

Podemos entonces considerar intelectualmente un mismo objeto o "suceso" del mundo de "muchas formas", desde diversos puntos de vista, así como también considerar cómo está constituido o formado,[1] destacando como fundamental o la más importante una determinada forma que le hace ser lo que esencialmente es.

Por ello el concepto de forma es realmente complejo y muy importante a lo largo de toda la historia del pensamiento. ver y extender link aqui
: http://es.wikipedia.org/wiki/Forma_%28filosof%C3%ADa%29); y la autoridad(El concepto de autoridad apareció en Roma que quiere decir que es el poder del mejor poder. El poder es un hecho real. Una voluntad se impone a otra por el ejercicio de la fuerza. En cambio, la autoridad está unida a la legitimidad, dignidad, calidad, excelencia de una institución o de una persona. Es lo que desde el punto de vista del Estado, puede ser considerado como el poder ejercido por una persona legitimada por una institución o razón conforme a unas funciones que le son generalmente reconocidas. En este sentido cuando una persona tiene autoridad se deduce que tiene actitud para mandar (o imponer su punto de vista o hacerse respetar). Así, cuando el individuo tiene «la» autoridad o si se quiere ésta, se está autorizada a actuar, a ejercer un determinado poder. En este ámbito, autoridad está ligada a potestad.

Fuera del ámbito institucional del Estado, autoridad puede suponer en ocasiones algo distinto a la posibilidad de ejercer la fuerza para imponer las cosas o potestad. La autoridad también la tiene alguien que, debido a su capacidad en un ámbito, por sus conocimientos o dignidad, puede ejercer sobre otros una influencia a la hora de que tomen ciertas decisiones. En este sentido, muchos órganos consultivos tienen mucha autoridad sobre la materia objeto de las consultas.

La autoridad como es interpretada por Max Weber, quien la entiende: “como dominación, es la probabilidad de encontrar obediencia dentro del grupo determinado para mandatos específicos. Afirma que en el caso concreto esta dominación ("autoridad"), en el sentido indicado, puede descansar en los más diversos motivos de sumisión, que se dan por habituación o por arreglos afines. La obediencia es esencial para que se ejerza la autoridad”. Habla de tres tipos de autoridad la carismática, legal y tradicional.

Desde la perspectiva cristiana, se entiende como una determinación en la naturaleza social humana y como un principio bíblico, en cuanto delegación establecida por Dios; incluso como el derecho delegado para la investidura del pastor e indispensable para una organización eclesial pero requiriendo normas y leyes, que permiten a un líder dar un orden adecuado y se dé un funcionamiento correcto del lugar donde ejerce su autoridad.

Si seguimos la definición del Diccionario de la Lengua, la autoridad es: "Potestad, facultad. Poder que tiene una persona sobre otra que le está subordinada. Persona revestida de algún poder o mando".

Cada posición concreta tiene unos derechos inherentes que los titulares adquieren del rango o título de la posición. La autoridad por lo tanto se relaciona directamente con la posición del titular dentro de la Organización y no tiene nada que ver con la persona en forma individual. Cuando una posición de autoridad es desocupada, la persona que ha dejado el cargo, entrega con él, la autoridad que el mismo representa. La autoridad permanece con el cargo y con su nuevo titular. Cuando se ejerce autoridad, se espera el cumplimiento intrínseco de las órdenes emanadas del titular de la autoridad. ver el significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Autoridad. Hay mismo se definen dos tipos de autoridad: e puede definir la autoridad en una empresa como "la facultad de mandar y la obligación correlativa de ser obedecido por otros". Una definición más completa sería "la facultad para tomar decisiones que produzcan efectos".
[editar] Tipos de autoridad

Suelen distinguirse cuatro tipos diversos: los dos primeros, de índole jurídica, forman el poder o la autoridad propiamente dicha; los dos últimos forman más bien la autoridad moral que dan el prestigio, los conocimientos, etc., y son complementos que deben darse en cualquiera de los dos básicos.

1. Jurídica (se impone por obligación). Esta se clasifica en: Formal, que a su vez se clasifica en a) Lineal y b) Funcional

2. Moral (se impone por convencimiento), la cual se clasifica en: Técnica y Personal) judicial(El Poder Judicial es aquel poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.

Según la teoría clásica de Montesquieu, la división de poderes garantiza la libertad del ciudadano. Montesquieu compuso su teoría después de un viaje a Inglaterra en donde interpretó que un poder judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo.

Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El Poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo, cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico, extender el link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Judicial) competente tendrá potestad(Dominio,poder o facultad que se tiene sobre una cosa: extender el link aqui: http://www.wordreference.com/definicion/potestad) para restablecer(volver a establecer) inmediatamente(sin esperar mucho tiempo) la situación jurídica infringida(viene de infrigir, y esta significa que: Quebrantar leyes, órdenes, o norma:extender signifido aqui: http://www.wordreference.com/definicion/infringir) o la situación(Posición,colocación en un determinado lugar, extender el signifido aqui: http://www.wordreference.com/definicion/la%20situaci%C3%B3n) que más se asemeje a ella. Todo tiempo(El tiempo es la magnitud física con la que medimos la duración o separación de acontecimientos sujetos a cambio, de los sistemas sujetos a observación, esto es, el período que transcurre entre el estado del sistema cuando éste aparentaba un estado X y el instante en el que X registra una variación perceptible para un observador (o aparato de medida). Es la magnitud que permite ordenar los sucesos en secuencias, estableciendo un pasado, un presente y un futuro, y da lugar al principio de causalidad, uno de los axiomas del método científico. El tiempo ha sido frecuentemente concebido como un flujo sucesivo de situaciones atomizadas en la realidad.

Su unidad básica en el Sistema Internacional es el segundo, cuyo símbolo es s (debido a que es un símbolo y no una abreviatura, no se debe escribir con mayúscula, ni como "seg", ni agregando un punto posterior).extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Tiempo) será hábil(   1. adj. Capaz, inteligente y dispuesto para hacer algo manual o intelectual:, extender el link aqui:http://www.wordreference.com/definicion/habil ) y el tribunal(El tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada. Sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir; estos asuntos son denominados no contenciosos.

No debe confundirse el órgano jurisdiccional (el tribunal), con las personas que en calidad de funcionarios sirven en él (jueces y demás personal auxiliar)., EXTENDER SIGNIFICADO AQUI: http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal, EXTENDER SIGNIFIDO AQUI: http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal) lo tramitará(ES DE TRAMITAR,Hacer pasar un asunto o negocio por los trámites debidos:EXTENDER SIGNIFICADO AQUI: http://www.wordreference.com/definicion/TRAMITAR ) con preferencia(ES DE URGENCIA Y NECESIDAD INSTANTANEA) a cualquier otro asunto(Asunto (también llamada xASUNTOx) es una banda de metalcore, últimamente con influencia al death metal melódico fundada en 1995 en la ciudad de Santiago de Chile. Pioneros en la escena hardcore sudamericana, es catalogada como una de las bandas vigentes vegan straight edge con mayor trayectoria y antigüedad de sudamérica. ESTENER SINIFICADO AQUI:http://es.wikipedia.org/wiki/Asunto).
La acción de amparo(DEFENSA Y PROTECCIÓN) a la libertad(DERECHO FUNDAMENTE PARA SALIR DE LA CARCL, CUANDO SE HAYA COMPORTADO MEJOR) o seguridad(La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las problemática socialmente reconocidas, como la salud, la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras.

La Organización Internacional del Trabajo,[OIT], en un documento publicado en 1991 denominado "Administración de la seguridad social" definió la seguridad social como:
La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos. EXTENDER CONOCIMIENTO EN EL SIGUIENTE LINK:http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_social) podrá ser interpuesta(Poner algo entre dos o más personas o cosas, EXTENDER CONOCIMIENTO AQUI:http://www.wordreference.com/definicion/INTERPUESTA) por cualquier persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, EXTENDER EL LINK AQUI: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona); y el detenido o detenida(SUPUESTO CULPABLE DEL DELITO A JUICIO) será puesto o puesta bajo la custodia(A la custodia se le llama también ostensorio u ostensorium (del latín ostentāre, "mostrar"). En el culto católico, es la pieza de oro o de otro metal precioso, donde se coloca la hostia, después de consagrada, para adoración de los fieles.

Sus formas son distintas, pero una de las más comunes es la de sol, de cuyo origen se tienen discrepancias., extender conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Custodia) del tribunal(El tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada. Sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir; estos asuntos son denominados no contenciosos.

No debe confundirse el órgano jurisdiccional (el tribunal), con las personas que en calidad de funcionarios sirven en él (jueces y demás personal auxiliar)., puede extender el significado aqui: Según su composición

    * Tribunales unipersonales: son aquellos cuyas resoluciones son dictadas por un solo juez. Se llaman juzgados.

    * Tribunales colegiados: son aquellos que resuelven con pluralidad de jueces. Son denominados propiamente tribunales y, en ocasiones, cortes.

Lo esencial de esta clasificación no es el número de jueces que conforman los tribunales, sino el número de jueces que resuelven el asunto controvertido.
[editar] Según su naturaleza

    * Tribunales ordinarios: son aquellos a los cuales les corresponde el conocimiento de todos los asuntos que se promueven en el respectivo país, cualquiera que sea la naturaleza o la calidad de las personas que en ellos intervienen, salvo las excepciones legales.

    * Tribunales especiales: son aquellos establecidos por la Constitución o las leyes para juzgar determinadas personas o para resolver ciertas materias que, por circunstancias particulares gozan, de este privilegio. Su carácter especial no altera su función como órgano jurisdiccional ni su integración por jueces.

    * Tribunales arbitrales: son aquellos constituidos por jueces árbitros, es decir, por miembros que no son funcionarios públicos y son remunerados y elegidos por las partes a quienes prestan sus servicios.

[editar] Según la fase del procedimiento en que intervienen

    * Tribunales de instrucción: son aquellos a los cuales les corresponde todas las actuaciones preparatorias del juicio, generalmente de investigación criminal. Sin embargo en la mayoría de países occidentales esta función es ejercida por el Ministerio Público o Fiscalía, la cual en carece de poderes jurisdiccionales. Por eso se ha sostenido que esta clasificación es un tanto anacrónica.

    * Tribunales sentenciadores: son aquellos que reciben la actuación probatoria, provenientes de los tribunales instructores, estando encargados de dictar sentencia en tales asuntos.

[editar] Según su jerarquía

    * Tribunales inferiores: son aquellos que, en la respectiva organización jerárquica y piramidal de los sistemas judiciales, ocupan el grado inferior. Esta clasificación se hace desde un punto de vista administrativo y no atendiendo al ejercicio de la función jurisdiccional. Generalmente son tribunales unipersonales.

    * Tribunales superiores: son aquellos que, en la respectiva organización judicial, ocupan el grado superior. Por lo general, son tribunales colegiados y sus integrantes son llamados ministros o magistrados.

[editar] Según la extensión de su competencia

    * Tribunales de competencia común o mixtos: son aquellos tribunales que tienen competencia para conocer de toda clase de asuntos o para conocer de una materia y, además, de otros asuntos de competencia especial a falta o inexistencia, en el respectivo territorio jurisdiccional, de un tribunal con esa competencia. Los tribunales superiores son. generalmente, de competencia común.

    * Tribunales de competencia especial: son aquellos que tienen competencia de ciertos asuntos con exclusión de otros.

[editar] Según la instancia en que conocen

    * Tribunal de única instancia.
    * Tribunal de primera instancia.
    * Tribunal de segunda instancia o tribunal de apelación.
, pueden extender el siguiente aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal) de manera inmediata(extender aqui con conocimieno aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal), sin dilación(Retraso o demora de algo por un tiempo: extender significado aqui: http://www.wordreference.com/definicion/%20dilaci%C3%B3n) alguna.
El ejercicio de este derecho(obligación, facultad y atribución) no puede ser afectado(de afectar, para que no haga daño), en modo alguno, por la declaración del estado de excepción(esto significa lo siguientes como: El estado de excepción es un régimen de excepción que puede declarar el gobierno de un país en situaciones excepcionales., ver el siguiente link:http://www.wordreference.com/definicion/%20dilaci%C3%B3n) o de la restricción(Restricción puede referirse a:

    * Límite, impedimento o limitación en la realización de una conducta, proyecto, etc.
    * Obligación u obligatoriedad de cumplir determinadas pautas, normas, funciones, etc.
    * Negación o prohibición de otras alternativas.
    * Exclusividad en el uso de un objeto o un espacio.
    * Represión psicológica o represión política.

Como adjetivo, restrictivo puede aplicarse también a quien es de criterio fijo, poco tolerante o indulgente.

En diferentes contextos o jergas profesionales puede adquirir diferentes matices o significados concretos:

    * En psicología

        * el subtipo de anorexia en el que el sujeto intenta la pérdida de peso mediante la no ingesta de alimentos (restricción de alimentos).

    * En genética

        * las reacciones de restricción realizadas por enzimas de restricción, que cortan en el ADN.

    * En matemáticas

    una restricción es una condición que debe cumplir la solución de un problema de optimización. Extender conocimientos aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Restricci%C3%B3n) de garantías constitucionales(estas cuales son:Los derechos constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación., Derechos Fundamentales

Los derechos fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.

    * Concepto objetivo. Esencia de la estructura jurídico política de la constitución, el estado social de derecho puede violar y usurpar todo lo que quieran sin la intervención del pueblo.

    * Concepto subjetivo, ámbito limitado del individuo imprescindible para el desarrollo y la libertad de las personas, es núcleo básico e irrenunciable del estatuto jurídico del individuo.

    * Límites Internos, el contenido del derecho no debe de ser transgredido por otras personas o poderes, ya que se estaría atentando a la dignidad de la persona.

    * Límites Externos, impuesto por el orden jurídico de manera expresa, limita las manifestaciones ideológicas, protegiendo de esta manera los derechos de otras personas.

    * Inherentes: Nadie nos lo puede quitar por que son inherentes a nosotros.
, puede ver extender el conocimiento en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Garant%C3%ADas_constitucionales).



 CONCLUSIÓN:
Articulo 27. Se ofrece mas justicia a cualquier persona con muchos derechos en materia de justicia social al venezolano, para todas las clases sociales que es un derecho, deber y una obligación para todas las clases sociales del pais, sin importar la tendencia ideologica, y ademas de los extranjeros nacionalizados en VENEZUELA.

Artículo 28. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, ver significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) tiene derecho(deber y obligación) de acceder a la información(sea de origen de los poder publico nacional, electronicos, postales, etc) y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes(se refiere a los bienes referentes a estos mismos) consten en registros oficiales o privados(en el pais de Republica Bolivariana de venezuela vigente de 1999), con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley(el poder legislativo tiene que promover y invertir politicas a
favor de cumplir      con esta constitución).
CONCLUSIÓN:
 El articulo 28. esta diseñado para ofrecer la libre información a los periodistas no importa el asceso de donde sea.

Artículo 29. El Estado(gobierno de la RepublicA Bolivariana de Venezuela) estará obligado(derecho y deber) a investigar y sancionar(Aplicar una sanción o castigo: ver link:http://www.wordreference.com/definicion/sancionar) legalmente los delitos(Delito grave que consiste en matar, herir o hacer daño a una persona: extender conocimiento aqui:http://www.wordreference.com/definicion/Crimen) contra los derechos humanos(consagradas en las grantias constitucionales de esta constitución como son el derecho a la vida, a la paz, a la independencia, a la democracia, al tener poderes independiente, a la educación gratuita, a la vida digna con un buen sueldo, al derecho de adquirir una tecnologia barata, el derecho a la propiedad privada,a la inversión extranjera, al libre de pensamiento) cometidos por sus autoridades(sea como el Presidente de la Republica y los mimbros del poder publico nacional.

Las acciones para sancionar los delitos de lesa(Agraviado, lastimado, especialmente referido a lo que ha sido dañado u ofendido: extender conocimiento:http://www.wordreference.com/definicion/lesa) humanidad(los derechos constitucionales y la libertad de expresión y derechos civiles, sociales, etc), violaciones graves de los derechos humanos(Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación.Exteneder conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos) y los crímenes de guerra son imprescriptibles(Que no se puede prescribir. Y este a su vez significa que: El término imprescriptible es aquel que se usa para definir la condición que pueden tener algunos delitos, reclamos o circunstancias específicas de no perder sus características principales ni siquiera con el paso del tiempo. Este concepto, que se extrae del ambiente jurídico y legal, significa que una persona puede reclamar por un delito cometido hace muchos años, así como también puede sostener que algunos derechos no cambian ni se pierden con el tiempo.

La noción de no prescripción o de que algo es imprescriptible se vincula en la actualidad principalmente con aquellos delitos que atentan contra los derechos humanos y que fueron cometidos en gran parte de América Latina en momentos de dictaduras o de gobiernos no legítimos. Ante la vuelta a la democracia, estos delitos (que consistieron principalmente en la tortura, en la detención injustificada, en el asesinato y desaparición de personas) han ganado el carácter de imprescriptibles. Esto significa que, debido a que atentan contra la Humanidad entera, no prescriben, el paso del tiempo no los anula en el caso de no haber sido juzgados propiamente.

