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miércoles, 26 de enero de 2011

Republica Bolivariana de Venezuela de 1999 V

Republica Bolivariana de Venezuela de 1999  V (desde articulo 71)
Sección Segunda: Del Referendo(Referéndum
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Un referéndum es una elección, a través de la cual el cuerpo electoral de un país, nación, región o grupo expresa su voluntad respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales o legales someten a su consulta. Por lo general es de la forma sí o no, donde se responde a una pregunta planteada por el ente electoral y los interesados en llevarla a cabo.

El referéndum es el mecanismo de democracia semi-directa por antonomasia y en la actualidad complementa el régimen de democracia representativa, potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.

El referéndum es un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

El resultado del mismo puede ser obligatorio (vinculantes), o no obligatorios (consultivos). Un referéndum consultivo puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo (como el referéndum sobre la Constitución Europea en España). Su obligatoriedad puede basarse en el coste político que supondría no obedecerlo y no en una obligación legal. Un referéndum obligatorio es posible sólo en algunos países y sobre algunos temas, y un cierto tamaño del electorado participante muchas veces es también un requisito previo.;Motivos

El referéndum se hace presente cuando una parte del país lo solicita mediante un proceso legal, ya sea recogiendo una cantidad necesaria de firmas, que la legislación nacional lo solicite o de cualquier otra forma que cada país considere más apropiada.

Generalmente este se hace para la consulta nacional, regional o local, sobre un tema de interés popular y que requiere la aprobación de todos, como lo es el establecer una nueva constitución, o aprobar la misma, también cuando se quiere hacer una enmienda constitucional, revocar el mandato de algún gobernante incluyendo al máximo mandatario y otros de menor trascendencia pero que de igual forma son ejecutables mediante esta vía.
[editar] Uso extraordinario

Algunos países con sus órganos representativos (parlamentos), también utilizan el uso del referéndum vinculante para casos de extrema importancia para el país. Algunos ejemplos son:

    * En Irlanda, cuando la Constitución del Estado irlandés Libre fue sustituida por la Constitución de Irlanda por el plebiscito el 1 de julio de 1937.
    * En 1980, el primer referéndum sobre la independencia de Quebec.
    * El referéndum de 1988 en Chile donde se votó por la continuidad en la presidencia de Augusto Pinochet.
    * En 1992, el referéndum en Canadá sobre el Acuerdo de Charlottetown.
    * En 1993, el referéndum en Perú para aprobar la nueva constitución creada por el Congreso Constituyente Democrático.
    * En 1995, el segundo referéndum sobre la independencia de Quebec.
    * En 1999, se produjeron 2 referéndum, uno para convocar una Asamblea Nacional Constituyente y otro para la aprobación de la nueva constitución de Venezuela.
    * En 2003, cuando Andrés Manuel López Obrador convocó a los habitantes del Distrito Federal (México) a votar sobre la continuidad de su gobierno 3 años más y ganó el referéndum con más del 75% de los votos.
    * En 2004, el difundido referéndum revocatorio convocado en Venezuela para que los votantes evaluasen el desempeño del Presidente Hugo Chávez, donde resultó ganador.
    * Los diversos referéndum de ratificación del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa en varios países de la Unión Europea.
    * En 2006, el importante Referéndum de ampliación del Canal de Panamá, el cual fue aprobado.
    * En 2007, referéndum en Costa Rica para aprobar un tratado de libre comercio con América Central, República Dominicana y Estados Unidos conocido como CAFTA-RD aprobado con un 51.62% a favor y un 48.38% en contra.
    * En 2007, referéndum en Venezuela para aprobar la reforma constitucional propuesta por el Presidente de la República Hugo Chávez el cual no fue aprobado.
    * Se espera un referéndum aprobatorio para la nueva Carta Política de la República del Ecuador en el año 2008, elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente, creada en el año 2007
    * En 2008 se realizaron en Bolivia cuatro referéndum regionales, pero ilegales, para aprobar los estatutos autonómicos en los departamentos de Santa Cruz, el 4 de mayo; Beni y Pando, el 1 de junio; Tarija el 22 de junio, en estos departamentos los estatutos fueron aprobados; También se realizó otro nacional para ratificar o destituir al presidente y a los prefectos el 10 de agosto, resultando destituidos los prefectos de Cochabamba y La Paz, y ratificados el presidente y los prefectos de Beni, Chuquisaca, Oruro, Pando, Potosí, Santa Cruz y Tarija. El pasado 25 de enero se realizó un referéndum que aprobó una nueva Constitución Política del Estado.
    * En 2009, referéndum en Venezuela para aprobar la enmienda constitucional propuesta por el Presidente de la República Hugo Chávez. Hugo Chávez ganó el referéndum para enmendar la Constitución y suprimir el número mandatos para gobernar. Lo hizo por una ventaja de casi 10 puntos (54,36% frente a 45,63%), suficiente para lanzarse como candidato presidencial en elecciones libres y democráticas como dicta la Constitución de ese país en cuanto al mandato presidencial se refiere, pero primero debe ser aprobado como candidato en el partido que dirige (PSUV) en las elecciones internas.

[editar] Modalidades

    * Según el objeto:
          o Referéndum constitucional: Si el objeto es una constitución.
          o Referéndum legal: Si el objeto es cualquier otra ley.

    * Según el fundamento:
          o Referéndum preceptivo: Si el fundamento de su celebración es la exigencia propia del ordenamiento.
          o Referéndum facultativo: Si el fundamento es la convocatoria de un órgano concreto. En caso de ser además consultivo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito.

    * Según los efectos jurídicos:
          o Referéndum decisorio: Cuando el resultado se hace efectivo y vinculante.
          o Referéndum consultivo: Cuando el resultado implica únicamente la manifestación de la voluntad general o popular de forma no vinculante. En caso de ser además facultativo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito.

    * Según los efectos jurídicos:
          o Referéndum constitutivo o de ratificación: Cuando el efecto es aprobar una disposición.
          o Referéndum abrogativo: Si el efecto jurídico resultante es la derogación de un precepto determinado.
    * Plebiscito: También se puede encuadrar como un tipo de referéndum facultativo y consultivo al ser un modelo cercano, pero el pronunciamiento popular no constituye una expresión de la voluntad general o popular sino un instrumento de legitimación de un poder personal de corte autocrático por lo que se considera una categoría independiente.
; Fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Referendo) Popular(Popular (del latín populāris), lo relativo al pueblo (en sus distintas acepciones, véase pueblo (desambiguación)). Puede referirse a, En arte y cultura

        * Arte popular
        * Cultura popular
        * Música popular
        * Arquitectura popular
        * Ciencia popular o divulgación científica.
        * Psicología popular
        * Biblioteca popular (en Argentina y Uruguay).
        * Ateneo Enciclopédico Popular (en Barcelona).

[editar] En lingüística

        * Etimología popular

[editar] En historia y ciencias sociales

        * a los populares, grupo político que en la República romana defendía a los plebeyos;
        * a los movimientos populares y revueltas populares, movimientos sociales y revueltas de las ciudades medievales europeas (véase historia de los movimientos sociales);
        * por extensión, a cualquier otro movimiento social o revuelta de composición social semejante, particularmente a las revoluciones denominadas populares (véase también nacionalismo y movimiento obrero);
        * al principio de la soberanía popular (relacionado con el principio de soberanía nacional, la filosofía de Rousseau y el constitucionalismo);
        * a la monarquía popular, un sistema de gobierno;
        * al concepto marxista de poder popular;
        * al concepto alemán de volksstaat (estado popular), aplicado especialmente al Estado Popular de Hesse (1918-1945);
        * al concepto de educación popular en la pedagogía progresista (Paulo Freire);
        * a la iniciativa popular como procedimiento para la iniciativa legislativa;
        * a una consulta popular (elecciones o referéndum);
        * a un frente popular, estrategia antifascista de los años treinta;
        * a la guerra popular, un concepto maoísta;
        * a un ejército popular o milicia popular, instituciones armadas organizadas de forma revolucionaria o insurreccional (al menos en su inicio histórico o como pretensión ideológica)
        * a la Olimpiada Popular que se proponía celebrar de forma alternativa a los Juegos Olímpicos de Berlín de 1936;
        * a las repúblicas populares, repúblicas socialistas o democracias populares; los sistemas políticos surgidos en los países del denominado bloque socialista o del Este durante la guerra fría (desde 1945);

            * República Popular China, China popular o China comunista, por oposición a la China nacionalista o Taiwan;

        * a muy diversos partidos políticos u organizaciones similares (coaliciones electorales, organizaciones insurreccionales o terroristas) que tienen popular como parte de su nombre:

            * Acción Popular (Perú).
            * Acción Popular (España), en los años treinta.
            * Alianza Popular (AP, precursor del Partido Popular en España en los años setenta).
            * Alianza Popular Revolucionaria Americana (APRA, peruano).
            * Asamblea Popular (Uruguay).
            * Coalición Popular (precursor del Partido Popular en España en los años ochenta).
            * Frente de Liberación Popular (FELIPE, en España en los años setenta).
            * Frente Popular para la Liberación de Palestina.
            * Frente Popular para la Liberación de Palestina-Maniobras Externas.
            * Partido Popular (desambiguación), surgido en Italia en 1919 (dentro del movimiento político conocido posteriormente como democracia cristiana) y extendido a muchos otros países.
            * Partido Socialista Popular (página de desambiguación).
            * Nós-Unidade Popular (Galicia, España).
            * Unidad Popular (Chile).
            * Vanguardia Popular (Costa Rica).

[editar] Instituciones con ese nombre

    * Banco Popular, banco español.
    * Radio Popular, origen de la COPE (Cadena de Ondas Populares), cadena radiofónica propiedad de la Conferencia Episcopal Española.
    * Popular TV, propiedad del mismo grupo de comunicación.

[editar] Títulos de revistas, obras literarias, dramáticas o musicales

    * Popular 1
    * Popular (serie de TV).
    * Popular (canción de The Veronicas)
    * El Popular
    * Mecánica Popular (página de desambiguación)
    * Tribuna Popular

En lengua inglesa:

    * Popular Mechanics
    * Popular Science
    * Popular Electronics
    * Popular Photography

[editar] Topónimos

    * Popular (Medellín)
    * Estación Popular
    * Bastión Popular

;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Popular)


Artículo 71. Las materias de especial trascendencia nacional(como  cambios de constitución, leyes organicas, etc) podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República(Republica Bolivariana de VeNEZUELA) en Consejo de Ministros(POR EL PODER EJECUTIVO, QUE EN CONVENIO CON EL); por acuerdo de la Asamblea Nacional(el poder legislativo representado por la Presidente Cilia Flores,promover(invertira dinero y politicas a favor, para el desarrollode esto a favor de todo el pueblo venezolano), aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes(la mayoria es de un mas de 99 diputados,que es los 2/3 ); o a solicitud de un número no menor del diez por ciento(cambio y protesto esto , tiene que ser con una mayoria del 55 % de la población de la Republica Bolivariana de Venezuela , es por eso que siempre ganan, porque no vamos a votar , pero eso se acabo vamos a ir a votar todos en las reformas,referendun o lo que se ponga a votación en un universo de mas de 17 millones de personas) de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.

También podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias de especial trascendencia municipal y parroquial y estadal(es decir que tiene que ser puesto a votación las leyes ordinarias,decretos y demas leyes en el orden de la piramide del poder de las leyes, sino se hace asi seria insconstitucional lo que estan haciendo y eso sera penalizado en el futuro en Venezuela). La iniciativa le corresponde a la Junta Parroquial(Parroquia (del griego παροικία, paroikía, "cerca de la vivienda") es la denominación de algunas entidades subnacionales en diferentes países.Venezuela

En Venezuela, es la unidad político-territorial de menor rango, donde se dividen los municipios, la división administrativa sirve para ámbitos policial (jefatura civil), además la parroquia está compuesta por una junta parroquial. Desde las elecciones de 1992 la ciudadanía elige directamente a los representantes de las juntas parroquiales, en el año 2005 por primera vez se realizaron comicios para elegir las juntas parroquiales de forma separadas a las de gobernador y alcalde. Venezuela tiene 2.570 parroquias.

La Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, le otorga facultad expresa para gestionar los asuntos y procesos siguientes:

   1. Servir como centro de información, producción y promoción de procesos participativos para la identificación de prioridades presupuestarias.
   2. Promover los principios de corresponsabilidad, protagonismo y participación ciudadana en la gestión pública municipal.
   3. Promover los servicios y el principio de corresponsabilidad en lo atinente a la seguridad ciudadana, la protección civil y la defensa integral de la República.
   4. Promover los servicios y políticas dirigidos a la infancia, a la adolescencia, a la tercera edad y a las personas con discapacidad.
   5. Promover, organizar, coordinar, supervisar y llevar a cabo los procesos electorales para la elección de los jueces de paz.
   6. Promover procesos comunitarios de contraloría social.
   7. Proteger el ambiente y fortalecer las áreas de los parques naturales, en coordinación con el ente responsable del parque y conforme a las pautas que le señalen las autoridades del Municipio.
   8. Velar por el cumplimiento de la limpieza urbana y aseo domiciliario.
   9. Supervisar los servicios de agua potable, electricidad y gas doméstico.
  10. Coadyuvar en el cuidado y mantenimiento de plazas, parques y jardines en la parroquia.
  11. Inspeccionar la prestación del servicio de transporte público de pasajeros.
  12. El Presidente de la Junta Parroquial podrá celebrar los matrimonios y llevar el registro de éstos, dentro del ámbito territorial correspondiente, de conformidad con los parámetros establecidos en el Código Civil.
  13. Auspiciar y promover la masificación deportiva.
  14. Auspiciar y promover las actividades culturales que integren a la comunidad.
  15. Coadyuvar con las administraciones tributarias locales en la gestión de los tributos, a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y demás deberes formales.
  16. Respaldar a la Sala Técnica del Consejo Local de Planificación Pública en la elaboración del censo social municipal, conjuntamente con la participación de las organizaciones vecinales y la sociedad organizada.
  17. Cooperar en la supervisión de la realización de espectáculos públicos, de conformidad con lo dispuesto en la ordenanza respectiva.
  18. Cooperar con las autoridades locales correspondientes en la gestión de los servicios de cementerio y mercados municipales y recaudar los derechos fiscales y tasas previstos en la ordenanza respectiva, cuando se trate de parroquias no urbanas.
  19. Tramitar las solicitudes de particulares referentes a parcelas de terrenos municipales y a los servicios sociales.
  20. Las demás que le sean delegadas por el alcalde o alcaldesa, de conformidad con los instrumentos jurídicos municipales.
;Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Parroquia_%28civil%29), al Concejo Municipal(El Concejo Municipal es, habitualmente, un órgano que compone, junto al alcalde, una municipalidad.Venezuela
Artículo principal: Concejos Municipales de Venezuela

En Venezuela el Concejo Municipal es la entidad legislativa de los municipios autónomos. Emite acuerdos obligatorios en su jurisdicción, que se llaman Ordenanzas. Regulan y controlan las actividades de los otros entes municipales. Nombra al Contralor Municipal. También, en muchos casos, deben ratificar decisiones del alcalde para que éstas puedan tener validez. Los integrantes del Concejo Municipal se llaman Concejales y cuando están reunidos en sesiones válidas se denomina Cámara Municipal. Cada Concejal tiene derecho a escoger su personal, según lo que dispongan en sesión de Cámara y ajustados al Presupuesto Municipal. El número de concejales depende de la población. En cada Municipio se elige un concejal por cada 20.000 habitantes. Son cargos de elección popular, directa y secreta y duran cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos. La institución del Concejo Municipal, Ayuntamiento o Cabildo es de mucha importancia en Venezuela. Incluso, fue un Concejo Municipal, el de Caracas, que en 1810, dio el primer paso para la Independencia de Venezuela, lo cual, a su vez, fue el primer paso para la Independencia de Suramérica.;http://es.wikipedia.org/wiki/Concejo_municipal) y al Consejo Legislativo. El Consejo Legislativo Estadal o Consejo Legislativo Regional representa el Poder Legislativo en los Estados Federales de Venezuela, esta compuesto por una sola camara de diputados, donde se eligen de 7 a 15 Diputados, bajo el sistema de representación proporcional de la población del Estado y de sus Municipios. Su elección se realiza cada 4 años, pudiendo ser reelegidos . Con la posibilidad de revocar su mandato a la mitad del periodo Constitucional.

El Consejo deberá sesionar en la capital de los Estados y podrá excepcionalmente, sesionar en otra localidad del Estado por acuerdo de la mayoría absoluta de los legisladores que la conforman.

Las condiciones de elegibilidad e inelegibilidad de los legisladores y legisladoras a los Consejos Legislativos de los Estados son las mismas establecidas en la Constitución de la República para los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional.

Los Legisladores Estadales deben redir cuentas anualmente ante el Estado y su pueblo, Los Diputados de los Consejos Legislativos de los Estados gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones en su jurisdicción territorial.Funciones de los Consejos

Tienen siguientes las funciones conforme a la Constitución de la República, la de los Estados y las leyes:

    * Sancionar el proyecto de Constitución estadal y presentar iniciativas, enmiendas o reformas de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República.
    * Sancionar las leyes de desarrollo de aquellas leyes de base dictadas por el Poder Nacional, que regulen las competencias concurrentes.
    * Sancionar la Ley Orgánica de Hacienda Pública del respectivo estado, conforme a los principios del régimen presupuestario y sistema tributario, establecidos en la Constitución y en la ley, en cuanto sean aplicables.
    * Sancionar las leyes de descentralización y transferencia de los servicios públicos a los municipios y a las comunidades organizadas, así como aquellas que promuevan la participación de los ciudadanos en los asuntos de la competencia estadal.
    * Sancionar la Ley de Presupuesto del estado.
    * Participar en la designación, juramentar y destituir al Contralor o Contralora del estado, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República y con la ley que rige la materia.
    * Organizar y promover la participación ciudadana e implementar los mecanismos que garanticen la inclusión de las opiniones que emanen de los diferentes sectores, en el ejercicio de las funciones propias del órgano legislativo estadal.
    * Ejercer funciones de control, seguimiento y evaluación parlamentaria de los órganos de la Administración Pública Estatal, en los términos consagrados en la Constitución de la República, la Constitución de los estados y las leyes respectivas.
    * Recibir para su evaluación el informe anual del Gobernador sobre su gestión durante el año inmediato anterior. A tales efectos, el Consejo Legislativo fijará dentro de los treinta (30) días siguientes a su instalación anual, la sesión en la que el ciudadano Gobernador presentará dicho informe.
    * Autorizar los créditos adicionales a los presupuestos estadales.
    * Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo del estado, que serán presentadas por el Poder Ejecutivo Regional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional.
    * Solicitar la remoción, destitución o retiro del Secretario o Secretaria General de Gobierno, y de los directores generales sectoriales que con abuso de autoridad, negligencia e imprudencia en el ejercicio de sus funciones violen o menoscaben los derechos constitucionales o causen perjuicio patrimonial a la administración o a los particulares. Cuando la solicitud de destitución o remoción se apruebe con el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes, su acatamiento será obligatorio para el Gobernador.
    * Autorizar al Gobernador del estado el nombramiento del Procurador o Procuradora General del Estado de acuerdo a los parámetros establecidos en la Constitución del respectivo estado.
    * Autorizar la salida del Gobernador del estado, del espacio geográfico venezolano cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco (5) días consecutivos.
    * Dictar su Reglamento interno de organización y aplicar las sanciones que en él se establezcan.
    * Organizar su servicio interior de vigilancia y custodia.
    * Aprobar, modificar y ejecutar su presupuesto de gastos, de acuerdo a su autonomía funcional y administrativa de conformidad con la ley correspondiente.
    * Autorizar al Ejecutivo Estadal para enajenar bienes muebles e inmuebles, con las excepciones que establezca la ley.
    * Designar su representante ante el Consejo de Planificación de Políticas Públicas.
    * Las demás que le señalen la Constitución, la Constitución del respectivo estado y la ley.

[editar] Comisión Delegada

Durante el receso de los Consejos funcionará la Comisión Delegada integrada por el Presidente o Presidenta del respectivo Consejo Legislativo Estadal, quien la presidirá y un número no mayor de cuatro (4) de sus integrantes, quienes representarán en lo posible la composición política del Cuerpo en pleno.

Atribuciones de la Comisión Delegada. Son atribuciones de la Comisión Delegada:

    * Convocar al Consejo Legislativo a sesiones extraordinarias, cuando así lo exija la importancia de algún asunto.
    * Autorizar al Gobernador o a la Gobernadora de los estados para salir del espacio geográfico del respectivo estado por más de cinco (5) días.
    * Autorizar al gobierno estadal para decretar créditos adicionales y traslados de partidas de conformidad con la ley.
    * Designar comisiones especiales integradas por los miembros del Consejo Legislativo.
    * Ejercer las funciones de investigación atribuidas a los Consejos.
    * Autorizar al Ejecutivo Estadal por el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes para crear, modificar o suspender servicios públicos en caso de emergencia comprobada.
    * Las demás que establezcan la Constitución Nacional, la Constitución del respectivo estado y la ley.

[editar] Composición de los Consejos Legislativos 2008-2012

Con excepción de los estados Zulia, Miranda y Nueva Esparta, el oficialismo consiguió la mayoría en todos los consejos legislativos, incluidos dos donde el gobernador electo es opositor (Táchira y Carabobo).

Contando a Gente Emergente y a Patria Para Todos como oposición, el oficialismo obtuvo un 76% de los cargos en disputa[1] Sin embargo, aún cuando GE no apoyó al hermano del Presidente Chávez, Adán Chávez, en su candidatura a la Gobernación de Barinas en detrimento del entonces alcalde de la capital estadal, Julio César Reyes, este partido se considera aliado de Hugo Chávez y su caudal electoral se concentra principalmente en el estado natal del Presidente. Por su parte, el PPT no se puede considerar de oposición aunque no haya apoyado al PSUV en Guárico, Portuguesa y Trujillo, pues incluso manifestó su apoyo a la reelección indefinida del Presidente Chávez y a su propuesta de enmienda constitucional.

Por estas razones, se considera que el oficialismo cuenta con 183 legisladores y 78,54% de los cargos, mientras que la oposición cuenta con 50 legisladores y el 21,46% de los cargos.

En cuanto a los Cabildos Metropolitanos, el oficialismo cuenta con 10 concejales y el 52,63% de los cargos, mientras que la oposición cuenta con 9 concejales y el 47,37% de los cargos. La oposición posee la mayoría en la Alcaldía Mayor de Caracas con 8 concejales, mientras que el oficialismo tiene mayoría en el Distrito Metropolitano del Alto Apure con 5 concejales.,Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Consejo_Legislativo) por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes(eso es 2/3 de los integrantes); el Alcalde o Alcaldesa y el Gobernador o Gobernadora de Estado, o a solicitud de un número no menor del diez por ciento del total de inscritos en la circunscripción correspondiente( para el 2011 no tendras esta dos terceras parte, preocupate que el control del pais se te va para el suelo, aconsejo que rectifiques y sea buen amigo de venezuela).

que lo soliciten.
CONCLUSIÓN:
Articulo 71. Esta diseñado para establecer el poder en las gobernaciones  y las alcaldias, ademas es totalmente favoritismo para aprobar un referedun aprobandolo por una minoria marxistas revolucionarias para apliacar leyes ordinarias, decretos y ordenanzas, ademas para poder aplicar estas leyes que se han ido creando de una forma inconsulta con todo el pueblo de venezuela, ademas de ser insconstitucionales, no respetaron el debido proceso para poder discutirlas. Es deber, derecho y obligación del poder ejecutivo , junto con el Presidente de la Republica de VENEZUELA HUGO RAFAEL CHAVEZ FRIAS CON EL APOYO DE LA ASAMBLEA NACIONAL BOLIVARIANA Y RECTIFICAR ACERCA DE ESTO Y DAR LA PARTICIPACIÓN PROTAGONITA DE UN UNIVERSO DE MAS DE 17 MILLONES DE PERSONAS EN LA APROBACIÓN DE TODAS LAS LEYES ORGANICAS, LEYES ORDINARIAS, Y DECRETOS ETC, PARA ESO EXISTE EL MECANISMO DE LOS REFERENDUN DE CONSULTA POPULAR POR LO CUAL TODAS LAS LEYES QUE CREARON ESTA ASAMBLEA SON nulas y no tienen el apoyo de la soberania del pais, ademas no estoy de acuerdo que tienen que aprobarse el referendun con un 10 % de la participación del pueblo , eso es una minoria absoluta, y no es proporcional al universo de 17 millones, esta bien que sea aprobada por el 50 %. Estoy en contra del articulo 71.

Artículo 72. Todos los cargos y magistraturas(magistratura f. der. Dignidad y cargo de magistrado.
Tiempo que dura su ejercicio.
Conjunto de los magistrados.
Tribunal integrado por representantes de los asalariados y los empresarios, encargado de resolver los litigios de tipo profesional.fUENTES: http://es.thefreedictionary.com/magistraturas) de elección(NACIDO DEL SUFRAGIO VOTACIÓN UNIVERSAL) popular(DE LA VOLUNTAD POPULAR Y PROTAGONICA DEMOCRATICA EN ELECCIONES UNIVERSALES Y SECRETAS) son revocables(QUE SE PUEDEN REVOCAR;  Dejar sin efecto una concesión,mandato o resolución:http://www.wordreference.com/definicion/revocar).

Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento(20% de la población del la circuncripción) de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo(chevre, para revocar al magistrado) para revocar su mandato( todos tanto del presidente, ministros, gobernadores, hasta lo del tribunal supremo de justicia, asi que los sacaremos a toditos de hay).

Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria(es decir de las votaciones totales que eligieron al funcionario publico,es la votación que recibio mas uno) siempre que haya concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos(25 % de electroes inscritos en dicha circunscripción, me doy cuenta que siempre es un numero menor, porque no das un número mayor al 50 % porciento, como se ve que el los marxistas revolucionarios no son democratas, solo estiman una cantidad pequeña en el universo de la circunscripción, en vez de hacer validad la proporcionalidad del universo de la ciscuncripción, estas formas de elecciones son muy parcializadas a un sector es por eso que hay que ir a votar en mayoria todos los venezolanos , hastas el ultimo voto), se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución(CRBDV vigente de 1999, dentro de la constitución todo, fuera de ella nada) y la ley(el poder legislativo, representando por la Presidenta unicamente, porque es dueña y señora de las leyes en Venezuela, promover(invetira dinero de su bolsillo, y favorece politicas a favor de cumplir con este articulo).

La revocatoria del mandato para los cuerpos colegiados(se refiere a los colegios de los profesionales) se realizará de acuerdo con lo que establezca la ley(dentro de nuestra carta magna).

Durante el período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de su mandato.
CONCLUSIÓN:
ARTICULO 72. ESTE ARTICULO ESTA DISEÑADO PARA establecer las condiciones minimas para la revocación de los cargos publicos de magistrados en las circuncripciones del pais, ademas de que la A.N promovera todo esto a la mitad del periodo Constitucional.

Artículo 73. °
Serán sometidos a referendo( El referéndum es una elección, a través de la cual el cuerpo electoral de un país, nación, región o grupo expresa su voluntad respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales o legales someten a su consulta. Por lo general es de la forma sí o no, donde se responde a una pregunta planteada por el ente electoral y los interesados en llevarla a cabo.

El referéndum es el mecanismo de democracia semi-directa por antonomasia y en la actualidad complementa el régimen de democracia representativa, potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.

El referéndum es un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

El resultado del mismo puede ser obligatorio (vinculantes), o no obligatorios (consultivos). Un referéndum consultivo puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo (como el referéndum sobre la Constitución Europea en España). Su obligatoriedad puede basarse en el coste político que supondría no obedecerlo y no en una obligación legal. Un referéndum obligatorio es posible sólo en algunos países y sobre algunos temas, y un cierto tamaño del electorado participante muchas veces es también un requisito previo.Referéndum presidencial de Venezuela de 2004
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Referéndum presidencial de 2004
Ratificación o revocatoria del mandato de Hugo Chávez
    
    
    
    
    
    
15 de agosto de 2004
Tipo de elección:      Referéndum vinculante
Demografía electoral
Votantes :     9.815.631
  
    69.92%  
Resultados
Opción: No     
  
    59.10%
Opción: Sí     
  
    40.64%
Resultados Finales

En Venezuela se celebró el 15 de agosto de 2004 un Referéndum Presidencial, para decidir la permanencia de Hugo Chávez en la jefatura del Estado, cuyo resultados fueron la avalación de su gobierno constitucional.

La polarización política en Venezuela incidió en el nombre dado en estos comicios, los cuales fueron llamados por la oposición venezolana Referéndum Revocatorio, por el contrario, los seguidores del gobierno de Hugo Chávez los denominaron Referéndum Ratificatorio. Este tipo de elecciones también suelen llamarse plebiscitos.

Los Resultados Finales del referéndum que dieron la victoria al "No" (No revocar el Mandato) con el 59,10% (5.800.629 votos) frente a un 40,64% (3.989.008 votos) de la opción "Sí" (Sí Revocar el Mandato) permitieron que Hugo Chávez continuase siendo Presidente de Venezuela. ;Fuente 1:http://es.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum; FUENTE 2: http://es.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum_presidencial_de_Venezuela_de_2004) aquellos proyectos de ley(en donde con la participación del poder legislativo quien esta Representado unicamente por la precidenta Cilia Flores, promovera(invertira de su bolsillo dindero, y politicas a favor que ayuden al universo de mas de 17 millones de personas que viven en el país)) en discusión por la Asamblea Nacional, cuando así lo decidan por lo menos las dos terceras partes(2/3·) de los o las integrantes de la Asamblea(de acuerdo). Si el referendo concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido el veinticinco por ciento de los electores y electoras(ven en todo las elecciones todo se aprueba en los referendus con un porcentaje de 10 a 25 % de la población venezolana en un universo de mas de 16 millones de inscrito, los socialistas no son proporcionales sino parcializados a sus yo como pensamientos) inscritos e inscritas en el Registro Civil y Electoral(el C.N.E), el proyecto correspondiente será sancionado como ley(representado por el poder legislativo y a su cabeza la presidenta Cilia Flores promovera(inertira dinero de su bolsillo, y creara politicas a favor, que favorezacan al 100  % de la población que es mas de 16 millones de inscrito, ven la importancia de votar y inscribirse, eso que dicen que no votan son unos ignorantes y no saben en donde viven, hay que ir a votar por todo).
Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía(la soberania es el poder de la leyes en el pueblo, para hacerlo corto) nacional o transferir competencias a órganos supranacionales(Son organizaciones internacionales cuyas decisiones o resoluciones son de obligado cumplimiento, y que están por encima de la constitución de cada país miembro, como es el caso de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Comunidad Andina, el Mercosur(nose incluye el alba, porque esos son paises socialistas con tendencia marxista revolucionaria y alli no hay democracia), etc.;fuente:http://es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20090430155034AAR8rkS ), podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea; o por el quince por ciento de los electores o electoras (15 % de la población total, son los grupos mas radicales, solo pidiendo o viendo que fueron a votar se puede saber eso)inscritos e inscritas en el Registro Civil y Electoral.
CONCLUSIONES:
Articulo 73. Este articulo esta diseñado para establecer los mecanismos minimos de los cuales no estoy de acuerdo con el 25% de la población de electores en un universo de mas de 16 millones, es muy poco, ese es el sector marxista revolucionario, por eso nunca pieRde nada sino es que lo apruebe las 2/3 de los diputados que se le acaba en enero, ahora con un 25 % que ya tampoco lo tiene porque la mayoria es de la derecha unida que sera ahora un partido democrata, al igual se establece referendu para acatar las organizaciones supranacionales(Son organizaciones internacionales cuyas decisiones o resoluciones son de obligado cumplimiento, y que están por encima de la constitución de cada país miembro, como es el caso de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Comunidad Andina, el Mercosur, etc. En los cuales la IV Republica tiene compromisos al igual la V Republica a firmado en algun momento, y la unica forma de no acatarlas es con este articulo, y el debido proceso, que nunca se ha hecho).

Artículo 73. Serán sometidos a referendo(Un referéndum es una elección, a través de la cual el cuerpo electoral de un país, nación, región o grupo expresa su voluntad respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales o legales someten a su consulta. Por lo general es de la forma sí o no, donde se responde a una pregunta planteada por el ente electoral y los interesados en llevarla a cabo.

El referéndum es el mecanismo de democracia semi-directa por antonomasia y en la actualidad complementa el régimen de democracia representativa, potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.

El referéndum es un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

El resultado del mismo puede ser obligatorio (vinculantes), o no obligatorios (consultivos). Un referéndum consultivo puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo (como el referéndum sobre la Constitución Europea en España). Su obligatoriedad puede basarse en el coste político que supondría no obedecerlo y no en una obligación legal. Un referéndum obligatorio es posible sólo en algunos países y sobre algunos temas, y un cierto tamaño del electorado participante muchas veces es también un requisito previo."El referendo popular como tal, es un reflejo o mejor aún, una característica fundamental de la Democracia existente en un país, por lo tanto, para la aplicación o realización de este, de acuerdo a este articulo, existen varios factores que lo motivan:

En primera instancia esta el llamado para su realización del jefe de estado, quien tiene el derecho de llamar al referendo popular en materias de vital importancia que van a influir en el futuro y desarrollo del país, para la cual tendrá que hacer esta solicitud en consejo de ministro, de conformidad al acuerdo de la asamblea nacional, y cuya solicitud debe ser aprobada por l mayoría de sus miembros para ser relazada. Otra forma de solicitar un referendo consultivo esta protagonizado por el pueblo mismo donde los ciudadanos inscritos en el registro civil y electoral, para esta causa deberán reunir un grupo no menor del 10% de la población electoral inscrita.

Por otra parte, en el ámbito municipal, parroquial y estadal, igualmente, puede explicarse o efectuarse referendo consultivo en dediciones o en ámbitos de importancia, el cual debe impulsado por la junta parroquial, el consejo municipal y el consejo legislativo de estas, tomando en cuenta el acuerdo hecho de las dos terceras partes de sus miembros; de esta misma forma puede ser solicitado por el alcalde o alcaldesa y el gobernador o gobernadora de estado, de igual manera puede ser impulsado a solicitud de un numero no menor del 10% de la población electoral de dichas entidades". ;Fuente:http://www.monografias.com/trabajos44/derechos-politicos/derechos-politicos2.shtml#referendo) aquellos proyectos de ley(Ley organica, o ley ordinaria,etc. tienen que ser sometido a referendo para hacer apoyados por el pueblo entero que es mas de 17 millones de personas mas o menos para ser sometida a referendo, la A.N. DRBDV Representada por Presidenta Cilia Flores, promovera(invertira dinero de su bolsillo, y politicas a favor en el desarrollo de esto) en discusión por la Asamblea Nacional(una debate a profundida super profunda), cuando así lo decidan por lo menos las dos terceras partes de los las integrantes de la Asamblea(2/3=0,67=112 diputados es exactamente). Si el referendo concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido el veinticinco por ciento de los electores o electoras inscritos o inscritas(25% por ciento, de cuantos hay inscrito en el CNE, voy a sacar la cuenta=4444194 representa el 25 % de la población venezolana) en el registro civil y electoral(inscrito mayores de 18 años, si es que no lo disminuyen a 16 años, porque tambien les enseño todo, estas clases son para todos especialmente los niños), el proyecto correspondiente será sancionado(de sansionar: La sanción es un término, en Derecho, que tiene varias acepciones.

En primer lugar, se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye infracción de una norma jurídica (ley o reglamento). Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, pueden haber sanciones penales o penas; sanciones civiles y sanciones administrativas.

Sin embargo, habitualmente la referencia a una sanción se hace como sinónimo de pena pecuniaria, es decir, una multa o, al menos, para penas leves (por ejemplo, prohibiciones para ejercer cargos). Por el mismo motivo, comúnmente se suele relacionar la expresión sanción con la Administración pública (sanciones administrativas) y el término pena se deja para el ámbito del Derecho penal.

En segundo lugar, se llama sanción al acto formal mediante el cual el jefe de Estado da su conformidad a un proyecto de ley o estatuto. En España, por ejemplo, el Rey sanciona las leyes aprobadas por las Cortes Generales. Y por extensión, además, se denomina sanción a la aprobación o autorización de cualquier acto jurídico. Así, por ejemplo, en Argentina, la sanción es el acto formal mediante el cual el Congreso da fuerza de ley a una norma. En Chile, el Presidente de la República a través de la sanción, da su conformidad al Proyecto de Ley, presentado por las respectivas Camaras de Senadores y Diputados, para dicho acto, el Presidente cuenta con una herramienta denominada Veto, con la cuál podrá Vetar el Proyecto de Ley.

Por último, desde un punto de vista de Derecho internacional, las sanciones son las medidas económicas, diplomáticas o militares que un estado toma de forma unilateral para presionar a otro en una negociación o para el cumplimiento de obligaciones internacionales.

Este vocablo afecta: Al Derecho Procesal Civil y es la consecuencia jurídica desfavorable que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado (Couture). Al Derecho Político, si bien con respecto a éste las definiciones son discrepantes, posiblemente porque están referidas a distintos regímenes políticos y a normas constitucionales diferentes.

El Diccionario de la Academia dice que es el acto solemne por el que el jefe del Estado confirma una ley o estatuto. Escriche hace igual definición que el Diccionario, pero omite cuál sea el organismo sancionador. Cabanellas recoge el concepto de la Academia en cuanto atribuye la sanción al jefe del Estado, y añade “o por quien de hecho ejerce sus atribuciones”.

Para Capitant es el acto por el cual el monarca, considerado como de igual o superior jerarquía respecto de las Cámaras, presta su asentimiento a la ley votada por el Parlamento, idea que se encuentra asimismo en Guillien y Vincent.

Frente a ese criterio, aparece el de quienes atribuyen la sanción de las leyes al propio órgano legislativo que las ha dictado. Por eso dice Couture que es “la aprobación que se da por una de las Cámaras que componen el órgano legislativo, o por éste en su conjunto, a un proyecto de ley”. Ramírez Gronda expresa que “en el proceso de la formación de las leyes, la sanción es el acto por el cual el Congreso, las legislaturas, etc., aprueban un proyecto de ley”. Finalmente, J. C. Smith, explica que, “en la literatura jurídica constitucional argentina, la sanción es el acto por el cual el Poder Legislativo (es decir, ambas Cámaras en conjunto) aprueban un proyecto de ley”. La doctrina y las Constituciones que atribuyen la función sancionadora de las leyes al propio órgano legislativo que las ha dictado, reservan al jefe del Estado la misión de promulgarla o de ejercer su derecho de veto (V)., fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Sanci%C3%B3n_%28Derecho%29) como ley(el poder legislativo , representado por la presidenta Sra. Cilia Flores, quien promovera(invertira dinero y politcias a favor del total del universo de registrados en el CNE, para dar una cifra exacta: total hasta la fecha de mayo de 2010: 17.776.774 de votantes).

Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional(esta bien defender la soberania, pero creo que somos mas yankis, porque utilizamos la tecnologia yanki, nos gusta la ropa yanqui, escuchamos musica yanqui, etc) o transferir competencias a órganos supranacionales(recordemos que estos organos son: Son organizaciones internacionales cuyas decisiones o resoluciones son de obligado cumplimiento, y que están por encima de la constitución de cada país miembro, como es el caso de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Comunidad Andina, el Mercosur, etc.), podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros(es decir que no tienen pretextos o excusas para decir que no de un referendo, la votación popular es nuestra derecho de cuantas generaciones mas de 30 años); por el voto de las dos terceras partes los y las integrantes de la Asamblea(eso son 112 diputados, o 111, ya perdi la cuenta, 99 es los 3/5) o por el quince por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral( eso es exactamente 2666516 representa el 15 porciento de la población Venezolana.).
CONCLUSIONES:
Articulo 73. Este articulo  esta diseñado para establecer las condiciones minimas para someter los referendo a votación porpular a la discusión de leyes organicas, leyes ordinarias,tambien establece las condiciones minimas para derogar leyes que esten creadas o reformular un articulo en la constitución vigente de la RBDV vigente desde 1999, etc que se debieron hacer en el pasado por la Asamblea Nacional de la Republica  Bolivariana de Venezuela vigente desde 1999.

Artículo 74. Serán sometidas a referendo, para ser abrogadas(der. Abolir(Derogar(SINONIMOS:abolir, anular, abrogar, cancelar, rescindir, suprimir, revocar;fuente: http://www.wordreference.com/sinonimos/derogar) o anular una ley(SEA organica, ordinaria,decreto, la que pertenezca a la piramide de las leyes), precepto o costumbre,FUENTE:http://www.wordreference.com/definicion/Abolir) o revocar una ley, código o norma jurídica en su totalidad,FUENTE:http://www.wordreference.com/definicion/abrogadas) total o parcialmente, las leyes cuya abrogación fuere solicitada por iniciativa de un número no menor del diez por ciento de los electores inscritos en el registro civil y electoral(1777677 representa el 10 % de la población.) o por el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros(el convenio que debe de haber en el poder ejecutivo, despues analizaremos quienes son el poder ejecutivo).

También podrán ser sometidos a referendo abrogatorio los decretos con fuerza de ley que dicte el Presidente o Presidenta de la República en uso de la atribución(Se denomina atribución a la búsqueda de razones por parte de un individuo de sus éxitos y fracasos personales. Decimos que un individuo tiene estrategias de atribución interna positiva cuando se atribuye a sí mismo sus éxitos. Decimos que tiene estrategias de atribución interna negativa cuando tiende a generalizar las causas del propio fracaso bien en su propia psicología, o bien en factores externos no controlables por él mismo. Por lo tanto la existencia de unas adecuadas estrategias de atribución será un elemento fundamental para lograr buenos niveles de autovaloración y autoconfianza en un sujeto. Estilos de atribución. - Las personas realizan atribuciones en función de dicotomias como causas de signo racional frente a causas de tipo mitico o causas genéticas frente a causas culturales.;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Atribuci%C3%B3n)
prescrita en el numeral 8 del artículo 236 de esta Constitución(que dice este articulo, busquemos: este dice "8. Dictar, previa autorización por una ley habilitante(que es una ley habilitante: "a Ley Habilitante es una "facultad excepcional justificada por situaciones de crisis o especiales, que sirve para dictar regulaciones inmediatas".fuente: http://elobservador.rctv.net/Reportajes/VerReportaje.aspx?ReportajeId=365"), decretos con fuerza de ley(representado unicamente por la Presidenta Cilia Flores quien promovera(invertira dinero y politicas a favor del todo el pueblo, 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)."), cuando fuere solicitado por un número no menor del cinco por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral(cuanto es el cinco por ciento de  17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo), el 5 % es : 888839  representa el 5 % de la población.).

Para la validez del referendo abrogatorio será indispensable la concurrencia del cuarenta por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral(eso cuanto es el  40 % de electores es: 7110710 representa el 40 % de la población venezolana. ).

No podrán ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto(ha que chevre el presupuesto del pais, no puede ser sometido a derogación por haces lo que te da la gana con el presupuesto, pero podemos combocar una reforma constitucional, para agregarle una articulo al presupuesto nacional para agregar un articulo que el presupuesto sea manejado por el pueblo, y no por el poder ejecutivo y el Presidente unicamente), las que establezcan o modifiquen impuestos, las de crédito público y las de amnistía(podemos convocar recolectando firma para agregar unos articulos mas a la CRBDV, porque no que maneje estas leyes en favor del pueblo, despues de todo la soberania la maneja es el pueblo y no tu), así como aquellas que protejan, garanticen o desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales(no es necesario ni hablar aqui).

No podrá hacerse más de un referendo abrogatorio en un período constitucional para la misma materia.( no explico esto porque me da ladilla, pero los politicos si sabran de que se trata, jajajajjajja)

No podrá hacerse más de un referendo abrogatorio(bueno ya dentro de poco la asamblea es nueva y se puedo hacer un referendo, que incluya muchos articulos mas a la constitución de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y CUANDO  podamos hacer otra reforma constitucional en el proxima despues de las elecciones presidenciales, agregaremos articulos  que controlen estas leyes y se las daremos al pueblo, pero podemos convocar con firmas reformas derogatorias de leyes) en un período constitucional para la misma materia.
CONCLUSIÓN: 
Articulo 74. Este articulo esta diseñado para establecer las condiciones minimas para convocar referendo que añadan articulos a la constitución y reformas constitucionales para manejar leyes organicas, ordinarias, etc.

Capítulo V
De los Derechos(deberes y obligaciones) Sociales(para todas las clases sociales) y de las Familias(de todas las familias nacionalizadas en VENEZUELA)



Artículo 75. El Estado(gobernaciones y alcaldias sin importar su tendencia ideologica, siguiendo el ideal de nuestros libertadores y entre ellos están Simón Bolivar, Francisco de Miranda, etc, estan descritos en la historia de Venezuela) protegerá(de proteger:Para otro concepto similar pero diferenciado en su origen y uso en la bibliografía, véase Estado Social.

Estado del bienestar es un concepto de las ciencias políticas y económicas con el que se designa a una propuesta política o modelo general del Estado y de la organización social, según la cual el Estado provee ciertos servicios o garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país.[1]

Como sinónimos suelen utilizarse estado providencia o incluso la expresión inglesa welfare state.

T.H. Marshall define estado del bienestar como una combinación especial de la democracia, el bienestar social y el capitalismo.