En el ámbito jurídico de cada región o país, existen límites temporales a los delitos que establecen que, pasado determinado tiempo, el delito cometido prescribe o ya no puede ser juzgado si no lo fue hecho antes. En muchos casos, debido a la lentitud de la justicia los delitos que son prescriptibles (como lo puede ser un homicio, un robo o un secuestro) pueden ser anulados. Sin embargo, los delitos que se consideran de lesa humanidad o que son considerados como mucho más graves reciben el mote de imprescriptibles y por lo tanto pueden ser juzgados sus autores y condenados aún habiendo pasado mucho tiempo desde que se cometió el crimen en cuestión. Muchos de estos delitos se juzgan aún cuando las personas acusadas ya no viven para sentar jurisprudencia al respecto. Extender significado aqui: http://www.definicionabc.com/derecho/imprescriptible.php). Las violaciones de derechos humanos(Para la declaración de la ONU de 1948, véase Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación.Existe un importante debate sobre el origen cultural de los derechos humanos. Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura occidental moderna, pero existen al menos dos posturas principales más.[12] Algunos afirman que todas las culturas poseen visiones de dignidad que se plasman en forma de derechos humanos, y hacen referencia a proclamaciones como la Carta de Mandén, de 1222, declaración fundacional del Imperio de Malí. No obstante, ni en japonés[13] ni en sánscrito clásico,[14] por ejemplo, existió el término derecho hasta que se produjeron contactos con la cultura occidental, ya que estas culturas han puesto tradicionalmente el acento en los deberes. Existen también quienes consideran que Occidente no ha creado la idea ni el concepto de derechos humanos, aunque sí una manera concreta de sistematizarlos, una discusión progresiva y el proyecto de una filosofía de los derechos humanos.[15]

Las teorías que defienden la universalidad de los derechos humanos se suelen contraponer al relativismo cultural, que afirma la validez de todos los sistemas culturales y la imposibilidad de cualquier valoración absoluta desde un marco externo, que en este caso serían los derechos humanos universales. Entre estas dos posturas extremas se sitúa una gama de posiciones intermedias. Muchas declaraciones de derechos humanos emitidas por organizaciones internacionales regionales ponen un acento mayor o menor en el aspecto cultural y dan más importancia a determinados derechos de acuerdo con su trayectoria histórica. La Organización para la Unidad Africana proclamó en 1981 la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que recogía principios de la Declaración Universal de 1948 y añadía otros que tradicionalmente se habían negado en África, como el derecho de libre determinación o el deber de los Estados de eliminar todas las formas de explotación económica extranjera. Más tarde, los Estados africanos que acordaron la Declaración de Túnez, el 6 de noviembre de 1993, afirmaron que no puede prescribirse un modelo determinado a nivel universal, ya que no pueden desatenderse las realidades históricas y culturales de cada nación y las tradiciones, normas y valores de cada pueblo.[16] En una línea similar se pronuncian la Declaración de Bangkok, emitida por países asiáticos el 22 de abril de 1993, y de El Cairo, firmada por la Organización de la Conferencia Islámica el 5 de agosto de 1990.[17]

También la visión occidental-capitalista de los derechos humanos, centrada en los derechos civiles y políticos se opuso a menudo durante la Guerra Fría, destacablemente en el seno de Naciones Unidas, a la del bloque socialista, que privilegiaba los derechos económicos, sociales y culturales y la satisfacción de las necesidades humanas básicas.Evolución histórica

Muchos filósofos e historiadores del Derecho consideran que no puede hablarse de derechos humanos hasta la modernidad en Occidente. Hasta entonces, las normas de la comunidad, concebidas en relación con el orden cósmico, no dejaban espacio para el ser humano como sujeto singular,[18] concibiéndose el derecho primariamente como el orden objetivo de la sociedad. La sociedad estamental tenía su centro en grupos como la familia, el linaje o las corporaciones profesionales o laborales,[19] lo que implica que no se concebían facultades propias del ser humano en cuanto que tal, facultades de exigir o reclamar algo. Por el contrario, todo poder atribuido al individuo derivaba de un doble status: el del sujeto en el seno de la familia y el de ésta en la sociedad. Fuera del status no había derechos.[20]

La existencia de los derechos subjetivos, tal y como se piensan en la actualidad, fue objeto de debate durante los siglos XVI, XVII y XVIII.[21] Habitualmente se dice que los derechos humanos son producto de la afirmación progresiva de la individualidad[22] y, de acuerdo con ello, que la idea de derechos del hombre apareció por primera vez durante la lucha burguesa contra el sistema del Antiguo Régimen.[23] Siendo ésta la consideración más extendida, otros autores consideran que los derechos humanos son una constante en la Historia y hunden sus raíces en el mundo clásico.
[editar] Antecedentes remotos
Del Cilindro de Ciro se ha dicho que es la primera declaración de derechos humanos.

Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro el Grande tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. Fue descubierto en 1879 y la ONU lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también Hammurabi de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso se lo ha descrito como la primera declaración de derechos humanos.[24] Numerosos historiadores, sin embargo, consideran que el término es ajeno a ese contexto histórico.
La Carta Magna, Magna Carta Libertatum de 1215

Documentos medievales y modernos, como la Carta Magna inglesa, de 1215, y la mandinga Carta de Mandén, de 1222, se han asociado también a los derechos humanos. En contra de esta idea, José Ramón Narváez Hernández afirma que la Carta Magna no puede considerarse una declaración de derechos humanos, ya que en esta época existen derechos pero sólo entre iguales, y no con carácter universal:[25] no se predica la igualdad formal de todos los seres humanos. Lo mismo sucedía en el Imperio de Malí, cuya constitución oral, la Kouroukan Fouga, refleja cómo la población se estructuraba según su tribu de origen. Estas consideraciones son extrapolables a documentos como la Goldone Bulle de Andreas II en Hungría en 1222; la Confirmatio fororum et libertartum de 1283 y el Privilegio de la Unión de 1287, de Aragón ambos; las Bayerische Freiheitsbriefe und Landesfreiheitserklärungen desde 1311 o la Joyeuse Entrée de Brabante de 1356. En todos estos casos, los derechos y libertades reconocidos pertenecen al ámbito de los pactos entre el monarca y los estamentos del reino:[26] no se trata, en suma, de derechos humanos; sino de derechos corporativos o privilegios.
[editar] Sociedad grecorromana

En la Grecia antigua en ningún momento se llegó a construir una noción de dignidad humana frente a la comunidad que se pudiera articular en forma de derechos, sino que se entendió que las personas pertenecían a la sociedad como partes de un todo y eran los fines de ésta los que prevalecían.[27] La única oposición a la tiranía se sustentaba en la apelación a la Ley divina como opuesta a la norma, como se muestra en el mito de Antígona, plasmado por Sófocles en la obra trágica del mismo nombre.

La sociedad griega se dividía en tres grupos principales: los ciudadanos, los metecos o extranjeros y los esclavos. La esclavitud se consideraba natural,lo que se refleja en la afirmación de Aristóteles, para quien "es evidente que los unos son naturalmente libres y los otros naturalmente esclavos; y que para estos últimos es la esclavitud tan útil como justa".[28] La organización política se estructuraba en polis o ciudades-estado: para los griegos, la sociedad era una consecuencia necesaria de la naturaleza humana. En este contexto, las teorías políticas de Platón y Aristóteles hicieron un gran hincapié en el concepto de bien común. Para Platón, agrupados los hombres en sociedad, ésta se configura en la polis, cuyo bien común se sobrepone al bien particular de los individuos que lo componen. La justicia, a su vez, es la salvaguarda del bien común, y se expresa a través de las leyes, que son los instrumentos que permiten la consecución del bien colectivo e individual.[29] No obstante, en su afán por alcanzar una sociedad perfecta, Platón llegó a recomendar dar muerte a los recién nacidos deformes o enclenques, y matar o desterrar a los insociables.[30]

Aristóteles también consideraba que el hombre era un ser social y que no podía realizarse fuera de la familia y la sociedad, por lo que también subordinaba el bien individual al bien común. Además, al definir la ciudad como una comunidad de ciudadanos libres,[31] redujo el bien común al bien de un grupo social determinado[32] que excluye a las mujeres, los extranjeros, los obreros y los esclavos. Sobre esta visión se sustenta la idea aristotélica de la justicia que afirma que «es tan justa la igualdad entre iguales como la desigualdad entre desiguales».[33]

Ya en la decadencia de la cultura griega, conquistada la Hélade por Roma, se extendieron filosofías que ponían el acento en la búsqueda de la felicidad individual: entre ellos, el epicureísmo y el estoicismo. El estoicismo consideraba la razón humana como parte de un logos divino, lo que contribuyó a concebir al hombre como miembro de una familia universal más allá de la polis. Séneca, Epicteto, Marco Aurelio o Cicerón fueron algunos de los que extendieron la filosofía estoica por el mundo latino.
[editar] Influencia del cristianismo

La filosofía estoica, difundida en la sociedad grecorromana, concibió la idea de cosmopolitismo, a la que el cristianismo dio un sentido más espiritual[34] para afirmar la igualdad de los hombres en tanto que ciudadanos del Reino de Dios[35] y su dignidad; no obstante, según Luis de Sebastián, para los teólogos cristianos medievales la igualdad teológica era compatible con la desigualdad social: las personas nacían con un estatus social que, de acuerdo con los designios divinos, era el más adecuado para su salvación.[36]

El cristianismo, derivado de la religión judía, heredó de ella, entre otras, la tradición del mišpat, un concepto jurídico de rica amplitud semántica. Indica las decisiones judiciales y el juicio legal justo; en relación con el Derecho, aquél que se manifiesta en la defensa de los pobres y oprimidos y que se vincula a su vez con los bienes mesiánicos que se esperan.[37] Dado que, hasta la modernidad, el término derecho se atribuía principalmente a "lo justo" como orden objetivo, en el pensamiento cristiano antiguo o medieval no existió una referencia explícita a los derechos humanos; pero sí un reconocimiento de exigencias de justicia que descendían de esta tradición judía. Por ejemplo, el Nuevo Testamento contiene enseñanzas contra la injusticia, el homicidio, el robo, la calumnia o el egoísmo en el uso de los bienes. En la Epístola de Santiago, el apóstol denunció a los empleadores que no pagan a sus empleados sus justos salarios.[38] El cristianismo fue gradualmente derramando su doctrina en el derecho romano, mejorando la situación de los esclavos, de los hijos y de las mujeres, cuyo estatus en la subcultura cristiana era mucho más alto que en la grecorromana.[39] En el plano económico, condenó la usura y la explotación, estableciendo las bases de la doctrina del justo precio.

Tales ideas fueron desarrolladas por los Padres de la Iglesia, proclamando un sentido social y limitado de la propiedad y de la ley. Pero fue Tomás de Aquino quien asentó las bases del orden jurídico medieval, retomando ideas de Aristóteles y Agustín de Hipona y afirmando que existe, además del derecho positivo determinado y establecido por los hombres, un derecho natural, propio de la criatura racional, que ningún hombre ni ningún gobierno puede desconocer.

La doctrina cristiana postulaba la existencia de dos reinos, el temporal y el espiritual, siguiendo la distinción hecha por Jesús de Nazaret («Dad al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios»). Ante el problema de la conciliación de los intereses individuales y los sociales, Tomás de Aquino afirmó en su obra Summa Theologiae que si existía un conflicto entre lo social y lo individual en el seno del mundo material, debía prevalecer el bien común. Pero, por el contrario, si el conflicto afectaba a la esfera íntima del ser humano y a su salvación, en ese caso prevalecería el bien del hombre frente al de la sociedad.[40] En este ámbito, de existir un conflicto patente entre el Derecho positivo y el Derecho natural, del pensamiento tomista se desprende la existencia de un derecho de resistencia contra el arbitrio de los gobernantes.[41]
[editar] Conformación del concepto

La idea del derecho subjetivo, básica para concebir los derechos humanos, fue anticipada en la baja Edad Media por Guillermo de Ockham, que introdujo el concepto de ius fori o potestad humana de reivindicar una cosa como propia en juicio. La escolástica española insistió en esta visión subjetiva del Derecho durante los siglos XVI y XVII: Luis de Molina, Domingo de Soto o Francisco Suárez, miembros de la Escuela de Salamanca, definieron el derecho como un poder moral sobre lo propio.[42] Aunque mantuvieron al mismo tiempo la idea de Derecho como un orden objetivo, enunciaron que son ciertos derechos naturales y aludieron tanto a derechos relativos al cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad) como al espíritu (derecho a la libertad de pensamiento, a la dignidad). El jurista Vázquez de Menchaca, partiendo de una filosofía individualista, fue decisivo en la difusión del término iura naturalia. Este pensamiento iusnaturalista se vio auspiciado por el contacto con las civilizaciones americanas y el debate producido en Castilla sobre los justos títulos de la conquista y, en particular, la naturaleza de los indígenas. En la colonización castellana de América, se suele afirmar, se aplicaron medidas en las que están presentes los gérmenes de la idea de derechos humanos. No obstante, algunos critican que, en la práctica, estas medidas fueron formuladas para lograr objetivos de colonización.[21] El pensamiento de la Escuela de Salamanca, especialmente mediante Francisco Suárez y Gabriel Vázquez, contribuyó también al impulso del iusnaturalismo europeo a través de Hugo Grocio.[43]

Durante la Revolución inglesa, la burguesía consiguió satisfacer sus exigencias de tener alguna clase de seguridad contra los abusos de la corona y limitó el poder de los reyes sobre sus súbditos. Habiendo proclamado la Ley de Habeas corpus en 1679, en 1689 el Parlamento impuso a Guillermo III de Inglaterra en la Bill of Rights una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir. Se cerró así el paso a la restauración de la monarquía absoluta, que se basaba en la pretensión de la corona inglesa de que su derecho era de designio divino.[44] Según Antonio Fernández-Galiano y Benito de Castro Cid, la Bill of Rights puede considerarse una declaración de derechos, pero no de derechos humanos, puesto que los mismos se reconocen con alcance nacional y no se consideran propios todo hombre.[45]

Durante los siglos XVII y XVIII, diversos filósofos europeos desarrollaron el concepto de derechos naturales. De entre ellos cabe destacar a John Locke, cuyas ideas fueron muy importantes para el desarrollo de la noción moderna de derechos. Los derechos naturales, para Locke, no dependían de la ciudadanía ni las leyes de un Estado, ni estaban necesariamente limitadas a un grupo étnico, cultural o religioso en particular. La teoría del contrato social, de acuerdo con sus tres principales formuladores, el ya citado Locke, Thomas Hobbes y Jean-Jacques Rousseau, se basa en que los derechos del individuo son naturales y que, en el estado de naturaleza, todos los hombres son titulares de todos los derechos.[46] Estas nociones se plasmaron en las declaraciones de derechos de finales del siglo XVIII.

La causa directa del nacimiento de los derechos humanos, desde una perspectiva sociológica, ha sido también un importante objeto de debate. Por una parte, Georg Jellinek ha defendido que los derechos humanos estaban directamente dirigidos a permitir el ejercicio de la libertad religiosa; por otra, Karl Marx afirmó que se deben a la pretensión de la burguesía de garantizar el derecho de propiedad. Max Weber, en su obra La ética protestante y el espíritu del capitalismo, afirma que existiría una conexión entre la ética individualista en que se basaron los derechos humanos y el surgimiento del capitalismo moderno.[47]
[editar] Revoluciones burguesas y positivación de los derechos humanos
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, adoptada por la Asamblea Nacional francesa el 26 de agosto de 1789.

Las distintas culminaciones de la Revolución Estadounidense y la Revolución francesa, hitos fundamentales del efectivo paso a la Edad Contemporánea, representan el fin o el principio, según se quiera ver, del complejo proceso de reconocimiento o creación de los derechos humanos. Si las revoluciones son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, las diversas actas de nacimiento lo constituyen las declaraciones de derechos de las colonias estadounidenses, en especial la Declaración de Derechos de Virginia de 1776, considerada la primera declaración moderna de derechos humanos, y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa de 1789, influenciada por la anterior. Estas declaraciones, fundamentadas en el iusnaturalismo racionalista, suponen la conversión del derecho subjetivo en centro del orden jurídico, y a aquél se supedita el Derecho como orden social.[48]

Fruto de este influjo iusnaturalista, los derechos reconocidos tienen vocación de traspasar las fronteras nacionales y se consideran "derechos de los hombres".[45] Aunque el primer uso constatado de la expresión "derechos del hombre" (iura hominum) se produjo ya en 1537, en un texto de Volmerus titulado Historia diplomática rerum ataviarum,[18] la denominación no se popularizó entre la doctrina hasta finales del siglo XVIII, con la obra de Thomas Paine The Rights of Man (1791-1792).[49] Según se plasmó en las Declaraciones, tanto los revolucionarios franceses como los estadounidenses consideraban que estos derechos eran inalienables e inherentes a la naturaleza humana, incluso verdades "evidentes" según la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Pese a ello, decidieron recogerlos en declaraciones públicas, lo que se justifica por motivos jurídicos y políticos. En lo primero, debe tenerse en cuenta que para el iluminismo revolucionario la Constitución es la que garantiza los derechos y libertades, lo que explica la formulación positiva de los mismos.[50] En lo segundo, se pretendía facilitar la salvaguarda del libre desarrollo del individuo en la sociedad frente a la arbitrariedad del poder:[51] ya el Preámbulo de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano afirmó expresamente que "la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos".[52]

La primera declaración de derechos del hombre de la época moderna es la Declaración de Derechos de Virginia, escrita por George Mason y proclamada por la Convención de Virginia el 12 de junio de 1776. En gran medida influyó a Thomas Jefferson para la declaración de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, de 4 de julio de 1776, a las otras colonias de América del Norte y a la Asamblea Nacional francesa en su declaración de 1789.
[editar] Nuevas demandas e internacionalización de los derechos

La noción de derechos humanos recogida en las Declaraciones, basada en la ideología burguesa del individualismo filosófico y el liberalismo económico,[53] no experimentó grandes cambios a lo largo del siglo siguiente hasta que, ante las pésimas condiciones de vida de las masas obreras, surgieron movimientos sindicales y luchas obreras que articularon sus demandas en forma de nuevos derechos que pretendían dar solución a ciertos problemas sociales a través de la intervención del Estado, como la garantía del derecho de huelga, unas condiciones mínimas de trabajo o la prohibición o regulación del trabajo infantil. Desde la primera mitad del siglo XIX se había desarrollado una nueva filosofía social que se manifestó en el socialismo utópico, el reformismo de la Escuela Católica Social, la socialdemocracia, el anarquismo o el socialismo científico.[54] En esta nueva fase fueron muy importantes la Revolución rusa o la Revolución mexicana.

Además de las luchas obreras, a lo largo de la edad contemporánea los movimientos por el sufragio femenino consiguieron para muchas mujeres el derecho de voto; movimientos de liberación nacional consiguieron librarse del dominio de las potencias coloniales; y triunfaron diversas reivindicaciones de minorías raciales o religiosas oprimidas, movimientos por los derechos civiles o movimientos de políticas de identidad que defienden la autodeterminación cultural de colectivos humanos.
Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos en español

El siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los derechos humanos al Derecho internacional. Si a principios del siglo se afirmaba que esta rama del Derecho sólo regulaba las relaciones entre Estados y excluía a los particulares, el cambio fue rápido y tras la Segunda Guerra Mundial, según Juan Antonio Carrillo Salcedo, los derechos humanos podían considerarse un principio constitucional del Derecho internacional contemporáneo.[55] Es especialmente desde el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas, en 1945, cuando el concepto de derechos humanos se ha universalizado y alcanzado la gran importancia que tiene en la cultura jurídica internacional. El 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional que surgía tras el armisticio.