De acuerdo a Claus Offe, es uno de los dos factores -junto a la existencia de partidos políticos masivos y en competencia- que hace posible la existencia del Capitalismo democrático o estado de Economía mixta.[2]

Para algunos, es el añadido de un quinto poder del Estado: la capacidad de regular las grandes empresas y el sector financiero; añadido a los tres poderes clásicos de Montesquieu y al cuarto poder, que son los medios de comunicación.[3] En ese sentido, el concepto podría incluir algunos aspectos del sistema del New Deal implementado en Estados Unidos a partir de 1933.

Más que un concepto específico, se considera que el término es una categoría práctica para designar ya sea un conjunto de propuestas o una propuesta general acerca de cómo el Estado debe o puede proceder.
En la ciencia política, el término Estado del bienestar (Wohlfahrtsstaat) tiene en parte usos o significados distintos y se considera que es principalmente una categoría empírica para el análisis comparativo de las actividades de los Estados modernos. [4]

Los estudios acerca del estado del bienestar se pueden dividir entre los dedicados a su origen, características o función general y los que se centran en la implementación específica por los estados de tales esquemas; y en ambos casos tanto de forma aislada como de forma comparativa.Historia del Estado del bienestar
Artículo principal: Historia del Estado del bienestar
[editar] Orígenes y evolución del término:

La noción actual de "estado del bienestar" corresponde al término inglés welfare state (del que es traducción literal), cuyo uso quedó acuñado a partir de 1945, en la posguerra de la Segunda Guerra Mundial, a partir de una expresión original de William Temple, entonces Arzobispo de Canterbury, en la que contraponía las políticas keynesianas de posguerra al warfare state ("estado de guerra") de la Alemania Nazi.

Sin embargo con anterioridad ya se venían utilizando otros términos que expresan aproximadamente las mismas aspiraciones. En Inglaterra se hablaba de asistencia social o asistencia publica (social assistance o public assistance) organizada bajo las "leyes de pobres" (poor laws). En Francia, durante el Segundo Imperio (1852-1870), el término "Estado-providencia" (État-providence) fue acuñado por los republicanos que preconizaban un "Estado social" (État social) y criticaban la filosofía individualista de ciertas leyes (como la Ley Le Chapelier, que prohibía los sindicatos). En la Alemania del Segundo Reich (1871) los "socialistas de cátedra" (universitarios) introdujeron el término Wohlfahrtsstaat para describir el sistema diseñado por las políticas bismarckianas en materia social.
[editar] Desarrollo del Estado del bienestar

A pesar que existen algunos antecedentes en sistemas políticos anteriores, se ha alegado que la percepción del mejoramiento del bienestar material general de la población como una de las funciones centrales de la Sociedad o Estado realmente se inició con los orígenes de la Ilustración.[5] En ese período, a pesar que el poder de los monarcas llegó a ser absoluto, aparece el concepto del Déspota ilustrado, cuya función era, especialmente en Alemania, traer progreso y bienestar social y económico a su pueblo[6] -ver Características y evolución del cameralismo-. De acuerdo a Gertrude Himmelfarb - historiadora neoconservadora- esto culminó alrededor de comienzo del siglo XIX: "La tesis es que los 1800 marco un quiebre intelectual, después del cual la pobreza llego a ser crecientemente reconocida por los conscientes y autodesignados portadores del "espíritu de la época" como un problema del sistema más que del trabajador... éxitos futuros en resolver la pobreza requerirán reconocer tanto el aspecto material como moral del problema"[7]

A lo largo de la segunda mitad del siglo XIX en la mayor parte de los países de Europa Occidental, la llamada Cuestión social, expresada en la presión política de movimentos sociales, especialmente los movimientos obreros, impulsó a los gobiernos a adaptar la legislación sobre la condición social de la clase trabajadora y el trabajo, legislación que fue progresivamente modificada. La mayor parte de estas medidas fueron puntuales y de alcance mínimo, con características que dependen tanto de la historia como de las circunstancias político-sociales de cada país. Sin embargo, es posible notar un movimiento hacia servicios incrementalmente más comprensivos.

Esta situación culmina en las crisis económica del Período de entreguerras y concomitantes crisis socio políticas (ver Gran Depresión), dado que las dictaduras que surgieron demostraron ser capaces de resolver las crisis mas efectivamente que las democracias. Tanto la URSS con el Plan Quinquenal, como la Alemania Nazi de preguerra, la Italia de Mussolini (quien fue elogiado por "hacer que los trenes corrieran a tiempo", es decir, por poner fin a las huelgas y caos económico que había dominado a ese país) y el Japón Imperial, países todos que impusieron fuertes controles estatales a la economía, resolvieron la crisis a mediados de los 30. Esto llevó al auge de proyectos políticos totalitarios, y no solo entre el ciudadano común y corriente. Por ejemplo, el 20 de enero de 1927, durante una visita a Roma, el entonces conservador y autodeclarado "constitucionalista y antisocialista" Winston Churchill declaró que si él hubiera sido italiano se habría unido a Mussolini y continuó " Agregaré una palabra sobre el aspecto internacional del fascismo. Externamente su movimiento ha rendido un servicio al mundo entero .. (..)... Italia ha demostrado que hay maneras de luchar contra las fuerzas subversivas, maneras que pueden llevar las masas populares, propiamente dirigidas, a apreciar y defender el honor y la estabilidad de una sociedad civilizada. Ha previsto el antídoto necesario al veneno ruso. De ahora en adelante, ninguna gran nación estará desprovista de un último medio de protección contra el crecimiento canceroso del bolchevismo". (citado en The Menace of Fascism). Alrededor de esas fechas, Churchill sugirio ametrallar a huelgistas como manera practica de terminar la huelga. Aun tan tarde como en 1938, en vísperas del inicio de la Segunda Guerra Mundial, Churchill declaró que si alguna ves Inglaterra llegara a tener los mismos problemas que Alemania de postguerra, él esperaba que llegara a encontrar su "Sr Hitler"[cita requerida] amenazando las concepciones del estado liberal y la democracia, lo que a su vez amenazo la estabilidad mundial, culminando en la Segunda Guerra Mundial (1939).[8]

Es en ese sentido que Waligorsky dice que se propuso la intervención estatal "como una resguardo contra el poder del mercado para socavar nuestras instituciones políticas y sociales más valuables. ..(..).. un mercado totalmente libre es definitivamente no el mejor mercado para una democracia, un mercado sin regulaciones no garantiza ni justicia ni prosperidad ..."[9]

Es generalmente considerado que el resumen que Claus Offe hace de ese desarrollo es correcto: “El Estado de Bienestar ha sido el resultado combinado de diversos factores (…) El reformismo socialdemócrata, el socialismo cristiano, élites políticas y económicas conservadoras ilustradas, y grandes sindicatos industriales fueron las fuerzas más importantes que abogaron en su favor y otorgaron esquemas más y más amplios de seguro obligatorio, leyes sobre protección del trabajo, salario mínimo, expansión de servicios sanitarios y educativos y alojamientos estatalmente subvencionados, así como el reconocimiento de los sindicatos como representantes económicos y políticos legítimos del trabajo…".[10] A fin de evitar errores, es necesario agregar específicamente la influencia de sectores liberales y demócrata-cristianos, con personajes tales como David Lloyd George y Konrad Adenauer respectivamente.

A partir de lo anterior -y comenzando en 1945- se implementaron en Europa Occidental las políticas socio económicas que llegaron a ser conocida como Estado del Bienestar moderno. Esa implementación dio origen a lo que Eric Hobsbawm -entre otros[11] - ha llamado “La edad de oro del capitalismo”[12] [13]

Algunas autoridades[14] argumentan que tales desarrollos se condujo bajo la propuesta general del keynesianismo. Otras[15] aducen que fue bajo las propuestas generales del ordoliberalismo (ver Estado Social). Sin embargo la mayoría de los estudiantes del área sugieren hay una similaridad básica entre estas visiones y aun otras, tales como las del dirigismo propuesto en Francia en ese periodo[16] etc. (ver también: Economía del bienestar).

Karl Popper describe -en 1956- los logros de esa propuesta en los siguientes términos: “En ningún otro momento, y en ninguna parte, han sido los hombres mas respetados, como hombres, que en nuestra sociedad. Nunca antes los Derechos Humanos y la dignidad humana, han sido tan respetados y nunca antes han habido tantos dispuestos a hacer sacrificios por otros, especialmente por aquellos menos afortunados que ellos.. Esos son los hechos” .... “quiero enfatizar que estoy al tanto de otros hechos. El poder todavía corrompe, incluso en nuestro mundo. Empleados públicos todavía se comportan a veces como amos descorteses. Todavía abundan dictadores de bolsillo... pero todo eso no se debe tanto a falta de buenas intenciones como a la falta de habilidad e incompetencia.[17]

Popper continua: “Pero volvamos nuestra atención a asuntos más, importantes. Nuestro mundo libre ha casi, si no completamente, eliminado los grandes males que han con anterioridad asediado la vida social de los hombres”... “Veamos lo que se ha logrado, no solo aquí en Gran Bretaña a través del Estado del Bienestar sino con algún método u otro en todas partes en el mundo libre”... y da la siguiente lista de lo que el considera -desde el punto de vista liberal - "los males que pueden ser resueltos o remediados por la cooperación social" (op cit):

    * La pobreza
    * Desempleo y formas similares de Inseguridad Social.
    * Enfermedad y dolor.
    * Crueldad penal.
    * Esclavitud y otras formas de servidumbre.
    * Discriminación racial y religiosa.
    * Falta de oportunidades educacionales.
    * Diferencias rígidas de clase.
    * La guerra.

Desde un punto de vista conservador los beneficios del estado del bienestar son dobles: por un lado, la generación de consenso social de forma que el sistema funcione de forma armónica y eficiente.[18] y, por el otro, siguiendo de lo anterior, una función de creación y reforzamiento de valores éticos fundamentales a la existencia y estabilida de relación sociales, llevando asi a una creciente integración social: "la provisión de los beneficios (del estado del bienestar) es sobre la base de ayudar a los menos privilegiados a adquirir la disciplina necesaria para adherir a los estándares morales (sociales o comunes):[19] "la respuesta conservadora es que el debate acerca de si debería haber un estado del bienestar ha terminado. El debate apropiado a estos días debería ser acerca de las modalidades a través de los cuales las "ayudas recibidas por derecho" (entitlements) son entregadas. Las modalidades importan, porque algunas promueve y otras no los atributos y actitudes -mirar al futuro, independencia, responsabilidad por la vida saludable- indispensables para una vida digna en una sociedad económicamente vibrante que un estado del bienestar devorador de ingresos en una época de población que se envejece necesita"[20] -Conviene recordar que la visión conservadora del estado es que ese existe para satisfacer las necesidades humanas (desde el punto de vista liberal es promover la libertad ciudadana) y como tal los conservadores aceptan el Estado del bienestar[21] (ver también Alfred Müller-Armack)

Las ventajas desde el punto de vista de la socialdemocracia son, generalmente, los de un avance reformista -paulatino pero seguro- hacia al socialismo, asegurando al mismo tiempo la protección y profundización de la democracia a través del reconocimiento del derecho legitimo de los sindicatos y representantes de comunidades y minorías sociales marginadas en la toma de decisiones gubernamentales, asi como la creciente integracion a esas decisiones de los principios de la justicia social; dignidad humana y participación ciudadana.

Para comenzar, por lo menos en parte debido a esas diferencias de aproximacion y como la cita de Popper sugiere- los proyectos en diferentes países se veían como disimilares, posiblemente opuestos.[22] Sin embargo, con el paso del tiempo se nota que las políticas practicadas en los países europeos occidentales convergen[23] [24] en relación a dar un rol económico activo al Estado con el fin de obtener ciertos objetivos sociales comunes (tales como el bienestar social y Crecimiento económico) y se hace evidente que el progreso y estabilidad de cada país europeo depende de la de sus vecinos. Así, se crea un consenso que abarca desde los sectores mas izquierdistas de los partidos social demócratas hasta los más derechistas o conservadores en los demócrata cristianos. Ese consenso es lo que llego a ser conocido como el modelo europeo de gobernanza, basado no solo en la idea que la sociedad -a través del estado- tiene una responsabilidad por sus ciudadanos sino también que el bien estar de cada uno, tanto para individuos como para países, depende del bien estar del vecino y que ese bien común, a pesar de visiones e intereses diferentes, puede lograrse a través de la práctica de la política de los consensos (ver Democracia deliberativa) Se empieza a hablar entonces de "la construcciones de comunidades",[25] - ver Tratados de Roma y Comunidades Europeas - El resultado de todo lo anterior es lo que se conoce como el modelo del Estado de Bienestar.

Posteriormente, y a partir de una critica temprana al estado del bienestar desde el punto de vista de la escuela austriaca[26] algunos políticos -por ejemplo, Margaret Thatcher en el Reino Unido[27] buscaron implementar lo que fue generalmente percivido como una tentativa de "desmantelar el estado del bienestar".

Es necesario notar que, a pesar de esa percepción general, Thatcher nunca se opuso directamente a este, dandolo mas bien por establecido;[28] y centrando sus ataques en ciertos aspectos -que ella percibía como debidos al socialismo -específicamente la ineficiencia y abusos- del sistema de economía mixta[29] -incluyendo la tendencia a la dependencia que -en su opinión- ese sistema habría engendrado en la población inglesa en general[30] - alegando incluso que los "servicios sociales" estaban mejor como consecuencia de sus reformas: “La extraordinaria transformación del sector privado ha creado la riqueza para mejores servicios sociales y mejores pensiones -le permite a los jubilados tener el doble que lo que tenían hace diez años para dejar a sus hijos- Ya no somos el enfermo de Europa -nuestra productividad e inversiones han crecido mas rápido en los 1980 que cualquiera de nuestros mayores competidores”[31]

Más allá de una discusión acerca de las posibles intenciones de Thatcher y otros,[32] el hecho es que esos personajes introdujeron modificaciones profundas al estado del bienestar -por lo menos tal y como se practicaba en Inglaterra- motivados principalmente -se ha sugerido- tanto por una malainterpretacion de la posición de Hayek[33] como lo que algunos consideran una falta de comprensión de las consecuencias socio económicas de tales tentativas[34] y la dificultades envueltas en las mismas.[35] [36]

Consecuentemente los mecanismos, logros y objetivos del estado del bienestar aún se mantienen, en Europa, no solo como fundamento moral de cohesión social sino sino también como base realista y necesaria del bienestar socio económico común. Por ejemplo, el Libro Verde sobre "Los Servicios de Interés General" presentado por la Comisión Europea en mayo del 2002 define la noción del interés general europeo como "la satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos y la preservación de bienes públicos, cuando el mercado falla"[37]

Aún más recientemente, como consecuencia de la Crisis económica de 2008-2009, la demócrata cristiana Angela Merkel -haciéndose eco del sentimiento keynesiano- proclamo “Solo el Estado es capaz de restaurar la confianza necesaria",[38] y tanto el socialista no marxista -con influencia cristiana y fabiana- Gordon Brown como el conservador Nicolas Sarkozy han opinado que "el laissez-faire tuvo su hora" e incluso The Economist, ese bastión del pensamiento liberal clásico moderno, ha dicho "Para los liberales... la crisis ha puesto en relevancia defectos en la manera que ellos también implementan sus modelos. Lograr regulaciones adecuadas es tan importante como liberar los mercados; puede que un sector publico eficiente cuente tanto como un sector privado eficiente, inversiones publicas en transporte, educación y salud, bien hechas, pueden pagar dividendos. ... pragmatismo y eficiencia siempre son de importancia" (The Economist,- editorial, edición del 9 al 15 de mayo de 2009).Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Proteccion_social) a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral(en materias de las leyes de educación, legislación ambienta, legislación de calidad, legislación de seguridad y salud laboral, de medicina,de la ley organica del trabajo, la ley del seguridad social obligatorio para todo el universo que son 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo) ) de las personas(La persona es definida como un ser racional y consciente de sí mismo, poseedor de una identidad propia (aunque esto no es cumplido por bebés y algunos disminuidos psíquicos profundos). El ejemplo obvio –y para algunos, el único– de persona es el individuo humano. Viene del latín: persōna y este del griego :prósōpon (máscara del actor, personaje).

También definida como Un ser social dotado de posibilidad (al igual que el resto de los animales), junto con la inteligencia y la voluntad propiamente humanas. Por lo que una persona es un ser racional, consciente de sí mismo y de sus actos, con identidad propia y totalmente independiente.

    * En Psicología: Persona designa a un individuo humano concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

    * En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

    * En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de hombre libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres humanos (tal es el caso de los esclavos). Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

    * En Gramática, ver persona gramatical.
;fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Personas). Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad(Solidaridad (sociología)
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En sociología, solidaridad se refiere al sentimiento de unidad basado en metas o intereses comunes. Asimismo, se refiere a los lazos sociales que unen a los miembros de una sociedad entre sí. Algunos sociólogos introdujeron definiciones específicas de este término. Entre ellos, uno de los más famosos fue Émile Durkheim.Solidaridad Mecánica

Una sociedad regida por la "solidaridad mecánica" se caracteriza por una total competencia de cada individuo en la mayoría de los trabajos, surgiendo una mínima diferenciación por edad o sexo. La Solidaridad Mecánica, propias de las sociedades primitivas, es aquella que surge de la conciencia colectiva. En estas sociedades, el derecho instalado es el represivo: El crimen es visto como ofensa a la sociedad en conjunto, al órgano de la conciencia común.
[editar] Solidaridad Orgánica

Durkheim afirma que la fuerte especialización de cada individuo origina una gran interdependencia, base de la cohesión y solidaridad grupal, de las personas con su sociedad. A esta clase la llama "solidaridad orgánica". Así, cada miembro posee una parte de los conocimientos generales y sus recursos, por lo que todos dependen de todos. Este tipo de solidaridad se suele presentar en las sociedades desarrolladas.

Emerge a raíz de la diferenciación de funciones y de la división del trabajo. En la medida en que los individuos especializan sus funciones requieren de otros individuos para sobrevivir. Por ejemplo, la familia. La familia primitiva era autosuficiente. La familia moderna requiere de otros, es dependiente del resto de los individuos de la sociedad. En las formas de solidaridad orgánica los individuos se desmarcan del grupo, formando una esfera propia de acción, pero al mismo tiempo la división del trabajo y la separación de funciones es la fuente o condición de equilibrio social.:fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Solidaridad_%28sociolog%C3%ADa%29), el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto(sobre todo este termino respeto) recíproco(que se reciba y sea devuelta) entre sus integrantes(de todos papa, mama, hijo, hija,hermanos, mascotas, etc). El Estado(sin importar la tendencia ideologica) garantizará(de dar garantias,derechos y obligación) protección a la madre( La Protección de Nuestra Santísima Señora Theotokos y siempre Virgen María, o simplemente, la Protección de la Madre de Dios, conocida en el eslavo eclesiástico como Pokrov (Покровъ, "protección") y en griego como Skepê (Σκέπη), es una festividad de la Virgen María celebrada en la Iglesia Ortodoxa y en las Iglesias orientales católicas. La festividad celebra la protección proporcionada a los fieles a través de la intercesión de la Theotokos (la Madre de Dios). Se trata de una de las festividades más importantes en el año litúrgico de la Iglesia Ortodoxa Rusa. En Rusia se trata de la solemnidad más importante tras la Resurrección de Jesús y las Doce Grandes Fiestas de la Iglesia Ortodoxa. La festividad se celebra conjuntamente en todas las Iglesia Ortodoxas orientales, pero donde se celebra con más fervor es en Rusia y Ucrania.

La palabra rusa Pokrov, al igual que la griega Skepê, tiene un significado complejo. En primer lugar, se refiere a un sudario, pero también significa "protección" o "intercesión". Por este motivo, el nombre de la festividad se traduce en ocasiones como el "Velo de Nuestra Señora", el "Velo Protector de la Theotokos", la "Protección de la Theotokos" o la "Intercesión de la Theotokos".PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD

La ley protege la maternidad otorgando derechos a la mujer embarazada,  algunos se extienden incluso después del nacimiento de un hijo/a. La ley concede derechos de maternidad a la mujer, al hombre, al niño/a, al trabajador/a que tiene a su cuidado un menor.

Primero que todo, cabe tener presente que no se puede condicionar contratación alguna al estado de embarazo o posible embarazo de la mujer.

Derechos que protegen la maternidad:

Fuero Maternal

Toda mujer que esté sujeta a una relación laboral, en virtud de cualquier tipo de contrato está protegida por el fuero maternal. Este genera la imposibilidad para el empleador, por un período determinado, de despedir a la trabajadora sin previa autorización judicial.

Si una mujer ha sido despedida estando amparada por el fuero maternal debe recurrir a la Inspección del Trabajo, dentro de 60 días hábiles desde la separación laboral, para denunciar tal hecho.

El fuero maternal rige desde el inicio del embarazo, hasta 1 año después de expirado el período postnatal o el período postnatal suplementario. El fuero maternal es un derecho irrenunciable.

Ahora bien, con respecto a la adopción y el fuero maternal, cabe precisar que, las mujeres, hombres solteros o viudos que adoptan un hijo/a en conformidad a las disposiciones que la ley de adopción establece, también gozan de fuero con la precisión de que el plazo de 1 año se cuenta desde la fecha que la resolución dictada al efecto confíe a estos trabajadores el cuidado personal del menor.

Descansos y Permisos por Maternidad

   1.

      Permiso Prenatal: Es el descanso de 6 semanas anterior al nacimiento del hijo/a. El médico que tenga a su cargo la atención de la mujer, determina la fecha probable de nacimiento para efectos de este permiso.
   2.

      Permiso Prenatal Suplementario: Procede si la mujer presenta una enfermedad causada por el embarazo, anterior a las 6 semanas nombradas precedentemente.
   3.

      Descanso Postnatal: Es el período de descanso de 12 semanas posterior al nacimiento del hijo/a. Este permiso corresponde también a la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado un menor de edad inferior a 6 meses, por habérsele otorgado judicialmente la tuición como medida de protección.
   4.

      Extensión del Postnatal: Procede si la mujer, al término del período postanatal, presenta una enfermedad comprobada por certificado médico, cuya causa es el nacimiento.
   5.

      Permiso por Enfermedad del Niño/a: Se otorga cuando un niño/a menor de 1 año que se tenga bajo tuición o cuidado personal por resolución judicial.
   6.

      Permiso por Tuición: Procede en el caso de un hijo/a menor de 6 meses de edad que se tenga bajo tuición o cuidado personal por resolución judicial.
   7.

      Permiso para dar Alimento: En el caso de los hijos menores de 2 años.

El descanso postnatal y las vacaciones son derechos independientes, si ambos coinciden, el segundo debe hacerse efectivo una vez reintegrada la trabajadora a sus labores.

Pago de Subsidios por Maternidad

El subsidio consiste en el pago a la mujer de las remuneraciones o rentas imponibles que percibía antes de los descansos descritos y su monto equivale al 100% de dicha remuneración. El período de subsidio coincide con el descanso pre y postnatal.

El cálculo del subsidio considerará los datos existentes a la fecha de inicio de la licencia médica y será el promedio de la remuneración mensual neta, del subsidio o de ambos, exigida en los 3 mese calendarios más próximos al mes en que se inicia la licencia.