Posteriormente se han aprobado numerosos tratados internacionales sobre la materia, entre los que destacan los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales), y se han creado diversos dispositivos para su promoción y garantía.
[editar] Naturaleza y fundamento

Norberto Bobbio afirma la imposibilidad de encontrar un fundamento absoluto a los derechos humanos y alega para ello cuatro razones. Primera, la ausencia de un concepto inequívoco y claro de los mismos; segunda, su variabilidad en el tiempo; tercera, su heterogeneidad; y, cuarta, las antinomias y conflictos que existen entre distintos derechos, como entre los civiles y políticos, por un lado, y los sociales y culturales, por otro. En el Coloquio del Instituto Internacional de Filosófía celebrado en L'Aquila en 1964, Bobbio propuso sustituir la búsqueda de un imposible fundamento absoluto por el estudio de las diversas fundamentaciones posibles que las ciencias sociales avalaban.[56] Y, en cualquier caso, para el jurista italiano, el problema básico relativo a los derechos humanos no es su fundamentación, sino su puesta en práctica y protección.[57] Pero son muchos los juristas y filósofos que no comparten esta creencia sino que, por el contrario, la fundamentación de los derechos humanos ha sido y es objeto de gran interés a lo largo del tiempo, y la mayoría considera que es una labor teórica con gran incidencia en la práctica.[58]

Cada una de las numerosas teorías que los pensadores han desarrollado está influida por la Filosofía dominante en el momento histórico en que se gestó y parte de muy diferentes cosmovisiones y concepciones del ser humano, al que atribuyen o niegan determinadas características inmanentes.[59] Para algunos, el eje de los derechos humanos es una serie de derechos concretos (según Herbert Hart, el derecho a la libertad; atendiendo a John Rawls, determinados derechos fundamentales que corresponden a unos deberes fundamentales; de acuerdo con Ronald Dworkin, el derecho a la igualdad ante la ley);[60] para otros, los derechos humanos son la traducción normativa de una serie de valores, aprehendidos de la realidad o construidos socialmente. Un tercer grupo considera que los derechos humanos son criterios o límites a los que debe adecuarse la actividad de los poderes públicos o el mercado, tesis defendida tanto desde una axiología iusnaturalista (Luis Recasens Siches)[61] como desde un iuspositivismo crítico (Luigi Ferrajoli).[62] Finalmente, diversas teorías sostienen que los derechos humanos son la codificación de la conducta moral que, de acuerdo con David Hume, es un producto social y humano que se desarrolla en un proceso de evolución biológica y social. Las teorías sociológicas del Derecho y los trabajos de Max Weber consideran que la conducta se desarrolla como un patrón sociológico de fijación de normas.

En cuanto a su fundamentación, según qué tipo de concepción se tenga sobre el Derecho –iusnaturalista, iusracionalista, iuspositivista, vinculada al realismo jurídico o al dualismo jurídico, entre otras– la categoría conceptual de derechos humanos puede considerarse derivada de la divinidad, observable en la naturaleza, asequible a través de la razón, determinada por los contextos en las muchas maneras que es posible entender la Historia, una síntesis de ideas de éstas u otras posiciones ideológicas y filosóficas o un mero concepto inexistente y sin validez.
[editar] Iusnaturalismo
La Libertad guiando al pueblo, por Eugène Delacroix (1830). Los derechos humanos entendidos como derechos naturales inspiraron las revoluciones burguesas de los siglos XVIII y XIX.

Son tesis iusnaturalistas las que afirman la existencia del Derecho natural. Aunque en cada época se ha entendido este concepto de manera diferente, todas estas doctrinas coinciden en afirmar la existencia de una juricidad previa y fundamentadora del Derecho positivo: la positivación, por lo tanto, se limitaría a declarar derechos ya existentes. En las declaraciones de derechos del siglo XVIII se refleja esta concepción, y el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos", lo que es considerado por juristas como Hans Kelsen una clara manifestación de la doctrina del iusnaturalismo.[63]

Algunas teorías iusnaturalistas afirman que los derechos humanos se basan en aspectos biológicos, tales como la conveniencia para la supervivencia de la especie, en el contexto de la selección natural, de una conducta basada en la empatía y el altruismo. Otras los sustentan en el orden moral natural tal y como se deriva de determinados preceptos religiosos. Consideran que la conducta moral es un conjunto de prescripciones objetivamente válidas y apelan a textos como la Biblia o el Corán. Frente a éstas, desde el siglo XVII, con Hugo Grocio, ha cobrado fuerza el iusnaturalismo racionalista, de la mano de autores que se desvinculan progresivamente de la idea de Dios,[64] si bien existen en la actualidad diversas fundamentaciones iusnaturalistas de carácter o inspiración religiosa. Entre ellas se encuentra la Doctrina Social de la Iglesia, que retoma las ideas de los Padres de la Iglesia y Tomás de Aquino. Llegar a lo realmente humano es una de las críticas principales de las ponencias de Juan Pablo II en su enciclica "Humanae vitae". La vida es un sentir desde una divinidad al bien común expreso en la realidad cristiana, desde la moralidad del bienestar.

Según la Doctrina Social de la Iglesia, el fundamento sólido o inmediato de los derechos se encuentra en la ley natural, la norma -de derecho natural- que es fuente equilibrada de derechos y deberes de cada uno; a su vez, su fundamento último es Dios mismo: el orden con que Dios gobierna el universo recibe el nombre de ley eterna, del que la ley natural es una participación o derivación. Los derechos humanos son objetivos en tanto que no dependen de la subjetividad de quien es su titular o está obligado por ellos. Por tanto, no quedan sujetos a los estados de ánimo, las opiniones o la voluntad de nadie; tampoco el consenso, ni siquiera de la mayoría. Para la Iglesia Católica, además, otra característica de los derechos humanos es su sociabilidad: siendo el hombre naturalmente social, existen derechos naturales de la persona en cuanto individuo, pero también en tanto miembro de diversos grupos sociales naturales; es decir, derechos naturales de la familia, de las asociaciones o de las naciones. Por la misma razón, los derechos se ordenan al bien común y están constitutivamente limitados. Concretando más en cuanto su precisión y limitación, los derechos humanos remiten a lo justo concreto, por lo que no significan el reconocimiento de una libertad para realizar cualquier cosa, en cualquier momento o de cualquier manera.[65]

Uno de los teóricos de derechos humanos más relevantes e influyentes fue John Locke, que elevó la defensa de los derechos naturales a la categoría de principio fundamental de legitimación del gobierno y fin básico de la sociedad civil. Locke basó sus ideas en el concepto de propiedad, que utilizó en un sentido amplio y en un sentido restringido. En sentido amplio, se refiere a un amplio conjunto de intereses y aspiraciones humanas; más restricitivamente, alude a los bienes materiales. Locke afirmó que la propiedad es un derecho natural y que se deriva del trabajo. Además, dijo que la propiedad precede al Estado y que éste no puede disponer de la propiedad de los sujetos arbitrariamente. De acuerdo con Locke, negar el derecho de propiedad es negar los derechos humanos. El filósofo británico tuvo una gran influencia en el Reino Unido y fue decisivo en la filosofía en que se basó la fundación de Estados Unidos.

Algunos filósofos han considerado que los derechos humanos se derivan de un derecho o valor fundamental determinado. Para muchos autores,[66] entre los que se encuentra Samuel Pufendorf,[67] el sistema de derechos naturales del hombre se deriva de su dignidad; otros, como Hegel o Kant, afirmaron que la libertad es fundamento de los derechos humanos y, al mismo tiempo, el principal de éstos. Kant representó la culminación de un proceso encaminado a depurar las teorías iusnaturalistas de elementos históricos o empíricos, al fundamentar su teoría del Derecho natural en principios a priori, entendidos como exigencias de la razón práctica.

En la segunda mitad del siglo XX, y tras su decadencia en favor de las ideas iuspositivistas, el Derecho natural resurgió con fuerza con multitud de teorías muy diversas. De ellas, algunas mantienen una fundamentación objetivista de los derechos humanos, en tanto que afirman la existencia de un orden de valores o principios con validez objetiva y universal, independiente de los individuos. Otras, las subjetivistas, sitúan a la autonomía humana como fuente de todos los valores; basan los derechos humanos en la autoconsciencia racional de la dignidad, libertad e igualdad humanas.[68] Finalmente, las llamadas tesis intersubjetivistas, que surgen de un intento de síntesis entre las dos tendencias anteriores, consideran los derechos humanos como valores radicados en necesidades comunes y por lo tanto intrínsecamente comunicables.
[editar] Iuspositivismo

Las tesis positivistas se oponen frontalmente a las iusnaturalistas, ya que consideran que el único conjunto de normas que tiene carácter jurídico es el Derecho positivo.[69] Afirman, por tanto, que la positivización tiene carácter constitutivo, al negar la juridicidad del Derecho natural o incluso su existencia. John Austin consideró que los derechos humanos forman parte de las normas sociales que influyen en el Derecho, pero no son Derecho:[70] para muchos positivistas, los derechos humanos son ideas morales, pero sin valor jurídico por sí mismas. Para que tengan dicho valor, deben incorporarse al ordenamiento jurídico: las leyes son la formulación jurídica de la voluntad soberana del pueblo y obligan a su cumplimiento. No es necesario ni procedente acudir a otro sustento que el legal.

La creciente aceptación del iuspositivismo a lo largo del siglo XIX produjo un arrinconamiento del Derecho natural y motivó la plasmación de los derechos humanos, como derechos fundamentales, en las Constituciones de los países occidentales.[71] El proceso se apoyó en la categoría de los derechos públicos subjetivos, que surgió como alternativa a la de derechos naturales, que los iuspositivistas consideraban de carácter ideológica. La teoría de los derechos públicos objetivos reconocía la personalidad jurídica del Estado, que adquiría así la titularidad de derechos y deberes.[72] Tras el ascenso de regímenes totalitarios en los años 1920 y 1930 y la Segunda Guerra Mundial se produjo un resurgimiento del iusnaturalismo que hizo que autores como Hans Kelsen, Alf Ross, Herbert Hart y Norberto Bobbio reaccionaran clarificarando los conceptos fundamentales de las teorías positivistas. Ello provocó una diversificación del iuspositivismo que produjo tesis a veces incompatibles entre sí.[73]

Algunas de estas tesis recientes dan cabida a la defensa de los derechos humanos. Una de ellas es la teoría dualista de los derechos, formulada por Gregorio Peces-Barba y muy similar a la articulada por Eusebio Fernández, que incorpora algunos elementos propios del iusnaturalismo, en tanto que sólo los derechos con un fundamento moral son fundamentales; pero al mismo tiempo considera que la positivación es requisito necesario para que un derecho humano lo sea. Por lo tanto, concibe los derechos como la encrucijada entre lo jurídico y lo ético; y como traducción normativa de los valores de dignidad, libertad e igualdad, al tiempo que legitimadores de los poderes públicos.[74] La teoría del garantismo jurídico, defendida por Luigi Ferrajoli, afirma que el Estado de Derecho posee una legitimación formal y otra material. La legitimación formal hace referencia al imperio de la ley; la material, a la vinculación de todos los poderes del Estado a la satisfación de los derechos fundamentales,[75] de los cuales, según el jurista italiano, los derechos humanos son una subclase.

Ambas teorías superan un iuspositivismo puramente formal y, ciñiéndose a los mecanismos internos del ordenamiento jurídico, aportan criterios materiales para garantizar la estabilización del orden jurídico y la garantía de los derechos fundamentales. Maria de Lourdes Souza considera que es importante considerar su contexto: el garantismo, que se basa en el Estado de Derecho, surge en un contexto socio-jurídico democrático que, aunque presenta tendencias regresivas, es más o menos igualitario y justo.[76] De la misma manera, el dualismo jurídico se inserta dentro de un marco jurídico-político determinado, el del Estado social y democrático de Derecho.[74]
[editar] Tesis realistas

Las tesis realistas pueden definirse como aquellas para las que la positivación es un requisito más, junto con otros, que influye en la efectividad de los derechos humanos. Engloba un conjunto de posiciones doctrinales muy diverso y heterogéneo, que afirman que es la práctica de las personas los que dotan de significación a los derechos humanos.[77] Critican la concepción ideal que de éstos tiene el iusnaturalismo, así como la puramente formal del iuspositivismo, afirmando que ambas corrientes son excesivamente abstractas y no tienen en cuenta las condiciones económicas y sociales de las que depende el efectivo disfrute de los derechos. Con carácter general, las tesis realistas insisten en alguno de los siguientes ámbitos: en el plano político, en las condiciones de democracia política y económica necesarias para el disfrute real de los derechos humanos; en el jurídico, en los mecanismos de garantía y protección; y en el sociológico, en la conciencia colectiva sobre derechos humanos.

La postura realista se relaciona, en gran medida, con el socialismo.[78] Ya en La cuestión judía, una de sus primeras obras, Karl Marx criticó la noción burguesa de derechos humanos, que describió como derechos del individuo egoísta y basados en una concepción abstracta de libertad y emancipación. Para el filósofo alemán, los derechos humanos burgueses eran un conjunto de protecciones legales para la defensa de la clase propietaria de los medios de producción.[79] Marx afirmó que son las condiciones materiales las que determinan el alcance real de los derechos humanos, y que para su realización efectiva es necesaria una auténtica emancipación política.

Helio Gallardo o Joaquín Herrera Flores afirman que los derechos humanos se sustentan en las tramas sociales, en las relaciones y experiencias intersubjetivas.[80] Helio Gallardo considera que el fundamento de los derechos humanos son las transferencias de poder que se producen entre los grupos sociales, así como las instituciones en que se articulan y las lógicas que inspiran las relaciones sociales.[81] Estas transferencias de poder pueden positivarse o no, y ser más o menos precarias. Para Joaquín Herrera, en una línea similar, los derechos humanos son las prácticas y medios por los que se abren espacios de emancipación que incorporan a los seres humanos en los procesos de reproducción y mantenimiento de la vida.[82]

La teoría consensual de la verdad, desarrollada por Jürgen Habermas (perteneciente a la Escuela de Frankfurt), propone una fundamentación intersubjetiva de los valores y derechos, a través de un acuerdo racional alcanzado en unas condiciones ideales.[83] En una línea similar, para Chaïm Perelman los derechos humanos se fundamentan en la experiencia y la conciencia morales de un consenso que se alcanza a través de un proceso determinado. Se trata de fundamentos en los que coincidan los que denomina «espíritus razonables» y que serían asimismo aprobados por «audiencias universales», los que se consideran interlocutores válidos para cada asunto.[84]
[editar] Utilitarismo

En un principio, el utilitarismo surgió como una alternativa a la idea de los derechos humanos, más que como una propuesta de fundamentación; aunque posteriormente John Stuart Mill y otros autores han tratado de sustentar los derechos humanos desde esta filosofía.[85] El utilitarismo, como doctrina ética, considera «la mayor felicidad para el mayor número como la medida de lo justo y de lo injusto».[86] Los utilitaristas parten del rechazo de la idea de derechos humanos como derechos naturales: especialmente crítico con dicha idea fue Jeremy Bentham, que calificó como un sinsentido la afirmación de que existen derechos previos al Estado:[87] los derechos, de existir, son un producto social que se justifica desde el principio de la utilidad.[88]

Según John Stuart Mill, los derechos son reglas para la maximización de la felicidad; pero añade que los derechos no son absolutos dado que, en determinadas condiciones excepcionales, su cumplimiento nos aleja tanto del fin (maximización de la utilidad social) que no cabe compensar la pérdida de felicidad con el peso, importante, que tienen.[89]

Esta fundamentación utilitarista ha sido objeto de críticas que enfatizan la falta de garantía de los derechos humanos, que podrían ser violados para la consecución de la mayor felicidad para el mayor número. En esta línea han incidido especialmente John Rawls[85] o James Fishkin.[90] Thomas Nagel y muchos otros han denunciado el uso del enfoque utilitarista para justificar el uso de violencia a gran escala contra la población civil o el uso de armas de destrucción masiva entendidas como un mal menor, la forma más rápida de obtener la victoria en una guerra y evitar, supuestamente, un mayor número de muertes.[91] La reacción de los utilitaristas ante estas críticas hicieron surgir teorías como la del utilitarismo de normas, el utilitarismo de normas ideales o la integración de un principio de respeto a las personas. Richard Brandt define el utilitarismo de normas como el que afirma que "un acto es obligatorio sólo si la aceptación uniforme de una regla correspondiente maximizará la utilidad esperable".[92] El utilitarismo de normas, por lo tanto, no valora sólo los efectos de un acto específico, sino los efectos de su generalización.
[editar] Aspectos institucionales y jurídicos
Numerosas ONG en el mundo se dedican a la defensa y promoción de los derechos humanos en el mundo, en la imagen logo de Human Rights Watch.

Los derechos humanos tienen una creciente fuerza jurídica, en tanto que se integran en las constituciones y, en general, en el ordenamiento jurídico de los Estados. También, en el ámbito de la comunidad internacional, por su reconocimiento en numerosos tratados internacionales –tanto de carácter general como sectorial; universal y regional– y por la creación de órganos jurisdiccionales, cuasijurisdiccionales o de otro tipo para su defensa, promoción y garantía.

Además, debido a su aceptación, diversos derechos humanos se consideran parte del Derecho internacional consuetudinario y algunos incluso normas de ius cogens, tal y como han afirmado órganos internacionales como el Comité de Derechos Humanos o la Corte Internacional de Justicia. Entre ellos se encuentran la prohibición de la tortura y de la privación arbitraria de la vida[93] o el acceso a unas mínimas garantías procesales y la prohibición de detención arbitraria.[94]
[editar] Derechos humanos y derechos constitucionales

Es importante diferenciar y no confundir los derechos humanos con los derechos constitucionales. Aunque generalmente los derechos humanos se suelen recoger dentro de los derechos constitucionales, no siempre coinciden. Para determinar qué derechos son "constitucionales" basta con recurrir al catálogo de derechos reconocidos por las constituciones políticas de los Estados; el concepto de "derechos humanos" pertenece más bien al ámbito de la Filosofía del Derecho.