Derecho para Alimentar al Hijo/a

La madre tiene derecho a disponer de 1 hora al día, para alimentar a sus hijos cuando los ha dejado en salas anexas e independientes del lugar de trabajo. Tiempo que debe ser dividido en 2 bloques.

Este derecho se puede ejercer cuando la empresa mantiene un sala cuna. En el caso de empresas que no tengan la obligación de tener sala cuna, la trabajadora podrá, con el acuerdo del empleador, contar con igual o mayor tiempo para dar alimentos al recién nacido o al menor de dos años que tenga a su cargo.

Ahora bien, cuando el empleador tiene la obligación de mantener sala cuna es responsable de los gastos de traslado.

Derecho a Sala Cuna

Es obligación del empleador que cuente con 20 o más trabajadoras, mantener una sala cuna anexa e independiente del local de trabajo donde las mujeres puedan dejar a sus hijos menores de dos años y alimentarlos.

Un empleador puede cumplir con esta obligación de 3 maneras, a saber:

    *

      Manteniendo en forma individual una sala cuna.
    *

      Manteniendo en forma conjunta una sala cuna don otros empleadores.
    *

      Pagando directamente a una sala cuna los gastos que signifique el costo del beneficio donde la mujer lleve a su hijo o hija (s).

Prohibiciones de Desarrollar ciertos Trabajo

La mujer embarazada no puede ejercer trabajos perjudiciales para su salud, especialmente:

    *

      Levantar, arrastrar o empujar grandes pesos.
    *

      Exigir un esfuerzo físico, incluyéndose el permanecer largo tiempo de pie.
    *

      Laborar en horario nocturno y horas extraordinarias.
    *

      Todo trabajo que la autoridad competente declare como inconveniente.

Cabe destacar que, la trabajadora debe ser trasladada de un puesto de trabajo a otro sin perjuicio de su remuneración y de las condiciones generales de trabajo.

Derechos del Padre en razón de la Maternidad

El padre puede tener derecho y subsidio de maternidad cuando:

    *

      La madre fallece en el parto o posteriormente a éste y antes de finalizar el período postnatal.
    *

      La hija/o menor de 1 año tiene una enfermedad grave que requiere atención en el hogar.
    *

      El trabajador tiene bajo su cuidado o tuición personal un menor de 1 año, por resolución judicial, y éste tenga una enfermedad grave que requiera atención en el hogar o que sea menor de 6 meses.
    *

      El padre por nacimiento de un hijo/a tiene derecho a 1 día de descanso que debe hacerse efectivo dentro de los 3 días subsiguientes al parto.

En caso de duda sobre si procede alguno de los derechos mencionado, el trabajador afectado y el empleador pueden recurrir(# pedir, reclamar, requerir, suplicar, invocar
# litigar, pleitear, interponer, demandar, entablar, fuente: http://www.wordreference.com/sinonimos/recurrir) a la Inspección del Trabajo(documento: http://servicio.cid.uc.edu.ve/derecho/revista/5-2009/5-18.pdf; fuente: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/revlads/cont/6/art/art3.pdf ;http://www.radiomundial.com.ve/yvke/noticia.php?17970), a la Superintendencia(La Superintendencia, en general, es un organismo que tiene la administración o vigilancia superior de un ramo, particularmente, de un área económica o social; del mismo modo se denomina al ejercicio de funciones de esa índole. Habitualmente su máxima autoridad se conoce como Superintendente.

Puede referirse a:

    * La Superintendencia de Real Hacienda, una organismo del Imperio español.
    * Las Superintendencias chilenas, órganos fiscalizadores del Estado en determinadas actividades económicas y servicios publicos.
    * Las Superintendencias colombianas, órganos fiscalizadores del Estado en determinadas actividades económicas y servicios publicos.
    * Las Superintendencias bolivianas, órganos fiscalizadores del Estado en determinadas actividades económicas y servicios publicos. Estuvieron vigentes hasta el 6 de mayo de 2009, y como resultado del Plan Nacional de Desarrollo y de la Nueva Carta Magna, solamente se reconoce la existencia de dos, destinadas a los sectores de la banca y del sector de hidrocarburos, habiendose transformado las restantes en Autoridades de Fiscalizacion y Control Social para cada sector (D.S. 0071).


;fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Superintendencia) de Seguridad Social(para todas las clases sociales), e incluso ante la Contraloría(QUE HACE EL CONTRALOR: La Contraloría General de la República es un órgano que tiene autonomía funcional, administrativa y organizativa que pertenece al Poder Ciudadano. Se encarga de velar por la transparente administración del patrimonio público del Estado venezolano.

Todos los órganos y entidades del Poder Nacional, Poder Estadal y Poder Municipal, están sujetos al control, vigilancia y fiscalización. La Contraloría General de la República está bajo la responsabilidad del Contralor General de la República es elegido por la Asamblea Nacional para un período de 7 años. En la actualidad quien se desempeña en el cargo es el Contralor General de la República Clodosvaldo Russián.

En el año 1938 se creó la Contraloría General de la Nación por la ley Orgánica de la Hacienda Nacional. Con la reforma constitucional de 1947 adquirió rango constitucional, con la Constitución de 1961, pasó a denominarse Contraloría General de la República.Funciones

    * Controlar la Deuda Pública sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos.
    * Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del sector público, sometidos a su control, practicar fiscalizaciones; disponer el inicio de investigaciones sobre irregularidades contra el patrimonio público.
    * Instar al Fiscal General de la República a que ejerza acciones judiciales a que hubiera motivo de infracción o delitos cometidos contra el patrimonio público.
;fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Contralor%C3%ADa_General_de_la_Rep%C3%BAblica_%28Venezuela%29; defensoria del pueblo:http://es.wikipedia.org/wiki/Defensor%C3%ADa_del_Pueblo_%28Venezuela%29;Ministerio Público de Venezuela:http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_P%C3%BAblico_de_Venezuela) General de la República(REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA) en el caso de los funcionarios públicos.Fuente: http://www.asimet.cl/proteccion_maternidad.htm; otra fuente: http://www.scribd.com/Ley-de-proteccion-de-la-Familia-Maternidad-y-Paternidad-Venezuela/d/211807), al padre( por favor leer con mucho detenimiento,fuente:http://www.papasporsiempre.cl/articulos/proteccion-a-la-paternidad.pdf) o a quienes ejerzan la jefatura de la familia(Sea la madre o el padre).

Los niños(tienen derecho,deber y obligación aun vida digna a la vida), niñas(tienen derecho, deber y obligacion a una vida digna) y adolescentes tienen derecho a vivir( proteger la vida), ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia de origen. Excepcionalmente, cuando ello no sea posible o contrario a su interés superior, tendrán derecho a una familia sustituta(adopción, por un puesto de orfanato super extremamente desarrollado), de conformidad con la ley(el poder de la A.N. de la RBDV , representado unicamente por la Presidenta Sra. Cilia Flores quien promover(invertira dinero de su bolsillo o no se donde lo saque, y implantara politicas a favor que beneficie al universo de 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)). La adopción (Para otros usos de este término, véase Adopción (desambiguación).

Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de forma tal que establece entre ellas relaciones análogas o muy similares a las que resultan jurídicamente de la paternidad.

Las legislaciones establecen unos requisitos mínimos para poder adoptar, entre los cuales son comunes:

   1. Una edad mínima del adoptante que suele superar la de la mayoría de edad y, en ocasiones, una edad máxima.
   2. Plena capacidad de ejercicio de los derechos civiles.
   3. No ser tutor en ejercicio del adoptado.5

La adopción reviste dos tipos: plena y simple.

La adopción plena surte los mismos efectos que la filiación por naturaleza, y generalmente el adoptante tiene que reunir unos requisitos más exigentes que en la adopción simple, donde no existe sustitución automática de apellidos ni el hijo adoptado ocupa un lugar similar en el orden de sucesión testamentaria con los hijos naturales.

Esta división encuentra sus orígenes en la adopción romana. En Roma existían la adrogatio y la adoptio. La última a su vez se subdividía en adoptio plena y minus plena, en la plena se daba la cesión de la patria potestad en la minus plena se formaba un vínculo entre adoptante y adoptado que podía (pues no era forzoso)generar derechos de sucesión.La Adopción en Venezuela
La adopción hoy en día, es una medida de protección destinada a brindar al niño o adolescente en condiciones de adoptabilidad, una familia sustituta, permanente y adecuada. Por ello, la adopción como medida de protección, debe estar destinada a velar por el respeto de los derechos y garantías fundamentales de los niños y adolescentes, garantizando a éstos la transparencia y respeto por sus derechos humanos en el proceso de adopción. ;Fuente: http://adopcionvenezuela.galeon.com/)tiene efectos similares a la filiación(identificación, identidad, señas, datos personales, ficha;fuente: http://www.wordreference.com/sinonimos/filiaci%C3%B3n) y se establece siempre en beneficio del adoptado o la adoptada, de conformidad con la ley(el poder de la A.N. de la RBDV , representado unicamente por la Presidenta Sra. Cilia Flores quien promover(invertira dinero de su bolsillo o no se donde lo saque, y implantara politicas a favor que beneficie al universo de 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)). La adopción internacional es subsidiaria(sustitutorio, suplementario, complementario, accesorio, secundario, adicional, anexo, suplente;fuente:http://www.wordreference.com/sinonimos/subsidiario) de la nacional(de la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999, vigente en la Constitución de la Republica  Bolivariana de Venezuela desde el año de 1999).
CONCLUSIÓN: 
Articulo 75. Esta diseñado para dar protección a todos los niños de Venezuela, a una vida digna no importa su tendencia ideologica, en todas las clases sociales. Y tambien para dar protección a los niños pobres huerfanos de nacimientos a una familia.
Artículo 76. La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente(en materia de la ley organica de educación, en materia de la ley alimentaria, en materia de la tecnologia y ciencias, en materia de la ley organica de trabajo, en materia de la lesgilación ambiental, en materia de la legislación de calidad vigente, en materia de la LOPCYMAT, en materia de la ideologia de Simón Bolivar, en materia de la  medicina, en materia de la lupna, en materia den derecho al trabajo y derechos constitucionales y garantias establecidos en la CRBDV, de todas las leyes, etc ), sea cual fuere el estado civil(si esta casada o soltera) de la madre o del padre. Las parejas(de madre y padre, lesbianas, homoxexuales) tienen derecho(deber y obligación) a decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas(número ilimitado o limitado, según tenemos un tratado internacional de kyoto sobre limitar el número poblacional por lo menos a 3 o a 2) que deseen concebir(Crear una idea, pensar o imaginar una cosa;fuente: http://www.wordreference.com/definicion/concebir) y a disponer de la información(se por cualquier medio de comunicación, publica o privada, digital o analogica o la que exista en prensa, radio o televisión) y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho(deber y obligación). El Estado garantizará(dara garantias)) asistencia y protección integral(en todas las materias y las leyes que se crearon que son muchas, ilimitadas leyes organicas y leyes ordinarias que le da poder al pueblo: 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)) a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción(al momento de parir el hijo o la hija), durante el embarazo, el parto y el puerperio(Tiempo que sigue inmediatamente al parto.;fuente: http://www.wordreference.com/definicion/puerperio), y asegurará(de asegurar a toda la población: 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)) servicios de planificación familiar integral(en materias de todas las leyes que creaste y que estan disponibles en la web, y que leere una a una) basados en valores éticos(La problemática de los valores ha sido abordada sistemáticamente por las ciencias sociales desde diversos ángulos, en tal sentido la Filosofía, la Psicología, la Sociología y la Antropología se han dedicado a su estudio.

Por eso, no será prudente atenerse a las valoraciones de una disciplina cuando abordemos este tema, sino hay que referirse a concepciones abarcadoras que garanticen un marco teórico amplio.

El trabajo Los valores en las Ciencias Sociales recoge esta concepción, su autora Silvia Vasquez plantea que el término valor fue usado inicialmente para apuntar la valía de algo en el sentido económico de intercambio de valor, así es que, como concepto explícito tuvo en sus primeros tiempos diversos significados, pero siempre muy relacionados con el campo de la economía política.

Zaira Rodríguez que considera que la teoría general de los valores dentro de la filosofía marxista-leninista está aún por desarrollar, aunque en ella se aborda el problema de los valores desde diversas perspectivas, tales como la teoría del factor subjetivo, las consideraciones de la cultura, etc.(4)

En su libro Filosofía: Ciencia y valor señala de la naturaleza específica del conocimiento filosófico que es imprescindible la diferenciación de los valores como valores de las cosas y los valores de la conciencia

Según José Ramón Fabelo Corzo “las crisis de valores por lo general acompañan a las conmociones sociales que tienen lugar en los períodos de transición de la sociedad (progresivos, regresivos o de reacomodamiento. (9) Se producen cuando ocurre una ruptura significativa entre los sistemas de valores pertenecientes a las tres esferas o planos que siguen:

1. Los valores objetivos de la realidad social.

2. Los valores socialmente instituidos.

3. Los valores de la conciencia.

Los primeros como parte constitutiva de la realidad social; de esta manera la actividad humana, sus tendencias, los objetos, fenómenos, procesos y sujetos adquieren una u otra significación social, en la medida en que favorece o no el desarrollo de la sociedad. Fabelo les llama sistema objetivo de valores y lo considera como dinámico, cambiante y dependiente de las condiciones histórico-concreto.

Los segundos como el reflejo de esa realidad en la conciencia de los hombres. Está incluido en este grupo el sistema subjetivo de valores de los individuos en dependencia del grado de correspondencia entre intereses personales del sujeto con los intereses de la sociedad y también de las influencias educativas y culturales.

Los terceros como el sistema de valores socialmente instituido y reconocido oficialmente, que puede ser resultado de la generalización de una de las escalas subjetivas existentes en la sociedad o la combinación de varias de ellas.

RESPONSABILIDAD

Existen varios significados de la palabra responsabilidad en castellano:

• Como la imputabilidad o posibilidad de ser considerado sujeto de una deuda u obligación (ejemplo: “Los conductores de vehículos automotores son responsables por los daños causados por sus máquinas”).

• Como cargo, compromiso u obligación (ejemplo: “Mi responsabilidad en la presidencia será llevar a nuestro país a la prosperidad”).

• Como sinónimo de causa (ejemplo, “una piedra fue la responsable de fracturarle el cráneo”).

• Como la virtud de ser la causa de los propios actos, es decir, de ser libre (ejemplo: “No podemos atribuirle responsabilidad alguna a la piedra que mató al pobre hombre, pues se trata de un objeto inerte que cayó al suelo por azar”).

• Como deber de asumir las consecuencias de nuestros actos.

Responsable es aquel que conscientemente es la causa directa o indirecta de un hecho y que, por lo tanto, es imputable por las consecuencias de ese hecho (es decir, una acumulación de significados previos de responsabilidad), termina por configurarse un significado complejo: el de responsabilidad como virtud por excelencia de los seres humanos libres. En la tradición kantiana, la responsabilidad es la virtud individual de concebir libre y conscientemente las máximas universalizables de nuestra conducta. Para Hans Jonas, en cambio, la responsabilidad es una virtud social que se configura bajo la forma de un imperativo que, siguiendo formalmente al imperativo categórico kantiano, ordena: “obra de tal modo que los efectos de tu acción sean compatibles con la permanencia de una vida humana auténtica en la Tierra”. Dicho imperativo se conoce como el “principio de responsabilidad”.

En la ética, responsabilidad moral es sobre todo la responsabilidad que se relaciona con las acciones y su valor moral. Desde una ética consecuencialista, dicho valor será dependiente de las consecuencias de tales acciones. Sea entonces al daño causado a un individuo, a un grupo o a la sociedad entera por las acciones o las no-acciones de otro individuo o grupo.

En una ética deontológica, en cambio, tales acciones tendrán un valor intrínseco, independiente de sus consecuencias. Desde esta perspectiva, es un sistema de principios y de juicios compartidos por los conceptos y las creencias culturales, religiosas y filosóficas, lo que determina si algunas acciones dadas son correctas o incorrectas. Estos conceptos son generalizados y codificados a menudo por una cultura o un grupo, y sirven así para regular el comportamiento de sus miembros. De conformidad a tal codificación se le puede también llamar moralidad y el grupo puede depender de un amplia conformidad a tales códigos para su existencia duradera.

Desde el punto de vista de la organización social, la responsabilidad moral se diferencia de la responsabilidad jurídica por su carácter interno. La responsabilidad moral se refiere principalmente al carácter interno de las conductas (la conciencia o intención de quien ha actuado), sin importar aspectos externos como el hecho de que éstas hayan sido descubiertas o sancionadas. Por el contrario, los procesos jurídicos no son necesariamente procesos de intención (por ejemplo, la prescripción del delito de robo por el mero transcurso del tiempo puede invalidar la responsabilidad jurídica sin invalidar la responsabilidad moral).

La responsabilidad moral ocupa un lugar cada vez más importante en la opinión pública cuando la adjudicación de la responsabilidad jurídica a través de los tribunales es insuficiente para cerrar casos como son, por ejemplo, escándalos de corrupción ligados al ocultamiento de cifras en la contabilidad de empresas, derramamiento de petróleo en zonas naturales, financiamientos ilegales de campañas y escándalos de corrupción política.

El término aparece también en la discusión de temas como determinismo o libre albedrío, puesto que sin la libertad es difícil ser culpado por las propias acciones, y sin esta responsabilidad moral la naturaleza del castigo y la ética se convierten en una interrogante.

Se suele llamar responsabilidad social a la imputabilidad de una valoración positiva o negativa por el impacto que una decisión tiene en la sociedad. Se refiere generalmente al daño causado a la sociedad o parte de ella por las acciones o las no-acciones de otro individuo o grupo. Por ejemplo: “La responsabilidad social de las empresas transnacionales es muy grande”.

También se designa así el compromiso de una persona con su propia sociedad. Ejemplo: “Juan decidió abrir su consultorio médico en el campo, porque tiene un gran sentido de responsabilidad social”.

Mientras que en la tradición kantiana la responsabilidad es la virtud individual de concebir libre y conscientemente las máximas universalizables de nuestra conducta, para Hans Jonas, en cambio, la responsabilidad es una virtud social que se configura bajo la forma de un imperativo que, siguiendo formalmente al imperativo categórico kantiano, ordena: “obra de tal modo que los efectos de tu acción sean compatibles con la permanencia de una vida humana auténtica en la Tierra”. Dicho imperativo se conoce como el “principio de responsabilidad”, de gran importancia en ecología (lo que significa que la responsabilidad ambiental puede concebirse como una forma de responsabilidad social).

Desde el punto de vista de la organización social, la responsabilidad social se diferencia de la responsabilidad jurídica por carecer de un proceso institucionalizado de adjudicación, es decir, no existen tribunales especializados en juzgar la responsabilidad social que no esté prevista en normas jurídicas.

La responsabilidad política es la imputabilidad de una valoración por el uso que un órgano o individuo hace del poder. Así, por ejemplo, afirmar que el Presidente X fue políticamente responsable en el caso Y, significa que se atribuye al Presidente X un grado de culpa y/o se le atribuye una sanción por la manera de usar su autoridad en el caso Y.

Con el surgimiento de los estados organizados con base en constituciones políticas, la responsabilidad de los gobernantes ante los Parlamentos o los tribunales por su uso del poder es un tipo de responsabilidad jurídica. Esta forma de responsabilidad político-jurídica suele ser evaluada y adjudicada según reglas específicas (como el impeachement anglosajón) y ante autoridades específicas (como el Senado constituído en cámara juzgadora o un tribunal administrativo ad hoc).

Sin embargo, la responsabilidad política es también evaluada por los ciudadanos cuando, asumiendo el papel de electores en un sistema democrático, valoran el uso que los gobernantes han hecho del poder, aplicando cualquier tipo de criterio para evaluar su desempeño y no una norma jurídica. Por lo tanto, la responsabilidad política no se subsume bajo la responsabilidad jurídica, como la legitimidad política no se subsume bajo la legalidad jurídica.

Un criterio que suele emplearse para distinguir la responsabilidad política afirma que concierne relaciones verticales de autoridad (la conducta de la autoridad ordenadora frente al gobernado subordinado). El juicio de valor que un gobernado atribuye a los actos de poder de un gobernante constituye, en efecto, una manera de evaluar la responsabilidad política que es fundamental para la vida democrática.

LIBERTAD

La libertad es un concepto muy amplio al que se le han dado numerosas interpretaciones por parte de diferentes filosofías y escuelas de pensamiento. Se suele considerar que la palabra libertad designa la facultad del ser humano que le permite decidir llevar a cabo o no una determinada acción según su inteligencia o voluntad. La libertad es aquella facultad que permite a otras facultades actuar y que está regida por la justicia.

Históricamente, en especial desde las Revoluciones burguesas del s. XVIII y XIX, la libertad suele estar muy unida a los conceptos de justicia e igualdad.

Este estado define a quien no es esclavo, ni sujeto ni impedido al deseo de otros de forma coercitiva. En otras palabras, lo que permite al hombre decidir si quiere hacer algo o no, lo hace libre, pero también responsable de sus actos. En caso de que no se cumpla esto último se estaría hablando de libertinaje.

La protección de la libertad interpersonal puede ser objeto de una investigación social y política, mientras que el fundamento metafísico de la libertad interior es una cuestión psicológica y filosófica. Ambas formas de la libertad se unen en cada individuo como el interior y exterior de una malla de valores, juntos en una dinámica de compromiso y de lucha por el poder; la sociedad que luchan por el poder en la definición de los valores de los individuos y de la persona que lucha por la aceptación social y el respeto en el establecimiento de valores de la propia en el mismo

En el marco de control interno, la libertad es también conocida como la libre determinación, la soberanía individual, o la autonomía.

La libertad también puede significar autonomía interna, o de maestría sobre la condición interna. Esto tiene varios significados posibles:

• La capacidad de actuar de conformidad con los dictados de la razón.

• La capacidad de actuar de conformidad con el propio ser verdadero o valores.

• La capacidad de actuar de conformidad con los valores universales (como la verdad y el bien).

• La capacidad de actuar con independencia de los dictados de la razón y la insta de deseos, es decir, arbitrariamente (autónoma).

El filósofo francés Jean-Jacques Rousseau afirmó que la condición de la libertad es inherente a la humanidad, una inevitable faceta de la posesión del alma, con la implicación de que todas las interacciones sociales con posterioridad al nacimiento implica una pérdida de libertad, voluntaria o involuntariamente. Él hizo la famosa frase El hombre nace libre, pero en todas partes está encadenado.

En Filosofía, se define la libertad moral como la excención de obligación. El hombre tiene libertad moral sólo respecto de aquellas cosas que no está obligado por la moral a hacer o a dejar de hacer. se dice que una persona fortalece su libertad de querer cuando su libertad moral disminuye, ya que las obligaciones y compromisos que tiene es por que el quizo aceptarlas. Por tanto lalibertad de querer y la libertad moral dependen del hombre

El libre albedrío es la creencia de aquellas doctrinas filosóficas que sostienen que los humanos tienen el poder de elegir y tomar sus propias decisiones. El concepto ha sido extendido en ocasiones a los animales y a la inteligencia artificial de las computadoras. Muchas autoridades religiosas han apoyado dicha creencia mientras que ha sido criticada como una forma de ideología individualista por escritores tales como Baruch Spinoza y Carlos Marx. La frase es comúnmente usada y tiene connotaciones objetivas al indicar la realización de una acción por un agente no-condicionado íntegramente ligado por factores precedentes y subjetivos en el cual la percepción de la acción del agente fue inducida por su propia voluntad

JUSTICIA

La justicia es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.

Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas un fundamento formal:

• El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.

• El fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.

La Justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa por derecho. La Justicia es ética, equidad y honradez. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todo los derechos de los demás.

Hans Kelsen la define así: “La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.”

El “ideal de justicia” o sea, ese conjunto de condiciones protegidas por el derecho se puede considerar desde una perspectiva absoluta iusnaturalista dentro de lo cual todo derecho es justo y si no es justo es derecho. Pero desde una perspectiva iuspositivista el derecho es condición de la justicia y a la vez esta es una medida de valoración del derecho, por lo que podemos decir que un derecho positivo determinado es justo o es injusto de acuerdo a un ideal de justicia subjetivo.

La verdadera justicia es el arte de dar lo justo o hacer dar lo justo a un individuo, basándose en los principios del arte del derecho, sin tener ningún tipo de discriminación o preferencia hacia ninguna persona. Ya que todas las personas deben ser tratadas sin ninguna discriminación o preferencia ya que así se estaría dando una justicia falsa, y no sería “dar a cada uno lo suyo”, sino “dar a él lo que le toque”, dependiendo de su clase social o raza.

En principio, en la mayoría de sociedades se han manejado dos conceptos parcialmente incompatibles sobre qué es una distribución justa de los bienes y la riqueza:

• La justicia según la necesidad, sostiene aquellos que tienen mayores necesidades de un bien deben poseer asignaciones mayores. En general este criterio es preponderante al considerar la situación de personas enfermas o con discapacidades y también a segmentos de las sociedades con menos capacidad de procurarse bienes como los niños, los ancianos y los marginados.

• La justicia según el mérito, sostiene que aquellos que más contribuyen a la producción de bienes y riqueza deben tener también una mayor proporción de los mismos. Algunos partidarios del liberalismo sostienen que poner en riesgo el criterio anterior eliminaría un importante incentivo a la generación de riqueza y el trabajo contributivo.

Entre otras muchas teorías sobre la justicia, destacamos la de los filósofos:

• Platón: La Justicia Aristocrática como armonía social. Propone que los puestos de mando lo lleven los mejores de la sociedad, es decir, los más sabios.

• Aristóteles: La Justicia como igualdad proporcional: Dar a cada uno lo que es suyo, o lo que le corresponde. Dice que lo que le corresponde a cada ciudadano tiene que estar en proporción con su rango social y sus méritos personales.

• Santo Tomás de Aquino: La Ley Natural. Dice que los ciudadanos han de tener los derechos naturales, que son los que Dios les da. Estos derechos son más tarde llamados Los Derechos Humanos.

• Para los utilitaristas las instituciones públicas se componen de una forma justa cuando consiguen maximizar la utilidad (en el sentido de felicidad) agregada. Según esta teoría, lo justo es lo que beneficia al mayor número de personas a la vez.

“Jesús de Nazaret, al ser interrogado por el gobernador romano, admitió ser un rey, mas agregó: ‘Yo para esto he nacido y para esto he venido al mundo, para dar testimonio de la verdad’. Pilato preguntó entonces: ‘¿Qué es la verdad?’ Es evidente que el incrédulo ro- mano no esperaba respuesta al interrogante: el justo, de todos modos, tampoco la dio. Lo fundamental de su misión como rey mesiánico no era dar testimonio de la verdad. Jesús había nacido para dar testimonio de la Justicia, de esa Justicia que deseaba se realizara en el reino de Dios. Y por esa Justicia fue muerto en la cruz” La Justicia carece de realidad material, no puede ser pesada, palpable ni medida y, además, se muestra constantemente huidiza ante los esfuerzos de asirla palpablemente. Porque ¿quién puede negar que cambia constantemente?

Tampoco podemos negar a la Justicia como una parte de la moral y al igual que ella, cambia según el lugar, según la época y según el tiempo, sin embargo la Justicia podrá cambiar pero siempre será el valor supremo de toda moral y sobre todo del propio Derecho.

El concepto de justicia no se detiene en los actos eternos del hombre, sino que regula lo interior del mismo, no permitiendo que ninguna parte de su alma haga otra cosa que aquello que le es propio.

Consiste entonces en poseer y hacer lo que es de cada cual. Socialmente, es semejante a la armonía de los planetas que mantiene un coordinado movimiento, y individualmente es un orden y una belleza en las partes del alma. Lo malo surge cuando existe una desarmonía entre el hombre y la naturaleza, entre los hombres y los hombres y entre el hombre y él mismo.

La justicia se basa en el reparto equitativo de los beneficios de una ciudad entre sus habitantes, de modo que para gobernar de manera justa, aquellos que menos tienen deben ser los más favorecidos por la organización de la ciudad. Según esto, los gobernantes que quieran serlo de una ciudad, no pueden ser aquellos que ambicionen el poder para su propio enriquecimiento, sino que deben gobernar aquellos que lo hagan en virtud al desarrollo común. Si el gobierno recayese sobre aquellos que lo ambicionan, la sociedad sería deficiente e injusta.

VERDAD

La Verdad suele definirse como la conformidad existente entre lo que se expresa y la situación real de algo o el concepto real que se tiene acerca de un tema.

La verdad se hace evidente mediante un sistema de falsación que, llevado a sus últimas consecuencias, demuestra como las proposiciones que hemos tomado en cuenta y que nos motivaron en origen, son esenciales y necesarias para conocer si la firme convicción torna en verdad o no, dependiendo si el objetivo inicial se cumple en el acto final. Mientras las proposiciones no sean falsables, quedan dentro del ámbito de la lógica y la razón.

Esta pregunta es objeto de debate entre teólogos, filósofos y lógicos. Cuando la definición se cumple como verdadera, se suele decir que se ha cumplido de forma satisfactoria, colmando las expectativas del individuo, a tal grado que, al poner en práctica dicho conocimiento, produce cierto grado de felicidad o sensación de plenitud al ser consciente de los efectos prácticos de su trabajo.

El hombre busca la verdad mediante el ejercicio de las facultades racionales, en un grado más o menos acertado.

En lógica, una proposición es toda aquella afirmación o negación a la que se le puede asignar un grado de certeza. Al ser procesada por las facultades racionales, ejecutadas por las facultades físicas y puestas a prueba según al criterio de la persona, esta puede tomar un valor verdadero o falso (véase valor de verdad). Así podremos tener proposiciones certeramente falsas y/o certeramente verdaderas, dependiendo de las conclusiones a las cuales nos encaminen las facultades racionales de nuestra mente y/o las herramientas fabricadas para tal fin, tales como ordenadores, ábacos o cualquier otro instrumento afín al modelo lógico/racional aceptado.

Según la teoría de la adecuación, la verdad es la adecuación (no la identificación) entre las cosas y el entendimiento. Y tanto más verdadera será mi comprensión, cuanto más semejante sea a las cosas. Es una teoría de origen aristotélico-tomista.

Cuando alguien está de acuerdo sinceramente con una afirmación, puede o no puede reivindicar que es la verdad. Mientras que uno puede tener un buen sentido intuitivo de lo que tiene que ser verdad, dar una definición que consiga una amplia aceptación es difícil. Una razón es que a menudo la verdad es primero indicada como un objetivo y sólo después de que la gente empiece a razonar qué verdad es realmente. La verdad es buscada en la religión, la filosofía, las matemáticas, la abogacía y la ciencia; estos campos usan diferentes métodos e intentan llegar a la verdad para servir a diferentes objetivos. No con sorpresa, el uso compartido de una sola palabra en todos estos campos provoca con facilidad confusión y conflicto. Incluso la verdad, como la bondad y la belleza, es un tema perenne para la humanidad.

Gran parte de este artículo trata de ideas filosóficas respecto a qué clase de cosas son llamadas verdad y el significado de la palabra verdad. Además, trata algunos usos particulares y peculiares de la verdad.

TEORIA HEGELIANA

realidad y verdad son esencialmente una, esencialmente un todo orgánico. La verdad, de hecho, no es sino realidad qua pensada. Es un acto inteligente en el que el universo es pensado como conjunto de infinitas partes o diferencias, todas orgánicamente interrelacionadas y de algún modo inclinadas a la unidad. Y porque la verdad es así orgánica, cada elemento dentro de ella, cada verdad parcial, se modifica por las otras en tanto que se aparta de ellas, y a su vez apartada del conjunto, no es sino un fragmento distorsionado, una abstracción mutilada que en realidad no es verdad en absoluto. Por consiguiente, puesto que la verdad humana es siempre parcial y fragmentaria, no hay estrictamente tal cosa como una verdad humana. Para nosotros la verdad es ideal, y desde ella nuestras verdades están hasta tal punto separadas que, para convertirlas en la verdad, tendrían que experimentar un cambio del que no sabemos ni la medida ni el alcance

Veracidad es la correspondencia de la expresión exterior dada al pensamiento con el pensamiento mismo. No debe ser confundida con la verdad verbal (veritas locutionis), que es la correspondencia de la expresión exterior o verbal con la cosa que se pretende expresar. Esta última supone por parte del que habla no sólo la intención de hablar de manera verdadera, sino también la facultad de hacerlo, esto es, supone (1) conocimiento verdadero y (2) un correcto uso de las palabras. La verdad moral, por otra parte, existe siempre que el que habla expresa lo que está en su mente incluso si de facto está equivocado, a condición de que el diga lo que cree ser verdadero. Esta última condición, sin embargo, es necesaria. De ahí que una definición mejor de la verdad moral sería “la correspondencia de la expresión exterior del pensamiento con la cosa tal como es concebida por el que habla”. La verdad moral, por tanto, no implica conocimiento verdadero. Pero, aunque una desviación de la verdad moral sería sólo materialmente una mentira, y por tanto no censurable, salvo que el uso de las palabras o signos sea intencionalmente incorrecto, la verdad moral implica la utilización correcta de palabras y signos. Una mentira por tanto, es una desviación intencionada de la verdad moral, y se define como una locutio contra mentem, esto es, es la expresión externa de un pensamiento que es intencionadamente distinto de la cosa tal como es concebida por el que habla. Es importante observar, sin embargo, que la expresión del pensamiento, sea por palabras o mediante signos, debe en todos los casos ser tomada en su contexto; con respecto a ambos, palabras y signos, la costumbre y las circunstancias producen considerables diferencias respecto a su interpretación. La veracidad, o hábito de decir la verdad, es una virtud, y la obligación de practicarla surge de un origen doble. Estoy invitando a todos los maestros y profesionales de esta area y/o carrera a colaborar construyendo este sitio dedicado a esta hermosa y util profesion aportando el material apropiado a cada uno de los mas de 1,000 temas que lo componen.

Tambien los invito a aportar material a los mas de 30,000 temas que constituyen las 30 carreras profesionales que se imparten en los Institutos Tecnologicos de Mexico y se encuentran en este sitio.

www.MiTecnologico.com es un esfuerzo personal y de muchos amigos de MEXICO y el Mundo Hispano por devolver algo de lo mucho que hemos recibido en el proceso de la educacion superior, saludos Prof Lauro Soto, Ensenada, BC, Mexico

PARA EMPEZAR SOLO USAR OPCION edit ABAJO Y EMPIEZA A CONSTRUIR , SALUDOS Y MUCHAS GRACIAS :fuente:http://www.mitecnologico.com/Main/LosValoresEticosFundamentales) y científicos(estas son las siguientes: *CURIOSIDAD
*ESCEPTICISMO
*RACIONALIDAD
*UNIVERSALIDAD
*PROVISIONALIDAD
*RELATIVIDAD
*AUTOCRÍTICA
*INICIATIVA
*APERTURA
*CREATIVIDAD. averiguuen cada una en wikipedia. Fuente: http://pjorge.com/2002/09/14/valores-cientificos/).




El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable(que no se puede renunciar) de criar(desde que es pequeño a todo un adulto;fuente:y mismo), formar(El término formación puede hacer referencia a:

    * Un sinónimo de Educación;
    * Una Formación estelar;
    * Una Formación geológica;
    * Una Formación militar;
    * Una Formación profesional.
; FUENTE: http://es.wikipedia.org/wiki/Formaci%C3%B3n), educar(DERECHO A OFRECER UNA EDUCACIÓN UNIVERSAL Y NO UN PENSAMIENTO UNICO EXTRANJERO), mantener y asistir a sus hijos e hijas, y éstos tienen el deber(DERECHO Y OBLIGACIÓN) de asistirlos cuando aquellos o aquellas no puedan hacerlo por sí mismos. La ley(el poder de la A.N. de la RBDV , representado unicamente por la Presidenta Sra. Cilia Flores quien promover(invertira dinero de su bolsillo o no se donde lo saque, y implantara politicas a favor que beneficie al universo de 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)) establecerá las medidas necesarias y adecuadas para garantizar(DAR LAS GARANTIAS Y DERECHOS CONSTITUCIONALES, ESTABLECIDOS EN ESTA CONSTITUCIÓN) la efectividad(La efectividad es la capacidad de lograr un efecto deseado, esperado o anhelado. En cambio, eficiencia es la capacidad de lograr el efecto en cuestión con el mínimo de recursos posibles viable

Ejemplo: matar una mosca de un cañonazo es eficaz (o efectivo: conseguimos el objetivo) pero poco eficiente (se gastan recursos desmesurados para la meta buscada). Pero acabar con su vida con un matamoscas, aparte de ser eficaz es eficiente. Stephen Covey define la efectividad como el equilibrio entre la eficacia y la eficiencia, entre la producción y la capacidad de producción. E= P/CP. Para ello se basa en la fabula de Esopo, La gallina de los huevos de oro, comparando los huevos de oro con la producción y la gallina con la capacidad que tiene de producirlos.La eficacia

En filosofía la eficacia es la capacidad de la causa eficiente para producir su efecto. No tenemos concepto del todo propio e inmediato de lo que es esta capacidad, de aquí que sean posibles las dudas, en algunos casos muy tenaces, de que exista y que haya por ende verdadera causalidad. El problema se ofrece en particular tratándose de causas inadecuadas que parecen tener tan sólo como de prestado un poder eficaz. Mas a poco que se considere, se ven acciones de hecho eficaces debidas a causas inadecuadas. Dos caballos arrastran un carro que ninguno de los dos pudiera arrastrar. Cada uno es causa incompleta, pero de cada uno se dice con verdad que produce un efecto superior a su fuerza de tracción.

No es tan fácil de concebir el fenómeno de la actividad de una causa de suyo insuficiente para el efecto que se produce, si se completa con otra que baste para tal efecto. Así sucede con la causa segunda, que es insuficiente sin el concurso de la primera, siendo por otra parte esta última por sí sola sufientísima. No concebimos esto a priori, pero lo probamos partiendo de la experiencia interna que nos enseña que tenemos verdadero influjo sobre nuestras acciones.
[editar] La eficiencia

Ver: Eficiencia de Pareto

Según las leyes de la física, todo proceso, ha de funcionar de acuerdo con el gasto de energía más eficiente, ofreciendo la menor resistencia posible. Fue Arquímedes quien descubrió el principio de la palanca. La eficiencia de una máquina simple equivale al trabajo que hace dividido por el esfuerzo exigido.;FUENTE:http://es.wikipedia.org/wiki/Efectividad) de la obligación(DERECHO Y DEBER,17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)) alimentaria(DE TODOS LOS ALIMENTOS QUE EXISTE EN EL MUNDO).
CONCLUSIÓN:
Articulo 76. Esta diseñado para brindar todas las opotunidades del mundo para una buena formación en valor etico y moral siguiendo la ideologica de nuestros libertadores, la maternidad y la paternidad son protegidas de igual modo en todos los campos de las leyes, ademas el niño o niña venezolana podra elegir a que tipo de adoctrinamiento seguir, siempre que apoye la democracia, la vida, justicia y demas derechos constitucionales que estan en la madre carta magna.

Artículo 77. Se protege el matrimonio, el cual se funda en el libre consentimiento(El consentimiento es un concepto jurídico que hace referencia a la exteriorización de la voluntad entre dos o varias personas para aceptar derechos y obligaciones. Su principal marco de actuación es el Derecho civil y, en especial, el Derecho de obligaciones y de contratos, en dónde el consentimiento juega un papel fundamental en el marco de la autonomía de la voluntad.Requisitos del consentimiento

Para poder prestar un consentimiento que sea jurídicamente válido es necesario cumplir determinados requisitos:

En general, es necesario tener suficiente capacidad de obrar. En general, se puede decir que no pueden prestar su consentimiento los menores de edad o incapacitados.[1] Sin embargo, puede darse el caso de que la incapacidad de prestar consentimiento sólo abarque a una serie de actos jurídicos, y no a otros.

Además, el consentimiento no es válido cuando se ha emitido bajo la influencia de alguno de los posibles vicios del consentimiento:

    * Error: Error grave en la apreciación de los hechos de forma que sin que se hubiera producido ese error no se hubiera producido el consentimiento.
    * Violencia o intimidación: Cuando se arranca el consentimiento mediante el empleo de la fuerza o la intimidación.
    * Dolo: Cuando la contraparte ha inducido a error al otro contratante con el fin de arrancar el consentimiento.

[editar] Derecho civil

En Derecho civil, el consentimiento se define como el concurso entre la oferta y la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato.[2]

El consentimiento se considera un requisito esencial para la formalización de contratos,[3] y para cualquier otra asunción de derechos y obligaciones que requiera voluntariedad, como la aceptación de herencias, contraer matrimonios, etc.
[editar] Derecho penal

En Derecho penal, y en especial en los ordenamientos jurídicos de Derecho anglosajón, el consentimiento es contemplado como una posible defensa ante la responsabilidad civil o penal derivada de una acción punible. Los demandados que emplean esta defensa reivindican que no deberían responsabilizarse de una responsabilidad extra contractual, porque las acciones en cuestión fueron tomadas con el consentimiento y permiso del demandante o víctima.

Para los casos como la violación que implican el derecho penal, véase consentimiento (penal).
[editar] Agravio

Por ejemplo, si el demandante firma un documento que afirma que sea consciente de los riesgos de paintball, y este individuo está herido jugando el juego, el consentimiento expreso dado por adelantado puede excusar la persona que le pegó un tiro al demandante. En el derecho inglés y galés, el principio de volenti non fit injuria aplica no sólo a los participantes en deportes, sino también a espectadores y a otras personas que se dedican por voluntad propia a las actividades donde hay un riesgo de herida. También, el consentimiento ha sido usado como una defensa en los casos que implican muertas por casos fortuitos que ocurren durante bondage. Time (el 23 de mayo de 1988) refirió a este último ejemplo, como la defensa del sexo brusco pero no es efectiva en el derecho inglés cuando resulta una herida seria o la muerte.
[editar] Medicina
Véase también: Consentimiento informado

La cuestión del consentimiento es importante en el Derecho aplicable a la medicina. Por ejemplo, un cirujano puede ser responsable para allanamiento de morada si no obtiene consentimiento para un procedimiento. Hay exenciones, por ejemplo cuando el paciente no puede dar el consentimiento.

También, un cirujano debe explicar los riesgos significantes de un procedimiento (los que pueden cambiar la opinión del paciente sobre sí o no a tener el procedimiento) antes de que al paciente pueda dar el consentimiento vinculante. Esto fue explorado en el caso australiano Rogers v Whitaker (1992) 175 CLR 479. Si un cirujano no explica un riesgo material que eventua subsecuentamente, se considera negligente.[4] Estos riesgos materiales incluyen la pérdida de una oportunidad de un mejor resultado si un cirujano más experiencado había ejecutado el procedimiento.[5]
[editar] Referencias

   1. ↑ Véase, por ejemplo, el artículo 1263 del Código Civil de España.
   2. ↑ Definición contenida en el artículo 1262 del Código Civil de España.
   3. ↑ Véase, por ejemplo, el artículo 1261 del Código Civil de España.
   4. ↑ Chester v. Afshar [2005] 1 AC 134
   5. ↑ Chappel v. Hart (1998) 195 CLR 232

;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Consentimiento) y en la igualdad absoluta de los derechos y obligaciones de los cónyuges(En Derecho, se denomina cónyuge a cualquiera de las personas físicas que forman parte de un matrimonio. El término cónyuge es de género común,[2] es decir, se puede usar para referirse a un hombre ("el marido" o "el cónyuge") o a una mujer ("la mujer" o "la cónyuge"). Cuando el sexo es desconocido normalmente se dice “el cónyuge” aunque también se puede decir “el o la cónyuge”.

Como sinónimo de cónyuge, se suele utilizar el término esposo (esposo o esposa), aunque técnicamente no son equivalentes (pues son esposos quienes han celebrado esponsales).Derechos y deberes entre los cónyuges

Según las diferentes legislaciones los cónyuges se deben entre sí diferentes derechos y obligaciones, como la obligación de fidelidad, cuyo rompimiento es el adulterio. Habitualmente también es exigible el derecho de alimentos.
[editar] Usos del término cónyuge

El uso del término cónyuge en lugar de marido, mujer, esposo o esposa, se ha ido extendiendo en el área del Derecho de familia por diversos motivos, entre los cuales cabe destacar:

    * Que la gradual equiparación de los sexos en derechos y deberes dentro del matrimonio, muchas legislaciones han preferido evitar la mención a cada una de las partes por separado, y hablar siempre de «cónyuges», dejando claro la igualdad jurídica de ambos.
    * Recientemente, con la aparición de la posibilidad en algunos países del matrimonio entre personas del mismo sexo se ha hecho necesario en sus legislaciones utilizar siempre términos neutros o de género común (no «esposa» o «marido»).

[editar] Pronunciación

Aunque la pronunciación aceptada es cónyuje (IPA ['konjuxe]) en Argentina y otros países de Hispanoamérica hay personas que pronuncian cónyugue (IPA ['konjuge]), vulgarismo generado a partir del término «conyugal» (que utiliza la ge suave). La Real Academia Española indica que tanto dicha pronunciación como la escritura "cónyugue" son erróneas.[2]
[editar] Véase también

    * Consorte, cónyuge de un monarca
    * Derecho de familia
    * Derecho sucesorio
    * Primera dama, la cónyuge de un presidente varón
    * Uxoricidio, asesinato de la mujer por parte del marido
    * Viudez, el estado de haber perdido al cónyuge por fallecimiento

[editar] Referencias

   1. ↑ En la foto, el candidato presidencial estadounidense Mike Gravel y su esposa Whitney el año 2008.
   2. ↑ a b Diccionario panhispánico de dudas, cónyuge
;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3nyuges). Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley(el poder de la A.N. de la RBDV , representado unicamente por la Presidenta Sra. Cilia Flores quien promover(invertira dinero de su bolsillo o no se donde lo saque, y implantara politicas a favor que beneficie al universo de 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)) producirán los mismos efectos que el matrimonio(El matrimonio es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. El matrimonio establece entre los cónyuges —y en muchos casos también entre las familias de origen de éstos— una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, que varían, dependiendo de cada sociedad. De igual manera, la unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados de sus miembros, según las reglas del sistema de parentesco vigente.