La relación entre ambos conceptos ha sido estudiada por numerosos autores y es problemática. De entre los que reconocen la virtualidad del concepto de derechos humanos,[95] las teorías iusnaturalistas consideran que la existencia de los derechos humanos es independiente de su reconocimiento como derechos constitucionales. Para algunos autores, como Francisco Laporta, existiría un pequeño número de derechos humanos básicos, de los que se derivarían los derechos constitucionales más concretos.[96]

Por su parte, para las teorías dualistas –las que otorgan importancia tanto al fundamento moral de los derechos como a su positivación– los conceptos de derechos humanos y derechos constitucionales tendrían un contenido equivalente. Luigi Ferrajoli considera, en su teoría del garantismo jurídico, que, siendo los derechos constitucionales o fundamentales los reconocidos en la Carta Magna de los Estados, los derechos humanos son aquellos que se reconocen a todos, independientemente de su ciudadanía y su capacidad de obrar: la constitución de un país, por ejemplo, puede otorgar derechos a sus ciudadanos que no abarquen a los no nacionales (por ejemplo, el derecho al voto). En ese caso se trataría de derechos constitucionales que se reconocen al ciudadano, pero no podrían ser derechos humanos si no se reconoce a todas las personas sean de la condición que sean.
[editar] Clasificación generacional

Aunque la mayoría de las doctrinas jurídicas distinguen varias generaciones de derechos humanos, existen múltiples y diferentes clasificaciones. Todas suelen coincidir al describir la primera generación, pero posteriormente se ramifican y complejizan. Además, existen al menos dos concepciones de esta visión generacional. Para una de ellas, son expresión de una racionalidad que se realiza progresivamente en el tiempo; para otras, cada generación de derechos humanos es expresión de una racionalidad diferente y puede entrar en conflicto con las demás. Por otra parte, existen posiciones que evitan pronunciarse acerca categorías de derechos humanos y más bien tienden a enfocarlos como un sistema unitario.

Cada nueva generación, que se clasifica cronológicamente en relación con las anteriores, ha sido objeto de críticas. Si ya los derechos de la primera generación fueron criticados, también sucedió con los derechos de la segunda durante el siglo XX, si bien en la actualidad la casi totalidad de los juristas los aceptan. Hoy en día es objeto de debate la existencia de una tercera generación de derechos humanos ya que, tanto desde el punto de vista jurídico como político, se critica la indeterminación de esta categoría y su difícil garantía.[97] No obstante estas objeciones, existen teorías que hablan de cuatro e incluso cinco generaciones de derechos humanos.[98]
[editar] Tres generaciones de derechos humanos
Artículo principal: Tres generaciones de derechos humanos

La división de los derechos humanos en tres generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979. Cada una se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la Revolución francesa: libertad, igualdad, fraternidad.

Los derechos de primera generación son los derechos civiles y políticos, vinculados con el principio de libertad. Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos, que exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la esfera privada. Por su parte, los derechos de segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio de igualdad. Exigen para su realización efectiva de la intervención de los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos.[99] Existe cierta contradicción entre los derechos contra el Estado (primera generación) y los derechos sobre el Estado (segunda generación). Los defensores de los derechos civiles y políticos califican frecuentemente a los derechos económicos, sociales y culturales como falsos derechos, ya que el Estado no puede satisfacerlos más que imponiendo a otros su realización, lo que para éstos supondría una violación de derechos de primera generación.

Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética,[100] aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación,[101] para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física.[102]
[editar] Otras propuestas

Autores como David Vallespín Pérez,[103] Franz Matcher,[104] Antonio Pérez Luño,[105] Augusto Mario Morello,[106] Robert B. Gelman[107] y Javier Bustamante Donas[108] afirman que está surgiendo una cuarta generación de derechos humanos. No obstante, el contenido de la misma no es claro, y estos autores no presentan una propuesta única. Normalmente toman algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta, como el derecho al medio ambiente o aspectos relacionados con la bioética. Javier Bustamante afirma que la cuarta generación viene dada por los derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías;[109] otros, que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras generaciones se refieren al ser humano como miembro de la sociedad, los derechos de la cuarta harían referencia al ser humano en tanto que especie. Tal idea había quedado acordada en la Carta de las Naciones Unidas (ver punto 5) cuando en su preámbulo se escribió, " nosotros los Pueblos de las Naciones Unidas resueltos ... a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas... hemos decidido sumar nuestros esfuerzos para realizar estos designios" y luego de manera más explícita, cuando expresaron entre sus propósitos el siguiente " realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma, religión". Para el cumplimiento de tal propósito inicialmente se continuaba concibiendo como agente inmediato al Estado, a cuya custodia la tradición occidental había confiado cierto número de garantías al ciudadano, a partir de las revoluciones inglesas, norteamericanas y francesas. Mas el precario desarrollo de la democracia en el mundo, la amarga experiencia de la Segunda Guerra Mundial y la caótica situación política creada por sus consecuencias en muchas naciones demostraba la consagración de los derechos humanos en constituciones y leyes internas que no eran suficientes para asegurar su protección y respeto por parte de los gobiernos. En numerosos Estados, por factores diversos, la protección del derecho nacional resultaba eliminada, suspendida, inoperante o abiertamente conculcada por gobiernos de fuerza o de careta jurídica.

Helio Gallardo, por su parte, defiende la existencia de cinco generaciones de derechos humanos,[110] que identifica con las reivindicaciones de diferentes grupos sociales. Serían los derechos civiles y políticos, reclamados por la burguesía; los económicos, sociales y culturales, propios de los movimientos obreros y antiesclavistas; los derechos de los pueblos y sectores diferentes, incluyendo las luchas de descolonización y feministas; los ambientales, que define como derechos las generaciones futuras; y los relativos al control del cuerpo y la organización genética de uno mismo, enfrentados a la mercantilización del interior de la vida. Extender conocimiento aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_Humanos) y los delitos de lesa humanidad serán investigados(por el poder judicial quien promitio cumplir la constitución de 1999) y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad(Falta de castigo), incluidos el indulto(El indulto (también conocido como perdón) es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena. Es una situación diferente a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el indulto la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena.

El indulto puede ser total o parcial. A su vez puede ser general y particular.

    * El indulto total comprende la remisión de todas las penas a que hubiere sido condenado el reo y que aún no hubieren sido cumplidas.
    * El indulto parcial supone la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas o su conmutación por otras menos graves.
, extender conocimiento aqui:Diferencias entre indulto y amnistía

    * El indulto supone el perdón de la pena, mientras que la amnistía supone el perdón del delito. Por eso sólo se puede indultar respecto de la parte de la pena que no haya sido ya cumplida, mientras que la amnistía puede implicar rehabilitar al amnistiado en derechos ya perdidos al cumplir la pena impuesta.

    * El indulto afecta a una persona concreta, la amnistía afecta a una pluralidad.

    * El indulto no extingue la responsabilidad civil derivada del delito, la amnistía si lo hace.

    * En general, para otorgar el indulto es necesario un acto administrativo para la amnistía es necesaria una ley.

    * La amnistía extingue los antecedentes penales, mientras el indulto no lo hace necesariamente.

    * Para otorgar un indulto es necesaria sentencia firme, para la amnistía no es necesario.

    * La Amnistía, por lo general, se aplica para los delitos políticos.
, extender conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Indulto) y la amnistía(La amnistía (del griego amnestia, olvido) es una causa de extinción de la responsabilidad penal. Es un acto jurídico, normalmente emanado del poder legislativo, por el que una pluralidad de individuos que habían sido declarados culpables de un delito pasan a considerarse inocentes por desaparición de la figura delictiva.

A diferencia del indulto, que extingue la responsabilidad penal actuando sobre la pena derivada de un delito (la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena), la amnistía actúa sobre el delito mismo. Por ello, la amnistía suele tener efectos retroactivos y, entre otros, extingue toda responsabilidad penal o civil y anula los antecedentes penales. Por el mismo motivo, es general, dado que actúa sobre todos los que cometieron ese delito, y no sobre individuos concretos.

La amnistía suele suponer un nuevo juicio de valor sobre la conveniencia de prohibir o sancionar una conducta. Por esa razón, las leyes o actos de amnistía son más frecuentes en momentos de cambios sociales o de regímenes políticos y, en ocasiones, se asocia al perdón de presos políticos. Sin embargo, su empleo puede ser objeto de polémica, pues puede provocar la impunidad de quienes cometieron graves hechos durante un régimen anterior. extender conocimiento aqui:http://es.wikipedia.org/wiki/Amnist%C3%ADa).

CONCLUSIÓN:
29. El articulo esta diseñado para que los gobernadores tenga el poder de castigar por motivos de ilesa humanidad, violaciones gravez y criminis de guerra, todo delito a la humnanidad, la viOlación a los derechos humanos, etc).

Artículo 30. El Estado(gobierno conformado por diferentes ideologias) tendrá la obligación de indemnizar(La Indemnización de perjuicios o indemnización por daños y perjuicios consiste en la acción que tiene el acreedor o la víctima para exigir del deudor o causante del daño una cantidad de dinero equivalente a la utilidad o beneficio que a aquél le hubiese reportado el cumplimento efectivo, íntegro y oportuno de la obligación o a la reparación del mal causado.

El perjuicio (véase daño) es la disminución patrimonial del acreedor a consecuencia del incumplimiento de la obligación, sea que se trate de una pérdida real o efectiva, o simplemente de una ventaja.
[editar] Tipos de indemnización

Las indemnizaciones de perjuicios se clasifican en dos clases, en función de su procedencia:

    * Contractuales: Son las que debe pagar un deudor en caso de incumplir una obligación contractual, con el fin de resarcir al acreedor por su incumplimiento.
    * Extracontractuales: Son aquellas que no proceden de un contrato. Su causa se debe a una acción dolosa o culpable que provoca un daño a otra personas. Dicha acción puede originarse también con motivo de la comisión de un delito.
;ver significado aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Indemnizaci%C3%B3n_de_perjuicios) integralmente(en todos los sentidos por causa de daño, en la lucha por la vida digna, elderecho a la propiedad privada, nada de robo, ni hurto, todo segun la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999) a las víctimas de violaciones a los derechos humanos(Para la declaración de la ONU de 1948, véase Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.[3] Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.[4]

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,[5] son una idea de gran fuerza moral[6] y con un respaldo creciente.[7] Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.[7] Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;[8] y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.[9]

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado,[10] la realización de determinadas actividades positivas.[11] Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación.
Contenido
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    * 1 Origen cultural
    * 2 Evolución histórica
          o 2.1 Antecedentes remotos
                + 2.1.1 Sociedad grecorromana
                + 2.1.2 Influencia del cristianismo
          o 2.2 Conformación del concepto
          o 2.3 Revoluciones burguesas y positivación de los derechos humanos
          o 2.4 Nuevas demandas e internacionalización de los derechos
    * 3 Naturaleza y fundamento
          o 3.1 Iusnaturalismo
          o 3.2 Iuspositivismo
          o 3.3 Tesis realistas
          o 3.4 Utilitarismo
    * 4 Aspectos institucionales y jurídicos
          o 4.1 Derechos humanos y derechos constitucionales
    * 5 Clasificación generacional
          o 5.1 Tres generaciones de derechos humanos
          o 5.2 Otras propuestas
    * 6 Véase también
    * 7 Referencias
    * 8 Bibliografía
    * 9 Enlaces externos

[editar] Origen cultural

Existe un importante debate sobre el origen cultural de los derechos humanos. Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura occidental moderna, pero existen al menos dos posturas principales más.[12] Algunos afirman que todas las culturas poseen visiones de dignidad que se plasman en forma de derechos humanos, y hacen referencia a proclamaciones como la Carta de Mandén, de 1222, declaración fundacional del Imperio de Malí. No obstante, ni en japonés[13] ni en sánscrito clásico,[14] por ejemplo, existió el término derecho hasta que se produjeron contactos con la cultura occidental, ya que estas culturas han puesto tradicionalmente el acento en los deberes. Existen también quienes consideran que Occidente no ha creado la idea ni el concepto de derechos humanos, aunque sí una manera concreta de sistematizarlos, una discusión progresiva y el proyecto de una filosofía de los derechos humanos.[15]

Las teorías que defienden la universalidad de los derechos humanos se suelen contraponer al relativismo cultural, que afirma la validez de todos los sistemas culturales y la imposibilidad de cualquier valoración absoluta desde un marco externo, que en este caso serían los derechos humanos universales. Entre estas dos posturas extremas se sitúa una gama de posiciones intermedias. Muchas declaraciones de derechos humanos emitidas por organizaciones internacionales regionales ponen un acento mayor o menor en el aspecto cultural y dan más importancia a determinados derechos de acuerdo con su trayectoria histórica. La Organización para la Unidad Africana proclamó en 1981 la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que recogía principios de la Declaración Universal de 1948 y añadía otros que tradicionalmente se habían negado en África, como el derecho de libre determinación o el deber de los Estados de eliminar todas las formas de explotación económica extranjera. Más tarde, los Estados africanos que acordaron la Declaración de Túnez, el 6 de noviembre de 1993, afirmaron que no puede prescribirse un modelo determinado a nivel universal, ya que no pueden desatenderse las realidades históricas y culturales de cada nación y las tradiciones, normas y valores de cada pueblo.[16] En una línea similar se pronuncian la Declaración de Bangkok, emitida por países asiáticos el 22 de abril de 1993, y de El Cairo, firmada por la Organización de la Conferencia Islámica el 5 de agosto de 1990.[17]

También la visión occidental-capitalista de los derechos humanos, centrada en los derechos civiles y políticos se opuso a menudo durante la Guerra Fría, destacablemente en el seno de Naciones Unidas, a la del bloque socialista, que privilegiaba los derechos económicos, sociales y culturales y la satisfacción de las necesidades humanas básicas.
[editar] Evolución histórica

Muchos filósofos e historiadores del Derecho consideran que no puede hablarse de derechos humanos hasta la modernidad en Occidente. Hasta entonces, las normas de la comunidad, concebidas en relación con el orden cósmico, no dejaban espacio para el ser humano como sujeto singular,[18] concibiéndose el derecho primariamente como el orden objetivo de la sociedad. La sociedad estamental tenía su centro en grupos como la familia, el linaje o las corporaciones profesionales o laborales,[19] lo que implica que no se concebían facultades propias del ser humano en cuanto que tal, facultades de exigir o reclamar algo. Por el contrario, todo poder atribuido al individuo derivaba de un doble status: el del sujeto en el seno de la familia y el de ésta en la sociedad. Fuera del status no había derechos.[20]

La existencia de los derechos subjetivos, tal y como se piensan en la actualidad, fue objeto de debate durante los siglos XVI, XVII y XVIII.[21] Habitualmente se dice que los derechos humanos son producto de la afirmación progresiva de la individualidad[22] y, de acuerdo con ello, que la idea de derechos del hombre apareció por primera vez durante la lucha burguesa contra el sistema del Antiguo Régimen.[23] Siendo ésta la consideración más extendida, otros autores consideran que los derechos humanos son una constante en la Historia y hunden sus raíces en el mundo clásico.
[editar] Antecedentes remotos
Del Cilindro de Ciro se ha dicho que es la primera declaración de derechos humanos.

Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro el Grande tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. Fue descubierto en 1879 y la ONU lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también Hammurabi de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso se lo ha descrito como la primera declaración de derechos humanos.[24] Numerosos historiadores, sin embargo, consideran que el término es ajeno a ese contexto histórico.
La Carta Magna, Magna Carta Libertatum de 1215

Documentos medievales y modernos, como la Carta Magna inglesa, de 1215, y la mandinga Carta de Mandén, de 1222, se han asociado también a los derechos humanos. En contra de esta idea, José Ramón Narváez Hernández afirma que la Carta Magna no puede considerarse una declaración de derechos humanos, ya que en esta época existen derechos pero sólo entre iguales, y no con carácter universal:[25] no se predica la igualdad formal de todos los seres humanos. Lo mismo sucedía en el Imperio de Malí, cuya constitución oral, la Kouroukan Fouga, refleja cómo la población se estructuraba según su tribu de origen. Estas consideraciones son extrapolables a documentos como la Goldone Bulle de Andreas II en Hungría en 1222; la Confirmatio fororum et libertartum de 1283 y el Privilegio de la Unión de 1287, de Aragón ambos; las Bayerische Freiheitsbriefe und Landesfreiheitserklärungen desde 1311 o la Joyeuse Entrée de Brabante de 1356. En todos estos casos, los derechos y libertades reconocidos pertenecen al ámbito de los pactos entre el monarca y los estamentos del reino:[26] no se trata, en suma, de derechos humanos; sino de derechos corporativos o privilegios.
[editar] Sociedad grecorromana

En la Grecia antigua en ningún momento se llegó a construir una noción de dignidad humana frente a la comunidad que se pudiera articular en forma de derechos, sino que se entendió que las personas pertenecían a la sociedad como partes de un todo y eran los fines de ésta los que prevalecían.[27] La única oposición a la tiranía se sustentaba en la apelación a la Ley divina como opuesta a la norma, como se muestra en el mito de Antígona, plasmado por Sófocles en la obra trágica del mismo nombre.

La sociedad griega se dividía en tres grupos principales: los ciudadanos, los metecos o extranjeros y los esclavos. La esclavitud se consideraba natural,lo que se refleja en la afirmación de Aristóteles, para quien "es evidente que los unos son naturalmente libres y los otros naturalmente esclavos; y que para estos últimos es la esclavitud tan útil como justa".[28] La organización política se estructuraba en polis o ciudades-estado: para los griegos, la sociedad era una consecuencia necesaria de la naturaleza humana. En este contexto, las teorías políticas de Platón y Aristóteles hicieron un gran hincapié en el concepto de bien común. Para Platón, agrupados los hombres en sociedad, ésta se configura en la polis, cuyo bien común se sobrepone al bien particular de los individuos que lo componen. La justicia, a su vez, es la salvaguarda del bien común, y se expresa a través de las leyes, que son los instrumentos que permiten la consecución del bien colectivo e individual.[29] No obstante, en su afán por alcanzar una sociedad perfecta, Platón llegó a recomendar dar muerte a los recién nacidos deformes o enclenques, y matar o desterrar a los insociables.[30]

Aristóteles también consideraba que el hombre era un ser social y que no podía realizarse fuera de la familia y la sociedad, por lo que también subordinaba el bien individual al bien común. Además, al definir la ciudad como una comunidad de ciudadanos libres,[31] redujo el bien común al bien de un grupo social determinado[32] que excluye a las mujeres, los extranjeros, los obreros y los esclavos. Sobre esta visión se sustenta la idea aristotélica de la justicia que afirma que «es tan justa la igualdad entre iguales como la desigualdad entre desiguales».[33]

Ya en la decadencia de la cultura griega, conquistada la Hélade por Roma, se extendieron filosofías que ponían el acento en la búsqueda de la felicidad individual: entre ellos, el epicureísmo y el estoicismo. El estoicismo consideraba la razón humana como parte de un logos divino, lo que contribuyó a concebir al hombre como miembro de una familia universal más allá de la polis. Séneca, Epicteto, Marco Aurelio o Cicerón fueron algunos de los que extendieron la filosofía estoica por el mundo latino.
[editar] Influencia del cristianismo

La filosofía estoica, difundida en la sociedad grecorromana, concibió la idea de cosmopolitismo, a la que el cristianismo dio un sentido más espiritual[34] para afirmar la igualdad de los hombres en tanto que ciudadanos del Reino de Dios[35] y su dignidad; no obstante, según Luis de Sebastián, para los teólogos cristianos medievales la igualdad teológica era compatible con la desigualdad social: las personas nacían con un estatus social que, de acuerdo con los designios divinos, era el más adecuado para su salvación.[36]

El cristianismo, derivado de la religión judía, heredó de ella, entre otras, la tradición del mišpat, un concepto jurídico de rica amplitud semántica. Indica las decisiones judiciales y el juicio legal justo; en relación con el Derecho, aquél que se manifiesta en la defensa de los pobres y oprimidos y que se vincula a su vez con los bienes mesiánicos que se esperan.[37] Dado que, hasta la modernidad, el término derecho se atribuía principalmente a "lo justo" como orden objetivo, en el pensamiento cristiano antiguo o medieval no existió una referencia explícita a los derechos humanos; pero sí un reconocimiento de exigencias de justicia que descendían de esta tradición judía. Por ejemplo, el Nuevo Testamento contiene enseñanzas contra la injusticia, el homicidio, el robo, la calumnia o el egoísmo en el uso de los bienes. En la Epístola de Santiago, el apóstol denunció a los empleadores que no pagan a sus empleados sus justos salarios.[38] El cristianismo fue gradualmente derramando su doctrina en el derecho romano, mejorando la situación de los esclavos, de los hijos y de las mujeres, cuyo estatus en la subcultura cristiana era mucho más alto que en la grecorromana.[39] En el plano económico, condenó la usura y la explotación, estableciendo las bases de la doctrina del justo precio.

Tales ideas fueron desarrolladas por los Padres de la Iglesia, proclamando un sentido social y limitado de la propiedad y de la ley. Pero fue Tomás de Aquino quien asentó las bases del orden jurídico medieval, retomando ideas de Aristóteles y Agustín de Hipona y afirmando que existe, además del derecho positivo determinado y establecido por los hombres, un derecho natural, propio de la criatura racional, que ningún hombre ni ningún gobierno puede desconocer.

La doctrina cristiana postulaba la existencia de dos reinos, el temporal y el espiritual, siguiendo la distinción hecha por Jesús de Nazaret («Dad al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios»). Ante el problema de la conciliación de los intereses individuales y los sociales, Tomás de Aquino afirmó en su obra Summa Theologiae que si existía un conflicto entre lo social y lo individual en el seno del mundo material, debía prevalecer el bien común. Pero, por el contrario, si el conflicto afectaba a la esfera íntima del ser humano y a su salvación, en ese caso prevalecería el bien del hombre frente al de la sociedad.[40] En este ámbito, de existir un conflicto patente entre el Derecho positivo y el Derecho natural, del pensamiento tomista se desprende la existencia de un derecho de resistencia contra el arbitrio de los gobernantes.[41]
[editar] Conformación del concepto

La idea del derecho subjetivo, básica para concebir los derechos humanos, fue anticipada en la baja Edad Media por Guillermo de Ockham, que introdujo el concepto de ius fori o potestad humana de reivindicar una cosa como propia en juicio. La escolástica española insistió en esta visión subjetiva del Derecho durante los siglos XVI y XVII: Luis de Molina, Domingo de Soto o Francisco Suárez, miembros de la Escuela de Salamanca, definieron el derecho como un poder moral sobre lo propio.[42] Aunque mantuvieron al mismo tiempo la idea de Derecho como un orden objetivo, enunciaron que son ciertos derechos naturales y aludieron tanto a derechos relativos al cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad) como al espíritu (derecho a la libertad de pensamiento, a la dignidad). El jurista Vázquez de Menchaca, partiendo de una filosofía individualista, fue decisivo en la difusión del término iura naturalia. Este pensamiento iusnaturalista se vio auspiciado por el contacto con las civilizaciones americanas y el debate producido en Castilla sobre los justos títulos de la conquista y, en particular, la naturaleza de los indígenas. En la colonización castellana de América, se suele afirmar, se aplicaron medidas en las que están presentes los gérmenes de la idea de derechos humanos. No obstante, algunos critican que, en la práctica, estas medidas fueron formuladas para lograr objetivos de colonización.[21] El pensamiento de la Escuela de Salamanca, especialmente mediante Francisco Suárez y Gabriel Vázquez, contribuyó también al impulso del iusnaturalismo europeo a través de Hugo Grocio.[43]

Durante la Revolución inglesa, la burguesía consiguió satisfacer sus exigencias de tener alguna clase de seguridad contra los abusos de la corona y limitó el poder de los reyes sobre sus súbditos. Habiendo proclamado la Ley de Habeas corpus en 1679, en 1689 el Parlamento impuso a Guillermo III de Inglaterra en la Bill of Rights una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir. Se cerró así el paso a la restauración de la monarquía absoluta, que se basaba en la pretensión de la corona inglesa de que su derecho era de designio divino.[44] Según Antonio Fernández-Galiano y Benito de Castro Cid, la Bill of Rights puede considerarse una declaración de derechos, pero no de derechos humanos, puesto que los mismos se reconocen con alcance nacional y no se consideran propios todo hombre.[45]

Durante los siglos XVII y XVIII, diversos filósofos europeos desarrollaron el concepto de derechos naturales. De entre ellos cabe destacar a John Locke, cuyas ideas fueron muy importantes para el desarrollo de la noción moderna de derechos. Los derechos naturales, para Locke, no dependían de la ciudadanía ni las leyes de un Estado, ni estaban necesariamente limitadas a un grupo étnico, cultural o religioso en particular. La teoría del contrato social, de acuerdo con sus tres principales formuladores, el ya citado Locke, Thomas Hobbes y Jean-Jacques Rousseau, se basa en que los derechos del individuo son naturales y que, en el estado de naturaleza, todos los hombres son titulares de todos los derechos.[46] Estas nociones se plasmaron en las declaraciones de derechos de finales del siglo XVIII.

La causa directa del nacimiento de los derechos humanos, desde una perspectiva sociológica, ha sido también un importante objeto de debate. Por una parte, Georg Jellinek ha defendido que los derechos humanos estaban directamente dirigidos a permitir el ejercicio de la libertad religiosa; por otra, Karl Marx afirmó que se deben a la pretensión de la burguesía de garantizar el derecho de propiedad. Max Weber, en su obra La ética protestante y el espíritu del capitalismo, afirma que existiría una conexión entre la ética individualista en que se basaron los derechos humanos y el surgimiento del capitalismo moderno.[47]
[editar] Revoluciones burguesas y positivación de los derechos humanos
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, adoptada por la Asamblea Nacional francesa el 26 de agosto de 1789.

Las distintas culminaciones de la Revolución Estadounidense y la Revolución francesa, hitos fundamentales del efectivo paso a la Edad Contemporánea, representan el fin o el principio, según se quiera ver, del complejo proceso de reconocimiento o creación de los derechos humanos. Si las revoluciones son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, las diversas actas de nacimiento lo constituyen las declaraciones de derechos de las colonias estadounidenses, en especial la Declaración de Derechos de Virginia de 1776, considerada la primera declaración moderna de derechos humanos, y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa de 1789, influenciada por la anterior. Estas declaraciones, fundamentadas en el iusnaturalismo racionalista, suponen la conversión del derecho subjetivo en centro del orden jurídico, y a aquél se supedita el Derecho como orden social.[48]

Fruto de este influjo iusnaturalista, los derechos reconocidos tienen vocación de traspasar las fronteras nacionales y se consideran "derechos de los hombres".[45] Aunque el primer uso constatado de la expresión "derechos del hombre" (iura hominum) se produjo ya en 1537, en un texto de Volmerus titulado Historia diplomática rerum ataviarum,[18] la denominación no se popularizó entre la doctrina hasta finales del siglo XVIII, con la obra de Thomas Paine The Rights of Man (1791-1792).[49] Según se plasmó en las Declaraciones, tanto los revolucionarios franceses como los estadounidenses consideraban que estos derechos eran inalienables e inherentes a la naturaleza humana, incluso verdades "evidentes" según la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Pese a ello, decidieron recogerlos en declaraciones públicas, lo que se justifica por motivos jurídicos y políticos. En lo primero, debe tenerse en cuenta que para el iluminismo revolucionario la Constitución es la que garantiza los derechos y libertades, lo que explica la formulación positiva de los mismos.[50] En lo segundo, se pretendía facilitar la salvaguarda del libre desarrollo del individuo en la sociedad frente a la arbitrariedad del poder:[51] ya el Preámbulo de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano afirmó expresamente que "la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos".[52]

La primera declaración de derechos del hombre de la época moderna es la Declaración de Derechos de Virginia, escrita por George Mason y proclamada por la Convención de Virginia el 12 de junio de 1776. En gran medida influyó a Thomas Jefferson para la declaración de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, de 4 de julio de 1776, a las otras colonias de América del Norte y a la Asamblea Nacional francesa en su declaración de 1789.
[editar] Nuevas demandas e internacionalización de los derechos

La noción de derechos humanos recogida en las Declaraciones, basada en la ideología burguesa del individualismo filosófico y el liberalismo económico,[53] no experimentó grandes cambios a lo largo del siglo siguiente hasta que, ante las pésimas condiciones de vida de las masas obreras, surgieron movimientos sindicales y luchas obreras que articularon sus demandas en forma de nuevos derechos que pretendían dar solución a ciertos problemas sociales a través de la intervención del Estado, como la garantía del derecho de huelga, unas condiciones mínimas de trabajo o la prohibición o regulación del trabajo infantil. Desde la primera mitad del siglo XIX se había desarrollado una nueva filosofía social que se manifestó en el socialismo utópico, el reformismo de la Escuela Católica Social, la socialdemocracia, el anarquismo o el socialismo científico.[54] En esta nueva fase fueron muy importantes la Revolución rusa o la Revolución mexicana.

Además de las luchas obreras, a lo largo de la edad contemporánea los movimientos por el sufragio femenino consiguieron para muchas mujeres el derecho de voto; movimientos de liberación nacional consiguieron librarse del dominio de las potencias coloniales; y triunfaron diversas reivindicaciones de minorías raciales o religiosas oprimidas, movimientos por los derechos civiles o movimientos de políticas de identidad que defienden la autodeterminación cultural de colectivos humanos.
Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos en español

El siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los derechos humanos al Derecho internacional. Si a principios del siglo se afirmaba que esta rama del Derecho sólo regulaba las relaciones entre Estados y excluía a los particulares, el cambio fue rápido y tras la Segunda Guerra Mundial, según Juan Antonio Carrillo Salcedo, los derechos humanos podían considerarse un principio constitucional del Derecho internacional contemporáneo.[55] Es especialmente desde el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas, en 1945, cuando el concepto de derechos humanos se ha universalizado y alcanzado la gran importancia que tiene en la cultura jurídica internacional. El 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional que surgía tras el armisticio.

Posteriormente se han aprobado numerosos tratados internacionales sobre la materia, entre los que destacan los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales), y se han creado diversos dispositivos para su promoción y garantía.
[editar] Naturaleza y fundamento

Norberto Bobbio afirma la imposibilidad de encontrar un fundamento absoluto a los derechos humanos y alega para ello cuatro razones. Primera, la ausencia de un concepto inequívoco y claro de los mismos; segunda, su variabilidad en el tiempo; tercera, su heterogeneidad; y, cuarta, las antinomias y conflictos que existen entre distintos derechos, como entre los civiles y políticos, por un lado, y los sociales y culturales, por otro. En el Coloquio del Instituto Internacional de Filosófía celebrado en L'Aquila en 1964, Bobbio propuso sustituir la búsqueda de un imposible fundamento absoluto por el estudio de las diversas fundamentaciones posibles que las ciencias sociales avalaban.[56] Y, en cualquier caso, para el jurista italiano, el problema básico relativo a los derechos humanos no es su fundamentación, sino su puesta en práctica y protección.[57] Pero son muchos los juristas y filósofos que no comparten esta creencia sino que, por el contrario, la fundamentación de los derechos humanos ha sido y es objeto de gran interés a lo largo del tiempo, y la mayoría considera que es una labor teórica con gran incidencia en la práctica.[58]

Cada una de las numerosas teorías que los pensadores han desarrollado está influida por la Filosofía dominante en el momento histórico en que se gestó y parte de muy diferentes cosmovisiones y concepciones del ser humano, al que atribuyen o niegan determinadas características inmanentes.[59] Para algunos, el eje de los derechos humanos es una serie de derechos concretos (según Herbert Hart, el derecho a la libertad; atendiendo a John Rawls, determinados derechos fundamentales que corresponden a unos deberes fundamentales; de acuerdo con Ronald Dworkin, el derecho a la igualdad ante la ley);[60] para otros, los derechos humanos son la traducción normativa de una serie de valores, aprehendidos de la realidad o construidos socialmente. Un tercer grupo considera que los derechos humanos son criterios o límites a los que debe adecuarse la actividad de los poderes públicos o el mercado, tesis defendida tanto desde una axiología iusnaturalista (Luis Recasens Siches)[61] como desde un iuspositivismo crítico (Luigi Ferrajoli).[62] Finalmente, diversas teorías sostienen que los derechos humanos son la codificación de la conducta moral que, de acuerdo con David Hume, es un producto social y humano que se desarrolla en un proceso de evolución biológica y social. Las teorías sociológicas del Derecho y los trabajos de Max Weber consideran que la conducta se desarrolla como un patrón sociológico de fijación de normas.

En cuanto a su fundamentación, según qué tipo de concepción se tenga sobre el Derecho –iusnaturalista, iusracionalista, iuspositivista, vinculada al realismo jurídico o al dualismo jurídico, entre otras– la categoría conceptual de derechos humanos puede considerarse derivada de la divinidad, observable en la naturaleza, asequible a través de la razón, determinada por los contextos en las muchas maneras que es posible entender la Historia, una síntesis de ideas de éstas u otras posiciones ideológicas y filosóficas o un mero concepto inexistente y sin validez.
[editar] Iusnaturalismo
La Libertad guiando al pueblo, por Eugène Delacroix (1830). Los derechos humanos entendidos como derechos naturales inspiraron las revoluciones burguesas de los siglos XVIII y XIX.

Son tesis iusnaturalistas las que afirman la existencia del Derecho natural. Aunque en cada época se ha entendido este concepto de manera diferente, todas estas doctrinas coinciden en afirmar la existencia de una juricidad previa y fundamentadora del Derecho positivo: la positivación, por lo tanto, se limitaría a declarar derechos ya existentes. En las declaraciones de derechos del siglo XVIII se refleja esta concepción, y el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos", lo que es considerado por juristas como Hans Kelsen una clara manifestación de la doctrina del iusnaturalismo.[63]

Algunas teorías iusnaturalistas afirman que los derechos humanos se basan en aspectos biológicos, tales como la conveniencia para la supervivencia de la especie, en el contexto de la selección natural, de una conducta basada en la empatía y el altruismo. Otras los sustentan en el orden moral natural tal y como se deriva de determinados preceptos religiosos. Consideran que la conducta moral es un conjunto de prescripciones objetivamente válidas y apelan a textos como la Biblia o el Corán. Frente a éstas, desde el siglo XVII, con Hugo Grocio, ha cobrado fuerza el iusnaturalismo racionalista, de la mano de autores que se desvinculan progresivamente de la idea de Dios,[64] si bien existen en la actualidad diversas fundamentaciones iusnaturalistas de carácter o inspiración religiosa. Entre ellas se encuentra la Doctrina Social de la Iglesia, que retoma las ideas de los Padres de la Iglesia y Tomás de Aquino. Llegar a lo realmente humano es una de las críticas principales de las ponencias de Juan Pablo II en su enciclica "Humanae vitae". La vida es un sentir desde una divinidad al bien común expreso en la realidad cristiana, desde la moralidad del bienestar.

Según la Doctrina Social de la Iglesia, el fundamento sólido o inmediato de los derechos se encuentra en la ley natural, la norma -de derecho natural- que es fuente equilibrada de derechos y deberes de cada uno; a su vez, su fundamento último es Dios mismo: el orden con que Dios gobierna el universo recibe el nombre de ley eterna, del que la ley natural es una participación o derivación. Los derechos humanos son objetivos en tanto que no dependen de la subjetividad de quien es su titular o está obligado por ellos. Por tanto, no quedan sujetos a los estados de ánimo, las opiniones o la voluntad de nadie; tampoco el consenso, ni siquiera de la mayoría. Para la Iglesia Católica, además, otra característica de los derechos humanos es su sociabilidad: siendo el hombre naturalmente social, existen derechos naturales de la persona en cuanto individuo, pero también en tanto miembro de diversos grupos sociales naturales; es decir, derechos naturales de la familia, de las asociaciones o de las naciones. Por la misma razón, los derechos se ordenan al bien común y están constitutivamente limitados. Concretando más en cuanto su precisión y limitación, los derechos humanos remiten a lo justo concreto, por lo que no significan el reconocimiento de una libertad para realizar cualquier cosa, en cualquier momento o de cualquier manera.[65]

Uno de los teóricos de derechos humanos más relevantes e influyentes fue John Locke, que elevó la defensa de los derechos naturales a la categoría de principio fundamental de legitimación del gobierno y fin básico de la sociedad civil. Locke basó sus ideas en el concepto de propiedad, que utilizó en un sentido amplio y en un sentido restringido. En sentido amplio, se refiere a un amplio conjunto de intereses y aspiraciones humanas; más restricitivamente, alude a los bienes materiales. Locke afirmó que la propiedad es un derecho natural y que se deriva del trabajo. Además, dijo que la propiedad precede al Estado y que éste no puede disponer de la propiedad de los sujetos arbitrariamente. De acuerdo con Locke, negar el derecho de propiedad es negar los derechos humanos. El filósofo británico tuvo una gran influencia en el Reino Unido y fue decisivo en la filosofía en que se basó la fundación de Estados Unidos.