Por ser una institución sumamente extendida en el mundo —aunque no de modo universal— la definición del matrimonio es materia de diversas disciplinas. Desde el punto de vista del derecho occidental, el matrimonio constituye una unión de dos personas que tiene por finalidad constituir una familia. Hasta hace pocos años se consideraba un elemento esencial de la definición el hecho que ambos contrayentes debían ser de sexo opuesto, pero en el último tiempo este elemento ha sido objeto de moderaciones debido a la introducción, por algunos ordenamientos, del matrimonio entre personas del mismo sexo.

Por su lado, en vista de la información etnográfica obtenida de diversas sociedades, la antropología del parentesco define el matrimonio como la unión de dos o más personas que cumplen roles de género definidos socialmente, incluso tratándose de matrimonios homosexuales. El matrimonio, desde el punto de vista antropológico, es una institución que permite legitimar la descendencia de una mujer y crea relaciones de alianza entre los grupos de parentesco de los cuales provienen sus miembros.[1]

El matrimonio puede ser civil o religioso y, dependiendo de la religión o del ordenamiento jurídico, los derechos, deberes y requisitos del matrimonio son distintos. Ahora bien, no todas las sociedades establecen la distinción entre matrimonio civil y matrimonio religioso. Esta distinción sólo puede existir en aquellos contextos donde el Estado ha atraído el reconocimiento del matrimonio como una de sus atribuciones. En algunos países occidentales el matrimonio civil no ha sido reconocido hasta fechas relativamente recientes. Por ejemplo, Chile lo reconoce desde 1884.[2] Argentina, lo hace desde 1888, en virtud de la Ley 2393. Algunos estados que han adoptado el matrimonio civil no reconocen las uniones conyugales realizadas bajo las normas religiosas, otros las reconocen como opción con validez jurídica equivalente al matrimonio civil. En contraparte, las religiones no suelen reconocer el matrimonio civil como una forma de unión conyugal acorde con sus preceptos.Etimología

La palabra matrimonio como denominación de la institución social y jurídica deriva de la práctica y del Derecho Romano. El origen etimológico del término es la expresión "matri-monium" que deriva del latín "mater", que significa "madre", y "munium", que quiere decir "función, cargo", o sea, el derecho que adquiere la mujer que lo contrae para poder ser madre dentro de la legalidad.

La concepción romana tiene su fundamento en la idea de que la posibilidad que la naturaleza da a la mujer de ser madre quedaba subordinada a la exigencia de un marido al que ella quedaría sujeta al salir de la tutela de su padre y de que sus hijos tendrían así un padre legítimo al que estarían sometidos hasta su plena capacidad legal: es la figura del pater familias.
[editar] Características generales

La forma tradicional de matrimonio es entre un hombre y una mujer, con la finalidad de constituir una familia. Esa definición ortodoxa ha sido cuestionada, de una parte, porque se ha otorgado reconocimiento a las uniones entre un hombre y una mujer con finalidades prácticamente idénticas al matrimonio, pero que adoptan formas y denominaciones distintas (v. infra las sociedades de convivencia). Por otro lado, el desarrollo de nuevos modelos de familia (parejas no casadas con hijos, madres solteras) han desvinculado la función reproductiva del matrimonio. Finalmente, en varios países y estados se ha producido una ampliación de derechos que ha dado reconocimiento al matrimonio entre personas del mismo sexo.
Celebración de un matrimonio.

En esos casos el matrimonio se realiza, generalmente, por la forma civil o de Estado, porque las normas de muchas religiones no permiten este tipo de uniones en su seno.

Con todo, en distintos tiempos y lugares se han reconocido otras variedades de matrimonio.[3] En términos porcentuales, las sociedades que permiten la poligamia como variedad aceptada de matrimonio son más frecuentes que las que sólo permiten la monogamia. [cita requerida] Sin embargo, la monogamia es la práctica más común incluso en las primeras.

El matrimonio se considera una institución importante porque contribuye a definir la estructura de la sociedad, al crear un lazo de parentesco entre personas (generalmente) no cercanas en línea de sangre (al respecto, recordemos que también hay comunidades en las que se acostumbra el matrimonio entre primos o entre parientes de distintos grados; véanse las entradas acerca de la endogamia y el incesto). Una de sus funciones ampliamente reconocidas es la procreación y socialización de los hijos (si bien no es absolutamente necesario casarse para tener hijos, ni todos los matrimonios heterosexuales los tienen), así como la de regular el nexo entre los individuos y la descendencia que resulta en el parentesco, rol social y estatus.

En las sociedades de influencia occidental suele distinguirse entre matrimonio religioso y matrimonio civil, siendo el primero una institución cultural derivada de los preceptos de una religión, y el segundo una forma jurídica que implica un reconocimiento y un conjunto de deberes y derechos legal y culturalmente definidos.
[editar] Matrimonio religioso

El matrimonio religioso se puede definir como una unión cuya estructura esencial viene exigida por los dogmas de la religión a la que pertenecen los contrayentes, y no por la naturaleza humana común para todo ser humano.[4]
[editar] Matrimonio católico
Artículo principal: Matrimonio católico

Para la Iglesia católica, el matrimonio es una alianza por la que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor. Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio es, además, un sacramento.[5]

Según la Iglesia Católica, el origen del matrimonio entre una pareja no es sólo cultural, sino que procede de la misma naturaleza humana en cuanto que (como dice el libro del Génesis (1-27), en la Biblia) al principio "Dios los creó hombre y mujer". El matrimonio sería, por tanto, una institución y no un producto cultural cuyas principales características -unidad, indisolubilidad y apertura a la vida- vendrían definidas por la propia naturaleza del concepto católico de amor entre hombre y mujer, que exige a los esposos o cónyuges amarse el uno al otro para siempre y que alcanza su mayor expresión en la procreación. Es por ello que la Iglesia Católica se ha opuesto tradicionalmente al matrimonio polígamo, al matrimonio poliándrico y al matrimonio homosexual.

Para los católicos, el fundamento del matrimonio se encuentra en las siguientes palabras del Génesis:

"Creó Dios al hombre a imagen suya, a imagen de Dios lo creó, y los creó varón y hembra. Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer; y vendrán a ser los dos una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne".
[editar] Otros matrimonios cristianos
Artículo principal: Matrimonio en religiones cristianas no católicas
[editar] Fundamentos jurídicos

Las características generales de la institución del matrimonio incluidas en algunos ordenamientos jurídicos son la dualidad, la heterosexualidad y el contenido en cuanto a derechos y deberes. A partir del siglo XX, en las sociedades de influencia occidental y procedente del liberalismo se recoge también el principio de igualdad, con un peso creciente en las regulaciones derivadas.

    * La dualidad del matrimonio es el principio por el que la institución está prevista, en principio, para unir a dos personas y vincularlas para su convivencia y procreación. En algunos ordenamientos (en especial los de base islámica) se que reconoce la posibilidad de que un hombre contraiga matrimonio con más de una mujer. Pero incluso en este caso la institución vincula a una persona con otra, pues las diversas mujeres que un musulmán pueda tener no están unidas, en principio, por ningún nexo matrimonial ni tienen derechos y obligaciones entre sí.

    * Tradicionalmente el matrimonio exige la pertenencia de cada contrayente a uno de ambos sexos, de manera que un hombre y una mujer son los únicos que, en principio, pueden contraer matrimonio. Este principio está siendo modificado en algunos países en favor del principio de igualdad, a fin de reconocer la paridad de derechos y obligaciones entre hombre y mujer y extender los beneficios que implica la institución del matrimonio a parejas formadas por personas del mismo sexo (matrimonio homosexual).

    * El contenido en cuanto a derechos y deberes de los cónyuges varía en función del ordenamiento jurídico de cada país, pero por lo general todos les imponen la obligación de vivir juntos y guardarse fidelidad, de socorrerse mutuamente, de contribuir al levantamiento de las cargas familiares y de ejercer conjuntamente la potestad doméstica y la patria potestad sobre los hijos, que se presumen comunes salvo prueba en contrario. Las singularidades del contenido del matrimonio en cuanto a derechos y deberes de los cónyuges derivan en cada país de su propia concepción cultural de la institución, que ha dado forma a la misma en su legislación positiva y en su práctica jurídica.

[editar] Efectos jurídicos

El matrimonio produce una serie de efectos jurídicos entre los cónyuges y frente a terceras personas, de los cuales los fundamentales son los deberes u obligaciones conyugales, el parentesco, la adquisición de derechos sucesorales entre los cónyuges y el régimen económico del matrimonio, que tiene distintas modalidades en los diferentes países. Además, en varios países produce de derecho la emancipación del contrayente menor de edad, con lo cual éste queda libre de la patria potestad de sus padres y podrá en adelante actuar como si fuera mayor, aunque posteriormente se divorcie.
[editar] En relación con el matrimonio desde el punto de vista jurídico, véase también

    * Arras
    * Régimen matrimonial
    * Capitulaciones prematrimoniales
    * Capitulaciones matrimoniales
    * Nulidad matrimonial
    * Divorcio

[editar] Tipos de matrimonio

    * Matrimonio religioso
    * Matrimonio entre personas del mismo sexo
    * Matrimonio sororal
    * Sociedad de convivencia
    * Unión civil
    * Matrimonio abierto
    * Matrimonio morganático
    * Ley del levirato

[editar] Ceremonia del matrimonio

    * Boda
    * Tarta nupcial
    * Arras matrimoniales
    * Esponsales
    * Anillo (boda)

[editar] Véase también

    * Affectio maritalis
    * Aniversario de bodas
    * Boda
    * Comunidad de bienes
    * Confarreatio
    * Cónyuge
    * Dama de honor
    * Dote
    * Endogamia
    * Flower boy
    * Gens, matrimonio en la Antigua Roma
    * Ius connubii, derecho libre al matrimonio
    * Matrimonio concertado
    * Matrimonio de conveniencia
    * hipergamia
    * Monogamia
    * Poligamia
    * Sororato

[editar] Notas

   1. ↑ San Román y González Echevarría, 1994: 21.
   2. ↑ Salinas Araneda, 2009: 7.
   3. ↑ Macionis, Jhon (1999). Sociología. Madrid: Prentice Hall. p. 462. ISBN 84-8322-152-7.
   4. ↑ Viladrich, 2001, pp. 37-38
   5. ↑ Código de Derecho Canónico, (Cann. 1055 – 1165)

[editar] Bibliografía

    * Luis Martínez Vázquez de Castro, El concepto de matrimonio en el Código Civil, Aranzadi, 2008 ISBN 978-84-470-2929-7
    * San Román, Teresa y Aurora González Echevarría (1994): Las relaciones de parentesco, Universitat Autònoma de Barcelona, Bellaterra.
    * Salinas Araneda, Carlos (2009) El matrimonio religioso ante el derecho chileno, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
    * Varios autores (2008). El matrimonio: ¿contrato basura o bien social?. Thomson Aranzadi. ISBN 978-84-8355-741-9. http://www.aranzadi.es/index.php/catalogo/tipo/libros/el-matrimonio-contrato-basura-o-bien-social-ed1.
    * Viladrich, Pedro-Juan (2001). El modelo antropológico del matrimonio. Volumen 31 de Documentos del Instituto de Ciencias para la Familia. Ediciones Rialp. ISBN 9788432133756. http://books.google.es/books?id=RpDhZWF5HAYC&printsec=frontcover&source=gbs_atb#v=onepage&q&f=false.

[editar] Enlaces externos

    * Definición en el diccionario de la RAE
    * Código Civil Español vigente en materia de derecho a contraer matrimonio
    * El matrimonio en la Historia
    * Matrimonio Mixto en el Judaismo por el Rabino Eliezer Shemtov.

    * Colabora en Commons. Wikimedia Commons alberga contenido multimedia sobre Matrimonio. Commons
    * Colabora en Wikiquote Wikiquote alberga frases célebres de o sobre Matrimonio. ;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Matrimonio).

 CONCLUSIÓN:
Articulo 77. Esta diseñado para brindar derechos y deberes a los matrimonios y igual a los conyuges iguales derechos como si estubieran casados, los mismos beneficios.

Artículo 78. Los niños, niñas y adolescentes(de la Republica Bolivariana de Venezuela o quienes allan adquirido la nacionalidad segun lo establece la CCOnstitución de la Republica Bolivariana) son sujetos plenos de derecho(deberes y obligaciones) y estarán protegidos por la legislación(La ley organica de educación, la lumpna y todas las leyes que benefician a los ninos, niñas y jovenes), órganos(VIOLENCIA FAMILIAR. CONCEPTO:

Son innumerables las formas de violencia familiar. Puede pensarse en violencia hacia los mayores, entre cónyuges, hacia los niños, las mujeres, los hombres, los discapacitados, etc. Siempre es difícil pensar un esquema típico familiar, debido a que la violencia puede ser psíquica o física, y ocurre en todas las clases sociales, culturas y edades. La mayoría de las veces se trata de adultos hacia uno a varios individuos.

Se caracteriza a la violencia familiar en la que alguien con más poder abusa de otras con menos poder. El término violencia familiar alude a todas las formas de abuso que tienen lugar en las relaciones entre los miembros de la familia. La relación de abuso es aquella en la que una de las partes ocasiona un daño físico y/o psicológico a otro miembro. Este daño se puede dar ya sea por acción o por omisión, y se da en un contexto de desequilibrio de poder.

Para establecer que una situación familiar es un caso de violencia familiar, la relación de abuso debe ser crónica, permanente y periódica, refiriéndonos así a las distintas formas de relación abusiva que caracterizan un vínculo familiar. Entre las principales características que puede presentar una familia que sufre de violencia son las siguientes:

    * Generalmente en las familias en las que aparece la violencia familiar tienen una organización jerárquica fija o inamovible, Además sus miembros interactúan rígidamente, no pueden aportar su propia identidad, deben actuar y ser como el sistema familiar les impone.
    * Las personas sometidas a situaciones críticas de violencia familiar presentan un debilitamiento de sus defensas físicas y psicológicas, lo que conduciría a un incremento en los problemas de salud. Muchas padecen de depresión y enfermedades psicosomáticas.
    * También estas personas muestran una disminución marcada en el rendimiento laboral. En los niños y adolescentes tienen problemas de aprendizaje, trastornos de la personalidad, etc.
    * Por lo general las personas que viven afectadas por la violencia familiar, como se criaron dentro de este contexto, tienden a reproducirlos en sus futuras relaciones.

MUJERES MALTRATADAS. NIÑOS MALTRATADOS:

MALTRATO A LAS MUJERES: Cuando hablamos del maltrato hacia las mujeres, algunos especialistas prefieren referirse al síndrome de la mujer maltratada. Si bien hay un importante número de hombres golpeados, la gran mayoría de los casos se tratan de personas de género femenino. Desde el punto de vista de las estadísticas, ocurre en todas las edades pero se destaca en primer lugar entre los 30 y 39 años, luego entre los 20 y 29 años y más tarde entre los 40 y 49 años, le sigue entre los 15 y 19 años, para finalizar con las mayores de 50 años. Las mujeres casadas constituyen un 66% del total, el reto lo componen novias, ex parejas, conocidas, amantes, amigas, etc.

La mayor vulnerabilidad femenina no solo se debe a causas físicas, también incide en que las mujeres suelen concentrar en la mayoría de los casos, la mayor carga y responsabilidad en la crianza de los hijos, además por diferentes cuestiones culturales condensan las tareas hogareñas y mantienen una mayor dependencia económica como cultural de los hombres. Una mujer que abandona su hogar se encuentra en mayor riesgo que un hombre, pero debe tenerse en cuenta que las mujeres que dejan a sus abusadores tienen un 75% más de riesgo de ser asesinadas por el abusador que aquellas que se quedan conviviendo.

MALTRATA A LOS NIÑOS: En el caso de los niños como en otros casos de violencia se da una relación de vulnerabilidad. Claramente los menores muestran inferiores recursos para defenderse de lo que les puede hacer un adulto. Además se debe considerar el daño emocional y los efectos a corto y largo plazo que provocan los maltratos.

En algunos casos se trata de golpeadores que fueron maltratados en su propia infancia (56.7% de los casos totales), al intervenir patrones de repetición de los modelos de crianza parentales en los diferentes tipos de castigos administrados a sus hijos, pero no ocurre de este modo necesariamente. También cabe considerar que muchos padres perciben como justos los castigos implementados, o perciben la desproporción del castigo ofrecido con las supuestas faltas cometidas, que se justifica de alguna manera (por los nervios, la pobreza, etc.). Es considerable que los mismos adultos golpeadores suelen manifestar y percibir que han golpeado a sus hijos en muchas menos ocasiones de lo que realmente lo hacen. Si bien, algunos adultos golpeadores suelen manifestar algún afecto posterior como arrepentimiento o lástimas, en muchos casos se trata de padres que están a favor del castigo físico, que se emplean para "corregir" a los hijos.

¿POR QUE NO SE DENUNCIA EL MALTRATO?

Debido a que en ambos casos de maltratos (en el de la mujer y el maltrato infantil9, la mujer como esposa o como madre vive situaciones emocionales perturbadoras, encontramos algunos aspectos que hacen que no se efectúen denuncias en contra del agresor:

    * Por pérdida de autoestima. Baja autoestima que impide dar respuesta a la agresión.
    * Ambivalencia hacia el maltratador por el que siente miedo, agresividad y amor.
    * Ansiedad de la marcha que conlleva la responsabilidad del fracaso familiar y, en la mayoría de los casos, hacerse cargo de los hijos.
    * Consecuencias económicas de una marcha. La dependencia económica y afectiva de la víctima con el agresor. Falta de recursos económicos. No tener a donde ir, etc.
    * Ineficiencia de los apoyos jurídicos para protegerla y el temor permanente a ser agredida de nuevo por la pareja que puede seguir persiguiéndola. Falta de apoyo de la propia familia y de las instituciones en general.
    * Tristeza, vergüenza, reticencia por el intercambio de opiniones, de experiencias (en la entrevista, denuncia, etc.). Ocultar el problema por vergüenza.
    * Indecisión. Tendencia a desvalorizarse y culpabilizarse. Actitud temerosa.
    * La no aceptación del fracaso matrimonial o de pareja queriendo sostener la relación hasta límites insoportables.
    * La falta de conciencia de estar siendo maltratado (solo se debe denunciar cuando hay lesión). El sentimiento de culpa a la hora de denunciar al padre de sus hijos.
    * El desánimo al ser concientes de que no va a servir para nada.
    * La tolerancia del maltrato por parte de la víctima.

Sólo el 5% de los maltratos familiares son denunciados, es decir, sólo se denuncia el maltrato cuando este es brutal o muy reiterado. Muchas mujeres retiran las denuncias antes de los juicios, casi siempre por miedo y bajo amenazas. Un factor que hay que tomarse en cuenta es la dificultad que tiene la víctima para probar los hechos, como llevar testigos. Los certificados de lesiones aportados no siempre tienen el poder probatorio de la existencia de la violencia familiar, ya que si bien certifican las lesiones, no acreditan quien las produce.

Dado que los mecanismos legales no actúan con rapidez, la mujer maltratada debe irse del domicilio familiar con sus hijos a una casa de un familiar, amiga, etc. mientras el agresor se queda en el domicilio. La nula protección a la víctima hace que sobre ella recaiga el peso de coordinar los distintos procedimientos civiles y penales a los que debe acudir, meta difícil de obtener con los resorte legales existentes en nuestro país.

Hay ciertas dificultades que la mujer evalúa en su ruptura:

   1. Riesgo de buscar ayuda o decidirse, la violencia física o el daño psicológico: riesgo de un aumento de amenazas y de la violencia física (hijos, familia, víctima), de que el agresor amenace con suicidarse, de hostigamiento continuo, de secuestro de los hijos, etc.
   2. Riesgo económico: riesgo de poder adquisitivo, de perder ingresos o trabajo, relaciones, miedo a sentirse sola (el agresor la ha separado de sus amistades y familiares poco a poco, en algunos casos), etc.
   3. Miedo de las actitudes de los amigos, profesionales, familiares, etc.: riesgo de no ser creída, de que tengan una actitud crítica con ella, etc.

También es importante destacar que las causas de denunciar o no, dependen en gran grado del tipo de ruptura que se haya llevado:

    * Ruptura Rápida: la mujer se va y denuncia en cuanto aparecen las primeras manifestaciones de violencia. Por lo general se presenta en los siguientes casos: la mujer tiene el grado de estudios necesario para encontrar un trabajo, tiene amigo con los que contar, no tiene pasados familiares de violencia, tiene alternativas, conoce recursos y tiene acceso a ellos, tiene una buena autoestima.
    * Ruptura a Disgustos: la mujer se separa tras varios años de soportar violencia, después de haber intentado salvar la relación. Reduce su culpabilidad puesto que ha hecho todo lo que ella pensaba que podía salvar su pareja. Por lo general se presenta en los siguientes casos: la mujer ha puesto medios para poner fin a la violencia, ha buscado ayuda (psiquiátrica, etc.), ha intentado salvar su matrimonio, su decisión ha sido pensada y meditada, evalúa que el precio del abuso es demasiado alto para ella y los niños y debe irse.
    * Ruptura Evolutiva: la mujer abandona la relación y vuelve sucesivas veces, hasta adquirir el convencimiento de que es preferible afrontar los problemas derivados de la separación que soportar la tortura de semejante relación. La violencia se añade a la dificultad de irse. Por lo general se presenta en los siguientes casos: la mujer tiene baja autoestima, no conoce los recursos, tiene dificultades económica, tiene pocas probabilidades de trabajar fuera de casa, comulga con los estereotipos femeninos (muy arregladas, conforme al gusto del hombre), tiene la responsabilidad de los hijos, le teme a la sociedad, se siente aislada.