Algunos filósofos han considerado que los derechos humanos se derivan de un derecho o valor fundamental determinado. Para muchos autores,[66] entre los que se encuentra Samuel Pufendorf,[67] el sistema de derechos naturales del hombre se deriva de su dignidad; otros, como Hegel o Kant, afirmaron que la libertad es fundamento de los derechos humanos y, al mismo tiempo, el principal de éstos. Kant representó la culminación de un proceso encaminado a depurar las teorías iusnaturalistas de elementos históricos o empíricos, al fundamentar su teoría del Derecho natural en principios a priori, entendidos como exigencias de la razón práctica.

En la segunda mitad del siglo XX, y tras su decadencia en favor de las ideas iuspositivistas, el Derecho natural resurgió con fuerza con multitud de teorías muy diversas. De ellas, algunas mantienen una fundamentación objetivista de los derechos humanos, en tanto que afirman la existencia de un orden de valores o principios con validez objetiva y universal, independiente de los individuos. Otras, las subjetivistas, sitúan a la autonomía humana como fuente de todos los valores; basan los derechos humanos en la autoconsciencia racional de la dignidad, libertad e igualdad humanas.[68] Finalmente, las llamadas tesis intersubjetivistas, que surgen de un intento de síntesis entre las dos tendencias anteriores, consideran los derechos humanos como valores radicados en necesidades comunes y por lo tanto intrínsecamente comunicables.
[editar] Iuspositivismo

Las tesis positivistas se oponen frontalmente a las iusnaturalistas, ya que consideran que el único conjunto de normas que tiene carácter jurídico es el Derecho positivo.[69] Afirman, por tanto, que la positivización tiene carácter constitutivo, al negar la juridicidad del Derecho natural o incluso su existencia. John Austin consideró que los derechos humanos forman parte de las normas sociales que influyen en el Derecho, pero no son Derecho:[70] para muchos positivistas, los derechos humanos son ideas morales, pero sin valor jurídico por sí mismas. Para que tengan dicho valor, deben incorporarse al ordenamiento jurídico: las leyes son la formulación jurídica de la voluntad soberana del pueblo y obligan a su cumplimiento. No es necesario ni procedente acudir a otro sustento que el legal.

La creciente aceptación del iuspositivismo a lo largo del siglo XIX produjo un arrinconamiento del Derecho natural y motivó la plasmación de los derechos humanos, como derechos fundamentales, en las Constituciones de los países occidentales.[71] El proceso se apoyó en la categoría de los derechos públicos subjetivos, que surgió como alternativa a la de derechos naturales, que los iuspositivistas consideraban de carácter ideológica. La teoría de los derechos públicos objetivos reconocía la personalidad jurídica del Estado, que adquiría así la titularidad de derechos y deberes.[72] Tras el ascenso de regímenes totalitarios en los años 1920 y 1930 y la Segunda Guerra Mundial se produjo un resurgimiento del iusnaturalismo que hizo que autores como Hans Kelsen, Alf Ross, Herbert Hart y Norberto Bobbio reaccionaran clarificarando los conceptos fundamentales de las teorías positivistas. Ello provocó una diversificación del iuspositivismo que produjo tesis a veces incompatibles entre sí.[73]

Algunas de estas tesis recientes dan cabida a la defensa de los derechos humanos. Una de ellas es la teoría dualista de los derechos, formulada por Gregorio Peces-Barba y muy similar a la articulada por Eusebio Fernández, que incorpora algunos elementos propios del iusnaturalismo, en tanto que sólo los derechos con un fundamento moral son fundamentales; pero al mismo tiempo considera que la positivación es requisito necesario para que un derecho humano lo sea. Por lo tanto, concibe los derechos como la encrucijada entre lo jurídico y lo ético; y como traducción normativa de los valores de dignidad, libertad e igualdad, al tiempo que legitimadores de los poderes públicos.[74] La teoría del garantismo jurídico, defendida por Luigi Ferrajoli, afirma que el Estado de Derecho posee una legitimación formal y otra material. La legitimación formal hace referencia al imperio de la ley; la material, a la vinculación de todos los poderes del Estado a la satisfación de los derechos fundamentales,[75] de los cuales, según el jurista italiano, los derechos humanos son una subclase.

Ambas teorías superan un iuspositivismo puramente formal y, ciñiéndose a los mecanismos internos del ordenamiento jurídico, aportan criterios materiales para garantizar la estabilización del orden jurídico y la garantía de los derechos fundamentales. Maria de Lourdes Souza considera que es importante considerar su contexto: el garantismo, que se basa en el Estado de Derecho, surge en un contexto socio-jurídico democrático que, aunque presenta tendencias regresivas, es más o menos igualitario y justo.[76] De la misma manera, el dualismo jurídico se inserta dentro de un marco jurídico-político determinado, el del Estado social y democrático de Derecho.[74]
[editar] Tesis realistas

Las tesis realistas pueden definirse como aquellas para las que la positivación es un requisito más, junto con otros, que influye en la efectividad de los derechos humanos. Engloba un conjunto de posiciones doctrinales muy diverso y heterogéneo, que afirman que es la práctica de las personas los que dotan de significación a los derechos humanos.[77] Critican la concepción ideal que de éstos tiene el iusnaturalismo, así como la puramente formal del iuspositivismo, afirmando que ambas corrientes son excesivamente abstractas y no tienen en cuenta las condiciones económicas y sociales de las que depende el efectivo disfrute de los derechos. Con carácter general, las tesis realistas insisten en alguno de los siguientes ámbitos: en el plano político, en las condiciones de democracia política y económica necesarias para el disfrute real de los derechos humanos; en el jurídico, en los mecanismos de garantía y protección; y en el sociológico, en la conciencia colectiva sobre derechos humanos.

La postura realista se relaciona, en gran medida, con el socialismo.[78] Ya en La cuestión judía, una de sus primeras obras, Karl Marx criticó la noción burguesa de derechos humanos, que describió como derechos del individuo egoísta y basados en una concepción abstracta de libertad y emancipación. Para el filósofo alemán, los derechos humanos burgueses eran un conjunto de protecciones legales para la defensa de la clase propietaria de los medios de producción.[79] Marx afirmó que son las condiciones materiales las que determinan el alcance real de los derechos humanos, y que para su realización efectiva es necesaria una auténtica emancipación política.

Helio Gallardo o Joaquín Herrera Flores afirman que los derechos humanos se sustentan en las tramas sociales, en las relaciones y experiencias intersubjetivas.[80] Helio Gallardo considera que el fundamento de los derechos humanos son las transferencias de poder que se producen entre los grupos sociales, así como las instituciones en que se articulan y las lógicas que inspiran las relaciones sociales.[81] Estas transferencias de poder pueden positivarse o no, y ser más o menos precarias. Para Joaquín Herrera, en una línea similar, los derechos humanos son las prácticas y medios por los que se abren espacios de emancipación que incorporan a los seres humanos en los procesos de reproducción y mantenimiento de la vida.[82]

La teoría consensual de la verdad, desarrollada por Jürgen Habermas (perteneciente a la Escuela de Frankfurt), propone una fundamentación intersubjetiva de los valores y derechos, a través de un acuerdo racional alcanzado en unas condiciones ideales.[83] En una línea similar, para Chaïm Perelman los derechos humanos se fundamentan en la experiencia y la conciencia morales de un consenso que se alcanza a través de un proceso determinado. Se trata de fundamentos en los que coincidan los que denomina «espíritus razonables» y que serían asimismo aprobados por «audiencias universales», los que se consideran interlocutores válidos para cada asunto.[84]
[editar] Utilitarismo

En un principio, el utilitarismo surgió como una alternativa a la idea de los derechos humanos, más que como una propuesta de fundamentación; aunque posteriormente John Stuart Mill y otros autores han tratado de sustentar los derechos humanos desde esta filosofía.[85] El utilitarismo, como doctrina ética, considera «la mayor felicidad para el mayor número como la medida de lo justo y de lo injusto».[86] Los utilitaristas parten del rechazo de la idea de derechos humanos como derechos naturales: especialmente crítico con dicha idea fue Jeremy Bentham, que calificó como un sinsentido la afirmación de que existen derechos previos al Estado:[87] los derechos, de existir, son un producto social que se justifica desde el principio de la utilidad.[88]

Según John Stuart Mill, los derechos son reglas para la maximización de la felicidad; pero añade que los derechos no son absolutos dado que, en determinadas condiciones excepcionales, su cumplimiento nos aleja tanto del fin (maximización de la utilidad social) que no cabe compensar la pérdida de felicidad con el peso, importante, que tienen.[89]

Esta fundamentación utilitarista ha sido objeto de críticas que enfatizan la falta de garantía de los derechos humanos, que podrían ser violados para la consecución de la mayor felicidad para el mayor número. En esta línea han incidido especialmente John Rawls[85] o James Fishkin.[90] Thomas Nagel y muchos otros han denunciado el uso del enfoque utilitarista para justificar el uso de violencia a gran escala contra la población civil o el uso de armas de destrucción masiva entendidas como un mal menor, la forma más rápida de obtener la victoria en una guerra y evitar, supuestamente, un mayor número de muertes.[91] La reacción de los utilitaristas ante estas críticas hicieron surgir teorías como la del utilitarismo de normas, el utilitarismo de normas ideales o la integración de un principio de respeto a las personas. Richard Brandt define el utilitarismo de normas como el que afirma que "un acto es obligatorio sólo si la aceptación uniforme de una regla correspondiente maximizará la utilidad esperable".[92] El utilitarismo de normas, por lo tanto, no valora sólo los efectos de un acto específico, sino los efectos de su generalización.
[editar] Aspectos institucionales y jurídicos
Numerosas ONG en el mundo se dedican a la defensa y promoción de los derechos humanos en el mundo, en la imagen logo de Human Rights Watch.

Los derechos humanos tienen una creciente fuerza jurídica, en tanto que se integran en las constituciones y, en general, en el ordenamiento jurídico de los Estados. También, en el ámbito de la comunidad internacional, por su reconocimiento en numerosos tratados internacionales –tanto de carácter general como sectorial; universal y regional– y por la creación de órganos jurisdiccionales, cuasijurisdiccionales o de otro tipo para su defensa, promoción y garantía.

Además, debido a su aceptación, diversos derechos humanos se consideran parte del Derecho internacional consuetudinario y algunos incluso normas de ius cogens, tal y como han afirmado órganos internacionales como el Comité de Derechos Humanos o la Corte Internacional de Justicia. Entre ellos se encuentran la prohibición de la tortura y de la privación arbitraria de la vida[93] o el acceso a unas mínimas garantías procesales y la prohibición de detención arbitraria.[94]
[editar] Derechos humanos y derechos constitucionales

Es importante diferenciar y no confundir los derechos humanos con los derechos constitucionales. Aunque generalmente los derechos humanos se suelen recoger dentro de los derechos constitucionales, no siempre coinciden. Para determinar qué derechos son "constitucionales" basta con recurrir al catálogo de derechos reconocidos por las constituciones políticas de los Estados; el concepto de "derechos humanos" pertenece más bien al ámbito de la Filosofía del Derecho.

La relación entre ambos conceptos ha sido estudiada por numerosos autores y es problemática. De entre los que reconocen la virtualidad del concepto de derechos humanos,[95] las teorías iusnaturalistas consideran que la existencia de los derechos humanos es independiente de su reconocimiento como derechos constitucionales. Para algunos autores, como Francisco Laporta, existiría un pequeño número de derechos humanos básicos, de los que se derivarían los derechos constitucionales más concretos.[96]

Por su parte, para las teorías dualistas –las que otorgan importancia tanto al fundamento moral de los derechos como a su positivación– los conceptos de derechos humanos y derechos constitucionales tendrían un contenido equivalente. Luigi Ferrajoli considera, en su teoría del garantismo jurídico, que, siendo los derechos constitucionales o fundamentales los reconocidos en la Carta Magna de los Estados, los derechos humanos son aquellos que se reconocen a todos, independientemente de su ciudadanía y su capacidad de obrar: la constitución de un país, por ejemplo, puede otorgar derechos a sus ciudadanos que no abarquen a los no nacionales (por ejemplo, el derecho al voto). En ese caso se trataría de derechos constitucionales que se reconocen al ciudadano, pero no podrían ser derechos humanos si no se reconoce a todas las personas sean de la condición que sean.
[editar] Clasificación generacional

Aunque la mayoría de las doctrinas jurídicas distinguen varias generaciones de derechos humanos, existen múltiples y diferentes clasificaciones. Todas suelen coincidir al describir la primera generación, pero posteriormente se ramifican y complejizan. Además, existen al menos dos concepciones de esta visión generacional. Para una de ellas, son expresión de una racionalidad que se realiza progresivamente en el tiempo; para otras, cada generación de derechos humanos es expresión de una racionalidad diferente y puede entrar en conflicto con las demás. Por otra parte, existen posiciones que evitan pronunciarse acerca categorías de derechos humanos y más bien tienden a enfocarlos como un sistema unitario.

Cada nueva generación, que se clasifica cronológicamente en relación con las anteriores, ha sido objeto de críticas. Si ya los derechos de la primera generación fueron criticados, también sucedió con los derechos de la segunda durante el siglo XX, si bien en la actualidad la casi totalidad de los juristas los aceptan. Hoy en día es objeto de debate la existencia de una tercera generación de derechos humanos ya que, tanto desde el punto de vista jurídico como político, se critica la indeterminación de esta categoría y su difícil garantía.[97] No obstante estas objeciones, existen teorías que hablan de cuatro e incluso cinco generaciones de derechos humanos.[98]
[editar] Tres generaciones de derechos humanos
Artículo principal: Tres generaciones de derechos humanos

La división de los derechos humanos en tres generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979. Cada una se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la Revolución francesa: libertad, igualdad, fraternidad.

Los derechos de primera generación son los derechos civiles y políticos, vinculados con el principio de libertad. Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos, que exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la esfera privada. Por su parte, los derechos de segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio de igualdad. Exigen para su realización efectiva de la intervención de los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos.[99] Existe cierta contradicción entre los derechos contra el Estado (primera generación) y los derechos sobre el Estado (segunda generación). Los defensores de los derechos civiles y políticos califican frecuentemente a los derechos económicos, sociales y culturales como falsos derechos, ya que el Estado no puede satisfacerlos más que imponiendo a otros su realización, lo que para éstos supondría una violación de derechos de primera generación.

Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética,[100] aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación,[101] para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física.[102]
[editar] Otras propuestas

Autores como David Vallespín Pérez,[103] Franz Matcher,[104] Antonio Pérez Luño,[105] Augusto Mario Morello,[106] Robert B. Gelman[107] y Javier Bustamante Donas[108] afirman que está surgiendo una cuarta generación de derechos humanos. No obstante, el contenido de la misma no es claro, y estos autores no presentan una propuesta única. Normalmente toman algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta, como el derecho al medio ambiente o aspectos relacionados con la bioética. Javier Bustamante afirma que la cuarta generación viene dada por los derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías;[109] otros, que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras generaciones se refieren al ser humano como miembro de la sociedad, los derechos de la cuarta harían referencia al ser humano en tanto que especie. Tal idea había quedado acordada en la Carta de las Naciones Unidas (ver punto 5) cuando en su preámbulo se escribió, " nosotros los Pueblos de las Naciones Unidas resueltos ... a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas... hemos decidido sumar nuestros esfuerzos para realizar estos designios" y luego de manera más explícita, cuando expresaron entre sus propósitos el siguiente " realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma, religión". Para el cumplimiento de tal propósito inicialmente se continuaba concibiendo como agente inmediato al Estado, a cuya custodia la tradición occidental había confiado cierto número de garantías al ciudadano, a partir de las revoluciones inglesas, norteamericanas y francesas. Mas el precario desarrollo de la democracia en el mundo, la amarga experiencia de la Segunda Guerra Mundial y la caótica situación política creada por sus consecuencias en muchas naciones demostraba la consagración de los derechos humanos en constituciones y leyes internas que no eran suficientes para asegurar su protección y respeto por parte de los gobiernos. En numerosos Estados, por factores diversos, la protección del derecho nacional resultaba eliminada, suspendida, inoperante o abiertamente conculcada por gobiernos de fuerza o de careta jurídica.

Helio Gallardo, por su parte, defiende la existencia de cinco generaciones de derechos humanos,[110] que identifica con las reivindicaciones de diferentes grupos sociales. Serían los derechos civiles y políticos, reclamados por la burguesía; los económicos, sociales y culturales, propios de los movimientos obreros y antiesclavistas; los derechos de los pueblos y sectores diferentes, incluyendo las luchas de descolonización y feministas; los ambientales, que define como derechos las generaciones futuras; y los relativos al control del cuerpo y la organización genética de uno mismo, enfrentados a la mercantilización del interior de la vida.; extender conocimiento aqui; http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos) que le sean imputables(Imputabilidad es la capacidad del ser humano para entender que su conducta lesiona los intereses de sus semejantes y para adecuar su actuación a esa comprensión. Significa atribuir a alguien las consecuencias de su obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimiento, intención y libertad. Es un concepto jurídico de base psicológica del que dependen los conceptos de responsabilidad y culpabilidad. Quien carece de estas capacidades, bien por no tener la madurez suficiente (menores de edad), bien por sufrir graves alteraciones psíquicas (enajenados mentales), no puede ser declarado culpable ni puede ser responsable penalmente de sus actos.Causas de inimputabilidad

En el Derecho Penal son tres las causas de exclusión de la responsabilidad penal que pueden reconducirse al ámbito de la inimputabilidad. Están citadas en el artículo 20 del Código Penal: cualquier anomalía o alteración psíquica (Art. 20.1) o un estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos (Art. 20.2); y la alteración en la percepción que produzca una alteración grave de la conciencia de la realidad. La minoría de edad (artículo 19) también es una causa de inimputabilidad.
[editar] Graduación

El Código Penal prevé la posibilidad de graduar la imputabilidad, desde su absoluta anulación hasta las afectaciones de carácter leve (eximente completa, eximente incompleta del Art. 68 CP y atenuación, en el Art. 21CP)
[editar] Anomalía o alteración psíquica

Recogido en el número 1 del artículo 20 del Código Penal. Quien padece algún tipo de anomalía no puede conocer completamente el mandato normativo (capacidad cognitiva) o, conociéndole, o puede adecuar su comportamiento a dicho mandato (capacidad volitiva). En este tipo de anomalías también es necesario que exista un factor biológico que consiste en alteraciones psicológicas que origine efectos en el comportamiento. El efecto psicológico constituye, pues, una perturbación de las facultades intelectuales o volitivas y esta perturbación debe incidir en la compresión de la ilicitud del hecho o en la capacidad de orientar la conducta conforme a dicha comprensión.