TIPOS DE MALTRATOS:

    * Maltrato Infantil: es cualquier acción u omisión, no accidental que provoque un daño físico o psicológico a un niño por parte de sus padres o cuidadores.
    * Maltrato Físico: se refiere a cualquier lesión infligida (hematomas, quemaduras, fracturas, lesiones de cabeza, envenenamiento, etc.), que no es accidental y que provoca un daño físico o enfermedad en un niño o adulto. Puede ser el resultado de uno o dos incidentes aislados, o puede ser una situación crónica de abuso. El maltrato físico no se asocia a ningún grupo étnico, si no que se manifiesta en todas las clases sociales, religiones y culturas.
    * Maltrato Sexual: se refiere a cualquier implicación de niños, adultos, adolescentes, dependientes o inmaduros en cuanto a su desarrollo, en actividades sexuales que no comprenden plenamente y para los cuales son incapaces de dar un consentimiento informado. En el caso de los niños es el tipo de contacto sexual por parte de un adulto o tutor, con el objetivo de lograra excitación y/o gratificación sexual. La intensidad del abuso puede variar de la exhibición sexual a la violación. De todas las formas es abuso, el abuso sexual es el más difícil de reconocer y aceptar. Según estadísticas que 1 de cada 4 niñas y 1 de cada 8 niños serán sexualmente abusados antes de llegar a los 16 años. En más del 90% el abusador será masculino y en más del 80% de los casos el abusador será una persona conocida por el niño. En la mayoría de los casos los niños nunca comunican lo que está ocurriendo. Los niños no inventan historias acerca de su propio abuso sexual, por eso en la medida de que el niño se anima a decirlo, es preciso creerles.
    * Abuso y Abandono Emocional: generalmente se presenta bajo las formas de hostilidad verbal, como por ejemplo insultos, burlas, desprecio, críticas o amenazas de abandono. También aparece en la forma de constante bloqueo de las iniciativas infantiles por parte de algún miembro de la familia. Provoca graves trastornos psicológicos. En el caso de los niños, los padres muchas veces abusan emocionalmente de sus hijos basados en buenas intenciones. Pero a partir de esas buenas intenciones pueden presionarlos o avergonzarlos al punto de crearles un sufrimiento emocional crónico. Mientras que el abandono emocional puede ser desde un lugar pasivo, sin brindar afecto, apoyo y la valoración que todo niño necesita para crecer psicológicamente sano. Se refiere a la falta de respuesta a las necesidades de contacto afectivo del niño; una constante indiferenciada a los estados anímicos del niño.
    * Abandono Físico: es un maltrato pasivo y se presenta cuando las necesidades físicas de un niño como alimentación, abrigo, higiene y protección no son tendidas en forma temporaria o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el niño.
    * Niños Testigos de Violencia: se refiere cuando los niños presentan situaciones crónicas de violencia entre sus padres. Estos niños presentan trastornos muy similares a los que caracterizan quienes son víctimas de abuso.
    * Violencia Conyugal: este tipo de violencia es difícil que se haga visible hacia los demás, esto se da cuando has graves daños físicos o psicológicos. La violencia conyugal tiene un ciclo de gres fases:

Fase de la acumulación de tensión: se produce una sucesión de pequeños episodios que llevan a roces permanentes en los miembros de la pareja, con un incremento constante de ansiedad y hostilidad. El hombre y la mujer se encierran en un circuito en el que están mutuamente pendiente de sus reacciones.

Episodio Agudo: en el que toda la tensión que se había venido acumulando da lugar a una explosión de violencia, que puede variar de gravedad, oscilando desde un empujón hasta homicidio. Se caracteriza por el descontrol y lo inevitable de los golpes. Las mujeres se muestran sorprendidas frente al hecho que se desencadena de manera imprevista ante cualquier situación de la vida cotidiana.

Luna de Miel: se produce el arrepentimiento, pedido de disculpas y promesas de que nunca más va a ocurrir por parte del hombre. Pero al tiempo vuelve a reaparecer los períodos de acumulación de tensión y a cumplirse el ciclo.

En este tipo de maltrato aparece la violencia verbal, que refuerza la violencia psicológica. El agresor comienza a denigrar a la víctima poniéndolos sobrenombres, descalificantes, insultándola, criticándole el cuerpo, comienza a amenazar con agresión física u homicidio. El agresor va creando un lima de miedo constante. La ridiculización en presencia de otras personas, le grita, le culpa de todo. A partir de estas agresiones la víctima puede sentirse débil y deprimida.

    * Maltrato a Ancianos: se define como cualquier acto que, por acción u omisión, provoque un daño físico o psicológico a un anciano por parte de la familia. Incluye agresión verbal, física, descuido de su alimentación, abuso financiero, amenazas, por parte de los hijos o de otros miembros de la familia.

CAUSAS Y EFECTOS DEL MENOR MALTRATADO:

El maltrato es una situación que bien puede presentarse en todas las clases sociales, aunque la incidencia parece ser un poco mayor en niños que viven bajo condiciones socioeconómicas de pobreza. Hasta el momento existen diferentes explicaciones sobre este tipo de actitudes por parte de los adultos y se ha visto la influencia en alguna manera de las situaciones de gran estrés, que hacen que toda la furia de la persona recaiga en el niño. Pero además, en muchos de los casos, quien comete el abuso tiene antecedentes de haber sufrido el mismo tipo de agresión durante su infancia o es una persona que tiene muy poca capacidad de controlar sus impulsos. Es obvio que por las diferencias de tamaño y fuerza entre adultos y niños, estos últimos sufran grandes lesiones que pueden incluso causarles la muerte. Condiciones como la pobreza, nivel educativo bajo, paternidad o maternidad en personas que como tal no han consolidado un hogar o que son solteras, el abuso de sustancias psicoactivas como las drogas y el alcohol y otra serie de factores, se han relacionado con estas agresiones, aunque siempre hay tener en cuenta que el maltrato infantil, se puede dar en todas las clases sociales.

Los niños criados en hogares donde se los maltrata suelen mostrar desordenes postraumáticos y emocionales. Muchos experimentan sentimientos de escasa autoestima y sufren de depresión y ansiedad por lo que suelen utilizar el alcohol u otras drogas para mitigar su stress psicológico, siendo la adicción al llegar la adultez, mas frecuente que en la población general.

Los efectos que produce el maltrato infantil, no cesan al pasar la niñez, mostrando muchos de ellos dificultades para establecer una sana interrelación al llegar a la adultez.

Algunos niños sienten temor de hablar de lo que les pasa porque piensan que nadie les creerá. Otras veces no se dan cuenta que el maltrato a que son objeto es un comportamiento anormal y así aprenden a repetir este "modelo" inconscientemente. La falta de un modelo familiar positivo y la dificultad en crecer y desarrollarse copiándolo, aumenta las dificultades para establecer relaciones "sanas" al llegar a adulto. Puede que no vean la verdadera raíz de sus problemas emocionales, hasta que al llegar a adultos busquen ayuda para solucionarlos.

Para muchos niños que sufren de maltrato, la violencia del abusador se transforma en una forma de vida. Crecen pensando y creyendo que la gente que lastima es parte de la vida cotidiana; por lo tanto este comportamiento se torna "aceptable" y el ciclo del abuso continúa cuando ellos se transforman en padres que abusan de sus hijos y estos de los suyos, continuando así el ciclo vicioso por generaciones.

MÉTODOS DISCRIMINATORIOS QUE EMPLEAN LOS PADRES PARA CORREGIR A SUS HIJOS:

A muchos padres se les hace difícil pensar en la educación de sus hijos sin recurrir a ciertos tipos de castigos, porque no los relacionan con maltrato.

Los profesionales distinguen entre una cachetada que se arranca de las manos, en una situación de descontrol y ofuscación, y la violencia ideológica, que es aquella en que existe la convicción de que esa es la única forma de educar a los niños. En el primer caso, es probable que el padre o madre reconozca el error, lo cual abre la posibilidad de una reparación, de pedir disculpas y no repetirlo. En el segundo, en cambio, lo anterior no es posible, básicamente porque no hay conciencia de estar haciendo algo incorrecto.

Cuando un padre le pega a un hijo y lo justifica en que a él también le pegaron y aprendió, es porque no está cuestionando su conducta, pues vive en una cultura en que todos hacen lo mismo. Y ese es un punto fundamental: en el perfil de un padre o una madre que maltrata, hay una historia de violencia.
Se puede ver un comportamiento en que hay una agresión que no es sistemática, mientras que el maltrato pierde el supuesto "fin educativo" y se transforma en golpear por golpear.

Los golpes no son la única forma de maltrato. Existe la violencia psicológica que muchas veces no se interpreta como tal, porque a este lo hemos ligado con el daño físico evidente.

También existe la tendencia entre los adultos de culpar a los niños de todo y justificar el castigo físico en que este los saca de quicio. Al focalizar la causa del problema siempre en el niño y castigarlo por eso no estamos solucionando lo que consideramos inadecuado, pues no le damos ninguna alternativa. Los padres pueden revertir sus conductas maltratadoras, pero con ayuda, como talleres y cursos realizados en el colegio de sus niños.

IMPORTANCIA DE LAS LEYES:

Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia:

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1°: Objeto de la Ley. Esta Ley tiene por objeto prevenir, controlar, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la familia, así como asistir a las víctimas de los hechos de violencia previstos en esta Ley.

Artículo 2°: Derechos protegidos. Esta Ley abarca la protección de los siguientes derechos:

   1. El respeto a la dignidad e integridad física, psicológica y sexual de la persona;
   2.
   3. La igualdad de derechos entre el hombre y la mujer;
   4. La protección de la familia y de cada uno de sus miembros; y
   5. Los demás consagrados en la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana para Prevenir, sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer «Convención de Belem Do Pará».

Artículo 3°: Principios procesales. En la aplicación e interpretación de esta Ley, deberán tenerse en cuenta los siguientes principios:

   1. Gratuidad de los procedimientos: Para la transmisión de las acciones previstas en esta Ley, no se empleará papel sellado ni estampillas.
   2.
   3. Celeridad: Los órganos receptores de denuncias y los tribunales competentes darán preferencia al conocimiento de los hechos previstos en esta Ley.
   4. Inmediación: Los jueces que hayan de pronunciar la sentencia deberán presenciar la incorporación de las pruebas, de las cuales extraerán su convencimiento.
   5. Imposición de medidas cautelares: Los órganos receptores de denuncia podrán dictar inmediatamente las medidas cautelares indicadas en el artículo 38 de esta Ley.
   6. Confidencialidad: Los órganos receptores de denuncias, los funcionarios de las Unidades de Atención y Tratamiento y los tribunales competentes, deberán guardar la confidencialidad de los asuntos que se someten a su consideración; y Oralidad: Todos los procedimientos previstos en esta Ley serán orales, pudiéndose dejar la constancia escrita de algunas actuaciones.

Artículo 4°: Definición de violencia contra la mujer y la familia. Se entiende por violencia la agresión, amenaza u ofensa ejercida sobre la mujer o otro integrante de la familia, por los cónyuges, concubinos, ex cónyuges, ex concubinos o personas que hayan cohabitado, ascendientes, descendientes y parientes colaterales, consanguíneos o afines, que menoscabe su integridad física, psicológica, sexual o patrimonial.

Artículo 5°: Definición de violencia física. Se considera violencia física toda conducta que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico sobre la persona, tales como heridas, hematomas, contusiones, excoriaciones, dislocaciones, quemaduras, pellizcos, pérdida de diente, empujones o cualquier otro maltrato que afecte la integridad física de las personas.

Igualmente se considera violencia física a toda conducta destinada a producir daño a los bienes que integran el patrimonio de la víctima.

Artículo 6°: Definición de violencia psicológica. Se considera violencia psicológica toda conducta que ocasione daño emocional, disminuya al autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo de la mujer u otro integrante de la familia a que se refiere al artículo 4o de esta Ley, tales como conductas ejercidas en deshonra, descrédito o menosprecio al valor personal o dignidad, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, amenaza de alejamiento de los hijos o la privación de medios económicos indispensables.

Artículo 7°: Definición de violencia sexual. Se entiende por violencia sexual toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la persona a decidir voluntariamente su sexualidad, comprendida en ésta no sólo el acto sexual sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital.

Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente:

TÍTULO II

DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 10. Niños y Adolescentes Sujetos de Derecho. Todos los niños y adolescentes son sujetos de derecho; en consecuencia, gozan de todos los derechos y garantías consagrados a favor de las personas en el ordenamiento jurídico, especialmente aquellos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Artículo 12. Naturaleza de los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes. Los derechos y garantías de los niños y adolescentes reconocidos y consagrados en esta Ley son inherentes a la persona humana, en consecuencias son:

a) De orden público;

b) Intransigibles;

c) Irrenunciables;

d) Interdependientes entre sí;

e) Indivisibles.

Artículo 13. Ejercicio Progresivo de los Derechos y Garantías. Se reconoce a todos los niños y adolescentes el ejercicio personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva. De la misma forma, se le exigirá el cumplimiento de sus deberes.

Parágrafo Primero: Los padres, representantes o responsables tienen el deber y el derecho de orientar a los niños y adolescentes en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías así como en el cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuya a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa.

Capítulo II

Derechos, Garantías y Deberes

Artículo 15. Derecho a la Vida. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la vida.

El Estado debe garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobre vivencia y el desarrollo integral de todos los niños y adolescentes.

Artículo 16. Derecho a un Nombre y a una Nacionalidad. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad.

Artículo 17. Derecho a la Identificación. Todos los niños tienen el derecho a ser identificados, inmediatamente después de su nacimiento. A tal efecto, el Estado debe garantizar que los recién nacidos sean identificados obligatoria y oportunamente, estableciendo el vínculo filial con la madre.

TÍTULO III

SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 117. Definición, Objetivos y Funcionamiento. El Sistema de Protección del Niño y del Adolescente es el conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan, integra, orientan, supervisar, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal y municipal, destinadas a la protección y atención de todos los niños y adolescentes, y establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley.

Este sistema funciona a través de un conjunto articulado de acciones intersectoriales de interés público desarrolladas por entes del sector público, de carácter central o descentralizado, y por entes del sector privado.

Artículo 118. Medios. Para el logro de sus objetivos, el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente cuenta con los siguientes medios:

a) Políticas y programas de protección y atención;

b) Medidas de protección;

c) Órganos administrativos y judiciales de protección;

d) Entidades y servicios de atención;

e) Sanciones;

f) Procedimientos;

g) Acción judicial de protección.

h) Recursos Económicos.

El Estado y la sociedad tienen la obligación compartida de garantizar la formulación, ejecución y control de estos medios y es un derecho de niños y adolescentes exigir el cumplimiento de esta garantía.

Artículo 119. Integrantes. El Sistema de Protección del Niño y del Adolescente está integrado por:

a) Órganos Administrativos: Consejos Nacional, Estadal y Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente y los Consejos de Protección del Niño y del Adolescente;

b) Órganos Jurisdiccionales: Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia;

c) Ministerio Público;

d) Entidades de Atención;

e) Defensorías del Niño y del Adolescente;

ORGANISMOS QUE ATIENDEN LOS PROBLEMAS DEL MALTRATO INFANTIL:

Fundación Amigos del Niño que Amerita Protección (FUNDANA), es una asociación civil sin fines de lucro. Integrada por profesionales y técnicos del área social, que se dedican a brindarle protección, formación y atención integral a los niños a los que se les ha amenazado o violado sus derechos privándolos del medio familiar.

Salven a los Niños (Reino Unido), es una organización fundada en Inglaterra en 1919. Trabajamos en 70 países por un mundo que respete y valore a cada niño y niña, que los escuche y aprenda de ellos y donde todos tengan esperanza y oportunidad. Hemos adoptado un enfoque holístico en nuestro trabajo, reconociendo y respondiendo a la interdependencia entre los factores sociales, económicos y ambientales que afectan a la niñez y a la juventud. Así mismo, enfatizamos el sentido local, el fortalecimiento de capacidades y la participación genuina en el diseño, ejecución de programas, con especial interés en la participación de los marginados por la pobreza y la discriminación. Para cumplir con nuestras metas, activamente apoyamos y trabajamos con contrapartes del gobierno, ONG y comunales y agencias de cooperación internacional, sobre la base de metas compartidas y objetivos comunes.

Nuestras oficinas en Sudamérica están distribuidas así: Oficina Sub regional que coordina a todos los países de la sub región y tiene como sede Bogotá; Oficina del Programa Colombia, con sede en Bogotá y coordina acciones Colombia y Venezuela; Oficina del Programa Brasil, con sede en Pernambuco y coordina también Paraguay y Oficina del Programa Perú, con sede en Lima y coordina acciones en Chile y Bolivia.

Organización Panamericana de la Salud, La División de Prevención y Control de Enfermedades tiene cuatro programas y tres centros panamericanos: Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida y Enfermedades de Transmisión Sexual; Enfermedades No Transmisibles; Enfermedades Transmisibles; Salud Pública Veterinaria; Centro de Epidemiología del Caribe; Instituto Panamericano de Protección de Alimentos y Zoonosis; y Centro Panamericano de Fiebre Aftosa. Las funciones de la división son las siguientes: Promover, coordinar y ejecutar las actividades de cooperación técnica dirigidas a la prevención, el control y la eliminación de las enfermedades transmisibles y las no transmisibles, incluidas las lesiones intencionales y no intencionales. Su interés principal es aumentar la conciencia de las instituciones nacionales con respecto a que, si bien las enfermedades infecciosas y re emergentes siguen planteando un problema significativo en la Región, las enfermedades crónicas y no transmisibles están en aumento.

Alcaldía de Chacao, El Programa de Protección Municipal a la Niñez y a la Adolescencia, PROMUNA, funciona en la sede de Desarrollo Social, bajo la asesoría de la Fundación Rada Barnen, con un equipo de abogados, psicólogos, psicopedagogos y trabajadores sociales, que tienen el objeto de promover y proteger los derechos de los niños y adolescentes, además de brindar orientación y asesoría legal en cuanto a problemas familiares, tales como manipulación, maltrato, y discusión de patria potestad, entre otros.

UNICEF Venezuela, UNICEF está presente en Venezuela desde 1991, trabajando en la defensa, promoción y garantía de los derechos de los niños. Su trabajo se enmarca dentro de un Programa de Cooperación con el país que tiene como objetivo apoyar el cumplimiento los derechos humanos y la igualdad de oportunidades para todos los niños, así como la creación de una cultura de respeto a los derechos de los niños y el fomento de la solidaridad y de la corresponsabilidad social. Las políticas y los programas de cooperación se adecuan a: La Convención sobre los Derechos del Niño. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. La estrategia en pro de la Supervivencia y el desarrollo del Niño. El Plan de Acción de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia. Dirección: Avenida Rómulo Gallegos, Torre KLM, piso 3 Los Palos Grandes.
Caracas. Venezuela. Apartado Postal: 69314. Altamira 1062. Teléfonos: 284-

0511 - 284-8455 - 284-0166 - 284-0967. Fax: (58-212) 284-8655. E-mail: unicef[arroba]cantv.net.

Hogares Crea, son una Organización No Gubernamental (ONG) conformada por personas con alta sensibilidad humana, orientada a la prevención y tratamiento de sociopatías mediante la aplicación de tecnologías propias que favorecen el crecimiento integral de la personalidad, tomando en cuenta permanentemente las demandas del entorno y los avances científicos y humanísticos.

Venezuela sin límites, Son una Asociación Civil Sin Fines de Lucro, cuyo objetivo principal es lograr el enlace entre el Gobierno Nacional, la Comunidad, las Organizaciones y Fundaciones a nivel Nacional e Internacional que desarrollan programas de asistencia a la población infantil venezolana que se encuentra en situación de riesgo, orfandad y pobreza crítica. Lograr mejorar las condiciones actuales de vida de los niños que se encuentren en situación de riesgo y privados de sus medios familiares, a través de los Proyectos que desarrollamos para obtener recursos económicos, bienes, apoyo técnico y de formación.

SERVICIO NACIONAL AUTÓNOMO DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y A LA FAMILIA (SENIFA), Tiene por objeto la ejecutoría en las áreas de prevención, tratamiento, rehabilitación e investigación científica sobre el uso y abuso de sustancias estupefacientes y psicotrópicas; la administración, funcionamiento y mantenimiento de las Comunidades Terapéuticas, de los Centros de Atención Ambulatoria y de los Centros de Educación Preventiva Integral (CEPI).

CONCLUSIONES

Por medio de la realización de este trabajo hemos llegado a comprender que el desarrollo de la personalidad de un individuo depende en gran medida y queda determinada si ésta sufre algún tipo de maltrato durante su infancia. Por esto podemos concluir que la primera etapa de socialización que el niño vive dentro de su núcleo familiar es muy importante para su futura relación con la sociedad. Más específicamente es lo que determinará la manera en que se relacionará con esta. Si un niño sufre de maltrato en esta primera etapa de su vida, le quedarán secuelas irreversibles algunas veces, que se podrán manifestar de diferentes maneras en su vida de adulto. El maltrato, además, viola los derechos fundamentales de los niños, y por lo tanto, debe ser detenido, y cuanto antes mejor.

Los niños maltratados hoy se convertirán en adultos problemáticos del mañana. Son quienes estarán a cargo de la sociedad, quienes llevarán adelante a grupos y comunidades. Por esto se deben de fomentar campañas a favor de las denuncias del maltrato infantil, creando los ámbitos adecuados y desarrollando los foros de discusión necesarios. Así como también los adultos debemos asumir nuestras responsabilidades maduramente y con compromiso para evitar que los niños se conviertan en agresores.

En cuanto al maltrato femenino, cabe destacar que se deben de emplear los mismos métodos de denuncia que en el caso del maltrato infantil. Consideramos que deberían de existir más fuentes de información por medio de las cuales, las mujeres de nuestro país pudieran obtener ayuda y servicio en caso de ser víctimas del maltrato. Como vimos en el trabajo, la mayoría de estos casos no son denunciados, por lo cual nosotras, como mujeres, debemos de mantenernos informadas de los centros de ayuda, y colaborar con nuestra comunidad en la medida de lo posible para brindar una mano amiga a otras mujeres que se encuentren en peligro.

La realización de este trabajo ha servido de gran enriquecimiento para nosotras, como mujeres y como futuras docentes; abarcando dos temas de vital importancia en nuestras vidas presentes y futuras.

 

INTEGRANTES:

Sandra Santamaria

sandy_santamaria[arroba]hotmail.com

Lia Milazzo

Ericka Martins

Andreina Quintana

;fuente: http://www.monografias.com/trabajos12/violfam/violfam.shtml) y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución(Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente desde 1999), la Convención(El término convención puede referirse a:

    * Los usos y costumbres;
    * Un tratado internacional
    * Un periodo de la Revolución francesa, conocido como La Convención.
    * Un acto negocio jurídico de carácter bilateral (véase también contrato);
    * Una reunión o convención empresarial;
    * Una reunión o convención política (véase también convención nacional).
    * Una reunión o convención de fans
    * Convención, municipio de Norte de Santander en Colombia.
    * El convencionalismo.
, eligan el significado que mas le guste entre la variedad por favor;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n) sobre los Derechos(deberes y obligaciones) del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República(República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopædia Britannica de 1911, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos)[1] como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría.;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Republica)(RBDV vigente desde 1999). El Estado(gobernaciones y alcaldias sin importar la tendencia ideologica que tenga, siguiendo el ideal de Simón Bolivar) , las familias y la sociedad(todas las clases sociales) asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral(en materia de todas las leyes, que se hayan creado, ley organica de educación, lumpna,derecho a una vida digna, derecho de elegir su tendencia ideologica politica, etc), para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado(gobernacionaes y alcaldias sin importa tu tendencia ideologica) promoverá(invertira dinero, y politicas a favor) su incorporación progresiva a la ciudadanía activa, y un ente rector(que es un rector:El Rector o Rector magnificus (de su nombre en latín) es la máxima autoridad académica de una Universidad o Institución Educativa y ostenta su representación.;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Rector) nacional dirigirá las políticas para la protección integral(no quiero repetir las leyes mencionadas anteriormente pero ya saben cuales son, jejeje) de los niños, niñas y adolescentes.
CONCLUSIÓN:
Articulo 78. Esta diseñado para brindar protección en todas las materias a los niños, niñas y adolecentes en materia de protección en la legislación venezolana. Es deber, derecho y obligación de las Alcaldias y las Gobernaciones, sin importar la tendencia ideologica, siguiendo la ideologia de Simón Bolivar.

Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho(deber y obligación) y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo(en el desarrollo de la sociedad de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela desde 1999). El Estado(las gobernaciones y alcaldias, sin importar su tendencia ideologica tienen que constribuir en la construcción de la sociedad segun el ideal de nuestros Libertadores, entre ellos esta Simón Bolivar,Francisco de Miranda, etc, sin importar la tendencia ideologica), con la participación solidaria(sinonimos:  fraternal, amistoso, unánime, fiel, asociado, unido, federado, coligado, incorporado, conjunto, mutuo) de las familias y la sociedad(todas las clases sociales), creará oportunidades para estimular(sinonimos:alentar, animar, espolear, excitar, incitar, activar, inducir, mover, impulsar, pinchar, provocar, atraer, vivificar, enardecer ) su tránsito productivo(generación de trabajo para una vida digna) hacia la vida adulta y en particular la capacitación(existe muchos tipos de capacitaciones estudiare dos, pero la que creo que es mas adecuada a este articulo es la siguiente: capacitación para trabajar seria la empresarial, ver la siguiente lectura; http://www.dshs.wa.gov/pdf/ForeignLang/22-684SP.pdf; el otro termino es referido al termino de reproducirse que este: Capacitación (citología)
De Wikipedia, la enciclopedia libre
(Redirigido desde Capacitación)
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El proceso de capacitación se asocia con un movimiento vigoroso de gran desplazamiento lateral de la cabeza del espermatozoide y baja linealidad llamado "hiperactivación".[1] .

La capacitación es la fase final del desarrollo del espermatozoide donde adquiere la habilidad de fecundar al ovocito.[2] In vivo ocurre tras la eyaculación, cuando los espermatozoides entran en contacto con los diferentes fluidos del tracto genital femenino. Tras la eyaculación, los espermatozoides no se capacitan a la vez, de modo que cuando encuentren al ovocito algunos ya habrán completado este proceso. Durante la capacitación, el espermatozoide experimenta una serie de cambios:

    * Adquiere la capacidad de unirse a la zona pelúcida del ovocito y de llevar a cabo la reacción acrosómica.
    * El movimiento del espermatozoide deja de ser rectilíneo para desplazarse con un movimiento oscilante provocado por unos fuertes impulsos de la cabeza hacia derecha e izquierda.

In vitro, la capacitación ocurre tras el lavado y purificación de los espermatozoides. A pesar de que se desconoce la naturaleza exacta de la capacitación (se asocia al movimiento hiperactiva de los espermatozoides) se la considera etapa necesaria para que el espermatozoide pueda fecundar al ovocito.[1]
[editar] Capacitación in vitro

In vitro, existen varias técnicas para realizar este proceso. Algunas de ellas son el lavado simple, la migración (Swim-up), los gradientes de densidad o la filtración.[3] A tal efecto, podemos citar, los siguientes métodos de filtración: Filtración por fibra de vidrio, Filtración por perlas de vidrio, Columnas de Sephadex y Migración transmembrana (Nucleopore).

La capacitación in vitro, también llamada «recuperación de espermatozoides móviles» (REM), junto con el seminograma sirve para decidir el tratamiento de reproducción asistida más adecuado a emplear.[3]

El objetivo de estas técnicas de capacitación es el enriquecimiento de la muestra de la mayor cantidad posible de espermatozoides móviles y funcionales sin que se dañe su fisiología.Se considera un buen capacitado (ya sea para inseminación artificial o FIV) aquel que contenga más del 85% de formas A+B, y en total un número mayor de 1x10^6 de espermatozoides A+B (concentración final de 20x10^6 espermatozoides/ml en 50 microlitros). En el proceso de capacitado,además, se eliminarán espermatozoides inmóviles y plasma seminal, que tiene sustancias tóxicas o bioactivas que dañan a los espermatozoides, principalmente por estrés oxidativo. También se eliminan prostaglandinas que se encuentran en pequeñas concentraciones en el semen, y que podrían causar dolor uterino en la mujer.[4]

También es interesante para el laboratorio el que sean técnicas que permitan procesar grandes volúmenes de eyaculados para poder así acelerar el proceso para los diversos pacientes.
[editar] Referencias

   1. ↑ a b CARDONA-MAYA, W.D. y CADAVID, A.P.. Evaluación de la reacción acrosomal en espermatozoides humanos inducida por los monosacáridos manosa y N-acetilglucosamina (en español). Actas Urol Esp [online]. 2005, vol.29, n.7 [citado 2010-01-07], pp. 676-684. ISSN 0210-4806.
   2. ↑ Essential Reproduction, Johnson, 6th edition, Blackwell Publishing
   3. ↑ a b Anselmo, G. J; Arrau, E. J; Gutiérrez, R. A; Canales, B. S; Casanova, Z. D. Separación espermática por swim-up: estudio comparativo utilizando BWW,F10 y líquido amniótico humano (en español). Rev. chil. obstet. ginecol;55(5):336-41, 1990. Último acceso 9 de enero de 2010.
   4. ↑ Berne Y Levy Fisiologia Escrito por Matthew N. Levy, Bruce M. Koeppen, Bruce A. Stanton, Robert M Berne

;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Capacitaci%C3%B3n) y el acceso al primer empleo(para todas las clases sociales con respecto a su profesion o nivel academico y actitudinal y emocional, todo profesional recien graduado tiene derecho al primer empleo sin importar lo exigente que se pongan las empresas privada, publicas y mixtas el empleador tiene que compreder la necesidad y parte emocional de la persona y ayudarla y aconsejarla, y darle una retroalimentacion de lo que tiene que mejorar en pro de contribuir en el desarrollo del individuo, y eso se aplica tantoa a todas las instituciones del gobierno, empresa mixta, empresa privada,cooperativas y cualquier medio de producción y comercialización), de conformidad con la ley(el poder de la A.N. de la RBDV , representado unicamente por la Presidenta Sra. Cilia Flores quien promover(invertira dinero de su bolsillo o no se donde lo saque, y implantara politicas a favor que beneficie al universo de 17.776.774 de votantes representa el 100 %(en mayo de 2010, y eso sigue creciendo)).
CONCLUSION:
Articulo 79.- Esta diseñado para darle la primera oportunidad a todo venezolano o venezolana sin importar su tendencia ideologica, o su  primer empleo y todo sector productivo estar en el deber, derecho y obligación de ayudarle con mucha solidaridad para su formación, capacitación y adiestramiento a su puesto de trabajo, ademas de contribuir en su libre elección a la ideologia que quiera elejir.

Artículo 80. El Estado(GOBERNACIONES Y ALCALDIAS) garantizará(dara garantias constitucionales y derechos humanos, y a las inversiones extranjeras) a los ancianos y ancianas(de todas las clases sociales) el pleno ejercicio de sus derechos(deberes y obligaciones, que estableces esta constitución de la Republica Bolivariana de VeNEZUELA DE 1999) y garantías. El Estado(goBERNACIONES Y ALCALDIAS SIN IMPORTAR SU TENDENcIA IDEOLOGICA, siempre que sigan el ideal de simón Bolivar y nuestros libertadores todos que sean de origen Venezolana, o extranjera que allan participación de nuestro pueblo, y no otros de origen extranjero como los marxistas revolucionarios como Marx, lenin, Marc e engel o sociologos que se basan en su teoria de lucha de clases sociales, eso no tien vida en nuestro pais democratico lleno de vida, y libertad de expresión), con la participación solidaria(sinonimos: fraternal, amistoso, unánime, fiel, asociado, unido, federado, coligado, incorporado, conjunto, mutuo) de las familias y la sociedad
(todas las clases sociales sin importar su ideologia, siempre que sigan el unico ideal de nuestros libertadores en nuestra historia de venezuela), está obligado(esta tambien a derecho y obligación) a respetar su dignidad humana(La referencia a la dignidad humana esta siempre presente en los instrumentos fundacionales del derecho internacional de los derechos humanos nacido luego de concluida la Segunda Guerra Mundial. En tal sentido, se destaca ante todo la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, que invoca en su Préambulo la “dignidad intrínseca (...) de todos los miembros de la familia humana”, para luego afirmar que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” (artículo 1°).

Con posterioridad, el concepto de dignidad humana fue retomado por los dos Pactos internacionales de derechos humanos de 1966 y por la mayoría de los instrumentos condenatorios de una serie de prácticas directamente contrarias al valor esencial de la persona, tales como la tortura, la esclavitud, las penas degradantes, las condiciones inhumanas de trabajo, las discriminaciones de todo tipo, etc.;El criterio de valoración

Desde la perspectiva ética, un objeto tiene mayor valor en la medida en que sirve mejor para la supervivencia y mejora del ser humano, ayudándole a conseguir la armonía y la independencia que necesita y a las que aspira.

Es por tanto esencial que los valores que se elijan y que se persigan en la propia vida se correspondan con la realidad del hombre, es decir, sean verdaderos. Porque sólo los valores verdaderos pueden conducir a las personas a un desarrollo pleno de sus capacidades naturales. Puede afirmarse que, en el terreno moral, un valor será verdadero en función de su capacidad para hacer más humano al hombre.

    Veamos un ejemplo. Puedo elegir como ideal el egoísmo, en la forma de búsqueda de la propia comodidad y del propio bienestar, desestimando las exigencias de justicia y respeto que supone la convivencia con otras personas y que exigen renuncias y esfuerzos. La personalidad se volverá entonces insolidaria, ignorando los aspectos relacionales y comunicativos esenciales en el ser humano. Hecha la elección, el crecimiento personal se detendrá e iniciará una involución hacia etapas más primitivas del desarrollo psicológico y moral.

    Por el contrario, si se elige como valor rector la generosidad, concretada en el esfuerzo por trabajar con profesionalidad, con espíritu de servicio, y en la dedicación de tiempo a causas altruistas y solidarias, entonces se favorecerá la apertura del propio yo a los demás, primando la dimensión social del ser humano y estimulando el crecimiento personal.

Valores universales

Como acabamos de referir (tal como se deduce del proceso de desarrollo del ser humano), la maduración personal sólo se facilitará procurando eliminar obstáculos que puedan originar una detención de la misma o una regresión a etapas más primitivas (propio interés). Por eso, parece acertado concretar algunos valores universales, deseables para todos.

En este sentido, la formulación clara y precisa del imperativo categórico kantiano ofrece abundante luz. Así, en la segunda formulación del Imperativo, en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, dice: «Obra de tal modo que trates a la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, nunca meramente como un medio, sino que, en todo momento, la trates también como a un fin». Y en la tercera insiste en el mismo sentido: «Pues los seres racionales están todos bajo la ley de que cada uno debe tratarse a sí mismo y debe tratar a todos los demás nunca meramente como medio, sino siempre a la vez como fin en sí mismo. De este modo, surge un enlace sistemático de seres racionales por leyes objetivas comunes, esto es un reino, el cual, dado que estas leyes tienen por propósito precisamente la referencia de estos seres unos a otros como fines y medios, puede llamarse un reino de los fines»

Se trata de aquellos valores que se fundamentan en la dignidad incondicionada de todo ser humano. Una dignidad que -como puede deducirse de su propia génesis- no admite ser relativizada, no puede depender de ninguna circunstancia (sexo, edad, salud - calidad de vida - y demás cualidades).
¿Qué es un principio?

En sentido ético o moral llamamos principio a aquel juicio práctico que deriva inmediatamente de la aceptación de un valor. Del valor más básico (el valor de toda vida humana, de todo ser humano, es decir, su dignidad humana), se deriva el principio primero y fundamental en el que se basan todos los demás: la actitud de respeto que merece por el mero hecho de pertenecer a la especie humana, es decir, por su dignidad humana.

Vamos a examinar a continuación este valor fundamental (la dignidad humana), el principio ético primordial que de él deriva (el respeto a todo ser humano), y algunos otros principios básicos.

 
La dignidad humana, un valor fundamental

En la filosofía moderna y en la ética actual se propaga una subjetivización de los valores y del bien.

    Desde David Hume, existe una corriente de pensamiento que se expresa en la idea de que no es posible derivar ningún tipo de deber a partir del ser de las cosas. El paso siguiente nos lleva a concluir que por valores entendemos nuestras impresiones, reacciones y juicios, con lo cual convertimos el deber en un fruto de nuestra voluntad o de nuestras decisiones.

    En el positivismo jurídico tipo Kelsen el derecho es el resultado de la voluntad de las autoridades del estado, que son las que determinan aquello que es legalmente correcto - y legítimo - y lo que no lo es.

    En ética, el positivismo y el empirismo afirman que bueno y malo son decisiones meramente irracionales o puro objeto de impresiones o reacciones, o sea, del campo emocional. Tanto en el positivismo como en el empirismo existe aún, es verdad, la idea de valores, pero sólo como una idea subjetiva o como objeto de consenso. El acuerdo por ejemplo de un grupo o de un pueblo crea los valores.

    En realidad esto conduce a un relativismo total. Así por ejemplo, el grupo podría acordar que los judíos no son seres humanos o que no poseen dignidad, y que por tanto se los puede asesinar sin miedo a castigo alguno. Para esta teoría no existe ningún fundamento que se base en la naturaleza de las cosas y cualquier punto de vista puede además variar de una a otra época. No existe ninguna barrera segura de valores frente a la arbitrariedad del estado y el ejercicio de la violencia.

Sin embargo, el propio conocimiento y la apertura natural a los demás nos permite reconocer en ellos y en nosotros el poder de la inteligencia y la grandeza de la libertad. Con su inteligencia, el hombre es capaz de trascenderse y de trascender el mundo en que vive y del que forma parte, es capaz de contemplarse a sí mismo y de contemplar el mundo como objetos. Por otro lado, el corazón humano posee deseos insaciables de amor y de felicidad que le llevan a volcarse - con mayor o menor acierto- en personas y empresas. Todo ello es algo innato que forma parte de su mismo ser y siempre le acompaña, aunque a veces se halle escondido por la enfermedad o la inconsciencia.

En resumen: ala vez que forma parte del mundo, el hombre lo trasciende y muestra una singular capacidad - por su inteligencia y por su libertad - de dominarlo. Y se siente impulsado a la acción con esta finalidad. Podemos aceptar por tanto que el valor del ser humano es de un orden superior con respecto al de los demás seres del cosmos. Y a ese valor lo denominamos "dignidad humana".

La dignidad propia del hombre es un valor singular que fácilmente puede reconocerse. Lo podemos descubrir en nosotros o podemos verlo en los demás. Pero ni podemos otorgarlo ni está en nuestra mano retirarselo a alguien. Es algo que nos viene dado. Es anterior a nuestra voluntad y reclama de nosotros una actitud proporcionada, adecuada: reconocerlo y aceptarlo como un valor supremo (actitud de respeto) o bien ignorarlo o rechazarlo.

Este valor singular que es la dignidad humana se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que, como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a todos los seres humanos. Por eso mismo, aún en el caso de que toda la sociedad decidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana, ésta seguiría siendo una realidad presente en cada ciudadano. Aún cuando algunos fueran relegados a un trato indigno, perseguidos, encerrados en campos de concentración o eliminados, este desprecio no cambiaria en nada su valor inconmensurable en tanto que seres humanos.

Por su misma naturaleza, por la misma fuerza de pertenecer a la especie humana, por su particular potencial genético - que la enfermedad sólo es capaz de esconder pero que resurgirá de nuevo si el individuo recibe la terapéutica oportuna -, todo ser humano es en sí mismo digno y merecedor de respeto.

 
Principios derivados de la dignidad humana

La primera actitud que sugiere la consideración de la dignidad de todo ser humano es la de respeto y rechazo de toda manipulación: frente a él no podemos comportarnos como nos conducimos ante un un objeto, como si se tratara de una "cosa", como un medio para lograr nuestros fines personales.
Principio de Respeto

    «En toda acción e intención, en todo fin y en todo medio, trata siempre a cada uno - a ti mismo y a los demás- con el respeto que le corresponde por su dignidad y valor como persona»

Todo ser humano tiene dignidad y valor inherentes, solo por su condición básica de ser humano. El valor de los seres humanos difiere del que poseen los objetos que usamos. Las cosas tienen un valor de intercambio. Son reemplazables. Los seres humanos, en cambio, tienen valor ilimitado puesto que, como sujetos dotados de identidad y capaces de elegir, son únicos e irreemplazables.

El respeto al que se refiere este principio no es la misma cosa que se significa cuando uno dice “Ciertamente yo respeto a esta persona”, o “Tienes que hacerte merecedor de mi respeto”. Estas son formas especiales de respeto, similares a la admiración. El principio de respeto supone un respeto general que se debe a todas las personas.

Dado que los seres humanos son libres, en el sentido de que son capaces de efectuar elecciones, deben ser tratados como fines, y no únicamente como meros medios. En otras palabras: los hombre no deben ser utilizados y tratados como objetos. Las cosas pueden manipularse y usarse, pero la capacidad de elegir propia de un ser humano debe ser respetada.

Un criterio fácil que puede usarse para determinar si uno está tratando a alguien con respeto consiste en considerar si la acción que va a realizar es reversible. Es decir: ¿querrías que alguien te hiciera a ti la misma cosa que tu vas a hacer a otro? Esta es la idea fundamental contenida en la Regla de Oro: «trata a los otros tal como querrías que ellos te trataran a ti». Pero no es ésta una idea exclusiva de los cristianos. Más de un siglo antes del nacimiento de Cristo, un pagano pidió al Rabí Hillel que explicara la ley de Moisés entera mientras se sostenía sobre un solo pié. Hillel resumió todo el cuerpo de la ley judía levantando un pié y diciendo: «No hagas a los demás lo que odiarías que ellos hicieran contigo».
Otros principios

El respeto es un concepto rico en contenido. Contiene la esencia de lo que se refiere a la vida moral. Sin embargo, la idea es tan amplia que en ocasiones es difícil saber cómo puede aplicarse a un caso particular. Por eso, resulta de ayuda derivar del principio de respeto otros principios menos básicos.

Vale la pena hacer notar que, en ética aplicada, cuanto más concreto es el caso, más puntos muestra en los que puede originarse controversia. En esta área, la mayor dificultad reside en aplicar un principio abstracto a las particularidades de un caso dado. En consecuencia, convendrá disponer de formulaciones más específicas del principio general de respeto. Entre estos principios están los de no malevolencia y de benevolencia, y el principio de doble efecto.
Principios de No-malevolencia y de Benevolencia

    «En todas y en cada una de tus acciones, evita dañar a los otros y procura siempre el bienestar de los demás».

Principio de doble efecto

    «Busca primero el efecto beneficioso. Dando por supuesto que tanto en tu actuación como en tu intención tratas a la gente con respeto, asegúrate de que no son previsibles efectos secundarios malos desproporcionados respecto al bien que se sigue del efecto principal»

El principio de respeto no se aplica sólo a los otros, sino también a uno mismo. Así, para un profesional, por ejemplo, respetarse a uno mismo significa obrar con integridad.
Principio de Integridad

    «Compórtate en todo momento con la honestidad de un auténtico profesional, tomando todas tus decisiones con el respeto que te debes a ti mismo, de tal modo que te hagas así merecedor de vivir con plenitud tu profesión».

Ser profesional no es únicamente ejercer una profesión sino que implica realizarlo con profesionalidad, es decir: con conocimiento profundo del arte, con absoluta lealtad a las normas deontológicas y buscando el servicio a las personas y a la sociedad por encima de los intereses egoístas.

Otros principios básicos a tener presentes son los de justicia y utilidad.
Principio de Justicia

    «Trata a los otros tal como les corresponde como seres humanos; sé justo, tratando a la gente de forma igual. Es decir: tratando a cada uno de forma similar en circunstancias similares».

La idea principal del principio de justicia es la de tratar a la gente de forma apropiada. Esto puede expresarse de diversas maneras ya que la justicia tiene diversos aspectos. Estos aspectos incluyen la justicia substantiva, distributiva, conmutativa, procesal y retributiva.
Principio de Utilidad

    «Dando por supuesto que tanto en tu actuación como en tu intención tratas a la gente con respeto, elige siempre aquella actuación que produzca el mayor beneficio para el mayor número de personas».

El principio de utilidad pone énfasis en las consecuencias de la acción. Sin embargo, supone que has actuado con respeto a las personas. Si tienes que elegir entre dos acciones moralmente permisibles, elige aquella que tiene mejor resultado para más gente.

 

J.V.

Agradeceremos sus comentarios o sugerencias. Contacto con ACEB
;fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Dignidad_humana; fuente:  http://www.aceb.org/v_pp.htm), su autonomía(sinonimos: soberanía, libertad, independencia, emancipación, autogobierno, autogestión, potestad, albedrío) y les garantiza atención integral(involucra lo siguiente ver documento en la web: http://www.index-f.com/lascasas/documentos/lc0232.pdf; pero en general involucra buena atención medica, derecho a la vida, al entretenimiento, al seguro social, derecho a trabajar si quiere, derecho a la pensión, derecho a relacionarse,derecho a una vida digna, etc) y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida(servicios basicos como luz, agua,telefono, internet, servicios de gas, una muchacha de servicio,carro, etc, opcion para la compra de celulares, articulos electrodomesticos, etc). Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de Seguridad Social(leer la ley organica del trabajo, y la ley organica del seguro social, que las lei hace mucho tiempo) no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano(salario tabulado segun al nivel de la clase social, y la formación, la edad, el genero de sexo, la jerarquia que ocupe, etc). A los ancianos y ancianas se les garantizará el derecho(deber y obligación) a un trabajo acorde a aquellos y aquellas que manifiesten su deseo y estén en capacidad para ello( mucho trabajo para aquellas personas que cumplan con esta edad, no importa la tendencia ideologica, si tienen la voluntad de trabajar se les tiene que dar trabajo, pueden asiste al ministerio del trabajo, quien tiene la capacidad sin cobrar nada de dar trabajo a estas personas que lo deseen).
CONCLUSIONES:
Articulo 80. Esta diseñado para ofrecer solidaridad y vida digna a las personas de tercera edad quienes tienen derechos y obligaciones que se tienen  que cumplir.









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