Para que se pueda apreciar una anomalía se exige el factor biológico. Sin embargo en el trastorno mental transitorio este factor no es necesario; los trastornos mentales transitorios son supuestos en los que en una situación de tensión o en unas circunstancias excepcionales el sujeto pierde la capacidad de control.
[editar] La intoxicación producida por el alcohol o por otras drogas

Recogido en el artículo 20.2 del Código Penal Por su intensidad o grado, la embriaguez puede ser letárgica, plena, semiplena o productora de simple excitación. La embriaguez letárgica constituye el grado máximo y da lugar a un estado de inconsciencia o sueño que excluye la propia presencia de un comportamiento humano voluntario. La embriaguez plena produce una perturbación total de la conciencia que excluye la imputabilidad, mientras que la semiplena supone una perturbación parcial que disminuye la imputabilidad. Por último, la simple excitación se considera irrelevante a efectos penales.

Por su origen, se habla de embriaguez preordenada al delito, embriaguez voluntaria simple, culposa y fortuita. La embriaguez preordenada a delinquir es la que se provoca para comete un delito determinado –por ejemplo, para infundirse el valor necesario para realizarlo-. Las demás clases de embriaguez mencionadas se definen con relación al carácter voluntario, imprudente o fortuito de la embriaguez –no del delito-. Así, la embriaguez voluntario supone sólo que la embriaguez se ha buscado voluntariamente, y la embriaguez culposa es la que se produce imprudentemente, a diferencia de lo que sucede con la embriaguez fortuita, la cual no es atribuible a imprudencia alguna –así puede suceder en el caso de embriaguez patológica, en que por efecto de una anomalía en el sujeto una pequeña dosis de alcohol produce la embriaguez.

Para que el alcohol u otras drogas eximan, deberá producir una plena exclusión de la imputabilidad: sólo la embriaguez o intoxicación plena podrá eximir, no así la semiplena, que sólo podrá atenuar, a través de la eximente incompleta del Art. 21.1º, cuando sea muy intensa, y por la vía de la atenuante ordinaria del Art. 21.2º, cuando no lo sea tanto. No toda embriaguez o intoxicación plena eximirá, sino sólo la que no se haya buscado de propósito para delinquir ni se haya producido en circunstancias tales en que hubiera que prever que daría lugar a cometer el hecho
[editar] La minoría de edad penal

El fundamento es que las personas que no están suficientemente socializadas y no sean conscientes de sus actos no se les podrán exigir responsabilidad penal.

Según el Art. 19 CP, “los menores de dieciocho años no será responsables criminalmente con arreglo a este Código. –cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor". La LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, entró en vigor al año de su promulgación (5 de enero de 2001). Su Art. 1.1 declaró: “Está Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hecho tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales”. Según el Art. 3 de la misma ley: “Cuando el autor de los hechos mencionados en los artículos anteriores sea menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes”.
[editar] Alteración grave de la conciencia de la realidad

Esta causa de inimputabilidad, recogida en el artículo 20.3, declara exento de responsabilidad criminal al que "por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad". Dicho de otro modo, a aquellas personas que no ha completado el proceso de socialización o no entienden las circunstancias en el momento de cometer el delito, no se les puede exigir responsabilidad penal.

Esta eximente requiere dos elementos: uno biológico (sufrir alteraciones en la percepción) y otro psicológico (que tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad). El presupuesto biológico es cualquier defecto que suponga la disminución de las facultades de captación del mundo exterior. Generalmente se trata de defectos físicos (como la sordomudez o la ceguera), pero podría incluirse también a los llamados "niños lobos" y a los autistas. Como se ha dicho anteriormente, ese defecto debe de haber sido sufrido por el sujeto "desde el nacimiento o a la infancia", es decir, en los momentos clave del aprendizaje social. Si por el contrario el sujeto ha adquirido conocimientos y experiencia suficiente para saber si sus acciones contradicen o no a las normas y después sufre la alteración en la percepción, no será aplicable esta eximente. Y ello porque el presupuesto biológico no es por sí solo suficiente para declarar la inimputabilidad: lo que importa es el efecto psicológico que produce.
[editar] Los inimputables y el tratamiento penal

¿Qué hacer con los inimputables autores de graves e importantes delitos? La imposibilidad de aplicar una pena no supone una ausencia de control social de estos sujetos. Hay que tener en cuenta la aplicación de los siguientes puntos a la hora de establecer las medidas a los declarados inimputables:

    * En primer lugar, la medida de internamiento no podrá exceder del tiempo que habría durado la pena privativa de libertad, si hubiera sido declarado responsable el sujeto.

    * En segundo lugar, el Tribunal Sentenciador, cuando lo estime precedente a la vista de los informes de los facultativos, puede sustituir, desde un principio o durante la ejecución de la sentencia, el internamiento por otras medidas no privativas de libertad.

[editar] Referencias

    * Mir Puig, S.: Derecho Penal: Parte General. 8ª edición. Barcelona: Reppertor, 2008.
    * Quintero Olivares, G. et al.: Esquemas de teoría jurídica del delito y de la pena. 2ª Edición. Valencia: tirant lo bllanch, 2009
, extender conocimiento aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Imputabilidad), y a sus derechohabientes(Dicho de una persona: Que deriva su derecho de otra. U. t. c. s., extender concimiento aqui; http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual?TIPO_HTML=2&TIPO_BUS=3&LEMA=derechohabiente), incluido el pago de daños y perjuicios(der. Ganancia lícita que deja de obtenerse o gastos en que se incurre por acto u omisión de otro y que este debe indemnizar,además del daño o detrimento material causado de manera directa: extender conocimiento aqui: http://www.wordreference.com/definicion/perjuicios).



El Estado(las gobernaciones sin importar su tendencia politica) adoptará las medidas legislativas(las leyes en materia de su legislación de su estado) y de otra naturaleza(sean de origen de rango mayor, ley organica o ley ordinaria, o los tratados internacionales que se hayan subscrito), para hacer efectivas las indemnizaciones(La Indemnización de perjuicios o indemnización por daños y perjuicios consiste en la acción que tiene el acreedor o la víctima para exigir del deudor o causante del daño una cantidad de dinero equivalente a la utilidad o beneficio que a aquél le hubiese reportado el cumplimento efectivo, íntegro y oportuno de la obligación o a la reparación del mal causado.

El perjuicio (véase daño) es la disminución patrimonial del acreedor a consecuencia del incumplimiento de la obligación, sea que se trate de una pérdida real o efectiva, o simplemente de una ventaja.
[editar] Tipos de indemnización

Las indemnizaciones de perjuicios se clasifican en dos clases, en función de su procedencia:

    * Contractuales: Son las que debe pagar un deudor en caso de incumplir una obligación contractual, con el fin de resarcir al acreedor por su incumplimiento.
    * Extracontractuales: Son aquellas que no proceden de un contrato. Su causa se debe a una acción dolosa o culpable que provoca un daño a otra personas. Dicha acción puede originarse también con motivo de la comisión de un delito.
, extender conocimientos de la web: http://es.wikipedia.org/wiki/Indemnizaciones) establecidas en este artículo(30).

El Estado(gobernaciones sin importar la tendencia politicas) protegerá a las víctimas de delitos comunes(sean de robo, asesinato,violaciones, pedofilia, maltrato animal, hurtar, suicidio, y cualquier daño que atente a la vida animal o la vida de una persona sea mujer o hombre) y procurará que los culpables reparen los daños causados.
 CONCLUSIÓN: 
ARTICULO 30. Esta diseñado para que los Estados sin importar sus tendencias ideologicas legislen segun la ley de su estado, y ofrezcan garantias hacia la vida de sus gobernaciones.


Artículo 31. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
, pueder extender conocimiento en la web o en este link:http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) tiene derecho(deber y obligación), en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos(subcritos en la IV Republica y la I Republica) ratificados por la República(Republica Bolivariana de Venezuela), a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo(defensa) a sus derechos humanos(Libertad de expresión,paz y armonia,garantias constitucionales, libertad de pensamiento a la ideologia que quieran, aceptación de todas las religiones,defensa a la vida, democracia, disminución de la pobreza y ignorancia, asceso a la tecnologia barata, una casa digna, una buena economia, re-evaluación de la moneda para aumentar su valor internacional,buenas condiciones de saneamiento basico, derecho al reciclaje, buen seguro social tanto para la economia informal y formal, un justo sueldo acoder a las condiciones de la vida, derecho a la información no importa su procedencia, etc).

El Estado(las gobernaciones sin importar la tendencia ideologica) adoptará, conforme a procedimientos establecidos en esta Constitución y la ley(sea una ley que le da poder al pueblo y no a un solo hombre que no sean parcializadas a un proyecto politico o una ideologia extranjera que no sea la ideologia de nuestros libertadores entre uno de ellos Simón Bolivar), las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales previstos en este artículo(articulo 31).


De la nacionalidad y ciudadanía(para poder adquirir la nacionalidad de la Republica Bolivariana y poder votar en las elecciones de cualquier indole)

Sección Primera: De la Nacionalidad
CONCLUSIÓN:
Articulo 31. Esta diseñado para garantizar los derechos humanos y obligar a las gobernaciones sin importar su tendencia ideologica hacer cumplir la constitución y las leyes ordinarias, leyes organicas,y decretos y ordenanzas siempre que no contradigan la carta magna para disminuir la pobreza y la ignorancia en una mejor calidad de vida, siguiendo la ideologia de nuestro Libertador.


Capítulo II
De la Nacionalidad y de la Ciudadanía
Sección Primera: de la Nacionalidad


Artículo 32. Son venezolanos y venezolanas por nacimiento:
1. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
; pueden consultar en el siguiente link: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) nacida en territorio de la República(Republica Bolivariana de Venezuela, se en el territorio nacional, el aire o en los limites del mar nacional).
2. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
;http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano(De la Republica Bolivariana de Venezuela y los de la IV Republica y tambien las demas Republica siempre que esten vivos y  en buen  estado fisico, sin importar su ideologica politica) y madre venezolana(los mismos derechos que el padre) por nacimiento.
3. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
) nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezcan su residencia en el territorio de la República(Republica Bolivariana de Venezuela) o declaren su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
4. Toda persona(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
; puede extender conocimiento aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Persona) nacida en territorio extranjero de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización(La naturalización o nacionalización es el proceso por el cual un ciudadano de un Estado adquiere la nacionalidad de un segundo con el cual ha adquirido algunos vínculos producto de la estadía mantenida de manera legal en dicho país u otros motivos, como el matrimonio. Para aquellas personas que cumplen con los requisitos para la mayoría de edad, al adoptar una nacionalidad por naturalización, adquieren también la calidad de ciudadanos de ese país.

La mayoría de Estados establecen que para que un ciudadano de otro país adquiera su nacionalidad, debe primero renunciar a su nacionalidad anterior ante un funcionario público de su país. Sin embargo existen convenios bilaterales o multilaterales por el cual los ciudadanos de un país pueden adquirir la nacionalidad y la ciudadanía del otro país sin necesidad de renunciar a la anterior.  http://es.wikipedia.org/wiki/Naturalizaci%C3%B3n#Naturalizaci.C3.B3n_por_pa.C3.ADses) siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad, establezca su residencia en el territorio de la República(deben de estar registrados en el instituto respectivo, y no quitar el papeleo y aportarselos a los consejos comunales, comunas , etc, porque eso es inscontitucional, se supone que hay ya desde 1999 unos colegios de profesionales, unas asociaciones vecinal, y otros mecanismos que estan descritos en la Constitución de la Republica Bolivariana de  Venezuela vigente desde 1999) y antes de cumplir veinticinco años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana. (ok , me queda claro que ningun Cubana o Cubano puede votar, o extranjero en general que no sea de algun origen Venezolano, o extranjero que no cumpla con la regulación, ademas que debe de estar inscrito en el Consejo nacional electoral).
CONCLUSIÓN:
32. Este articulo esta diseñado para especificar quienes son los que pueden adquirir la nacionalidad Venezolano.




Artículo 33. Son venezolanos y venezolanas(de la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999) por naturalización(La naturalización o nacionalización es el proceso por el cual un ciudadano de un Estado adquiere la nacionalidad de un segundo con el cual ha adquirido algunos vínculos producto de la estadía mantenida de manera legal en dicho país u otros motivos, como el matrimonio. Para aquellas personas que cumplen con los requisitos para la mayoría de edad, al adoptar una nacionalidad por naturalización, adquieren también la calidad de ciudadanos de ese país.

La mayoría de Estados establecen que para que un ciudadano de otro país adquiera su nacionalidad, debe primero renunciar a su nacionalidad anterior ante un funcionario público de su país. Sin embargo existen convenios bilaterales o multilaterales por el cual los ciudadanos de un país pueden adquirir la nacionalidad y la ciudadanía del otro país sin necesidad de renunciar a la anterior. Extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Naturalizaci%C3%B3n#Naturalizaci.C3.B3n_por_pa.C3.ADses):

1. Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza(leer  ley de nacionalidad ciudadania vigente en la Rpublica Bolivariana de Venezuela vigente desde 1999, ver el link siguiente: http://www.megaupload.com/?d=L6FHOTQH). A tal fin deberán tener domicilio(Domicilio
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El domicilio es un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella.

En un sentido estricto domicilio es la circunscripción territorial donde se asienta una persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.

Para las persona jurídicas, tanto de Derecho público como de Derecho privado, el domicilio es primeramente el local de su sede o área territorial donde ejercitan sus derechos y obligaciones. Teniendo la persona jurídica varios establecimientos, cada una de ellas será considerada como domicilio para los actos practicados en cada uno de ellos.

La importancia del domicilio estriba en que fija la competencia territorial del tribunal y la legislación aplicable (nacional o extranjera). También tiene importancia a la hora de hacer notificaciones oficiales a una persona, dado que deben ir dirigidas a su domicilio.
[editar] Clasificación del Domicilio

    * Domicilio político: relativo al territorio del Estado en general. El que lo tiene o adquiere es o se hace miembro de la sociedad, aunque conserve la calidad de extranjero.

    * Domicilio civil: dícese de la parte determinada del territorio del Estado (especie).

    * Domicilio fiscal: domicilio definido según la legislación fiscal de un país a efectos de notificaciones y de impuestos. Puede diferir del domicilio civil.

[editar] Clases de Domicilio Fiscal

    * Voluntario o Real: se constituye voluntariamente por la residencia de un lugar con ánimo de permanecer en este.
    * Legal: el lugar en donde la ley fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no este allí presente.
    * Contractual o Convencional: el que la persona fija en sus contratos. Pueden designar un domicilio especial para el cumplimiento de las obligaciones que estos originen o para determinar el tribunal competente en razón del territorio.
    * Múltiple: si una persona vive alternativamente o tiene ocupaciones habituales en varios lugares, la legislación de los países habitualmente la considera domiciliada en cualquiera de ellos; pero si se trata de actos que tienen relación especial con un lugar determinado, éste será el domicilio de la persona.

[editar] Enlaces externos

    * Colabora en Wikcionario Wikcionario tiene definiciones para domicilio. Extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Domicilio) en Venezuela con residencia ininterrumpida de, por lo menos, diez años, inmediatamente anteriores a la fecha de la respectiva solicitud( es decir que si hay alguien que cumpla eso puede ser venezolano de la Republica Bolivariana de Venezuela, muchos extranjeros hay alli).

2. El tiempo de residencia se reducirá a cinco años en el caso de aquellos y aquellas que tuvieren la nacionalidad originaria de España, Portugal, Italia, países latinoamericanos y del Caribe( y tambien de los paises desarrollados se supone que es una nación igualitaria con los mismos derechos para todos no importa el extranjero y su procedencia, si hay para Chinos, japoneses, norteamericano, no hay privilegios para unos paises, y para otros no, segun el pensamiento de nuestro libertador Simón Bolívar).

3. Los extranjeros o extranjeras que contraigan matrimonio con venezolano o venezolana desde que declaren su voluntad de serlo, transcurridos por lo menos cinco años a partir de la fecha del matrimonio(Siempre que sea en la Republica Bolivariana de Venezuela y fuera de ella).

4. Los extranjeros o extranjeras menores de edad para la fecha de la naturalización del padre o de la madre que ejerza sobre ellos la patria potestad(Dominio,poder o facultad que se tiene sobre una cosa: ver significado aqui; http://www.wordreference.com/definicion/potestad), siempre que declaren su voluntad de ser venezolanos o venezolanas(De la Republica Bolivariana de Venezuela) antes de cumplir los veintiún años de edad y hayan residido en Venezuela, ininterrumpidamente, durante los cinco años anteriores a dicha declaración(estoy de acuerdo pero esto es para todas las ideologias politicas, para declarar unidad nacional).

CONCLUSIONES:
Articulo 33. Este articulo esta diseñado para incluir cualquier tendencia politica de cualquier procedencia extranjera a ser ciudadano de la Republica Bolivariana siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas en el articulo 44.

Artículo 34. La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad(por parte de sus padres que tenga origen extranjero.(sea nacionalidad de cualquier tendencia ideologica)

CONCLUSIÓN: 
Articulo 34. Este articulo esta diseñado para optar por la nacionalidad extranjera si tiene origen sus padres en el exterior.

Artículo 35 °
Los venezolanos y venezolanas(DE la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999) por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad(nunca no importa donde este y tendran derecho al voto, sea estando en la carcel o fuera del país sin importar su tendencia ideologica). La nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial(por el poder judicial sus magistrados y tribunales en cumplimiento de lo que esta dentro de la constitución vigente de 1999), de acuerdo con la ley(con las leyes que establezacan la asamblea nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente de 1999).

CONCLUSIÓN:
 Articulo 35. Este articulo esta diseñado para no perder la nacionalidad de la Republica Bolivariana de Venezuela sin importar su tendencia ideologica o el motivo en el que este se encuentre.

Artículo 36. Se puede renunciar a la nacionalidad venezolana. Quien renuncie a la nacionalidad venezolana por nacimiento puede recuperarla si se domicilia en el territorio de la República por un lapso no menor de dos años y manifiesta su voluntad de hacerlo. Los venezolanos y venezolanas por naturalización que renuncien a la nacionalidad venezolana(De la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999) podrán recuperarla cumpliendo nuevamente los requisitos exigidos en el artículo 33(que dice este articulo:Artículo 33. Son venezolanos y venezolanas(de la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999) por naturalización(La naturalización o nacionalización es el proceso por el cual un ciudadano de un Estado adquiere la nacionalidad de un segundo con el cual ha adquirido algunos vínculos producto de la estadía mantenida de manera legal en dicho país u otros motivos, como el matrimonio. Para aquellas personas que cumplen con los requisitos para la mayoría de edad, al adoptar una nacionalidad por naturalización, adquieren también la calidad de ciudadanos de ese país.

La mayoría de Estados establecen que para que un ciudadano de otro país adquiera su nacionalidad, debe primero renunciar a su nacionalidad anterior ante un funcionario público de su país. Sin embargo existen convenios bilaterales o multilaterales por el cual los ciudadanos de un país pueden adquirir la nacionalidad y la ciudadanía del otro país sin necesidad de renunciar a la anterior. Extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Naturalizaci%C3%B3n#Naturalizaci.C3.B3n_por_pa.C3.ADses):

1. Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza(leer  ley de nacionalidad ciudadania vigente en la Rpublica Bolivariana de Venezuela vigente desde 1999, ver el link siguiente: http://www.megaupload.com/?d=L6FHOTQH). A tal fin deberán tener domicilio(Domicilio
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El domicilio es un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella.

En un sentido estricto domicilio es la circunscripción territorial donde se asienta una persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.

Para las persona jurídicas, tanto de Derecho público como de Derecho privado, el domicilio es primeramente el local de su sede o área territorial donde ejercitan sus derechos y obligaciones. Teniendo la persona jurídica varios establecimientos, cada una de ellas será considerada como domicilio para los actos practicados en cada uno de ellos.

La importancia del domicilio estriba en que fija la competencia territorial del tribunal y la legislación aplicable (nacional o extranjera). También tiene importancia a la hora de hacer notificaciones oficiales a una persona, dado que deben ir dirigidas a su domicilio.
[editar] Clasificación del Domicilio

    * Domicilio político: relativo al territorio del Estado en general. El que lo tiene o adquiere es o se hace miembro de la sociedad, aunque conserve la calidad de extranjero.

    * Domicilio civil: dícese de la parte determinada del territorio del Estado (especie).

    * Domicilio fiscal: domicilio definido según la legislación fiscal de un país a efectos de notificaciones y de impuestos. Puede diferir del domicilio civil.

[editar] Clases de Domicilio Fiscal

    * Voluntario o Real: se constituye voluntariamente por la residencia de un lugar con ánimo de permanecer en este.
    * Legal: el lugar en donde la ley fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no este allí presente.
    * Contractual o Convencional: el que la persona fija en sus contratos. Pueden designar un domicilio especial para el cumplimiento de las obligaciones que estos originen o para determinar el tribunal competente en razón del territorio.
    * Múltiple: si una persona vive alternativamente o tiene ocupaciones habituales en varios lugares, la legislación de los países habitualmente la considera domiciliada en cualquiera de ellos; pero si se trata de actos que tienen relación especial con un lugar determinado, éste será el domicilio de la persona.

[editar] Enlaces externos

    * Colabora en Wikcionario Wikcionario tiene definiciones para domicilio. Extender link aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Domicilio) en Venezuela con residencia ininterrumpida de, por lo menos, diez años, inmediatamente anteriores a la fecha de la respectiva solicitud( es decir que si hay alguien que cumpla eso puede ser venezolano de la Republica Bolivariana de Venezuela, muchos extranjeros hay alli).

2. El tiempo de residencia se reducirá a cinco años en el caso de aquellos y aquellas que tuvieren la nacionalidad originaria de España, Portugal, Italia, países latinoamericanos y del Caribe( y tambien de los paises desarrollados se supone que es una nación igualitaria con los mismos derechos para todos no importa el extranjero y su procedencia, si hay para Chinos, japoneses, norteamericano, no hay privilegios para unos paises, y para otros no, segun el pensamiento de nuestro libertador Simón Bolívar).

3. Los extranjeros o extranjeras que contraigan matrimonio con venezolano o venezolana desde que declaren su voluntad de serlo, transcurridos por lo menos cinco años a partir de la fecha del matrimonio(Siempre que sea en la Republica Bolivariana de Venezuela y fuera de ella).

4. Los extranjeros o extranjeras menores de edad para la fecha de la naturalización del padre o de la madre que ejerza sobre ellos la patria potestad(Dominio,poder o facultad que se tiene sobre una cosa: ver significado aqui; http://www.wordreference.com/definicion/potestad), siempre que declaren su voluntad de ser venezolanos o venezolanas(De la Republica Bolivariana de Venezuela) antes de cumplir los veintiún años de edad y hayan residido en Venezuela, ininterrumpidamente, durante los cinco años anteriores a dicha declaración(estoy de acuerdo pero esto es para todas las ideologias politicas, para declarar unidad nacional).)

 de esta Constitución(De la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999).



CONCLUSIONES:
Articulo 36. Este articulo esta diseñado para dar condiciones a la adquisición de la nacionalidad venezonala de La Republica Bolivariana de Venezuela, a su vez los motivos de renunciar a ella.

Artículo 37. El Estado(gobernaciones de la Republica Bolivariana de Venezuela, sin importar su tendencia ideologica) promoverá(establecera politicas a favor e invertira dinero) la celebración de tratados internacionales(que se allan firmado en las anteriores Republicas y la V Republica Bolivariana de Venezuela, en materia de nacionalidad(De la Republica Bolivariana de Venezuela), especialmente con los Estados fronterizos(Colombia, Ecuador,Brazil,y demas que unen una futura Gran Colombia) y los señalados en el numeral 2 del artículo 33(el cual dice lo siguiente:
2. El tiempo de residencia se reducirá a cinco años en el caso de aquellos y aquellas que tuvieren la nacionalidad originaria de España, Portugal, Italia, países latinoamericanos y del Caribe( y tambien de los paises desarrollados se supone que es una nación igualitaria con los mismos derechos para todos no importa el extranjero y su procedencia, si hay para Chinos, japoneses, norteamericano, no hay privilegios para unos paises, y para otros no, segun el pensamiento de nuestro libertador Simón Bolívar).)de esta Constitución(La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente desde el año de 1999, vigente hasta la actualidad).


CONCLUSIONES:
Articulo 37- Este  articulo esta diseñado para cumplir con los acuerdos internacionales en cumplimiento con la nacionalidad siguiendo el ideal de nuestro Libertador Simón Bolivar.

Artículo 38. La ley(el poder legislativo representado por la Asamblea nacional De la Republica Bolivariana de Venezuela) dictará(politicas a favor, con inversiones de dinero), de conformidad con las disposiciones anteriores, las normas sustantivas(Según el dic. de la RAE :
Sustantivo/a : aquello que tiene existencia real, es fundamental,esencial,importante, individual.
Tu verás qué aplicación conviene a tu texto. ) y procesales(EN E S T E M I S M O S E NT
I D O, LA S N O R M A S P RO C E S A L E S, T I E N E N LA F I N A L I D A D D E
O R D E N A R LA CO N D U C TA D E LO S S U J E TO S D E LA R E LAC I Ó N
T R I BU TA R I A ( S AT Y CO N T R I BU Y E N T E) E N U N P RO C E S O O
P RO C E D I M I E N TO D E T E R M I N A D O. Pueden extender el estudio aqui: http://www.intelegis.com.mx/PDFs/nov-05/0511-lasnormasprocesalesenelderecho.pdf) relacionadas con la adquisición(de cualquier bien o objeto), opción, renuncia y recuperación de la nacionalidad venezolana, así como con la revocación y nulidad de la naturalización(esto es igualitario a cada venezolano y venezolana sin importar su tendencia ideologica, siempre que esten de acuerdo de seguir el idealismo de nuestros Libertadores entre el mas importante esta Simón Bolivar).

CONCLUSIÓN:
Articulo 38. Este Articulo esta diseñado para Establecer politicas igualitarias en favor de los venezolanos para la nacionalidad de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Sección Segunda: De la Ciudadanía

Artículo 39. Los venezolanos y venezolanas(De la Republica Bolivariana de Venezuela sin importar su ideologia politica) que no estén sujetos o sujetas a inhabilitación política( La inhabilitación política es una pena no corporal y accesoria de las penas de presidio y de prisión, que puede ser aplicada por las jurisdicciones penal o militar (arts. 10.3, 11.2 y 16.1 del Código Penal; y arts. 406.2, 407.1 y 410 del Código Orgánico de Justicia Militar). Produce “como efecto la privación de los cargos o empleos públicos o políticos, que tenga el penado, y la incapacidad durante la condena, para obtener otros y para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio”; también acarrea la pérdida de “toda dignidad o condecoración oficial que se le haya conferido, sin poder obtener las mismas ni ninguna otra durante el propio tiempo” (art. 24 CP). Esta pena no sigue automáticamente a la perpetración de un hecho punible, sancionado con penas de presidio o de prisión, sino que debe mediar para ello la garantía judicial en la aplicación del Derecho Penal, que consiste: 1. El Derecho Penal sólo puede ser aplicado por los jueces penales ordinarios o, en su caso, por los jueces militares; 2. Los jueces sólo pueden aplicarlo a través del proceso penal. Esta garantía se consagra por vez primera en la cláusula 39 de la Carta Magna inglesa (1215): “Ningún hombre libre será detenido ni preso… a no ser por un juicio penal de sus iguales o por la ley de la tierra”. Este principio de jurisdiccionalidad expresa el principio de presunción de inocencia y el principio de inderogabilidad del juicio penal. Este último se explicita en el art. 7 del Bill of Rights de 1689: “Ningún criminal, de cualquier condición que sea, puede estar exento de las formas de justicia ordinaria, ni evitar la pena que le impongan las leyes o los estatutos”. Esta garantía madre de todos los derechos aparece en nuestro continente en la Declaración de Virginia (1776): “Que nadie sea privado de su libertad salvo por mandato de la ley del país o por juicio de sus iguales” (art. 8, última parte); y posteriormente, en la Quinta Enmienda (1791) de la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica (1787), referida al due process of law. Coetáneamente, la Revolución Francesa, en su Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) proclama: “Nadie puede ser acusado, arrestado o detenido más que en los casos determinados por la ley y según la forma que describe” (art. 7); “Toda persona se presume inocente hasta que sea declarada culpable” (art. 9). De estas tres fuentes históricas bebió el precursor, y gran ideólogo del la Emancipación Americana, Francisco de Miranda, que las hizo converger en la Constitución Federal para los Estado de Venezuela del 21-12-1811 (arts. 159 y 170). Principios que han cabalgado siglos en las Constituciones de Venezuela hasta llegar a la Constitución de 1999. Las garantías del juicio previo y de la presunción de inocencia son el basamento de todas las garantías procesales, y constituyen una barrera constitucional para la pretensión de aplicar una sanción penal sin el previo y debido proceso penal. La magistratura penal tiene el monopolio de la represión penal: ningún otro sujeto público o privado puede aplicar una sanción penal o militar.

Como corolario: 1. La inhabilitación política es una sanción penal y es una sanción militar(mi obvio de nacionalidades de gobiernos marxistas no es de estrañar del contralor Russian que tiene apellido de Ruso); 2. El principio de garantía jurisdiccional("Las garantías jurisdiccionales son los medios que los ciudadanos tienen para hacer valer sus derechos ante los tribunales". ver comentario aqui: http://forum.wordreference.com/showthread.php?t=1636313) en la aplicación del derecho penal(El derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica (Enrique Cury).

Cuando se habla de derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo a lo que se desee hacer referencia; de tal modo, podemos mencionar una clasificación preliminar tal como: derecho penal sustantivo, y por otro lado, el derecho penal adjetivo o procesal penal.

El primero de ellos está constituido por lo que generalmente conocemos como código penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el Estado, estableciendo los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de aquellas. extender conocimiento aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_penal) –no hay delito ni pena sin ley(a traves del poder de la ASamblea nacional de LA Republica Bolivariana de Venezuela vigente, y sin un proceso penal(El Derecho procesal penal es el conjunto de normas que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin: la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia. Tiene como función investigar, identificar y sancionar (en caso de que así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso., extender conocimiento aqui: http://es.wikipedia.org/wiki/Proceso_penal) con todas las garantías(garantias constitucionales y derechos humanos que estan establecido en las constitución y por el convenio de los tratado internacionales vigente en anteriores Republicas y la V Republica Bolivariana de Venezuela)- es un patrimonio jurídico-cultural de la humanidad, y núcleo en un Estado de Derecho y de Justicia democrático y social (arts. 2, 26, 49, 253, 257 y 261 de la CRBV; art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; arts. 14 y 15 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; art. XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y art. 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos); 3. El artículo 7 de la CRBV consagra el principio de supremacía constitucional: “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”; 4. No pueden crearse delitos ni establecerse penas por analogía; 5. La sanción prevista en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal es la de “inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por un máximo de quince (15) años…”, no es una sanción penal ni militar, sino administrativa, y tiene lugar “según la gravedad de la irregularidad cometida”, irregularidad que debe enmarcarse entre las previstas en el art. 91 ejusdem (“Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, y de lo que dispongan otras Leyes, constituyen supuestos generadores de responsabilidad administrativa los actos, hechos u omisiones que se mencionen a continuación…”); 6. No puede pretenderse, sin violar abiertamente la Constitución, convertir: a) una sanción administrativa en una sanción penal(no se puede poner preso a nadie por esto, sin antes probar su culpa, con prubas y testigos, con evidencia clara, transparente y con decisión imparcial), que según el Contralor General de la República tendría como efecto sólo la incapacidad para el goce del derecho pasivo del sufragio (poder ser elegido, tengo entendido que sufragio es el ejercicio al voto, pero no le prohibe para ser candidato como diputado en la asamblea nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, o en los cargos de gobernadores y alcaldias no importa su parcialidad o ideologia politica), pero sin perder los cargos o empleos públicos o políticos(quedo claro que no tiene nada que ver con ser candidatos y participar en puestos politicos) que tengan los sancionados. (Sería una sanción prèt a porter); b) la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Bolivariana de Venezuela vigente de 1999) en Código Penal o en ley penal especial; c) al Contralor General en juez penal o en juez militar; y como si no fuera suficiente, convertir d) una aplicación “sin que medie ningún otro procedimiento” (art. 105 LOCGR), en un debido proceso legal (art. 49 CRBV; este dice: Artículo 49. El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas y, en consecuencia:

1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y la ley.
2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.
3. Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un intérprete.
4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto.
5. Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
La confesión solamente será válida si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
6. Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.
7. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de los cuales hubiese sido juzgada anteriormente.
8. Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Queda a salvo el derecho del o de la particular de exigir la responsabilidad personal del magistrado o magistrada, juez o jueza y del Estado, y de actuar contra éstos o éstas.
). Como enseñan los viejos maestros: “Las cosas en Derecho son lo que son y no lo que se dice que son”.

Estas perversiones interpretativas dañan no sólo a ciudadanos individualmente considerados, sino a todos los ciudadanos, hoy en su derecho a elegir y mañana por la posibilidad de ser sancionados penalmente por una autoridad administrativa (y por una irregularidad administrativa, la cual es corrupta y sera motivo de enjuisamiento al controlador que incurra en ese delito); y, lo que es peor, perjudican a Venezuela en la percepción política internacional, porque la hacen aparecer como un Estado en el que se niega un principio fundamental de civilidad: una sanción sólo puede ser aplicada por un juez penal y, en su caso, por un juez militar(cosa que contradice a lo que dice la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente de 1999), y en un proceso penal con todas las garantías previstas en la Constitución, en la leyes, y en las Declaraciones y Pactos sobre Derechos Humanos.

)es decir que deje de cumplir sus funciones politicas por alguna razón que desconozco(irracional y partidistas aun pensamiento marxistas revolucionario es insconstitucional y no aplica y tiene vida en la Republica Bolivariana de VENEZUELA), los politicos deben saber mas de esto que yo) ni a interdicción civil(Privación de un derecho civil definida por la ley.




ver significado aqui: http://www.monografias.com/trabajos16/interdiccion-venezuela/interdiccion-venezuela.shtml, Y de paso en este otro link: http://www.wordreference.com/definicion/interdicci%C3%B3n%20civil), y en las condiciones de edad previstas en esta Constitución, ejercen la ciudadanía y, en consecuencia, son titulares de derechos y deberes políticos de acuerdo con esta Constitución(Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente del año de  1999).
CONCLUSIÓN:
Articulo 39. Este articulo esta diseñado para no impedir de candidatura o partipación politica en los cargos parlamentarios o sea de otra indole como gobernadores y alcaldias como es el caso por inhabilitación política ni a interdicción civil, a menos que por un juicio justo e imparcial se pruebe la culpabilidad con basamento en materia de derecho, mas sin embargo siempre que se cumpla esto, y si no se cumplen tienen que ser liberados para que puedan ejercer sus funciones politicas, cosa que sucedio cuando se quiso que los comisarios Simonovic, y demas fueron puestos a las rejas por una decisión insconstitucional , y se les condenaron muchos años de prisión sin debido juicio justo e imparcial, sin evidencias ni pruebas, solo por decisión de un pensamiento marxistas revolucionario, esto contradice la ideologia de nuestro Libertador Simón Bolivar, y es con tendencia ideologica parcializada al proyecto socialistas, marxista revolucionario, dictatorial, no es democratico, etc.

Artículo 40. Los derechos políticos son privativos(viene de privados, que son autonomos en pensar y privado para cada persona de la Republica Bolivarina de Venezuela) de los venezolanos y venezolanas por nacimiento(desde que nacieron, nadie puede imponernos un regimen extranjero a la fuerza, se contradice a la constitución), salvo las excepciones establecidas en esta Constitución(Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente desde 1999, que es la ideologia de nuestro Libertador Simón Bolivar, no otro como el idealismo extranjero de Martin, lenin o lenilista, ya que no tiene vida en este pais, Venezuela como pais democratico, amante de la libertad de expresión y los derechos constitucionales y garantias expresado en nuestra COnstitución vigente de 1999).

Gozan(Poseer algo material o inmaterial. También como intr. con la, o de la felicidad de tener algo deseado, pueden extender conocimiento en la web o aqui: http://www.wordreference.com/definicion/gozan) de los mismos derechos de los venezolanos y venezolanas por nacimiento los venezolanos y venezolanas por naturalización que hubieren ingresado al país antes de cumplir los siete años de edad y residido en él permanentemente hasta alcanzar la mayoridad(de 18 años).

CONCLUSIÓN:
Articulo 40. Este articulo esta diseñado para que todo Venezolano sea libre de elegir su tendencia ideologica ademas es un pensamiento privado que nadie puede tocar o influir con una tendencia ideologica extranjera, siempre siguiendo el ideal de nuestro libertador Simón Bolivar.







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